Estructura del sistema financiero - Descripción básica de las entidades sometidas a la vigilancia de la superintendencia financiera - Estatuto orgánico del sistema financiero. Segunda edición - Libros y Revistas - VLEX 730392589

Estructura del sistema financiero

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas1-7

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ARTÍCULO 1. ESTRUCTURA GENERAL. El sistema financiero y asegurador se encuentra conformado de la siguiente manera:

  1. Establecimientos de crédito.

  2. Sociedades de servicios financieros.

  3. Sociedades de capitalización.

  4. Entidades aseguradoras.

  5. Intermediarios de seguros y reaseguros

    • Decreto Único Financiero 2555 de 15 de julio de 2010:

    ARTÍCULO 1.1.1.1.1 DEFINICIONES. Para los efectos del presente decreto, las siguientes expresiones tendrán el significado que para cada una de ellas se indica:

    Emisores de Valores: las entidades que tengan valores inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores -RNVE. Entidades aseguradoras: las compañías y cooperativas de seguros y las de reaseguros.

    Establecimientos de crédito: los establecimientos bancarios, las corporaciones financieras, las compañías de financiamiento, las cooperativas financieras y los organismos cooperativos de grado superior de carácter financiero.

    Intermediarios de seguros: los corredores, las agencias y los agentes de seguros.

    Intermediarios de reaseguros: los corredores de reaseguros.

    Sociedades de capitalización: las instituciones financieras cuyo objeto consista en estimular el ahorro mediante la constitución, en cualquier forma, de capitales determinados, a cambio de desembolsos únicos o periódicos, con posibilidad o sin ella de reembolsos anticipados por medio de sorteos.

    Sociedades de servicios financieros: las sociedades fiduciarias, los almacenes generales de depósito, as sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantía y las sociedades de intermediación cambiaria y de servicios financieros especiales.

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    CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)

    • Estatuto Orgánico del Sistema Financiero: Arts. 2, 5, 54, Art. 76 num. 1 y Art. 77 nums. 1 y 3.

    • *Ley 1735 de 21 de octubre de 2014: Art. 1.

    DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)

    • CONCEPTO 2010037303-001 DE 23 DE JUNIO DE 2010. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA. Tarjeta de crédito, almacenes de cadena.

    • CONCEPTO 2009046818-001 DE 9 DE SEPTIEMBRE DE 2009. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA. Las sociedades comisionistas de bolsa no pueden ser consideradas como entidades financieras o sociedades de servicios financieros.

    • CONCEPTO 2008014402-000 DE 5 DE MARZO DE 2008. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA. Las entidades aseguradoras e intermediarios de seguros y reaseguros pertenecen al sistema asegurador, mientras que las sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesantías, como sociedades de servicios financieros, forman parte del sistema financiero.

    • CONCEPTO 2007000782-001 DE 21 DE FEBRERO DE 2007. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA. Establecimientos de crédito - Fondos mutuos de inversión.

    • CONCEPTO 2006070113-002 DE 26 DE ENERO DE 2007. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA. Inversiones en el exterior, entidades financieras.

    ARTÍCULO 2. ESTABLECIMIENTOS DE CRÉDITO.

    1. Establecimientos de crédito. (Apartes en cursiva modificados por disposición del artículo 5 de la Ley 546 de 23 de diciembre de 1999 y del artículo 25 de la Ley 1328 de 15 de julio de 2009, respectivamente). (Inciso 1 del numeral 1 modificado por el artículo 54 de la Ley 454 de 4 de agosto de 1998). Los establecimientos de crédito comprenden las siguientes clases de instituciones financieras: establecimientos bancarios, corporaciones financieras, Bancos Comerciales, Compañías de Financiamiento y cooperativas financieras.

      Se consideran establecimientos de crédito las instituciones financieras cuya función principal consista en captar en moneda legal recursos del público en depósitos, a la vista o a término, para colocarlos nuevamente a través de préstamos, descuentos, anticipos u otras operaciones activas de crédito.

    2. Establecimientos bancarios. Son establecimientos bancarios las instituciones financieras que tienen por función principal la captación de recursos en cuenta corriente bancaria, así como también la captación de otros depósitos a la vista o a término, con el objeto primordial de realizar operaciones activas de crédito.

    3. Corporaciones Financieras. Son corporaciones financieras aquellas instituciones que tienen por función principal la captación de recursos a término, a través de depósitos o de instrumentos de deuda a plazo, con el fin de realizar operaciones activas de crédito y efectuar inversiones, con el objeto primordial de fomentar o promover la creación, reorganización, fusión, transformación y expansión de empresas en los sectores que establezcan las normas que regulan su actividad.

    4. Bancos Comerciales. (Aparte en cursiva modificado por disposición del artículo 5 de la Ley 546 de 23 de diciembre de 1999). (Numeral 4 modificado por el artículo 13

      de la Ley 510 de 4 de agosto de 1999). Son Bancos Comerciales aquellas instituciones que tienen por función principal la captación de recursos para realizar primordialmente operaciones activas de crédito hipotecario de largo plazo.

    5. Compañías de Financiamiento. (Apartes en cursiva modificados por disposición del artículo 25 de la Ley 1328 de 15 de julio de 2009). (Numeral 5 modificado por el artículo 16 de la Ley 510 de 4 de agosto de 1999). Son Compañías de Financiamiento las instituciones que tienen por función principal captar recursos a término, con el objeto

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      primordial de realizar operaciones activas de crédito para facilitar la comercialización de bienes y servicios, y realizar operaciones de arrendamiento financiero o leasing.

    6. Cooperativas Financieras. (Apartes en cursiva modificados tácitamente por disposición del artículo 1 del Decreto 4327 de 25 de noviembre de 2005). (Numeral 6 modificado por el...

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