Gaceta del Congreso del 09-05-2017 - Número 319IPSDPL (Contenido completo) - 9 de Mayo de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766853369

Gaceta del Congreso del 09-05-2017 - Número 319IPSDPL (Contenido completo)

Fecha de publicación09 Mayo 2017
Número de Gaceta319
PONENCIAS
ANTECEDENTES INMEDIATOS DEL
TRÁMITE DEL PRESENTE PROYECTO DE
LEY ESTATUTARIA
El proyecto de ley estatutaria mediante el cual se
pretende la creación del Registro Nacional de Respon-
sables de Delitos Cometidos en contra de los Niños,
Niñas y Adolescentes que ahora se presenta a discusión
de la Plenaria del Senado de la República fue radicado
por la Senadora Rosmery Martínez Rosales con la idea
inicial de crear un sistema nacional de “ofensores se-
xuales” basado en un registro nacional que inscriba a
todos los condenados por los delitos sexuales contem-
plados en el Código Penal Colombiano.
Al suscrito ponente le correspondió también la po-
nencia para el primer debate ante la Comisión Primera
GHO6HQDGR\FRQDOJXQDVPRGL¿FDFLRQHVVHSUHVHQWyD
consideración de dicha Comisión ese proyecto de ley
estatutaria que creaba el Registro Nacional de Ofenso-
res Sexuales.
En el transcurso del primer debate en la Comisión
Primera del Senado la honorable Senadora Claudia Ló-
pez Hernández propuso que el registro nacional que se
pretende crear no solo se circunscriba a los delitos de
contenido sexual, sino que se ampliara a otros delitos
cometidos en contra de los menores de edad para hacer
más consistente la protección que se les quiere brindar
a nuestros niños, niñas y adolescentes.
Esa proposición fue presentada por las honorables
Senadoras Doris Clemencia Vega y Claudia López jun-
WRFRQHOVXVFULWRSRQHQWH\GHDKtODPRGL¿FDFLyQVX-
gerida en el cambio del nombre del registro propuesto
que pasó a llamarse “Registro Nacional de Responsa-
bles de Delitos Cometidos en contra de los Niños, Ni-
ñas y Adolescentes”.
Luego de esto fueron sometidas a votación las si-
guientes propuestas:
El texto del proyecto de ley estatutaria contenido en
el informe de ponencia para primer debate fue aproba-
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVI - Nº 319 Bogotá, D. C., martes, 9 de mayo de 2017 EDICIÓN DE 16 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
* ൺ ർ ൾ ඍ ൺ ൽ ൾ අ & ඈ ඇ ඀ උ ൾ ඌ ඈ
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO
DEBATE ANTE LA PLENARIA DEL SENADO
AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 112 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se crea el Registro Nacional
de Responsables de Delitos Cometidos en contra de
los Niños, Niñas y Adolescentes
Bogotá, D. C., 3 de mayo de 2017
Doctor
CARLOS FERNANDO MOTOA SOLARTE
Presidente
Comisión Primera Constitucional Permanente
Senado de la República
Ciudad
Referencia: Informe de ponencia para segundo
debate ante la Plenaria del Senado al Proyecto de ley
número 112 de 2016 Senado, por medio de la cual se
crea el Registro Nacional de Responsables de Delitos
Cometidos en contra de los Niños, Niñas y Adolescen-
tes.
Señor Presidente:
En cumplimiento del encargo que me hiciera la
Mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucio-
nal del Honorable Senado de la República, consistente
en rendir ponencia para segundo debate del Proyecto
de ley número 112 de 2016 Senado, por medio de
la cual se crea el Registro Nacional de Responsables
de Delitos Cometidos en contra de los Niños, Niñas y
Adolescentes, dentro del término legal hago entrega del
informe de ponencia para estudio y discusión de los
honorables Senadores en la Plenaria del Senado.
Página 2 Martes, 9 de mayo de 2017 Gൺർൾඍൺൽൾඅ&ඈඇ඀උൾඌඈ 319
do por mayoría absoluta de los integrantes de la Comi-
sión Primera de Senado ya que obtuvo una votación de
doce (12) votos por el sí y cero (0) votos por el no.
Posteriormente se sometió a votación la proposición
FX\RREMHWR WXYROD PRGL¿FDFLyQGHODUWtFXOR SULPHUR
del texto aprobado, con el siguiente texto:
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto crear el Registro Nacional de Responsables de
Delitos Cometidos en contra de los Niños, Niñas y
Adolescentes, así como regular su organización y fun-
cionamiento” , la cual fue suscrita por las Senadoras
Claudia López, Doris Vega y el Senador Germán Varón
Cotrino.
Obteniendo como resultado la unanimidad de los
asistentes, contando con doce (12) votos por el sí y cero
por el no.
Finalmente, se puso en consideración de los asis-
WHQWHVODPRGL¿FDFLyQGHOWtWXORGHOSUR\HFWRFRQ HOVL-
guiente:
Por medio de la cual se crea el Registro Nacional
de Responsables de Delitos Cometidos contra los Ni-
ños, Niñas y Adolescentes
Como también la pregunta de si se quería que dicha
ley se convierta en ley de la República.
Con un resultado de once (11) votos por el sí y cero
(0) por el no.
Por la pertinencia de los argumentos vertidos en la
H[SOLFDFLyQ\ MXVWL¿FDFLyQGHO SUR\HFWRGH OH\HVWDWX-
taria que consignamos en el informe de ponencia para
primer debate ante la Comisión Primera del Senado, los
trasladaremos al presente informe con la actualización
respectiva al nuevo enfoque que amplía el número y
naturaleza de delitos para tener en cuenta para la ins-
cripción en el ahora denominado Registro Nacional de
Responsables de Delitos Cometidos en contra de los
Niños, Niñas y Adolescentes.
1. Objeto del Proyecto de Ley Estatutaria núme-
ro 112 de 2016 Senado
La presente iniciativa tiene como objetivos la crea-
ción, regulación, organización y funcionamiento del
Registro Nacional de Responsables de Delitos Come-
tidos en contra de los Niños, Niñas y Adolescentes, en
el cual quedarán inscritas las personas que a título de
autor o partícipe hayan sido condenadas por la consu-
mación o tentativa de las siguientes conductas puni-
bles: homicidio, abandono de menores, desaparición
forzada, secuestro, tortura, trata de personas, violencia
intrafamiliar, suministro a menor y las contenidas en el
título ංඏ, capítulos ංංං ංංං y ංඏ de la Ley 599 del 2000
que tengan contemplada pena privativa de la libertad,
XQUHJLVWUR TXHWLHQH GRVFRPSRQHQWHV GH¿QLGRVXQR
UHODFLRQDGRFRQOD LQIRUPDFLyQELRJUi¿FD\ TXHHVGH
responsabilidad de la Fiscalía General de la Nación y
XQFRPSRQHQWHFLHQWt¿FRUHVWULQJLGR DOUHJLVWURJHQp-
tico que implica la toma de muestras de ADN, su mani-
pulación y conservación, que está a cargo del Instituto
Nacional de Medicina Legal, y que está circunscrito,
el registro genético, a las personas que hayan realizado
las conductas punibles consagradas en el título ංඏ, ca-
pítulos ංංංංංං y ංඏ de la Ley 599 del 2000 que tengan
contemplada pena privativa de la libertad, o sea, los
denominados delitos sexuales.
/D PRGL¿FDFLyQ H[SXHVWD WUDGXFH OD DPSOLDFLyQ
del espectro de conductas punibles cometidas con-
tra menores de edad por las cuales se ha de inscribir
a las personas en el registro nacional que se pretende
crear, aquellas por cuya gravedad hemos considerado
que ameritan ser incluidas en el Registro, además de
los mencionados delitos sexuales, como el homicidio,
el abandono de menores, la desaparición forzada, el
secuestro, la tortura, la trata de personas, la violencia
intrafamiliar y el suministro de drogas a menor, deli-
tos que además, como se ve por su propio contenido,
nos muestran de bulto una profunda insensibilidad del
autor de esas conductas para con los menores de edad.
Creemos que quienes incurran en esos comportamien-
tos no deben estar laborando en entornos en los que
deban tener interacción frecuente o permanente con los
menores de edad.
Son dos los objetivos primordiales que se persiguen
con este proyecto, uno de índole investigativa o de he-
rramienta de la investigación judicial y otro de índole
preventiva como protección para los menores de edad.
De un lado, las autoridades judiciales van a encontrar
en el registro genético una valiosa herramienta en las
pesquisas que adelanten en el marco de esos delitos de
carácter sexual y, de otro, se genera una muy idónea
medida de prevención en favor de nuestros menores
de edad al consagrarse la inhabilidad para que aquellas
personas con antecedentes en los delitos de que trata el
artículo 3º literal b) de este proyecto no puedan laborar
en entornos en los cuales haya un contacto habitual con
los niños, niñas y adolescentes.
2. Contenido del proyecto de ley
El proyecto que se pone a consideración de la Ple-
naria del Senado para segundo debate está dividido en
cinco títulos, así: un primer título, en el que se presen-
tan sucintamente su objeto, su ámbito de aplicación y
VHGH¿QHQODVH[SUHVLRQHVSLODUHVGHOWH[WRGHOSUR\HF-
WR 8Q VHJXQGR WtWXOR TXH ¿MD ORV SULQFLSLRV UHFWRUHV
que han de servir para el desarrollo, la interpretación
y la aplicación del contenido del proyecto para con-
siderar. El tercer título desarrolla el objeto mismo del
proyecto: Consagra la creación del Registro Nacional
de Responsables de Delitos Cometidos en contra de los
Niños, Niñas y Adolescentes, determina su contenido y
vigencia, declara su carácter reservado y regula el acce-
so al Registro, así como estipula los derechos y obliga-
ciones de las personas inscritas en el Registro.
En el capítulo tercero de este título se crea el Cer-
WL¿FDGR GH$QWHFHGHQWHV HQ HO 5HJLVWUR 1DFLRQDO GH
Responsables de Delitos Cometidos en contra de los
Niños, Niñas y Adolescentes, con el cual se materializa
uno de los objetivos centrales de la iniciativa legislati-
va: La consagración de la inhabilidad para laborar en
entornos en los cuales haya alta interacción con meno-
res de edad. Para ello se estipula la obligación a deter-
minadas entidades, como jardines infantiles, colegios,
centros de pediatría, etc., de exigir, a quienes aspiren a
SUHVWDUOHVVXVVHUYLFLRVOD SUHVHQWDFLyQGHOFHUWL¿FDGR
de antecedentes expedido por el Registro Nacional de
Responsables de Delitos Cometidos en contra de los
Niños, Niñas y Adolescentes, no pudiendo, desde lue-
go, vincular bajo ninguna modalidad a quienes tengan
antecedentes en esos delitos.
En el título ංඏ del proyecto se consagra el régimen
sancionatorio, radicado en cabeza de las entidades te-
rritoriales, para aquellas entidades que estando obliga-

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