El empleador ante las nuevas formas de organización de las empresas - Primera parte. El impacto de la globalización en los institutos del derecho individual - Globalización. El cambio del derecho del trabajo - Libros y Revistas - VLEX 430192662

El empleador ante las nuevas formas de organización de las empresas

AutorJosé Roberto Herrera Vergara/Germán Gonzalo Valdés Sánchez
Páginas185-217
El empleador ante las nuevas formas
de organización de las empresas
Mario Pasco Cosmópolis*
Introducción
Vivimos tiempos de cambio. El mundo entero se está transformando al im-
pulso del proceso de globalización, acompañado –o quizás provocado– por
el avance avasallador de las nuevas tecnologías, que están afectando no solo
la forma de producir, sino hasta la forma de vivir. Y la empresa no es inmune
a estos fenómenos; antes bien, es uno de los ámbitos en que se hacen más
ostensibles y radicales.
Los cambios afectan innúmeros aspectos; a efectos del presente estudio,
pueden ser destacados al menos los cambios en la forma de producción, la
descentralización productiva y la intermediación laboral, no porque sean los
únicos, pero sí los que inciden en una nueva visión y una nueva dimensión
del concepto de empleador.
Cambios en la forma de la producción
La sociedad industrial se desarrolló sobre la base de un modelo –conocido
como fordista-taylorista, por haber sido Henry Ford quien lo implementara
y F. Winslow Taylor quien lo sustentara teóricamente– cuyo epítome es la pro-
ducción serial: cada trabajador ejecuta una fracción pequeña y concreta del
proceso, el cual se cumple a través de la suma concatenada de las diversas tareas.
* Presidente de la Academia Iberoamericana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad S ocial.
Exministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Catedrático principal de la Ponticia Universidad
Católica del Perú.
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Hoy viene a ser sustituido por el modelo calicado como toyotista de
trabajo en grupos y just in time. El toyotismo se caracteriza por dos innova-
ciones, la primera es “una innovación tecnológica, que es la comunicación a
través de computadoras entre la rma madre y los oferentes; y una segunda,
organizacional, llamada producción ‘ justo a tiempo’, que signica que los
subcontratistas entregan sus productos minutos antes de ser necesitados,
reduciendo los costos de los inventarios”.1 Ello, según Miin,2 repercute en
tres procesos simultáneos: a) la aglomeración territorial, b) la desintegración
y satelización de grandes empresas, y c) la cooperación entre múltiples escalas
de producción.
La descentralización productiva: auge de la subcontratación y el
outsourcing
La desintegración de las empresas y la subsecuente satelización se traducen en
el progresivo desmantelamiento de los grandes conglomerados productivos y
la distribución de parcelas de la producción en múltiples empresas satélites, en
lo que se suele llamar outsourcing o tercerización. La empresa mastodóntica,
constituida por gigantescos establecimientos fabriles que ocupan a millares
de trabajadores, es reemplazada por unidades descentralizadas, altamente
especializadas, de menor dimensión y con una plantilla laboral reducida.
En el nuevo modelo –expresa Hierrezuelo–3 la descentralización
productiva muestra dos ideas centrales: «por un lado, una división del
trabajo entre empresas, y, por el otro, la exteriorización (o externali-
zación) de funciones que una empresa podría realizar, pero que para
desarrollarlas decide recurrir a una cooperación interempresarial».
El autor distingue una descentralización “vertical” y otra “horizon-
tal”. La primera expresa el desmembramiento de ciertas actividades
que normalmente realizaba la empresa, para encomendarlas a otras
empresas especializadas. Si bien al comienzo solo se externali-
zaban actividades periféricas, luego el fenómeno alcanzó también
1 Iván Miin, “Globalización, pequeña empresa y desarrollo”. Pretexto, n.° 7, julio, 1995, p. 72.
2 Ibíd., p. 74.
3 Juan Raso Delgue, Outsourcing: la respuesta uruguaya. Inédito, p. 6.
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El cambio del derecho del trabajo. De un derecho de frontera a un derecho de fronteras
trabajos propios del giro de la empresa. Por su parte, la tercerización
horizontal consiste en la fragmentación del ciclo productivo, por el
cual la empresa se reserva la realización de una determinada etapa
o faceta del producto, derivando a terceras empresas las restantes
hasta su nalización.
El fenómeno no es totalmente nuevo; sí lo es su auge; es “nuevo en su
intensidad y en algunas de sus formas, pero no en cuanto a su esencia”.4 “En
poco menos de dos décadas, la subcontratación de las actividades empresa-
riales ha pasado de ser un componente ocasional y poco trascendente de los
procesos de producción, destinado a satisfacer necesidades esporádicas de
labores especializadas de escasa trascendencia o a cubrir parcelas muy limi-
tadas de la actividad productiva, a convertirse en un componente estructural
de los mismos”.5
Auge de la intermediación laboral
Las exigencias, muchas veces insoslayables, de exibilidad para la contratación,
son satisfechas mediante el recurso de utilizar empresas proveedoras de mano
de obra. La intermediación laboral, que antaño solo existía para la provisión de
plazas temporales destinadas a cubrir necesidades coyunturales o tareas ajenas
al ciclo central de la producción, ahora se amplía para abarcar incluso puestos
de trabajo que corresponden a la actividad principal.
El auge de la intermediación en muchos de nuestros países es un fenó-
meno inédito, cuyas consecuencias han sido negativas en la generalidad de
los casos. En consecuencia, ha sido objeto no solo de críticas, sino de control
y estricta regulación, para relegarlo a ámbitos restringidos, ya que su contri-
bución económica es pobre en comparación con lo que signica de pérdida
para los trabajadores.
4 Óscar Ermida y N. Colotuzzo, Descentralización, tercerización, subcontratación. Montevideo: Or-
ganización Internacional del Trabajo, 2009, p. 14.
5 Wilfredo Sanguineti Raymond, “Efectos laborales de la subcontratación de actividades producti-
vas”. Laborem, n.° 9, 2009, p. 140.
Mario Pasco Cosmópolis
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