ESTATUTOS RD 3031 - 26 de Enero de 2004 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448650970

ESTATUTOS RD 3031

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3031 26 ENERO 2004
EmisorTerminal de Transportes
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 38 • Número 3031 • pP. 1-3 • 2004 ENERO 26 33
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del 25 de Mayo de 2001, se hace necesario establecer
un plazo para que, aquella población que residía en los
predios ubicados en el área de desarrollo del Proyecto
Tercer Milenio y que haya recibido atención específica
mediante el programa de Alojamiento Temporal por parte
del Departamento Administrativo de Bienestar Social -
DABS, entregue las solicitudes de reconocimiento y
pago de compensación correspondientes y acredite la
documentación necesaria para ser beneficiario del re-
conocimiento y pago de compensaciones dentro del
desarrollo del Proyecto Tercer Milenio.
9. Que de acuerdo con lo expuesto anteriormente, La
Directora General del Instituto de Desarrollo Urbano,
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- Adicionar al artículo primero
(1º) de la Resolución 5734 del 15 de Julio de 2002, de
conformidad con las consideraciones de la parte moti-
va del presente acto administrativo, el siguiente pará-
grafo:
PARÁGRAFO PRIMERO.- Plazo para entregar solici-
tudes y acreditar documentación: La población que re-
sidía en los predios ubicados en el área de desarrollo
del Proyecto Tercer Milenio y que haya recibido aten-
ción específica mediante el programa de Alojamiento
Temporal por parte del Departamento Administrativo de
Bienestar Social - DABS - podrá radicar en el Instituto
de Desarrollo Urbano - IDU - las solicitudes de recono-
cimiento y pago de compensación con los documentos
exigidos en el Artículo Octavo (8º) de la Resolución
1402 del 25 de Mayo de 2001 a partir de la fecha de
publicación de la presente Resolución hasta el día 27
de Febrero de 2004.
ARTICULO SEGUNDO.- La presente Resolución rige a
partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá D.C., a los diecinueve (19) días del
mes de enero de dos mil cuatro (2004)
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
EUNICE SANTOS ACEVEDO
Directora General
ESTATUTOS
TERMINAL DE TRANSPORTE S.A.
ESTATUTOS 2002
PRIMERA PARTE GENERALIDADES
CAPITULO PRIMERO
NATURALEZA JURIDICA, OBJETO, DURACIÓN Y
DOMICILIO DE LA SOCIEDAD
ARTICULO 1º NATURALEZA DE LA SOCIEDAD: La
Terminal de Transporte S.A., es una sociedad de eco-
nomía mixta del orden Distrital, de segundo grado u
orden, vinculada a la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
conforme a lo establecido en la Ley 489 de 1998 y el
Decreto Ley 1421 de 1993, el Código de Comercio y
demás normas concordantes y reglamentarias, consti-
tuida como sociedad anónima mediante escritura pú-
blica número 8.058 del seis (6) de Noviembre de mil
novecientos setenta y nueve (1.979), otorgada en la
Notaría quinta (5ª) del Circulo de Bogotá, dotada de
personería Jurídica, patrimonio independiente y auto-
nomía administrativa, cuya actividad estará sujeta al
control y vigilancia de la Superintendencia de Puertos
y Transporte.
ARTICULO 2º. OBJETO Y FUNCIONES: La Terminal
de Transporte S.A. tendrá como principal objeto so-
cial los siguientes:
1. La contribución a la solución de los problemas de
tránsito y transporte de todo el país, en especial de la
ciudad de Bogotá D.C. y su área metropolitana.
2. La construcción y explotación de terminales de
transporte tendientes a asegurar una adecuada admi-
nistración y mejoramiento del servicio de transporte
terrestre automotor.
3. De conformidad con las normas legales vigentes
podrá realizar la construcción, enajenación, poseer,
administrar y explotar las áreas comerciales, residen-
ciales, hoteleras y de parqueaderos. Podrá definir el
uso y destino y coordinar los bienes dentro de los edi-
ficios que sea copropietario, los servicios que allí se
presten como los financieros, turísticos, de recreación,
alimentación, culturales, religiosos, de salud, deporti-
vos, educativos, de comunicaciones, encomiendas,
vehiculares, entre otros, especialmente, todos los re-
lacionados con los servicios conexos al Transporte
Terrestre automotor, el de empresas de transporte te-
rrestre, los automotores y para los pasajeros.
4. Realizar las operaciones bancarias y bursátiles y
en especial la negociación de títulos valores que a cri-
terio de la Administración sean necesarias para garan-
tizar la rentabilidad financiera de los excedentes de
tesorería.
5. Estudiar, promover, construir, explotar, articular y
complementar los diversos sistemas de transporte.
6. Controlar, verificar y realizar el cobro de las Tasas
de Uso, el cumplimiento de las normas internas y ex-

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