Fallo de Procuraduría General de la República, 31-03-2022 - Jurisprudencia - VLEX 906664830

Fallo de Procuraduría General de la República, 31-03-2022

Fecha31 Marzo 2022
EmisorPROCURADURIA DELEGADA PARA LA VIGILANCIA ADMINISTRATIVA Y JUDICIAL
Tipo de documentoFallo
MateriaINDAGACION PRELIMINAR
Title

ARCHIVO DEFINITIVO-A favor de los funcionarios por determinar de la Gobernación del Departamento de la Guajira por la presunta vinculaciones que afectaban la nómina de la entidad, con violación de la ley de garantías



INDAGACIÓN PRELIMINAR-Procedencia



INDAGACIÓN PRELIMINAR-Marco legal



ARCHIVO DEFINITIVO-Procedencia


A su vez, el artículo 90 de la Ley 2094 XXXXXX, establece que en cualquier etapa de la actuación disciplinaria en que aparezca plenamente demostrado que el hecho atribuido no existió, que la conducta no está prevista en la ley como falta disciplinaria, que el disciplinado no la cometió, que existe una causal de exclusión de responsabilidad, o que la actuación no podía iniciarse o proseguirse, el funcionario del conocimiento, mediante decisión motivada, así lo declarará y ordenará el archivo definitivo de las diligencias.






Identificador lNpg xL9x 1sO9 TRGU h8bC E4iM zXg= (Válido indefinidamente)

URL https://www.procuraduria.gov.co/SedeElectronica

Bogotá D.C., marzo treinta y uno (31) de dos mil veintidós (2022)


  1. ASUNTO POR TRATAR.


Con fundamento en la competencia otorgada por el literal a) del numeral 1º del artículo 25 del Decreto Ley 262 de 2000 y a la Resolución 138 del XXXXXXXXX, procede el despacho a evaluar la etapa de indagación preliminar radicada con el IUS-E-2018-119733 IUC D- 2018-1089923, con el fin de determinar si se abre investigación disciplinaria, o en su defecto, el archivo de las presentes diligencias.


  1. ANTECEDENTES PROCESALES


Mediante auto del XX de XXXX de XXXXX, la Procuraduría Regional de La Guajira, da inició a la presente indagación preliminar contra funcionarios por determinar de la Gobernación del Departamento de La Guajira, en virtud de las visitas practicadas en la Dirección de Talento Humano del Departamento de La Guajira por parte de la Procuraduría Regional de la Guajira los días XX de XXXXX y X de XXXX de XXXX, en ejercicio de la función de control y vigilancia de la ley de garantías electorales - Ley 996 XXXXX, en la cual se evidenció que en la Gobernación del Departamento de La Guajira, se realizaron varias vinculaciones que afectaban la nómina de la entidad, dentro de los cuatro (X) meses anteriores a la fecha de celebración de los comicios electorales de Senado y Cámara,, tal como consta en las actas de visitas mencionadas.


En curso de la indagación preliminar se allegaron como pruebas las siguientes.


  1. Copia de los actos administrativos de nombramiento y actas de posesión de los servidores:


    1. XXXXXXXXXXXXXXXXX.

    2. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

    3. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

    4. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

    5. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX




    1. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

    2. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

    3. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

    4. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

    5. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX


  1. Identificador lNpg xL9x 1sO9 TRGU h8bC E4iM zXg= (Válido indefinidamente)

    Cartas de renuncias y sus respectivos decretos de aceptación de renuncia y declaratoria de vacancia definitiva de los cargos:


    1. XXXXXXXXXXXXXXX, secretaria de apoyo a la gestión del departamento, de fecha XXXXXXXX XX de XXXX.

    2. URL https://www.procuraduria.gov.co/SedeElectronica

      XXXXXXXXXXXXXXXX directora de cultura juventud y género, de fecha X de XXXXX de XXXX.
    3. XXXXXXXXXXXXXXXXX, secretario de gobierno y participación comunitaria, de fecha XXXXX XX de XXXX.

    4. XXXXXXXXXXXXXXXXX, directora administrativa de tránsito y transporte de La Guajira D.A.T.T.G., de fecha XX de XXXXXXXX de XXXX.

