Gaceta del Congreso del 04-11-2010 - Número 865PPDPL (Contenido completo) - 4 de Noviembre de 2010 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766812161

Gaceta del Congreso del 04-11-2010 - Número 865PPDPL (Contenido completo)

Fecha de publicación04 Noviembre 2010
Número de Gaceta865
GACETA DEL CONGRESO 865 Jueves, 4 de noviembre de 2010 Página 1
P O N E N C I A S
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XIX - Nº 865 Bogotá, D. C., jueves, 4 de noviembre de 2010 EDICIÓN DE 52 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E
S
JESÚS ALFONSO RODRÍGUEZ CAMARGO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G A C E T A D E L C O N G R E S O
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO
107 DE 2010 CÁMARA
por la cual se dictan medidas de atención
y reparación integral a las víctimas de violaciones
a los Derechos Humanos e infracciones
al Derecho Internacional Humanitario.
ACUMULADO PROYECTO DE LEY
NÚMERO 85 DE 2010 CÁMARA
por la cual se establecen normas transicionales
para la restitución de tierras.
Bogotá, D. C., 2 de noviembre de 2010
Doctor
Bérner Zambrano Erazo
Presidente
Comisión Primera Cámara de Representantes
Ciudad.
Ref.: Informe de Ponencia para primer debate al
Proyecto de ley número 107 de 2010 Cámara, por
la cual se dictan medidas de atención y reparación
integral a las víctimas de violaciones a los Dere-
chos Humanos e infracciones al Derecho Interna-
cional Humanitario, acumulado Proyecto de ley
número 85 de 2010 Cámara, por la cual se esta-
blecen normas transicionales para la restitución de
tierras.
Señor Presidente:
En atención a la designación que nos fuera hecha
por la Mesa Directiva de la Comisión Primera Per-
manente de la Cámara de Representantes y dando
cumplimiento al término establecido en el artículo
153 de la Ley 5ª de 1992, nos permitimos presentar
ponencia para primer debate al Proyecto de ley nú-
mero 107 de 2010 Cámara (acumulado Proyecto
de ley número 85 de 2010 Cámara), por la cual
se dictan medidas de atención y reparación inte-
gral a las víctimas de violaciones a los Derechos
Humanos e infracciones al Derecho Internacional
Humanitario.
I. ORIGEN DE LA INICIATIVA Y ACUMU-
LACIÓN
La presente iniciativa es de origen parlamentario
y gubernamental. Fue radicada por el Ministro del
Interior y de Justicia, doctor Germán Vargas Lle-
ras, así como por los honorables Senadores de la
República Armando Benedetti, José Darío Salazar,
Juan Francisco Lozano, Juan Fernando Cristo y los
honorables Representantes a la Cámara, Guillermo
Rivera, Germán Barón, entre otros honorables Con-
gresistas.
El Proyecto de ley 85 de 2010 Cámara, por la
cual se establecen normas transicionales para la
restitución de tierras, radicado por el Ministro del
Interior y de Justicia y el Ministro de Agricultura y
Desarrollo Rural, doctor Juan Camilo Restrepo Sa-
lazar, fue acumulado a la iniciativa que se somete
a discusión de la Comisión Primera de la Cámara
de Representantes, en virtud de lo establecido en el
artículo 151 de la Ley 5ª de 1992 y por disposición
del Presidente de esta corporación, el honorable Re-
presentante Bérner Zambrano Erazo. Lo anterior,
teniendo en cuenta que el Proyecto de ley 107 de
-
cía referencia al Proyecto de ley 85 de 2010 Cámara
y en la medida en que este último tiene por objeto la
restitución de los predios de las víctimas de despojo
en el país razones por las cuales, en virtud del ar-
tículo 154 de la Ley 5ª de 1992, se decidió acumular
estas iniciativas.
Audiencia pública realizada en el trámite del
proyecto de ley
El 21 de octubre de 2010, se realizó la audiencia
pública del Proyecto de ley 107 de 2010 Cámara
(Acum. Proyecto de ley 085 de 2010 Cámara), a la
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cual fueron convocadas todas las personas naturales
y jurídicas que estuvieran interesadas en el tema. Se
hicieron presentes los ponentes de la iniciativa le-
gislativa, miembros de la Comisión Primera y algu-
nos Representantes a la Cámara, así como también
funcionarios del Gobierno Nacional. Intervinieron
en su orden:
  
Derechos Humanos, señor Cristian Salazar.
– El Representante de las Naciones Unidas, Se-
ñor Bruno Moro.
– De la Conferencia Episcopal, Monseñor Fa-
bián Marulanda.
– Por la Fundación Social, Paula Gaviria Betan-
court.
– De la Comisión Colombiana de Juristas, Fáti-
ma Esparza.
– El Profesor Luis Jorge Garay de la Comisión
de Seguimiento a las Políticas Públicas sobre Des-
plazamiento.
– De la Mesa del Encuentro de Víctimas Perte-
necientes a Organizaciones Sociales, el doctor An-
tonio Madarriaga.
– La comisionada Patricia Buriticá, de la Comi-
sión Nacional de Reparación y Reconciliación.
– El señor Defensor del Pueblo, Vólmar Pérez.
– De Iniciativa de Mujeres por la Paz, la señora
Ángela Cerón.
– Representantes de ACNUR y de UNIFEM.
– Miembros de Colombia con Memoria.
– Víctimas representantes de las diferentes re-
giones del país.
Los Representantes de la Comunidad Internacio-
nal, dejaron en claro la importancia que tiene para
nuestro país el hecho de estar estudiando una inicia-
tiva de esta magnitud, y recomendaron de manera
especial crear una ley que permita una satisfacción
integral, oportuna y plena de los derechos de las
víctimas a la justicia, la verdad y la reparación, res-
petando siempre las normas Internacionales de los
Derechos Humanos.
Las víctimas, por su parte, solicitaron que su si-
tuación sea reconocida y que puedan crearse instan-
cias en donde sean escuchadas. También enfatiza-
-
cia un programa de titulación de tierras y proyectos
productivos gratuitos. De igual manera solicitaron

poder superar su estado de vulnerabilidad.
II. COMPETENCIA
La Comisión Primera es competente para cono-
cer esta iniciativa toda vez que el proyecto busca
establecer medidas de reparación y atención para
las víctimas del país. De tal forma, la iniciativa es
una herramienta de la justicia transicional necesaria
para conseguir la reconciliación nacional, lo cual,
se enmarca como una estrategia para conseguir la
paz y para materializar los derechos que les atañen
a las víctimas, en los términos del artículo 2° de la
III. OBJETO DEL PROYECTO
Con el presente proyecto se pretende instituir una
política de Estado de asistencia, atención, protección

a las normas internacionales de Derechos Humanos
o infracciones al Derecho Internacional Humanita-
rio. El articulado que aquí se propone, es el resul-
tado de un amplio consenso entre el Gobierno Na-
cional, diversos sectores políticos y la sociedad civil,
en aras de lograr un amparo integral de las víctimas
que abarque mecanismos de asistencia, atención, pre-
vención, protección, reparación integral con enfoque
diferencial, acceso a la justicia y conocimiento de la
verdad, ofreciendo herramientas para que aquellas
reivindiquen su dignidad y desarrollen su modelo
de vida. Sólo con la materialización de este objeti-
  
transicional en Colombia, como recuperación de los
traumas de la violencia sistemática y generalizada: la
reconciliación nacional.
Sin menguar esfuerzos frente a los mecanismos
para la reintegración a la vida civil de los victimarios
comprometidos con el proceso de paz en el marco de
la justicia transicional, el Estado asume aún con ma-
yor relevancia los esfuerzos tendientes a la recompo-
sición del tejido social adoptando medidas efectivas
 
las normas internacionales de Derechos Humanos o
infracciones al Derecho Internacional Humanitario,

la implementación de mecanismos efectivos de reali-
zación y protección de sus derechos.
Los titulares de las medidas contenidas en este
proyecto de ley, son las personas que hayan sufrido
menoscabo en sus derechos como consecuencia de
 
de Derechos Humanos o infracciones al Derecho In-
ternacional Humanitario, en el marco de los estánda-
res internacionales de Justicia Transicional. Con ello,
se pretenden resolver problemáticas sociales deriva-
das de un periodo prolongado de violencia sistemáti-
ca y generalizada causada por diferentes actores, ta-
les como los grupos armados organizados al margen
de la ley, así como los grupos criminales organizados
con una fuerte estructura de poder y presencia en di-
ferentes partes del territorio nacional1.
1 Policía Nacional. Dirección de Carabineros y Seguridad
Rural. Grupo Seguimiento Armados Ilegales. Informe
GSAI-ABC116, presentado el 14 de julio de 2010 por
solicitud del Ministerio del Interior y de Justicia, titula-
do “PERSPECTIVA Y SITUACIÓN ACTUAL DE LAS
BANDAS CRIMINALES NARCOTRAFICANTES”.:
Inicialmente estos grupos armados ilegales se conocie-
ron como Bandas Emergentes de las extintas AUC, (sic)
Posteriormente se les dieron (sic) el nombre de Bandas
     
se les conocen (sic) como Bandas Criminales Narco-
 
acciones criminales giran en torno al ciclo del narcotrá-

-
    
   -
  
     
de artefactos explosivos como medio de intimidación y
    
”.
GACETA DEL CONGRESO 865 Jueves, 4 de noviembre de 2010 Página 3
Dentro de los estándares transicionales, en efec-
to, no se pretende otorgar la calidad de víctima a
los sujetos que sufran menoscabo en sus derechos
como consecuencia de actos de delincuencia co-
mún, pues estos seguirán siendo amparados por la
normatividad y la institucionalidad establecida para
el efecto con carácter de permanencia.
No debe entenderse, por tanto, que toda viola-
ción de Derechos Humanos que coincida con la co-

