Resolución Ejecutiva número 120 de 2013, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 30 de Abril de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 434467862

Resolución Ejecutiva número 120 de 2013, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín48777

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 2793 del 2 de noviembre de 2011, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Juan Carlos Herrera Torres, requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, la Fiscal General de la Nación mediante resolución del 10 de noviembre de 2011, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Juan Carlos Herrera Torres, identificado con la cédula de ciudadanía número 79307612, la cual se hizo efectiva el 18 de noviembre de 2011, por miembros de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 0075 del 13 de enero de 2012, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Juan Carlos Herrera Torres.

    En dicha Nota se informa lo siguiente:

    "Juan Carlos Herrera Torres es requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos. Es el sujeto de la Segunda Acusación Sustitutiva número 1:11-CR-308, dictada bajo sello el 23 de noviembre de 2011, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Virginia, mediante la cual se le acusa de:

    -- Cargo Uno: Concierto para importar cinco kilogramos o más de cocaína a los Estados Unidos, desde un lugar fuera de los Estados Unidos, con la intención y el conocimiento de que la cocaína iba a ser ilegalmente importada a los Estados Unidos, en violación del Título 21, Secciones 959(a), 960, y 963 del Código de los Estados Unidos;

    -- Cargo Dos: Distribución de cinco kilogramos o más de cocaína, con la intención y el conocimiento de que dicha sustancia iba a ser ilegalmente importada a los Estados Unidos, en violación del Título 21, Secciones 959(a) y 960 del Código de los Estados Unidos, y del Título 18, Sección 2, del Código de los Estados Unidos, y

    -- Cargos Tres al Cinco: Distribución de cinco kilogramos o más de cocaína, con la intención y el conocimiento de que dicha sustancia iba a ser ilegalmente importada a los Estados Unidos, en violación del Título 21, Secciones 959(a) y 960 del Código de los Estados Unidos, y del Título 18, Sección 2, del Código de los Estados Unidos.

    (...)

    Un auto de detención contra Juan Carlos Herrera Torres por estos cargos fue dictado el 24 de agosto de 2011, por orden de la Corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (.)

    Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997.

    (.)

    . ..La Embajada se permite aclarar que la nota diplomática de esta Embajada número 2793, anteriormente mencionada, indicó de manera incorrecta que la segunda acusación sustitutiva, la cual se compone de cinco cargos, fue dictada el 24 de agosto de 2011, cuando la fecha correcta es el 23 de noviembre de 2011. La fecha está correctamente citada al inicio de esta nota diplomática...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Juan Carlos Herrera Torres, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante Oficio DIAJI/GCE número 0096 del 17 de enero de 2012, conceptuó que por no existir tratado aplicable al caso en mención, es procedente obrar de conformidad con el ordenamiento procesal penal colombiano.

  5. Que perfeccionado así el expediente de extradición del ciudadano Juan Carlos Herrera Torres, el Ministerio de Justicia y del Derecho mediante Oficio número 0000575 del 16 de febrero de 2012, lo remitió a la Sala de Casación Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia para el concepto correspondiente.

  6. Que la Sala de Casación Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia, mediante pronunciamiento del 10...

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