    5. XXXXXXXXXXXXXXXX, jefe de prensa profesional universitario de la oficina de prensa del departamento de la Guajira, de fecha XXXXXXX de XXXX.

    6. XXXXXXXXXXXXXX, secretario de salud departamental, de fecha XX de XXXXXXX de XXXX.

    7. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, directora general del instituto departamental de deportes de la Guajira IDDG, de fecha XXXXXXXXXXXXX de XXXX.

    8. XXXXXXXXXXXXXXX, secretario general del departamento de la Guajira, de fecha XX de XXXXX de XXXX.

    9. XXXXXXXXXXXXXXX, almacenista general, adscrito a la secretaría general, de fecha XX de XXXXXXX de XXXX.

Así las cosas, habiendo fenecido el periodo probatorio dentro del término legal de la indagación preliminar, procede el Despacho a efectuar el pronunciamiento respectivo con fundamento en las siguientes,


  1. CONSIDERACIONES


Conforme a lo dispuesto en el artículo 208. Modificado por el artículo 34 de la Ley

204 XXXXXXX Código General D. del CDU, la etapa de indagación preliminar procede en caso de duda sobre la identificación o individualización del posible autor de una falta disciplinaria, y una vez agotado el termino procesal deberá pronunciarse, ya sea para ordenar el archivo definitivo o por consiguiente la apertura de investigación, con fundamento en los medios probatorios allegados y aportados dentro del proceso.




Identificador lNpg xL9x 1sO9 TRGU h8bC E4iM zXg= (Válido indefinidamente)

A su vez, el artículo 90 de la Ley 2094 XXXXXX, establece que en cualquier etapa de la actuación disciplinaria en que aparezca plenamente demostrado que el hecho atribuido no existió, que la conducta no está prevista en la ley como falta disciplinaria, que el disciplinado no la cometió, que existe una causal de exclusión de responsabilidad, o que la actuación no podía iniciarse o proseguirse, el funcionario del conocimiento, mediante decisión motivada, así lo declarará y ordenará el archivo definitivo de las diligencias.

De acuerdo con la normatividad trascrita y del análisis del caudal probatorio aportado dentro de la instrucción de la etapa de indagación preliminar se concluye:


  1. URL https://www.procuraduria.gov.co/SedeElectronica

    Que efectivamente si se realizaron varias vinculaciones en Gobernación de La Guajira, dentro de los cuatro (X) meses anteriores a la fecha de celebración de los comisiones electores de senado y cámara.


  1. Que la vinculación de personal a la administración durante el mes de XXXXX de XXXX se suscitó por renuncia irrevocable del cargo correspondiente debidamente aceptada y declarada su vacancia definitiva.



FECHA Y CARGO AL QUE SE RENUNCIA

DECRETO DE ACEPTACIÓN Y DECLARATORIA DE VACANCIA DEFINITIVA

NOMBRE FUNCIONARIO VINCULADO OR RENUNCIA



CARGO


ACTO DE NOMBRAMIENTO


FORMA DE VINCULACIÓN


FECHA DE POSESIÓN

XXXXXX.

SECRETARIA DE APOYO A LA GESTIÓN DEL DEPARTAMENTO.


DECRETO NÚMERO XX4

XX XXXXXXX




XXXXXXXXXXXX

SECRETARIO DE DESPACHO SECRETARIA DE APOYO A LA GESTIÓN


DECRETO NUMERO XXX XXXXXXXXXXXXXXX


LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN


XXXXXXXX


XXXXXXXXXXX. DIRECTORA DE CULTURA, JUVENTUD Y GÉNERO


DECRETO NÚMERO XXXXXXXXXXXX0



XXXXXXXXXXX

DIRECTOR TÉCNICO DE LA CULTURA, JUVENTUD Y GÉNERO


DECRETO NÚMERO XXXXXXX



LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN


XXXXXXX

.XXXXXXXXX

SECRETARIO DE GOBIERNO Y

PARTICIPACIÓN COMUNITARIA


DECRETO NÚMERO XXXXXXX



XXXXXXXXXX


SECRETARIO DE DESPACHO- SECRETARÍA DE GOBIERNO


DECRETO NÚMERO XXXXXXX


LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN


XXXXXXXX

XXXXXXXXXX. DIRECTORA ADMINISTRATIVA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE LA GUAJIRA.


DECRETO NÚMERO ...

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