La función social de los escribanos en la Colonia - Dilemas contemporáneos del derecho notarial - Libros y Revistas - VLEX 829680317

La función social de los escribanos en la Colonia

AutorÁlvaro Rengifo
Páginas21-68
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La función social de los escribanos
en la Colonia
1.1. Marco histórico
Desde el siglo , España y sus colonias tuvieron como horizonte mental una
cristiandad universal, hegemónica y totalizante. De ahí que la libertad religiosa
de los individuos, las creencias íntimas y la autonomía privada en el territorio
que hoy conocemos como Colombia se subordinaron a ese modo de pensar,
por efecto de la expansión religiosa y del crecimiento político imperial espa-
ñol (González González, 1997, p. 25). Gran parte de esta perspectiva mental
se explica por el talante español de ese tiempo y reviste mucha utilidad para
comprender las fronteras entre autonomía y dependencia moral durante la
dominación española en la Colonia, signada por el pensamiento totalizador
católico en asuntos jurídicos de todo orden.
En enero de 1492, cae el Reino nazarí de Granada, luego de la domina-
ción árabe y luego de largas luchas por la reconquista cristiana iniciadas en
el 718 por Don Pelayo. En marzo de ese mismo año, se firma el Edicto de la
Alhambra, mediante el cual se ordena la expulsión de los judíos de Castilla
y Aragón, lo que supuso el exilio de unas 50000 personas, a lo que se añadió
el intento de conversión forzosa de los moros al cristianismo a cambio de su
exilio de España en 1502. Con esos sucesos comienza el final de la cultura
mozárabe, junto con el clima de convivencia y respeto que prevaleció en
España durante la Edad Media entre las tres grandes religiones monoteístas de
origen abrahámico. Por último, en 1508, el papa Julio II concede el Patronato
sobre los obispados en el Nuevo Mundo a los Reyes Católicos y en 1523, el
papa Adriano VI, concede el Patronato a Carlos V sobre la Iglesia española
(González González, 1997, p. 31).
Los hechos anteriores permitieron a España consolidar la unidad terri-
torial en torno a un mismo pensamiento político y moral en cabeza de un
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monarca. Asimismo, finaliza la lucha por el poder político entre dos culturas
profundamente religiosas, la árabe y la cristiana, cuyos sistemas de valores
coincidieron con un designio no previsto. Durante la Modernidad, ni en el
árabe ni en el castellano de la España morisca se produjo el proceso de secu-
larización de la vida ni de la política como se gestó en el resto de Europa. La
secularización en mención, en cuanto a los árabes no se dio porque, aún hoy,
la palabra del Corán cubre todos los aspectos de la vida del creyente del islam.
En cuanto a los castellanos tampoco, porque la reconquista de España hizo
que “el interés de la Nación y la idea de patria se identificaran con la religión
cristiana. (…) ser español y ser cristiano o ser católico fueron equivalentes.
La identidad entre la conciencia religiosa y la conciencia nacional creó la
idea misionera, la idea de que España tenía una misión: detener el avance
del mahometismo y establecer la independencia y la seguridad del mundo
cristiano” ( Jaramillo Uribe, 2001, p. 289). Dice Fernán González, citando a
su vez al historiador alemán Horst Pietschmann, que la unificación territorial
mediante la homogeneidad religiosa se debió a la convicción de que “…solo
una religión unitaria afianzaría la unidad [sic] política interior y garantizaría
el control de la monarquía sobre la población” (González González, 1997,
p. 30). Si a lo anterior se suma la denominada Contrarreforma y la exitosa
penetración cultural que logró la Iglesia católica en la América hispana, no es
de extrañar que este tipo de pensamiento perdurara en nuestras instituciones
hasta bien entrado el siglo , como se demostrará en estas páginas.
En un principio, dentro de este clima ideológico y político, la Corona
española intentó eliminar todo tipo de creencias religiosas indígenas, con la
convicción de que mediante el ingreso del mundo americano a la espirituali-
dad cristiana se superaba la ingenua ignorancia indígena y se salvaban muchas
