Estabilidad laboral reforzada empleados provisionales en carrera administrativa y su efecto en la administración pública - Núm. 1-2022, Enero 2022 - Inciso. Revista de Investigaciones en Derecho y Ciencias Políticas - Libros y Revistas - VLEX 916699331

Estabilidad laboral reforzada empleados provisionales en carrera administrativa y su efecto en la administración pública

AutorIvonne Maritza Jiménez Torres, Wilson Hurtado López
CargoAbogada Especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social/Abogado y contador Público
Páginas39-71
INCISO
Estabilidad laboral reforzada empleados provisionales en carrera administrativa y su efecto en la administración pública
Investigaciones Originales
Artículo de investigación
Resumen
Esta investigación tuvo por objeto analizar los elementos de orden legal y jurisprudencial que
constituyen el soporte de la desvinculación laboral de los empleados públicos en condiciones
de vulnerabilidad, que se encuentran nombrados en provisionalidad en cargos de carrera
administrativa, establecidos por la Corte Constitucional y el Consejo de Estado. Se Identican los
esfuerzos interpretativos que intentan comprender la aplicabilidad de una norma denominada
retén social, que busca proteger los derechos de los empleados públicos nombrados en
provisionalidad en condiciones de vulnerabilidad que ocupan cargos de carrera administrativa,
a través de la gura de estabilidad laboral reforzada. Los diferentes análisis realizados en el
presente artículo de reexión permiten evidenciar que los nombramientos provisionales, cuando
se transforman en protección de condición de vulnerabilidad como rango de los modelos de la
administración pública (burocracia, gestión pública y gobernanza), no permiten que quienes
aspiran por concurso de mérito a los cargos de públicos constituyan en sí una conanza legitima
DOI: http://dx.doi.org/10.18634/incj.24v.1i.1235
Estabilidad laboral reforzada empleados provisionales en carrera
administrativa y su efecto en la administración pública
Reinforced labor stability provisional employees in administrative career and its
effect on public administration
Ivonne MarItza JIMénez torres *
WIlson Hurtado lópez**
*Abogada Especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social. Correo electrónico: ivonnemj@hotmail.com
** Abogado y contador Público, wilsonhurtadolopez@hotmail.com
Fecha de recepción: marzo de 2021
Fecha de aprobación: junio de 2022
Para citar este artículo / To reference this article
Jiménez, I. Hurtado, W. (2022) Estabilidad laboral reforzada empleados provisionales en carrera administrativa y su efecto en la
administración pública. Inciso, 24(1)
INCISO
ISSN: 1794-1598
del poder público sobre los procesos de selección de personal para ejercer funciones al servicio
del Estado. Si bien la Corte Constitucional, a través de sus diversos fallos en aras de la protección
de los intereses laborales particulares entre otros derechos, no devela la afectación que se
viene generando a través de las expectativas dadas a los empleados provisionales, restando
vigencia al sistema de carrera administrativa y afectando la calidad de la administración frente a
la ciudadanía en general. Es de esta forma como se mina su funcionamiento y conanza, y resta
vigencia a los principios constitucionales de la función pública.
Palabras claves: carrera administrativa, condiciones de vulnerabilidad, empleados públicos,
estabilidad laboral, provisionalidad.
Abstract
The purpose of this research was to analyze the elements of legal and jurisprudential order that
constitute the support of the labor dismissal of public employees in conditions of vulnerability,
who are provisionally appointed in administrative career positions, established by the
Constitutional Court and the Council of State. The interpretive efforts that try to understand the
applicability of a norm called social retainer are identied, which seeks to protect the rights of
public employees appointed provisionally in conditions of vulnerability who occupy administrative
career positions, through the gure of reinforced labor stability. The different analyzes carried
out in this reection article make it possible to show that provisional appointments, when they
are transformed into protection of a condition of vulnerability as a range of public administration
models (bureaucracy, public management and governance), do not allow those who aspire to
contest of merit to the public positions constitute in itself a legitimate condence of the public
power on the processes of selection of personnel to exercise functions at the service of the
State. Although the Constitutional Court, through its various rulings for the protection of private
