Estatuto
Emisor | Varios - Caja de Compensación Familia |
Número de Boletín | 45890 |
ESTATUTOS
Adecuación: Resolución 1038 del 31 de octubre de 1988
CONTENIDO
Denominación, naturaleza, duración, domicilio, objeto y patrimonio
Miembros o afiliados, derechos, obligaciones, suspensión, renuncia, expulsión
Asamblea General, reuniones, convocatoria, actas, quórum deliberativo y decisorio, veto, representación, votaciones, elecciones, funciones
Consejo Directivo, composición, voto, quórum deliberativo y decisorio, reuniones y funciones
Director Administrativo
Revisor Fiscal
Disposiciones varias, corte de cuentas, disolución, liquidación
Denominación, naturaleza, duración, domicilio, objeto y patrimonio
Título 36 del Código Civil Colombiano.
C., Capital del departamento de Cundinamarca y de la República de Colombia y podrá crear los establecimientos que la ley no prohíba.
El objeto de la Corporación es la promoción de la solidaridad social entre patronos y trabajadores, atendiendo a la defensa de la familia como estructura y núcleo social, desde el punto de vista del cumplimiento de los deberes de sus miembros, de su preparación para la vida y de protección económica, por medio del otorgamiento del subsidio en dinero o en especie y/o la ejecución de obras y la prestación de servicios sociales, para lo cual organizará, hará inversiones y ejecutará los actos necesarios para el desarrollo del mismo.
La Corporación cumplirá funciones de seguridad conforme a la ley.
Miembros o afiliados, derechos, obligaciones, suspensión, renuncia, expulsión
Son miembros o afiliados a la Corporación los empleadores, empresas o patronos, que de acuerdo con la ley están obligados a cotizar para el Subsidio Familiar y que figuran como tales en la actualidad y los que posteriormente se aceptaren por el Consejo Directivo, previa la correspondiente solicitud presentada conforme a la ley y paguen las cuotas de mantenimiento de la Corporación, o aquellos que, en defecto de obligación legal, manifiesten su voluntad de permanecer en la Corporación, a fin de que esta continúe prestando servicios sociales y ejecutando obras sociales acordes con su objeto.
La calidad, derechos y obligaciones de miembros o afiliados se adquiere a partir de la fecha de comunicación de su admisión.
-
A que sus trabajadores reciban los subsidios en dinero, especie o servicios conforme a la ley y/o los reglamentos;
-
A que sus trabajadores y los familiares de estos utilicen los servicios sociales que preste la Corporación, conforme a los respectivos reglamentos;
-
A concurrir por sí o por medio de representantes debidamente acreditados, a las Asambleas Generales de miembros o afiliados con voz y voto, conforme a las prescripciones de estos Estatutos;
-
A elegir y a ser elegidos miembros del Consejo Directivo, según lo preceptuado más adelante.
-
Respetar la totalidad de las normas contenidas en los presentes Estatutos y en los reglamentos de la Corporación;
-
Cancelar oportunamente las cuotas y demás contribuciones y cualesquiera otras obligaciones pecuniarias a su cargo y a favor de la Corporación dentro de los términos legales, estatutarios o reglamentarios;
-
Asistir o hacerse represent ar en todos las reuniones de la Asamblea General para los cuales sean convocados;
-
Velar por el buen nombre de la Corporación;
-
Acatar, llegado el caso, las sanciones que imponga el Consejo Directivo, y durante las suspensiones continuar cubriendo sus cuotas y demás obligaciones para con la Corporación.
Constituyen causas graves para expulsión las siguientes:
-
Las contempladas como tales en la ley;
-
Por fraude en la cuantía de los aportes;
-
Por dar tardíamente y en forma reiterada informes que determinen disminución en el subsidio en dinero a los trabajadores o el pago fraudulento del mismo;
-
Las demás que en el respectivo reglamento contemple el Consejo Directivo.
Asamblea General, reuniones, convocatorias, actas, quórum deliberativo y decisorio, veto, representación, votaciones, elecciones, funciones
La Asamblea General tendrá dos clases de reuniones: Ordinarias y Extraordinarias.
Para efectos de las Asambleas Generales son miembros hábiles aquellos empleadores miembros o afiliados que al momento de la celebración de la reunión ordinaria o extraordinaria se hallen en el pleno goce de los derechos que su calidad les otorga conforme a la ley y a los Estatutos, siendo condición indispensable para que el miembro o afiliado se considere hábil y pueda tener derecho a voz y a voto, elegir y ser elegido en las reuniones de la Asamblea General que esté a paz y salvo con al Corporación por todo concepto en relación con las obligaciones exigibles, con una anterioridad no menor de 48 horas, a la hora y fecha señaladas para la reunión.
La Asamblea General se reunirá en forma ordinaria dentro de los primeros seis (6) meses del año, en la fecha, hora y lugar que fije el Consejo Directivo y será convocada por el Director Administrativo de la Caja. Si no se efectuare la reunión ordinaria anual en la forma ya contemplada, podrá ser convocada por la autoridad competente conforme a la ley.
Las reuniones extraordinarias de la Asamblea General tendrán lugar por convocatoria del Consejo Directivo, del Director Administrativo, del Revisor Fiscal, o por solicitud escrita de un número plural de miembros o afiliados hábiles que represente por lo menos una cuarta parte del total de los miembros hábiles de la Corporación.
La convocatoria para las reuniones de lo Asamblea General, ordinarias o extraordinarias, se hará por lo menos con diez (10) días hábiles de anticipación y no más de veinte (20) días hábiles de anticipación a la fecha de la reunión, por medio de escrito publicado en un periódico de amplia circulación de Bogotá, D. C., o a través de comunicación a cada uno de los afiliados a la dirección que tenga registrada en la Corporación y suscrita por quien la convoque.
La convocatoria debe indicar el orden del día, el sitio, la fecha y la hora de la reunión, la forma y término para presentación de poderes, e inscripción de candidatos e inspección de libros y documentos, así como la fecha límite para pago de quienes deseen ponerse a paz y salvo con la Corporación para efectos de la Asamblea.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba