El establecimiento de comercio - De los bienes mercantiles - Decreto-Ley 410 de 27 de marzo de 1971 - Código de Comercio. Tercera edición - Libros y Revistas - VLEX 729899865

El establecimiento de comercio

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas369-379

Page 369

CAPÍTULO I

ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO Y SU PROTECCIÓN LEGAL

ARTÍCULO 515. CONCEPTO DE ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO.

Se entiende por establecimiento de comercio un conjunto de bienes organizados por el empresario para realizar los fines de la empresa. Una misma persona podrá tener varios establecimientos de comercio, y, a su vez, un solo establecimiento de comercio podrá pertenecer a varias personas, y destinarse al desarrollo de diversas actividades comerciales.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

• Código de Comercio: Arts. 25 y 32.

• *Ley 962 de 8 de julio de 2005: Art. 27.

• *Ley 232 de 26 de diciembre de 1995: Art. 1 y Art. 2 lit. d).

• *Decreto-Ley 2150 de 5 de diciembre de 1995: Arts. 46 al 48.

• "Circular Externa Superintendencia de Sociedades No. 300-000008 de 18 de septiembre de 2014: Punto IV.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

• CONCEPTO 92267 DE 23 DE MAYO DE 2017. SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Es obligación de los comerciantes matricularse e inscribir sus establecimientos de comercio en el registro mercantil a cargo de las cámaras de comercio.

• OFICIO 220-081958 DE 18 DE ABRIL DE 2017. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.

Diferencia entre establecimiento de comercio y local comercial.

• CONCEPTO TRIBUTARIO 089827 DE 2 DE DICIEMBRE DE 2005. DIAN. Importaciones excluidas. Material para la defensa nacional.

• CONCEPTO 04108711 DE 21 DE DICIEMBRE DE 2004. SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Constituyen los sitios web establecimientos de comercio.

• CONCEPTO 01061487 DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2001. SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. La ley presume la enajenación en bloque de los establecimientos de comercio, no obstante es posible enajenar sus elementos integrantes separadamente.

• CONCEPTO 01049760 DE 9 DE AGOSTO DE 2001. SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Libre empresa y libre competencia - Enajenación de un registro marcario.

• ESCOBAR VÉLEZ, Edgar G. Arrendamiento de Locales Comerciales. Editorial Señal Editora. Segunda Edición. 2004. Pág. 15.

"El local comercial que sirve de soporte físico al establecimiento de comercio, es decir, donde tiene su asiento y desarrollo la empresa comercial, puede no ser de propiedad del empresario, quien puede haberlo tomado a título de arrendamiento.

Ese derecho de mera tenencia que tiene el empresario mercantil, hace parte integrante de su establecimiento y es el objeto de la regulación legal y de la consiguiente protección consagrada por el legislador".

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JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

• EXPEDIENTE 24991 DE 16 DE AGOSTO DE 2012. CONSEJO DE ESTADO. C. P. DR. MAURICIO FAJARDO GÓMEZ. Perjuicios morales a favor de personas jurídicas.

• EXPEDIENTE 01037 DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2005. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR. MANUEL ISIDRO ARDILA VELÁSQUEZ. Demostración de la existencia del Establecimiento de Comercio.

• EXPEDIENTE 5860 DE 27 DE JULIO DE 2001. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR. JORGE ANTONIO CASTILLO RUGELES. Bienes que constituyen el establecimiento de comercio.

ARTÍCULO 516. ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO. Salvo estipulación en contrario, se entiende que forman parte de un establecimiento de comercio:

  1. La enseña o nombre comercial y las marcas de productos y de servicios;

  2. Los derechos del empresario sobre las invenciones o creaciones industriales o artísticas que se utilicen en las actividades del establecimiento;

  3. Las mercancías en almacén o en proceso de elaboración, los créditos y los demás valores similares;

  4. El mobiliario y las instalaciones;

  5. Los contratos de arrendamiento y, en caso de enajenación, el derecho al arrendamiento de los locales en que funciona si son de propiedad del empresario, y las indemnizaciones que, conforme a la ley, tenga el arrendatario;

  6. El derecho a impedir la desviación de la clientela y a la protección de la fama comercial, y

  7. Los derechos y obligaciones mercantiles derivados de las actividades propias del establecimiento, siempre que no provengan de contratos celebrados exclusivamente en consideración al titular de dicho establecimiento.

    CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

    • Código de Comercio: Arts. 309, 525, 532 y 603.

    • *Ley 256 de 15 de enero de 1996: Art. 8.

    • "Decisión 486 de 14 de septiembre de 2000: Art. 190.

    DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

    • OFICIO 220-081958 DE 18 DE ABRIL DE 2017. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.

    Diferencia entre establecimiento de comercio y local comercial.

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    • OFICIO 220-171162 DE 16 DE OCTUBRE DE 2014. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. La sucursal de sociedad extranjera, como objeto de aporte al capital de una sociedad Colombiana.

    • CONCEPTO 220-038744 DE 9 DE FEBRERO DE 2009. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Liquidación Judicial. Contratos de arrendamiento de inmuebles de propiedad de la concursada.

    • CONCEPTO 05036673 DE 20 DE MAYO DE 2005. SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Afectación de la marca por el embargo del establecimiento de comercio.

    • CONCEPTO 04108711 DE 21 DE DICIEMBRE DE 2004. SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Constituyen los sitios web establecimientos de comercio.

    • CONCEPTO 01014238 DE 28 DE MARZO DE 2001. SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Aspectos relacionados con el nombre comercial.

    • CONCEPTO 00097812 DE 15 DE ENERO DE 2001. SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Normas aplicables al depósito de nombre comercial.

    JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

    • EXPEDIENTE 24991 DE 16 DE AGOSTO DE 2012. CONSEJO DE ESTADO. C. P. DR. MAURICIO FAJARDO GÓMEZ. Perjuicios morales a favor de personas jurídicas.

    • EXPEDIENTE 5860 DE 27 DE JULIO DE 2001. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR. JORGE ANTONIO CASTILLO RUGELES. Bienes que constituyen el establecimiento de comercio.

    ARTÍCULO 517. PREFERENCIA A LA ENAJENACIÓN EN BLOQUE.

    Siempre que haya de procederse a la enajenación forzada de un establecimiento de comercio se preferirá la que se realice en bloque o en su estado de unidad económica. Si no pudiere hacerse en tal forma, se efectuará la enajenación separada de sus distintos elementos.

    En la misma forma se procederá en caso de liquidaciones de sociedades propietarias de establecimientos de comercio y de particiones de establecimientos de que varias personas sean condueñas.

    DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

    • CONCEPTO 220-42898 DE 21 DE AGOSTO DE 2002. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. De la liquidación obligatoria de personas naturales que ejercen el comercio.

    ARTÍCULO 518. RENOVACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO COMERCIAL. El empresario que a título de arrendamiento haya ocupado no menos de dos años consecutivos...

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