Fragmentos vigentes de la Ley 443 de 1998 - Primera parte. Normas de empleo público. Síntesis de jurisprudencia, explicaciones y comentarios - Empleo público y carrera administrativa. Entidades nacionales y territoriales - Libros y Revistas - VLEX 821006697

Fragmentos vigentes de la Ley 443 de 1998

AutorCarlos Pachón Lucas
Páginas88-90
EMPLEO PÚBLICO Y CARRERA ADMINISTRATIVA - CARLOS PACHÓN LUCAS
88
LEY 443 de 1998
(.......)
ARTÍCULO 24. Concursos generales abiertos y utilización de sus listas de
elegibles. La Escuela Superior de Administración Pública (*), directamente o
mediante contratación con entidades especializadas, podrá realizar concursos
generales para proveer empleos de carrera administrativa, de las entidades de
los órdenes nacional y territorial previamente denidos por la Comisión Nacio-
nal del Servicio Civil.
Las listas de elegibles resultado de estos concursos se utilizarán, durante el tér-
mino de su vigencia, para la provisión de empleos con funciones y requisitos ge-
nerales iguales o similares a los estipulados en las respectivas convocatorias.(**)
La convocatoria a estos concursos se realizará en la circunscripción territorial
que determine la Comisión Nacional del Servicio Civil y las listas de elegibles
serán obligatorias para las entidades que se encuentren en dicha circunscrip-
ción. Estas listas generales serán prevalentes sobre las listas conformadas por
los concursos abiertos en las entidades. (**)
Igualmente, la Comisión Nacional del Servicio Civil podrá reglamentar la rea-
lización de pruebas básicas generales de preselección de carácter obligatorio
34 que, con los requisitos mínimos de los empleos, constituirán los factores in-
34 La normatividad de las pruebas básicas generales fue complementada por el artículo 10 de la ley 1033 de
2006, con un desenlace adverso. En efecto, la Corte Constitucional declaró inexequibles los incisos del citado

Ley 1033 de 2006, artículo 10. (*) Cuando la Comisión Nacional del Servicio Civil prevea en los procesos
de selección la aplicación de la prueba básica general de preselección a que hace referencia el artículo
24 de la ley 443 de 1998 y esta tenga el carácter de habilitante, no le será exigible a los empleados que
estén vinculados a la Administración Pública, mediante nombramiento provisional o en carrera, con una
antelación no menor a seis (6) meses contados a partir de la vigencia de la presente ley, que se inscriban o
que se hayan inscrito para participar en el respectivo concurso en un empleo perteneciente al mismo nivel
jerárquico del cargo que vienen desempeñando.
(*) La experiencia de los aspirantes deberá evaluarse como una prueba más dentro del proceso, a la cual de-
berá asignársele un mayor valor a la experiencia relacionada con las funciones del cargo para el cual aspiran.
(*) Para dar cumplimiento a lo consagrado en los incisos anteriores, la Comisión Nacional del Servicio Civil
queda facultada para que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la expedición de la presente ley

se encuentren en curso a la entrada en vigencia de esta.
      
realizado y superado el respectivo proceso de selección por mérito de acuerdo con la normatividad vigente a la
fecha de la convocatoria para la cual se haya participado. La Comisión Nacional del Servicio Civil emitirá los
pronunciamientos a que haya lugar en cada caso.
(*) INEXEQUIBLES, los incisos 1, 2 y 3 de este artículo. Sent. C-211/07. La Corte decidió en los siguientes

en condiciones de igualdad, eximir a aquellos concursantes que se encuentren vinculados a la administración
bien sea en provisionalidad o en carrera, de la prueba de preselección cuando dicha prueba tenga carácter
habilitante. La jurisprudencia ha señalado a este respecto que las regulaciones de los sistemas de concursos
no pueden establecer criterios de selección cuya evaluación no sea susceptible de ser aplicada a todos los
concursantes, incluyendo tanto a los inscritos en carrera como a los que no lo están. Si bien a los servidores

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR