Gaceta del Congreso del 03-10-2018 - Número 800IPPPPL (Contenido completo) - 3 de Octubre de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 745431525

Gaceta del Congreso del 03-10-2018 - Número 800IPPPPL (Contenido completo)

Fecha de publicación03 Octubre 2018
Número de Gaceta800
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVII - Nº 800 Bogotá, D. C., miércoles, 3 de octubre de 2018 EDICIÓN DE 40 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
                
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Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE DEL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 102 DE 2018 SENADO
por medio de la cual se establecen disposiciones
para garantizar el derecho de las personas a
desarrollarse física e intelectualmente en un
ambiente libre de plomo, se jan límites para el
contenido de plomo en productos comercializados
en el país y se dictan otras disposiciones.
[Ambiente libre de plomo].
Bogotá, D. C., octubre de 2018
Doctor
JESÚS MARÍA ESPAÑA
Secretario General Comisión Séptima
Senado de la República
Ciudad
Referencia: Informe de ponencia para
primer debate del Proyecto de ley número
102 de 2018, por medio de la cual se establecen
disposiciones para garantizar el derecho de las
personas a desarrollarse física e intelectualmente
en un ambiente libre de plomo, se jan límites
para el contenido de plomo en productos
comercializados en el país y se dictan otras
disposiciones. [Ambiente libre de plomo].
Señor Secretario:
En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley
5ª de 1992 y respondiendo a la designación
hecha por la Mesa Directiva como ponente
coordinador de esta iniciativa, me permito
rendir informe de ponencia para primer debate
del Proyecto de ley número 102 de 2018, por
medio de la cual se establecen disposiciones
para garantizar el derecho de las personas
a desarrollarse física e intelectualmente en
un ambiente libre de plomo, se fijan límites
para el contenido de plomo en productos
comercializados en el país y se dictan otras
disposiciones. [Ambiente libre de plomo].
La presente ponencia se desarrollará de la
siguiente manera:
1. Antecedentes.
2. 
3. Contenido de la iniciativa.
4. 
5. Proposición.
1. ANTECEDENTES
El proyecto de ley objeto de estudio es de
iniciativa parlamentaria, de autoría de la honorable

22 de agosto de 2018 y publicado en Gaceta 654
de 2018.
En continuidad del trámite legislativo, el
proyecto de ley número 102 de 2018 Senado fue
remitido a la Comisión Séptima Constitucional
Permanente, siendo designado como ponente
única para primer debate la honorable Senadora

2. OBJETO Y JUSTIFICACIÓN DEL
PROYECTO
2.1 OBJETO
La iniciativa tiene por objeto establecer
medidas para garantizar la no afectación del
desarrollo físico, intelectual y en general la
salud de las personas, en especial la de los
niños y niñas colombianos, por la presencia de
plomo (Pb) en el ambiente, salvaguardando así
el derecho a la salud, el derecho a gozar de un
ambiente sano y a la vida digna, consagrados
en la Constitución Política, las leyes y en los
tratados internacionales.
Página 2 Miércoles, 3 de octubre de 2018 G 800
2.2 JUSTIFICACIÓN
El derecho ambiental en Colombia fue impulsado
    
de Estocolmo realizada el año inmediatamente
anterior, en la cual se establecieron 26 principios
y un plan de acción de 10 recomendaciones para
la conservación del ambiente (UNEP. Org.). A

la Ley 23 de 1973, la cual dio origen al Código
Nacional de los Recursos Naturales Renovables
y Protección del Medio Ambiente o Decreto Ley
2811 de 1974. Antes de la promulgación de esta ley
no existía una tradición legal ambiental (García,
2003); con la expedición del Código se empezó
a hablar en el país de una legislación ambiental
(Sánchez, 2002).
En el orden jurídico nacional, los momentos
que han marcado la evolución de la legislación
ambiental son la expedición del Código Nacional
de los Recursos Naturales Renovables y Protección
del Medio Ambiente o Decreto Ley 2811 de 1974;
la promulgación de la nueva Constitución en
1991; la aprobación de la Ley 99 en 1993; la Ley
152, Orgánica de Planeación en 1994; y la Ley
188 en 1995. Sin duda alguna, estos resúmenes –
la evolución de la política ambiental en Colombia
en materia legislativa (Ponce, 1997)– con las
leyes 152 de 1994 y 188 de 1995 (aunque no
pertenecientes a la órbita del derecho ambiental)
aportan y constituyen un impulso a la legislación
ambiental en Colombia (Sánchez, 2002).
A pesar de que Colombia posee leyes claras y
una conciencia ambiental, muchas de estas normas
no se hacen cumplir; además, existen vacíos,
temas aún sin regular y casos realmente críticos
en los que se piensa en la existencia de intereses
particulares y de una falta de seguimiento y
control. Algunas de las áreas tienen que ver con la
contaminación por plomo y otros metales pesados.
La importancia de este tema en particular radica
en la conexidad con el derecho a la salud. De
hecho, la exposición a contaminantes ambientales
puede resultar en enfermedades, muchas veces
irreversibles.
Por lo anterior, se inició la tarea de estudiar
la normatividad nacional sobre algunos de estos
temas, en especial lo relacionado con metales
pesados y parásitos, sin encontrar mayores
resultados. Este proyecto, por tanto, constituye una
posibilidad para iniciar procesos legislativos que
permitan dimensionar la magnitud del problema
y por supuesto generar soluciones a los mismos
como un compromiso del Estado para proteger la
salud de las personas.
2.2.1 ARGUMENTOS TÉCNICO-CIENTÍFICOS
EL PLOMO
Es un elemento químico de la Tabla Periódica
ampliamente encontrado en la corteza terrestre,
con símbolo atómico Pb y está categorizado
dentro de los metales con elevada masa molecular.
Posee un color gris azulado, una contextura
maleable y una baja temperatura de fusión.
Actualmente es utilizado como aditivo en la
fabricación y manufactura de muchos productos
tales como pinturas, sopletes de acetileno, yeso,
caucho, vidrio, tuberías para conducción de agua
y petróleo, barniz, anticorrosivos, soldaduras
de enlatados, plaguicidas, fósforos, cerámicas,
baterías, radiadores, combustible para automóviles
y aviones, tinta común y para imprenta, entre otros
(Klaassen et al., 1999).
A través de la historia se han descrito
sintomatologías por intoxicación con este metal; en
el año 370 a. C. Hipócrates describió clínicamente
con detalle la sintomatología por envenenamiento
con Pb y la denominó cólico saturnino. Hacia el
año 200 a. C. la exposición al Pb fue relacionada
con palidez, estreñimiento, cólicos y parálisis, e
incluso pudo ser uno de los motivos por los que
pudo haber caído el Imperio romano, producto
de hervir el jugo de uvas en ollas fabricadas con
este metal, por el almacenamiento de las bebidas
en recipientes revestidos con el metal, así como
las tuberías de plomo, de las cuales aún quedan
vestigios con las insignias de los emperadores
romanos. Aun en los siglos  y  el saturnismo
pudo conducir a una disminución de los británicos
de clase alta, provocada por el alto consumo de
vino oporto contaminado (Graeme y Pollack,
1998).
En la actualidad, este elemento es considerado
como potencialmente tóxico, además de no tener
      
Las intoxicaciones por este agente son conocidas
comúnmente con el nombre de plumbemia o
saturnismo y afectan a casi todos los órganos y
sistemas en el cuerpo, siendo el más sensible es el
sistema nervioso central y periférico, induciendo
alteraciones neurológicas y conductuales,
especialmente a los niños (WHO, 2006; WHO,
2003).
También puede producir debilidad en los
dedos, las muñecas o los tobillos. En mujeres
embarazadas, la exposición a niveles altos de
plomo puede producir pérdida del embarazo,
y en hombres puede alterar la producción de
espermatozoides (ATSDR, 2007b).
El Registro Estatal de Fuentes Contaminantes
(PRTR) de España ha determinado que el plomo
puede hacer principalmente daño en el cuerpo
humano una vez haya ingresado a este; y puntualiza
sobre la existencia de unas horas de mayor riesgo
(7 y 12 de la noche, las probabilidades de contraer
saturnismo son mayores dado que el metabolismo
se ralentiza entre estos horarios).
Otros efectos no deseados causados por el
plomo son incremento de la presión sanguínea
o taquicardia, daño a los riñones y en el sistema
urinario, abortos y abortos sutiles o leves,
G 800 Miércoles, 3 de octubre de 2018 Página 3
perturbación del sistema nervioso, daño al cerebro,
disminución de la fertilidad del hombre a través del
daño en el esperma y en la capacidad de mantener
una erección, disminución de las habilidades
de aprendizaje de los niños, perturbación en el
comportamiento de los niños, como es agresión,
comportamiento impulsivo e hipersensibilidad,
como también euforia e hiperactividad.
En niños de corta edad se pueden producir
daños en la coordinación y en la comprensión de
información, hasta llegar a un retardo mental muy
serio. En fetos puede producir mutaciones leves y
mutaciones severas. El plomo puede entrar en el
feto a través de la placenta de la madre. Debido a
esto puede causar serios daños al sistema nervioso,
al sistema reproductor y al cerebro de los niños al
nacer.
Con respecto a su incidencia en el medio
ambiente, el plomo se encuentra de forma natural
en el ambiente, pero las mayores concentraciones
encontradas en el ambiente son el resultado de las
actividades humanas.
En Colombia aún es frecuente la presencia
de plomo como componente de los siguientes
productos:
Pinturas, pesticidas y fertilizantes, soldaduras,
vidrio plomado, barnices para cerámicas,
municiones, plomos para pesca, cosméticos
(sobre todo importados), baterías para carros,
tintas para tipografías, componentes de reparación
de radiadores, dentro de los más relevantes.
Es pertinente agregar que está comprobado
que el uso indiscriminado y descontrolado
del plomo puede llegar en forma directa o
   
