Gaceta del Congreso del 06-11-2009 - Número 1122PSDPL (Contenido completo) - 6 de Noviembre de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766742861

Gaceta del Congreso del 06-11-2009 - Número 1122PSDPL (Contenido completo)

Fecha de publicación06 Noviembre 2009
Número de Gaceta1122
GACETA DEL CONGRESO 1.122 Viernes 6 de noviembre de 2009 Página 1
P O N E N C I A S
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CAMARA
AÑO XVIII - Nº 1.122 Bogotá, D. C., viernes 6 de noviembre de 2009 EDICION DE 28 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
C A M A R A D E R E P R E S E N T A N T E
S
JESUS ALFONSO RODRIGUEZ CAMARGO
SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA
www.camara.gov.co
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G A C E T A D E L C O N G R E S O
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE
AL PROYECTO DE LEY NUMERO 406
DE 2009 CAMARA, 284 DE 2009 SENADO
por medio de la cual se aprueba el “Acuerdo de
libre comercio entre la República de Colombia y
los estados AELC”, el “Memorando de entendi-
miento relativo al Acuerdo de Libre Comercio en-
tre la República de Colombia y los Estados de la
AELC”, y el Canje de notas respecto del Capítulo
4 del Acuerdo de Libre Comercio entre la Repú-
blica de Colombia y los Estados AELC, suscritos
en Ginebra, a los 25 días del mes de noviembre de
dos mil ocho; el “Acuerdo sobre Agricultura en-
tre la República de Colombia y la Confederación
Suiza”, hecho en Ginebra, a los 25 días del mes de
noviembre de 2008; el “Acuerdo sobre Agricultu-
ra entre la República de Colombia y la República
de Islandia”, hecho en Ginebra, a los 25 días del
mes de noviembre de 2008; y el “Acuerdo sobre
Agricultura entre la República de Colombia y el
Reino de Noruega”, hecho en Ginebra, a los 25
días del mes de noviembre de 2008.
Bogotá, D. C., 3 de noviembre de 2009
Doctor
MANUEL JOSE VIVES HENRIQUEZ
Presidente
Comisión Segunda
Honorable Cámara de Representantes
Ciudad.
Ref.: Informe de ponencia para segundo de-
bate.
En cumplimiento de la honrosa designación
efectuada por la Comisión Segunda Permanente de
la honorable Cámara de Representantes, me per-
mito rendir ponencia para segundo debate al Pro-
yecto de ley número 406 de 2009 Cámara, 284
de 2009 Senado, por medio de la cual se aprueba
el “Acuerdo de libre comercio entre la República
de Colombia y los Estados AELC”, el “Memoran-
do de entendimiento relativo al Acuerdo de Libre
Comercio entre la República de Colombia y los
Estados de la AELC”, y el Canje de notas respec-
to del Capítulo 4 del Acuerdo de Libre Comercio
entre la República de Colombia y los Estados
AELC, suscritos en Ginebra, a los 25 días del mes
de noviembre de dos mil ocho, el “Acuerdo sobre
Agricultura entre la República de Colombia y la
Confederación Suiza”, hecho en Ginebra, a los 25
días del mes de noviembre de 2008, el “Acuerdo
sobre Agricultura entre la República de Colombia
y la República de Islandia”, hecho en Ginebra, a
los 25 días del mes de noviembre de 2008, y el
“Acuerdo sobre Agricultura entre la República de
Colombia y el Reino de Noruega”, hecho en Gine-
bra, a los 25 días del mes de noviembre de 2008.
1. ANTECEDENTES
1.1 El 1° de abril de 2009, ante la Secretaría
General del Senado de la República, el Ministro
de Comercio Exterior presentó el proyecto de ley
radicado con el número 284 de 2009, con el obje-
tivo de que el Congreso apruebe el “Acuerdo de
libre comercio entre la República de Colombia y
los Estados AELC”, el “Memorando de entendi-
miento relativo al Acuerdo de Libre Comercio en-
tre la República de Colombia y los Estados de la
AELC”, y el Canje de notas respecto del Capítulo
4 del Acuerdo de Libre Comercio entre la Repú-
blica de Colombia y los Estados AELC, suscritos
en Ginebra, a los 25 días del mes de noviembre de
dos mil ocho, el “Acuerdo sobre Agricultura en-
tre la República de Colombia y la Confederación
Suiza”, hecho en Ginebra, a los 25 días del mes de
noviembre de 2008, el “Acuerdo sobre Agricultu-
ra entre la República de Colombia y la República
Página 2 Viernes 6 de noviembre de 2009 GACETA DEL CONGRESO 1.122
de Islandia”, hecho en Ginebra, a los 25 días del mes
de noviembre de 2008, y el “Acuerdo sobre Agricul-
tura entre la República de Colombia y el Reino de
Noruega”, hecho en Ginebra, a los 25 días del mes
de noviembre de 2008.
1.2 Asignado el ponente y realizadas las publica-
ciones y anuncios exigidos, el proyecto de ley fue
aprobado en primer debate por la Comisión Segunda
permanente del Senado el día 27 de mayo de 2009, y
por la plenaria de la corporación el día 18 de junio de
2009, en segundo debate.
1.3 Trasladado el proyecto en cuestión a la Cá-
   -
misión segunda, la junta directiva de esta tuvo a bien
nombrarme como ponente. La respectiva ponencia
para primer debate fue anunciada el día 27 de octubre
y aprobada el día 28 en la comisión segunda perma-
nente de la corporación.
1.4 Contenido del proyecto de ley. El proyecto de
ley consta de tres (3) artículos a saber: En el primero
se aprueban los acuerdos mencionados suscritos con
los Estados AELC (Estados de Asociación Europea
de Libre Comercio1); se establece en el artículo 2° la
obligatoriedad para el país respecto de estos a partir
del perfeccionamiento del vínculo internacional. El
artículo tercero se ocupa de la vigencia de la ley apro-
batoria que será a partir de la fecha de su publicación.
2. CONTENIDO DE LOS ACUERDOS QUE
SE APRUEBAN2
A continuación se presenta la síntesis de los Acuer-
dos tal como quedó consignada en la exposición de
motivos presentada por el Gobierno Nacional.
2.1 ESTRUCTURA DE LOS ACUERDOS
“El ALC comprende 13 capítulos y 20 anexos, un
intercambio de Cartas en materia de suministro de
servicios de Administración de Fondos de Pensiones
y un Memorando de Entendimiento en Servicios, y lo
-
ral con Suiza, Noruega e Islandia.
2.2 OBJETIVOS
“El ALC y los AAC con los Estados de la AELC
tienen como objetivo crear un espacio libre de res-
tricciones en busca del crecimiento y el desarrollo
económico continuo de los países signatarios. El
ALC no solamente contempla la liberalización del
comercio de bienes, agrícolas e industriales, reglas de
origen, procedimientos aduaneros y facilitación del
comercio, sino que incluye también compromisos
sobre el comercio de servicios, tránsito de personas,
1 “EFTA”, por su sigla en inglés: EUROPEAN FREE
TRADE ASSOCIATION. Esta aclaración resulta nece-
saria por cuanto en las ponencias del Senado se utiliza
la sigla en inglés, mientras en la presente ponencia se
  
aparece en los textos de los Acuerdos.
2 Los textos de los Acuerdos, memorando de entendi-
miento y canje de notas fueron publicados en la Gaceta
del Congreso 195 de abril 3 de 2009 (Edición de 256
páginas). Así, el Acuerdo de libre comercio con los Es-
tados AELC, en las páginas 1-183, el memorando de
entendimiento y el Canje notas (183, 184). El Acuerdo
sobre agricultura entre Colombia y Suiza en las páginas
185-206. El Acuerdo sobre agricultura entre Colombia
y Noruega en las páginas 206-226, y el Acuerdo sobre
agricultura entre Colombia e Islandia, en las páginas
226-239.
telecomunicaciones, comercio electrónico, norma-
  
compras del estado, inversiones, política de compe-
tencia, propiedad intelectual y cooperación para el
fortalecimiento de las capacidades comerciales.
“Además, es importante resaltar que los Acuerdos
están enmarcados en los principios de trato nacional,
trato de nación más favorecida y transparencia, y re-
conoce las asimetrías derivadas de las diferencias en
el tamaño de las economías.
2.3 PROCESO DE NEGOCIACION
“Dada la arquitectura del Acuerdo, es conveniente
explicar a continuación, por un lado, la forma en la
que se negoció el ámbito agrícola y, por otra parte, la
composición del Acuerdo como tal.
“Las negociaciones en acceso a mercados de
bienes agrícolas con los Estados de la AELC com-
prendieron dos grupos de bienes: Productos Agríco-
las Básicos, PAB, y Productos Agrícolas Procesados,
PAP. Esta división de los productos corresponde a
la estructura arancelaria y el tratamiento del ámbito
agrícola que tienen los Estados de la AELC con el
mundo, el cual determina el acceso a estos países y el
relacionamiento comercial y preferencial que tienen
en sus acuerdos de libre comercio, en particular con
la Unión Europea.
“El primer grupo de bienes, los PAB, se incorpo-
raron en los “Acuerdos sobre Agricultura comple-
mentarios” de carácter bilateral entre Colombia y
cada uno de los Estados de la AELC3. El segundo
grupo de bienes agrícolas, los PAP, forman parte del
ALC para el conjunto de los Estados de la AELC y
se les aplican reglas similares a las de los productos

productos procesados.
a) Acuerdos sobre agricultura complemen-ta-
rios (Productos Agrícolas Básicos, PAB)
“Los Acuerdos sobre Agricultura complemen-
tarios bilaterales con cada uno de los Estados de la
AELC para los PAB tienen la misma estructura y
-
cesiones que son el resultado de las negociaciones
bilaterales con cada Estado de la AELC y que están

“En razón de la complementariedad entre los
AAC y el ALC para la totalidad del ámbito de bienes
agrícolas, las reglas para estos bienes son similares,
es decir, que se aplican tanto las disciplinas generales
del capítulo 2 de Acceso a Mercados, así como las

“Las concesiones arancelarias en el caso de No-
ruega incorporan en el AAC el Sistema Generalizado
de Preferencias (SGP)4 vigente, así como la profun-
3 En el caso de Suiza y Liechtenstein es un solo acuerdo
bilateral con Colombia.
4 El Sistema Generalizado de Preferencias sin reciproci-
dad ni discriminación en favor de los países en desarro-
llo tiene como objetivo aumentar los ingresos de expor-
tación de esos países, promover su industrialización y
acelerar su ritmo de crecimiento económico. Con arreglo
a los esquemas instituidos por los países otorgantes de
preferencia en el marco del SGP, se aplican, en vez de
las tasas de NMF, aranceles reducidos o nulos a determi-
nados productos procedentes de los países en desarrollo.
Fuente: http://www.unctad.org/Templates/Page.
asp?intItemID=2309&lang=3

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