Las entidades públicas pueden hacer efectivas las garantías de un contrato unilateralmente mediante acto administrativo. - Núm. 2019, Enero 2019 - Reporte Jurisprudencial - Libros y Revistas - VLEX 773933481

Las entidades públicas pueden hacer efectivas las garantías de un contrato unilateralmente mediante acto administrativo.

AutorDerecho Justo

El Consejo de Estado resolvió que una entidad pública sí puede hacer efectiva la póliza de garantía de un contrato unilateralmente mediante un acto administrativo, debido a que los numerales 4° y 5° del artículo 68 del Código Contencioso Administrativo la autoriza expresamente. En estos dos numerales se faculta a las entidades públicas a declarar unilateralmente, frente a cualquier tipo de garantía, el siniestro y hacerlo exigible mediante acto administrativo que presta mérito ejecutivo.

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