      
fuente importante de producción de oxígeno
en los océanos y de alimento para algunos
organismos acuáticos.
En los últimos 30 años, el Centro para el
Control de Enfermedades (CDC) de los Estados
       
máximos aceptables de Pb en sangre, pasando de
los 60  en los años sesenta a los 30 
       
CDC propuso prevenir la intoxicación por plomo
en niños exigiendo un nivel inferior a 10 
(ATSDR, 2007a).
Se ha establecido que el daño en la función
cognitiva empieza con niveles superiores a los 10 
dL, aun cuando los síntomas no sean perceptibles.
Sin embargo, recientes investigaciones han
demostrado que niveles bajos de Pb en sangre
(menos de 10  en niños pueden producir
desórdenes en el aprendizaje, hiperactividad,
alteraciones de la inteligencia (disminución del
     
baja estatura, disminución de la audición,
problemas del desarrollo neuropsicológico y, a su
vez, atravesar fácilmente la barrera placentaria,
afectando el desarrollo neurológico del feto
(Bellinger, 2008; Padilla et al., 2000); provocar
efectos perjudiciales sobre cualquier órgano,
como el cerebro, medula espinal, así como en los
hematíes (Meneses, 2003).
El Centro para el Control de Enfermedades
(CDC) de los Estados Unidos ha actualizado
recientemente sus recomendaciones sobre los
niveles de plomo en la sangre de los niños, al igual
que expertos frente al tema han estableciendo
niveles máximos aceptables de Pb en sangre
para prevenir la intoxicación por plomo en niños
inferiores a 5 
TOXICIDAD DEL PLOMO
El plomo es un elemento neurotóxico. Varios
estudios epidemiológicos realizados desde la

puede afectar el desarrollo normal de las funciones
cognitivas de los niños (IPCS, 1995), disminución
et al., 1994),
bajo rendimiento académico (Miranda et al.,
      
(Needleman et al., 1996).
El plomo puede ser absorbido a través del
tracto respiratorio, gastrointestinal o por la piel
(plomo orgánico) (Vaziri, 2008). La absorción
gastrointestinal varía con la edad; no obstante,
los niños pequeños son los más sensibles,
principalmente porque su sistema nervioso está en
desarrollo, presentan menor masa corporal, mayor
capacidad de absorción y menor tasa de eliminación.
Además, están más propensos a intoxicarse
y desarrollar lesiones internas irreversibles
(Bellinger, 2008). La concentración y posibilidad
de difusión del plomo hacia el organismo están
determinadas por el tipo de absorción, la vía
de ingreso, el tamaño de la partícula y el tipo
de compuesto orgánico o inorgánico. Además,
depende de factores propios del organismo tales

de los tejidos (Sepúlveda, 2000).
El plomo es absorbido entre el 10 y el 15%
por ingestión, o hasta el 80% cuando es inhalado,
entrando al torrente sanguíneo, donde se une
principalmente a los eritrocitos (>99%), luego
se distribuye a los tejidos blandos, como hígado,
riñón, el sistema nervioso, hematopoyético,
urinario, gastrointestinal, reproductivo y
endocrino (Bellinger, 2004; Garza et al., 2006),
  
(75%), la bilis, secreciones gastrointestinales,
cabello, uñas y el sudor. La porción no excretada
es redistribuida y almacenada en los huesos,
dientes y pelo durante años; con el tiempo, en los
huesos puede aparecer hasta el 70 y el 95% de la
carga corporal del metal (Bradberry y Vale, 2007;
Holz et al., 2007; Barry, 1975).

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