Gaceta del Congreso del 08-11-2019 - Número 1105PPP (Contenido completo) - 8 de Noviembre de 2019 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 826284545

Gaceta del Congreso del 08-11-2019 - Número 1105PPP (Contenido completo)

Fecha de publicación08 Noviembre 2019
Número de Gaceta1105
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVIII - Nº 1105 Bogotá, D. C., viernes, 8 de noviembre de 2019 EDICIÓN DE 31 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
                
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PONENCIA POSITIVA PARA PRIMER
DEBATE EN SESIÓN DE COMISIÓN AL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 234 DE 2019
CÁMARA
por medio de la cual se establecen lineamientos para
la continuidad del talento humano de los programas
de atención integral a la primera infancia en todas
sus modalidades, que se nancien con recursos
públicos de cualquier nivel.
Bogotá, D. C., octubre de 2019.
Honorable Representante
NORMA HURTADO SÁNCHEZ
Presidente Comisión Séptima Constitucional
Cámara de Representantes
Ciudad.
Asunto: Informe de ponencia positiva para
primer debate en sesión de Comisión al proyecto
de ley número 234 de 2019 Cámara, por medio
de la cual se establecen lineamientos para la
continuidad del talento humano de los programas
de atención integral a la primera infancia en todas
sus modalidades, que se nancien con recursos
públicos de cualquier nivel.
Respetada Presidente Norma:
En cumplimiento del honroso encargo que nos
hiciera la Mesa Directiva de la Comisión Séptima
de la Cámara de Representantes el pasado 16 de
octubre de 2019, y en desarrollo de lo dispuesto en
los artículos 150, 153 y 156 de la Ley 5a de 1992,
nos permitimos rendir informe de ponencia para
primer debate del proyecto de ley número 234 de
2019 Cámara, por medio de la cual se establecen
lineamientos para la continuidad del talento
humano de los programas de atención integral a
la primera infancia en todas sus modalidades, que
se nancien con recursos públicos de cualquier
nivel.
Cordialmente,
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE
AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 234
DE 2019 CÁMARA
por medio de la cual se establecen lineamientos para
la continuidad del talento humano de los programas
de atención integral a la primera infancia en todas
sus modalidades, que se nancien con recursos
públicos de cualquier nivel.
1. Origen y trámite del proyecto de ley
El proyecto de ley es autoría de los
Representantes Jhon Arley Murillo Benítez,
María Cristina Soto de Gómez, Faber Alberto
Muñoz Cerón, Jairo Humberto Cristo Correa,
Juan Carlos Reinales Agudelo, José Luis Correa
López, Juan Diego Echavarría Sánchez y Henry
Fernando Correal.
El proyecto de ley fue radicado el 17 de
septiembre de 2019 y le correspondió el número
234 de 2019 en la Cámara de Representantes;
posteriormente fue remitido a la Honorable
Comisión Séptima de la Cámara, quien procedió a
Página 2 Viernes, 8 de noviembre de 2019 G 1105
designarnos como ponentes para primer debate el
día 16 de octubre de 2019.
2. Objeto y explicación del articulado del
proyecto de ley
El Proyecto de Ley busca establecer los
lineamientos para que el talento humano de los
programas de atención integral a la primera infancia
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recursos públicos de cualquier nivel; permanezca
y garanticen un servicio con calidad, pertinente e
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dichas modalidades.
El proyecto de ley está integrado por cinco (5)
artículos:
- Artículo 1°. Establece el objeto del
proyecto de ley.
- Artículo 2°. Sobre la renovación del
contrato celebrado entre las Entidades
Administradoras del Servicio (EAS) o la
entidad que haga sus veces y el Talento
Humano de los programas de atención
integral a la primera infancia en todas sus
modalidades.
- Artículo 3°. Que establece la realización
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por parte de las Entidades Administradoras
del Servicio (EAS), o la entidad que haga
sus veces, para su talento humano, durante
el tiempo de atención establecido por
el contrato, que no supere un período de
cuatro (4) meses; así mismo, establece
que los criterios que se tendrán en cuenta
para la evaluación, serán los contemplados
en el Manual Operativo de la respectiva
modalidad; y se incluye un parágrafo en
el que se prevé la situación de cambio
de EAS o la entidad que haga sus veces,
para que esta nueva tenga en cuenta la
evaluación realizada por la anterior y de la
continuidad al talento humano.
- Artículo 4°. Que indica la posibilidad
de prescindir del derecho de preferencia
del que trata la ley siempre y cuando
se demuestre el incumplimiento de las
obligaciones contractuales por parte del
talento humano, esto con observación del
debido proceso.
- Artículo 5°. Sobre la vigencia de la ley y
derogatoria.
3. Consideraciones generales
La primera infancia es considerada una etapa
crucial en el desarrollo vital del ser humano, pues
en ella se asientan todos los cimientos para los
aprendizajes posteriores, dado que el crecimiento
y desarrollo cerebral, resultantes de la sinergia
entre un código genético y las experiencias
de interacción con el ambiente, las cuales
determinarán un incomparable aprendizaje y el
desarrollo de habilidades sociales, emocionales,
cognitivas sensoperceptivas y motoras que serán
de base de toda una vida1.

el desarrollo del ser humano, debido a que las
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   
En esta etapa el cerebro experimenta cambios
fenomenales: crece, se desarrolla y pasa por
períodos sensibles para algunos aprendizajes, por
lo que requiere de un entorno con experiencias
  
recursos físicos adecuados, pero, principalmente,
necesita de un entorno potenciado por el cuidado,
la responsabilidad y el afecto de un adulto
comprometido2.
Es así como, la Primera Infancia marca el
      
individuo, puesto que en ella se estructuran las
bases del desarrollo y de la personalidad sobre
las cuales las sucesivas etapas se consolidan y
se perfeccionan. Las investigaciones acerca del
desarrollo del cerebro (Gazzaniga, 2002) han
demostrado que es justamente en la primera
infancia donde se asientan las bases para las
funciones cerebrales superiores como la memoria,
el razonamiento lógico, el lenguaje, la percepción
espacial y visual, la discriminación auditiva entre
otras3.
Primera infancia
Conforme al artículo 29 de la Ley 1098 de
Colombia asume la primera infancia como la etapa
del ciclo vital en la que se establecen las bases
para el desarrollo cognitivo, emocional y social
del ser humano. Comprende la franja poblacional


son sujetos titulares de los derechos reconocidos
en los tratados internacionales, en la Constitución
Política y en el Código de Infancia y la
Adolescencia. Siendo derechos impostergables de
la primera infancia la atención en salud y nutrición,
el esquema completo de vacunación, la protección
contra los peligros físicos y la educación inicial.
Desarrollo integral
Es un proceso complejo y de permanentes
cambios de tipo cualitativo y cuantitativo a
través del cual los seres humanos estructuran
progresivamente su identidad y autonomía. No
sucede de manera lineal, secuencial, acumulativa,
siempre ascendente, homogénea, prescriptiva
1 (OEA) Organización de los Estados Americanos.
Primera Infancia: Una Mirada desde la Neuroeducación.
2010. Cerebrum.
2 (OEA) Organización de los Estados Americanos.
Primera Infancia: Una Mirada desde la Neuroeducación.
2010. Cerebrum.
3 (OEA) Organización de los Estados Americanos.
Primera Infancia: Una Mirada desde la Neuroeducación.
2010. Cerebrum.

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