labor interests among other rights, does not reveal the affectation that has been generated
through the expectations given to temporary employees, making the system of administrative
career and affecting the quality of the administration against the general public. It is in this way
that its operation and condence are undermined, and the constitutional principles of the public
function are subtracted from validity.
Key words: administrative career, conditions of vulnerability, public employees, job stability,
provisional status.
Introducción
La Corte Constitucional ha desempeñado un papel protagónico frente a las decisiones donde
se encuentran inmersos los derechos laborales de quienes trabajan en calidad de empleados
públicos en las diferentes entidades estatales de nuestro país. Es imposible obviar las
implicaciones sociales, económicas y políticas que contienen las distintas decisiones judiciales
emitidas por los despachos judiciales de ambas cortes. Sus efectos generan nuevas condiciones
jurídicas para la justicia y el génesis de nuevas obligatoriedades del Estado y de quienes laboran
para él.
INCISO
Estabilidad laboral reforzada empleados provisionales en carrera administrativa y su efecto en la administración pública
La Constitución de 1991 estableció mecanismos de participación ciudadana para la protección
colectiva y particular de sus derechos, incluyendo la posibilidad de asociarse para formar
organizaciones en defensa de sus derechos. En el caso que nos ocupa en materia de estabilidad
laboral reforzada en empleados públicos en condiciones de vulnerabilidad que ocupan
actualmente cargos de carrera administrativa bajo la modalidad de la provisionalidad.
Al estudiar diferentes sentencias proferidas por la Corte Constitucional, se puede evidenciar
claramente las diferencias en la aplicabilidad de las normas al momento de decidir sobre los
derechos laborales de los empleados públicos nombrados en provisionalidad en cargos de carrera
administrativa; es decir, que se han tomado decisiones por parte de la Corte Constitucional con
argumentos contrarios a la misma Constitución.
En varias de esas decisiones el Consejo de Estado permitió que los empleados públicos nombrados
en provisionalidad en cargos de carrera administrativa fueran desvinculados inmediatamente,
cuando se encontraba en la lista de elegibles por concurso de méritos, teniendo en cuenta la
provisión de cargos en carrera de forma denitiva por quien aprobó el respectivo examen, a
través de acto administrativo motivado en debida forma.
Por el contrario, la Corte Constitucional a pesar de tener contenido en su normatividad el artículo
125 que establece que todos los cargos públicos deben de ser proveídos a través del concurso
de méritos, considera constitucionalmente pertinente que se deben tener en cuenta diferentes
situaciones presentadas con los trabajadores que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad
y que prestan sus servicios a través del nombramiento denido como provisionalidad.
La Corte Constitucional le recuerda al Consejo de Estado que tiene que seguir sus fallos porque
es deber acatar un precedente judicial, haciendo énfasis en que se hace más estricto cuando
se trata de jurisprudencia constitucional. Así mismo, se ha referido que sus sentencias son
obligatorias porque en ellas se garantiza el derecho a la igualdad.
Consideramos así sumariamente, que se oponen los criterios al momento de garantizar un
derecho laboral en el sector público, el Consejo de Estado apoya su normatividad y resalta el
artículo 125 de la Constitución Política, y la Corte Constitucional, aun teniendo claro que existe
norma de su categoría al respecto, sobrepone a su vez los derechos fundamentales que dan
garantía y estabilidad laboral a las personas en condiciones de vulnerabilidad nombrada en
carácter provisional.
Podemos denir claramente que la favorabilidad de una norma no se mide porque tuvo
aplicabilidad o no, puesto que no tendría sentido que esta se haga aplicable sin haber una
medición positiva de resultado, en donde se constate que a través de su aplicación se dio
solución a un conicto jurídico de forma coherente y resolutiva en particular en la provisión de
un empleo público de un empleado provisional, en razón de su estabilidad precaria o nula.
Tal y como lo arma Clara Cecilia Dueñas Quevedo (Quevedo, 2009, pág. 104) “Del análisis de
esta categoría de empleos, concluimos, ya que no se encuentran regulados por normas propias
de los empleados de libre nombramiento y remoción, así como tampoco de las que rigen los

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