dará lugar a la aplicación de las disposiciones de
que trata este proyecto de ley: la idea de un mar-
co de transición como el que aquí se contempla
es, precisamente, crear mecanismos excepcionales
para reparar y atender a las víctimas con motivo de
violaciones masivas y sistemáticas de Derechos Hu-
manos y no reemplazar de forma permanente las he-
rramientas ordinarias y regulares con las que cuenta
el Estado para amparar a los que sean sujetos de de-
litos aislados e inconexos.
IV. PRESENTACIÓN GENERAL DEL PRO-
YECTO
Desde la vigencia de la Constitución Política de
1991, quizá sea el proceso de Justicia Transicional
uno de los escenarios en los que más se ha invocado
y aplicado el principio constitucional de la colabo-
ración armónica entre las Ramas del Poder Público
  
componentes esenciales que se han construido para
y que giran en torno a este proceso, casi todos apelan
a ese principio constitucional y no hay uno solo de
tales componentes que no haya pasado por el tamiz
interinstitucional; de lo contrario, no sería posible
dinamizar el enorme engranaje que el proceso de
transición hacia la paz reclama y amerita. Tal es el
escenario en el que el Estado, de manera consensua-
da, a través de este proyecto de ley, pretende rendir
    
las normas internacionales de Derechos Humanos o
infracciones al Derecho Internacional Humanitario.
El reconocimiento de las víctimas, a través de la
búsqueda imperativa de la materialización de sus
       
sus resultados serán el rasero -y de hecho lo son,
hoy día- a través del cual se mida el éxito de este
   
nacional y el restablecimiento de la democracia. El
tránsito institucional por las rutas que a esa solución

impedimentos, en la mayoría de los casos, genera-
dos por la yuxtaposición de procesos instituciona-
    
garantizar la marcha hacia la consecución del ob-
jetivo que se persigue, cual es el fortalecimiento y
la debida coordinación de los entes del Estado para
satisfacer los derechos de las víctimas.
Ante la vasta magnitud y complejidad del pro-
blema que el Estado aborda, al tiempo que avanzan
   
también la construcción institucional de soluciones
que se pretenden efectivas. Así, para citar algunos
ejemplos, frente a la comprensible lentitud para sa-
tisfacer el derecho a la reparación de las víctimas en
los procesos judiciales, se instituyó, vía decreto, la
reparación individual por vía administrativa. Debi-
do a la escasa participación y la falta de información
con la que contaban las víctimas acerca de sus dere-
chos y los procedimientos para hacerlos efectivos,
nació, creció y gradualmente se consolida el Mo-
delo Interinstitucional de Atención a Víctimas. Para
solventar la situación de riesgo y amenaza de que
estas pueden ser objeto, se creó el Programa de Pro-
tección cuyos sujetos son justamente las víctimas
que participan en los procedimientos de Justicia y
Paz.
No obstante la pretensión de efectividad integral
de tales esfuerzos, estos requieren ser compilados
y complementados mediante un cuerpo normati-
     -
    
características propias de una ley de la República.
La prolija normatividad y la multiplicidad de pro-
cedimientos administrativos en torno a la atención,
protección y reparación a víctimas, que parte de los
conceptos de las Leyes 418 de 1997 y 975 de 2005,
requiere reunirse en un articulado que busque crear
las sinergias necesarias para el correcto encause ins-
titucional hacia la satisfacción de las pretensiones
 
creación de un elemento integrador con fuerza vin-
culante para superar tal situación.
Respecto a su contenido, el proyecto de ley está
integrado por quince capítulos que contienen nor-
mas sobre los principios rectores y las disposicio-
nes generales; los derechos de las víctimas dentro
del proceso judicial; las medidas de asistencia y de
ayuda humanitaria a las víctimas; la conformación
de la Red Nacional de Información para la atención
y reparación a víctimas; el derecho de reparación
de las víctimas y el desarrollo de todos sus com-
ponentes; la conformación y objetivos del Sistema
Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas;
el diseño y objetivos del Plan Nacional para la Aten-
ción y Reparación a las Víctimas de la Violencia; la
adición a la norma referente al Fondo de Reparación
para las Víctimas de la Violencia; el régimen dis-
ciplinario de los funcionarios públicos frente a las
víctimas, la atención y reparación a las víctimas del
desplazamiento forzado; la protección integral a ni-
ños, niñas y adolescentes víctimas; la participación
de las víctimas en los diseños institucionales, y las

V. SITUACIÓN DE LOS DERECHOS HU-
MANOS EN COLOMBIA
La Ley de Víctimas y la política consignada en
la Ley de Restitución2, cuyo proyecto está también
en la actualidad puesto a consideración del honora-
ble Congreso, sin duda alguna demuestran el inicio
de una nueva etapa para el país en la concepción
y orientación de los Derechos Humanos, enmarca-
da en el ámbito de la ya existente institucionalidad
transicional, cada vez más fortalecida, para el resta-
blecimiento de la paz y la democracia.
2 Proyecto de ley 085 de 2010 Cámara, “por la cual se
establecen normas transicionales para la restitución de
tierras”.

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