¿Cuál es la diferencia entre los bienes privados y bienes comunes? ¿Cuáles son entonces necesarios y cuáles no? - Propiedad horizontal, 100 lecciones básicas que debe conocer - Libros y Revistas - VLEX 741983905

¿Cuál es la diferencia entre los bienes privados y bienes comunes? ¿Cuáles son entonces necesarios y cuáles no?

AutorMartha Elena Ramírez C.
Páginas25-26

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La ley los define así:

Bienes privados o de dominio particular: Son los Inmuebles debidamente delimitados, funcionalmente independientes, de propiedad y aprovechamiento exclusivo, integrantes de un edificio o conjunto sometido al régimen de propiedad horizontal, con salida a la vía pública directamente o por pasaje común.

Bienes comunes: Partes del edificio o conjunto sometido al régimen de propiedad horizontal pertenecientes en proindiviso a todos los propietarios de bienes privados, que por su naturaleza o destinación permiten o facilitan la existencia, estabilidad, funcionamiento, conservación, seguridad, uso, goce explotación de los bienes de dominio particular.

Bienes comunes esenciales: Bienes indispensables para la existencia, estabilidad, conservación y seguridad del edificio o conjunto, así como los imprescindibles para el uso y disfrute de los bienes de dominio particular. Los demás tendrán el carácter de bienes comunes no esenciales. Se reputan bienes comunes esenciales, el terreno sobre o bajo el cual existan construcciones o instalaciones de servicios públicos básicos, los cimientos,

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la estructura, las circulaciones indispensables para aprovechamiento de bienes...

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