Estatutos de la Asociación de Municipios del Páramo de Santurbán, AMPSA - 15 de Octubre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43924934

Estatutos de la Asociación de Municipios del Páramo de Santurbán, AMPSA

Número de Boletín47143

Asociación de Municipios del Páramo de Santurbán.

Preámbulo En ejercicio del derecho de asociación, consagrado en la Constitución Política de Colombia 1991, como un instrumento de integración de esfuerzos y voluntades de los municipios de Matanza, California, Charta, Vetas, Tona y Suratá, para proteger el fortalecimiento de la capacidad administrativa y de gestión de las municipalidades asociadas y contribuir a través de la cooperación intermunicipal al progreso de las comunidades y desarrollo sostenible de la subregión, se constituye la Asociación de Municipios "AMPSA".

CAPITULO I Nombre, domicilio, duración y ámbito Artículos 1 a 3
Artículo 1º

Constituyese una entidad administrativa de derecho público con personería jurídica y patrimonio propio e independiente de los municipios que la conforman con el nombre de Asociación de Municipios del Páramo de Santurbán, AMPSA.

Que en adelante se llamará AMPSA provista de capacidades legales para ejercer derechos, contraer obligaciones.

y se regirá en lo pertinente por sus propios estatutos.

Artículo 2º

El domicilio principal de AMPSA será la ciudad de Bucaramanga, pero podrá establecer sus oficinas y dependencias así como adelantar negocios en otros sitios, de conformidad con lo que establezca la Junta Directiva.

Artículo 3º

La duración de la asociación AMPSA será indefinida, sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquier momento de conformidad al procedimiento establecido en los presentes estatutos.

CAPITULO II Artículo 4
Artículo 4º

Objeto.

La asociación de municipios del Páramo de Santurbán, AMPSA tendrá como objeto fundamental propender por el desarrollo integral de los municipios asociados a través de los siguientes objetivos específicos: 1.

Elaborar y ejecutar planes, programas y estudios técnicos para promover acciones integrales de desarrollo Vial, Minero, Cultural, Social, Empresarial, Recreativo, Ambiental.

Turístico, Agrícola, Pecuario, Piscícola y Forestal en forma coordinada y conjunta entre los miembros de la asociación y los municipios que lo requieran. 2.

Atender directamente o mediante la gestión con los institutos y entidades públicas pertinentes, la construcción, mantenimiento, ampliación y administración de todo servicio público y obra de interés común. 3.

Atender directamente o mediante la gestión: la construcción, mejoramiento y mantenimiento de las vías y medios de comunicación de la subregión. 4.

Adelantar programas, y ejecutar proyectos mediante la celebración y suscripción de conveniosy/o contratos parala ejecución de obras públicas relacionadas conserviciospúblicos domiciliarios básicos, saneamiento básico, vivienda, infraestructura vial, sector salud, educación y ejecución de programas de orden Internacional, Nacional, Departamental y Municipal. 5.

Promoverla creación de cooperativas, empresas comunitarias y demás formas asociativas que tengan por objeto mejorar los niveles de empleo, producción, vivienda y distribución de bienes o servicios para el desarrollo de la comunidad. 6.

Investigar y desarrollar tecnologías apropiadas adaptadas a las características, potencialidades y limitaciones de la subregión en coordinación con las entidades de investigación del estado y ONG que presten servicios de investigación y capacitación en las áreas de producción, transformación, comercialización y prestación de servicios. 7.

Recuperar, proteger y optimizar la capacidad del sector Agropecuario a través del establecimiento y fortalecimiento de la organización social en aras de mejorar las condiciones de vida de los habitantes de la Subregión. 8.

Elaborar y ejecutar un plan estratégico de Desarrollo Rural basado en la Agricultura y Ganadería Ecológica en la Subregión de Santurbán. 9.

Prestar el servicio de asistencia técnica agropecuaria y educación ambiental a los municipios. 10.

Propender por la participación comunitaria y asociativa para la identificación de necesidades, potencialidades y programas de acuerdo con las necesidades locales, para proyectar estos programas en la subregión en coordinación con los CMDR de las municipalidades (Consejo Municipal de Desarrollo Rural), que configurarán un Consejo Subregional de Desarrollo Rural. 11.