almas para la gloria del Dios verdadero. Al unísono con este empeño, España
hizo esfuerzos importantes para impedir que a las colonias llegaran judíos o
protestantes y que circularan ideas contra el dogma católico (Rodríguez Gon-
zález, 2011, p. 111). En este orden de ideas y con el fin de mantener la unidad
de la fe como base de la unidad política, instituciones como el Santo Oficio1
1 “La Iglesia católica, conocedora de la naturaleza y de las emociones humanas también se valió del
miedo y del terror para aanzar los dogmas cristianos en las mentes de sus seguidores. El Santo Ocio
o Tribunal de la Inquisición, institución creada para vigilar y castigar aquellos comportamientos que,
desde la perspectiva de las autoridades eclesiásticas, atentaban contra los dogmas de la Iglesia, fue ins-
taurado en América desde 1519 pero tomó fuerza a raíz de las persecuciones contra el protestantismo en
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o como el Patronato Eclesiástico2 fueron aliados importantes frente al peli-
gro de doctrinas y actitudes provenientes de la Reforma protestante (Reyes
Posada, 2011). No está demás advertir que estas dos instituciones hicieron
parte de un complicado sistema estatal de controles y sistemas rivales que se
contrabalanceaban administrativamente, con el arbitraje constante y necesa-
rio de la Corona. La Iglesia, consciente o inconscientemente, jugó un papel
importante dentro de la organización del Estado, ya que actuaba mediante
“una especie de delegación parcial” de la autoridad del rey, razón por la cual
compartía el poder junto con los gobiernos regionales y locales (González
González, 1997, p. 86).
Puede afirmarse, entonces, que los periodos de la Conquista y la Colonia
en América siempre estuvieron signados por un Estado bicéfalo Corona-
Iglesia católica (Rodríguez González, 2011, p. 101), caracterizado por un
tipo de dominación basada en: el origen divino del poder de los gobernantes;
la aceptación y reforzamiento de una sociedad estamental; la veneración por
los ritos y ceremonias religiosas; la adoración a Dios, Cristo crucificado, la
Virgen María y un sinnúmero de reliquias y santos católicos. Es decir, fue un
sistema de creencias que permitió la legitimidad de una autoridad tradicional
(Weber, 1997, p. 42) mediante la manifestación concreta de dos frentes unidos:
la burocracia eclesiástica y la burocracia de la Corona.
No debe olvidarse la influencia del Concilio de Trento como respuesta a
la Reforma protestante y su impacto en los territorios de ultramar. El Con-
cilio en Europa y los sínodos correspondientes en América pretendieron
Europa. En Lima empezó a funcionar a partir de 1570, en Ciudad de México en 1571 y en Cartagena
en 1610. Su misión fue suprimir el judaísmo y el protestantismo, y castigar la brujería y las desviaciones
sexuales. No tenía jurisdicción sobre los indígenas. Dado que en 1492 un grupo importante de judíos
huidos de España se refugió en Portugal, el término portugués fue considerado equivocadamente al de
judío. Después de la separación de Portugal de la Corona Española, en 1640 la persecución contra los
portugueses se convirtió en objetivo prioritario del Santo Ocio” (Rodríguez González, 2011, p. 112).
2 “La Corona se apoyó en la bula de 1486, por la cual se le autorizaba para hacer los nombramientos
eclesiásticos en el reino morisco de Granada a cambio de la difusión del catolicismo como un precedente
que le permitía repetir la fórmula en tierras americanas. Posteriormente, una bula de 1493, rmada por
el Papa Alejandro VI, conrió el gobierno y la jurisdicción de las nuevas tierras descubiertas a los reyes
de Castilla y León, y luego una bula de 1501, ampliada en 1510 y 1511, otorgó a la Corona la adminis-
tración de los diezmos recaudados en Indias. Al acuerdo establecido entre la corona y el ponticado, en
el que la primera se encargaba de difundir la fe en los nuevos territorios, mientras el segundo le otorgaba
el poder de administrar las funciones eclesiásticas, se le denominó patronato eclesiástico” (Rodríguez
González, 2011, pp. 102-103).

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