Facturación electrónica: ¿quiénes, cómo y por qué? - 29 de Enero de 2018 - El Tiempo - Noticias - VLEX 701670741

Facturación electrónica: ¿quiénes, cómo y por qué?

Facturación electrónica: ¿quiénes, cómo y por qué?

Aún persisten dudas con respecto a la obligatoriedad que conlleva este sistema. Es necesario revisar la legislación existente para mayor claridad.

Como es bien sabido, a partir del 1 de enero de 2019 todos los contribuyentes responsables de declarar y pagar IVA e impuestos al consumo estarán obligados a efectuar su facturación de manera electrónica. Para una mayor precisión de los interesados, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) explica que, con la expedición de la Resolución 072 del 29 de diciembre de 2017, dicha obligatoriedad incluye a los contribuyentes que venían facturando electrónicamente en los términos del Decreto 1929 de 2007. Este último reza textualmente en su Artículo 1, numeral B: “Obligado a facturar: Es la persona natural o jurídica que conforme a las normas tributarias tiene la obligación de facturar y que, tratándose de la factura electrónica, la expide, generándola y numerándola por medio de un sistema de facturación por computador en los términos del artículo 13 del Decreto 1165 de 1996 o las normas que lo modifiquen, entregándola al adquirente y conservándola para su posterior exhibición, en los términos que se establecen en el presente decreto”. El Artículo 1 del Decreto 2242 de 2015, que reglamenta “las condiciones de expedición e interoperabilidad de la factura electrónica con fines de masificación y control fiscal”, señala que las especificaciones contenidas en él se aplican a: “1. Las personas naturales o jurídicas que de acuerdo con Estatuto Tributario tienen la obligación de facturar y sean seleccionadas por la Dian para expedir factura electrónica. 2. Las personas naturales o jurídicas que de acuerdo con el Estatuto Tributario tienen la obligación de facturar y opten por expedir factura electrónica. 3. Personas que no siendo obligadas a facturar de acuerdo con Estatuto el Tributario y/o decretos reglamentarios, opten por expedir factura electrónica”. Además, la Ley 1819 de 2016 (reforma tributaria) estableció que la Dian podrá seleccionar a los obligados a facturar electrónicamente atendiendo criterios de riesgo de evasión y de facilidad de implementación, convirtiéndose en la base empleada para la selección de los obligados con la Resolución 72 de 2017. Más de lo que necesita saber La entidad reguladora de impuestos del país especifica que cualquier comerciante que tenga la obligación de expedir factura puede hacerlo de forma voluntaria o cuando la Dian o lo normatividad establezca la obligatoriedad. Incluso, si un comerciante no tiene la obligación de facturar...

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