Participar y proponer acciones junto con las entidades del Estado a nivel de las políticas sectoriales de crédito agropecuario y dentro del marco general del Sistema Nacional de Cofinanciación. 12.

Propender por el desarrollo sostenible del sector agropecuario, ambiental, forestal y piscícola basado en criterios de equidad, competitividad y sostenibilidad preferencialmente basado en la práctica de la agricultura ecológica y su marco reglamentario. 13.

Considerar programas y proyectos de carácter energético en coordinación con las entidades territoriales, teniendo especial atención en el impacto generado por los proyectos de generación de energía. 14.

Reconocer y apoyar el rol estratégico que desempeña el sector agropecuario y minero en el desarrollo económico y social, especialmente en términos de generación de empleo, desarrollo agroindustrial y en general al nivel del mejoramiento de la calidad de vida y la preservación y sostenibilidad de los recursos naturales. 15.

Apoyar la producción y comercialización de los productos de la región a nivel departamental, nacional e internacional. 16.

Elaborar un plan de Desarrollo acorde con las disposiciones de Planeación Departamental y Nacional. 17.

Apoyar, diseñar y ejecutar programas para el desarrollo ecoturístico de la subregión de Santurbán. 18.

Fomentar la consolidación de un corredor Turístico en la Subregión de Santurbán Soto Norte, como estrategia de Desarrollo Local Sostenible, a través del cual se dinamicen los diferentes sectores productivos, generando valor agregado, reinvirtiendo en la localidad e integrando la comunidad -Estado- sector privado. 19.

Desarrollar Planes y Programas para el fortalecimiento de la Unidad Biogeográfica de Santurbán para ubicar la región como el principal proveedor de bienes y servicios Ambientales y Ecoturísticos de Santander. 20.

Fomentar programas de educación ambiental que permitan visualizar a la gente ubicada en Santurbán responsables en el manejo sostenible de sus ecosistemas boscosos y paramunos, en el cuidado, uso y aprovechamiento de sus recursos;

suelo, agua, flora y fauna. 21.

Establecer parámetros para la gestión, adquisición y manejo de recursos así como mecanismos de control al manejo de dichos recursos. 22.

Cualquier otro objetivo acorde con la filosofía de la asociación, con el artículo 148 de la Ley 136 de 1994, o con las demás normas que sean concordantes y divergentes.

CAPITULO III De los miembros de la asociación Artículos 5 a 8
Artículo 5º

Son miembros de la Asociación de Municipios AMPSA los municipios de: Matanza, California, Charta, Vetas, Tona y Suratá.

Artículo 6o

Requisitospara ser asociado: 1 Presentación de solicitud escrita dirigida a la Asamblea General de AMPSA. 2.

Acuerdo del concejo Municipal mediante el cual se otorga la facultad para ser asociado o pertenecer a la Asociación AMPSA. 3.

Tenerjurisdicción en la Subregión del Páramo de Santurbán. 4.

Pagar una cuota de tres salarios mínimos mensuales. 5.

Cancelar una cuota de sostenimiento anual no reembolsable, equivalente a diez (10) salarios mínimos mensuales.

Artículo 1º

Deberes.

Los asociados tienen los siguientes deberes: 1.

Cumplir los presentes estatutos, las resoluciones legalmente aprobadas por la asamblea General , los acuerdos de la junta Administradora y en general acatarlas decisiones que adopten sus directivas para el cabal cumplimento de su objetivo asociativo. 2.

Hacer los aportes económicos estatutarios, periódicos o los que fijen la asamblea general en forma permanente u ocasional. 3.

Presentar a AMPSA, la información que sea requerida sobre las necesidades, recursos, procesos administrativos o comunitarios que sucedan en cada uno de los municipios. 4.

Asistir a las convocatorias que haga la asociación a través de cualquiera de sus organismos de administración. 5.

Cumplir las labores y actividades que para el logro de los objetivos de la asociación le asignen estos estatutos, la asamblea general o lajunta administradora.

Parágrafo 1º.

Los asociados que no hayan cancelado sus obligaciones dentro del primer mes siguiente al envío de la respectiva cuenta de cobro y que no se encuentre a paz y salvo al momento de celebrar cualquier reunión convocada por los órganos de dirección de la asociación, no tendrán derecho al voto, ni a representar a la asociación o asistir en su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR