Epílogo - La reconstrucción del concepto jurídico favela - Favelas de Río de Janeiro: historia y derecho - Libros y Revistas - VLEX 850197559

Epílogo

AutorRafael Soares Gonçalves
Páginas403-408
403
Epílogo
El historiador del derecho debe extraer los signicados que surgen de la
confrontación entre la norma impuesta del derecho y las diferentes prácticas
sociales.1 En el caso de Río de Janeiro, los asuntos sociopolíticos inherentes
al propio proceso de construcción del concepto jurídico favela van a la par
que las consecuencias sociales de la función nominativa del derecho. Este, al
traducir gradualmente las di ferentes representaciones sociales de las favelas,
contribuyó, dialécticamente, a consolidarlas, reforza ndo la idea ampliamen-
te difundida de que las favelas son espacios ilegales, que no presentan las
características necesarias para ser consideradas como parte integra nte de
la ciudad. La expansión de las favelas no se hizo bajo la forma de un movi-
miento espontáneo, marginal o contestatario. En muchos casos, la favela fue
tolerada, consentida e incluso estimulada por parte de los poderes públicos o
por aquellos que se consideraban dueños —propietarios con el debido título
o incluso grileiros— de las tierras en donde las favelas se formaron.
La reexión jurídica sobre las viviendas populares, como se analizó
en la primera parte de este trabajo, se desplazó paulat inamente de las cons-
trucciones insalubres aisladas, ta les como los inquilinatos, a concentrarse
preferencialmente en el espacio denido por el conjunto de construcciones
de las favelas. El Plan Agache, por ejemplo, agrupó las decisiones concernien-
tes a las favelas bajo el ámbito de una reexión más amplia sobre la política
de vivienda, rompiendo, así, con el raciocinio de la política higienista de
erradicación de los inquilinatos, que no preveía el reasentamiento de la po-
blación expulsada de esas edicaciones. Sin embargo, el hecho de establecer
un concepto jurídico que deniría el conjunto de las favelas como insalubre
solo podría, en realidad, justicar una política —la de la erradicación del
conjunto de las favelas— sin tener en cuenta las particularidades in herentes
a cada favela en cuanto a la ocupación del suelo y las condiciones de salubri-
dad de cada construcción.
1 N. Arnaud-Duc, “Les v aleurs et le dét ail. Réex ions sur la pratique de l ’histoi re du droit”, p. 422.
__FAVELAS_BOOK.indb 403 20/11/2018 11:51:45 a. m.

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