Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo -FONADE- - Entidades con regímenes especiales - Estatuto orgánico del sistema financiero. Segunda edición - Libros y Revistas - VLEX 730394313

Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo -FONADE-

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas391-395

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ARTÍCULO 286. ORGANIZACIÓN.

  1. Nombre y naturaleza. Reestructúrase el Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo, establecimiento público del orden nacional, creado por Decreto 3068 de 1968, en una empresa industrial y comercial del estado, de carácter financiero denominada Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo -FONADE- dotada de personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa y vinculada al Departamento Nacional de Planeación.

  2. Objeto. El Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo -FONADE- tiene por objeto principal ser agente en el ciclo de proyectos de desarrollo mediante la financiación y administración de estudios, y la coordinación y financiación de la fase de preparación de proyectos de desarrollo.

  3. Régimen legal. El Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo -FONADE- se regirá por las disposiciones contenidas en el Decreto 2168 del 30 de diciembre de 1992, por las normas relativas a las empresas industriales y comerciales el estado y por sus estatutos.

    CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)

    • Ley 1150 de 16 de julio de 2007: Art. 26.

    • *Decreto 288 de 29 de enero de 2004: Por el cual se modifica la estructura del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo, Fonade, y se dictan otras disposiciones.

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    ARTÍCULO 287. DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN.

  4. Dirección y administración. Los órganos de dirección y administración del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo -FONADE- son la Junta Directiva y el Gerente.

  5. Composición de la Junta Directiva. La Junta Directiva del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo -FONADE- estará integrada por los siguientes miembros:

    1. El Director del Departamento Nacional de Planeación quien la presidirá;

    2. El Subdirector del Departamento Nacional de Planeación;

    3. El Gerente del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo -FONADE-.

  6. Funciones de la Junta Directiva. Son funciones de la Junta Directiva, además de las señaladas en el artículo 26 del Decreto 1050 de 1968 y en su reglamento las siguientes:

    1. Fijar las políticas generales de la entidad y concretarlas en planes de desempeño;

    2. Establecer para los planes de desempeño los indicadores financieros que considere necesarios;

    3. Aprobar el presupuesto anual el cual deberá reflejar las prioridades nacionales y tramitarlo según las normas vigentes;

    4. Autorizar aquellos contratos que requieran tal formalidad de acuerdo con sus estatutos;

    5. Desarrollar la estructura administrativa de la entidad, la planta de personal, sus funciones y la remuneración de sus trabajadores oficiales, de conformidad con las normas legales;

    6. Nombrar y remover el personal de empleados de -FONADE-;

    7. Fijar las directrices y políticas en relación con las negociaciones colectivas, atendiendo las pautas generales Ajadas por el CONPES, para que aquellas y éstas sean atendidas por el representante legal de la entidad;

    8. Definir las características de los bonos que la FINANCIERA emita;

    9. Adoptar los reglamentos de operaciones de la entidad;

    10. Delegar cuando lo considere conveniente, alguna o algunas de sus funciones en el gerente;

    11. Darse sus propios estatutos, los cuales deben ser aprobados por el Gobierno Nacional...

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