Gaceta del Congreso del 12-12-2017 - Número 1183TDASPPL (Contenido completo)
Fecha de publicación | 12 Diciembre 2017 |
Número de Gaceta | 1183 |
TEXTOS DE PLENARIA
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVI - Nº 1183 Bogotá, D. C., martes, 12 de diciembre de 2017 EDICIÓN DE 16 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
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I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
TEXTO DEFINITIVO SESIÓN PLENARIA
CÁMARA AL PROYECTO DE LEY NÚMERO
008 DE 2017 CÁ MARA, 04 DE 2017 S ENADO
por medio de la cual se crea el Sistema Nacional
de Innovación Agropecuaria y se dictan otras
disposiciones.
El Congreso de Colombia,
En virtud del Procedimiento Legislativo Especial
para la Paz,
DECRETA:
TÍTULO I
OBJETO, DEFINICIONES Y PRINCIPIOS
Artículo 1°. Objeto de la ley. La presente ley tiene
por objeto la creación y puesta en marcha del Sistema
Nacional de Innovación Agropecuaria (SNIA),
compuesto por subsistemas, planes estratégicos,
LQVWUXPHQWRV GH SODQL¿FDFLyQ \ SDUWLFLSDFLyQ
plataformas de gestión, procedimientos para su
implementación, así como mecanismos para su
¿QDQFLDFLyQVHJXLPLHQWR\HYDOXDFLyQ
Esta ley crea nuevas funciones, competencias
y mecanismos de articulación de las entidades y
organismos de coordinación del orden nacional y
territorial que componen el SNIA, y crea el servicio
público de extensión agropecuaria y normas para su
prestación.
Todo lo anterior como herramientas
fundamentales para lograr que las acciones de
investigación, desarrollo tecnológico, transferencia
de tecnología, gestión del conocimiento, formación,
capacitación y extensión soporten efectivamente los
procesos de innovación requeridos para mejorar la
productividad, competitividad y sostenibilidad del
sector agropecuario colombiano.
Artículo 2°. 'H¿QLFLRQHV. Para efectos de la
SUHVHQWHOH\DSOLFDQODVVLJXLHQWHVGH¿QLFLRQHV
1. Sector agropecuario. Se entiende por sector
agropecuario aquel cuya actividad económi-
ca está circunscrita a los ámbitos agrícola,
pecuario, forestal, acuícola y pesquero, así
como la adecuación y la transformación de
la producción, los servicios de apoyo asocia-
dos y la comercialización de productos pri-
marios.
2. Ordenamiento productivo y social del te-
rritorio. 3URFHVR GH SODQL¿FDFLyQ SDUWLFL-
pativo y multisectorial de carácter técnico,
administrativo y político, que permite la
armonización de los usos agropecuarios y
la tenencia de la tierra rural, privilegiando
el adecuado equilibrio entre la producción
agropecuaria (agrícola, pecuaria, forestal,
acuícola, pesquera, la adecuación y transfor-
PDFLyQGHODSURGXFFLyQHOXVRH¿FLHQWHGHO
suelo, y la sostenibilidad social, ambiental y
económica, orientado al logro de la competi-
tividad sectorial.
3. Innovación agropecuaria. Introducción de
productos, bienes, servicios, procesos y mé-
todos nuevos en el ámbito productivo, de
transformación o adecuación de la produc-
FLyQ DGPLQLVWUDWLYR RUJDQL]DFLRQDO ¿QDQ-
ciero y crediticio, informático, de mercadeo
y comercialización, que incorporen mejoras
VLJQL¿FDWLYDV HQ HO GHVHPSHxR GHO VHFWRU
agropecuario.
4. Innovación abierta o colaborativa. Se re-
¿HUHDO SURFHVR GH FRQFHSFLyQ \ GHVDUUROOR
de una innovación que ocurre en un marco de
colaboración entre diversos actores o agen-
Página 2 Martes, 12 de diciembre de 2017 Gൺർൾඍൺൽൾඅ&ඈඇඋൾඌඈ 1183
tes, de modo que la innovación resulta alta-
mente cohesionada con el entorno en el que
se produce, y por ende cuenta con una mayor
probabilidad de adopción y éxito. Además,
permite reconocer los conocimientos, capa-
cidades y experiencias de los actores y agen-
tes que intervienen en la innovación.
5. Plan Estratégico de Ciencia, Tecnología e
Innovación Agropecuaria (Pectia). Herra-
PLHQWD GH SODQL¿FDFLyQ TXH GH¿QH ORV RE-
jetivos estratégicos, estrategias y líneas de
acción en materia de ciencia, tecnología e
innovación sectorial para aumentar la com-
petitividad, sostenibilidad y el mejoramiento
de las condiciones de vida de la población.
6HIRUPXODSDUDXQSHUtRGRGHDxRV
6. Agenda Dinámica Nacional de Investiga-
ción, Desarrollo Tecnológico e Innovación
Agropecuaria (Agenda I+D+i). Instrumen-
WRGH SODQL¿FDFLyQ\ JHVWLyQSDUD ODIRFDOL-
zación de recursos y de acciones de I+D+i
tendientes al fortalecimiento, dinamización
y optimización del SNIA en torno al mejora-
miento de la productividad y competitividad
sectorial.
7. Plataforma Siembra. Es el aplicativo elec-
trónico del Ministerio de Agricultura y De-
sarrollo Rural destinado a la recopilación,
gestión, divulgación y seguimiento de la
información de los proyectos, resultados,
avances y oferta tecnológica sectorial origi-
nada en el Sistema Nacional de Innovación
Agropecuaria (SNIA).
8. Comunidad Linkata. Comunidad temática
dirigida a gestionar, divulgar y transferir co-
nocimiento y tecnologías agropecuarias, con
HO¿QGH GLQDPL]DU\SRWHQFLDU HOUHODFLRQD-
miento entre los resultados del sector genera-
dor de I+D y los prestadores de servicios de
asistencia técnica, asesoramiento, consulto-
ría y extensión agropecuaria.
9. Sistemas territoriales de innovación agro-
pecuaria. Los Sistemas Territoriales de In-
novación (STI) son entendidos como siste-
mas complejos que favorecen y consolidan
relaciones entre diferentes grupos de actores
tanto públicos como privados, que articula-
dos en redes de conocimiento tienen el pro-
pósito de incrementar y mejorar las capacida-
des de aprendizaje, gestión de conocimiento
agropecuario e innovación abierta que emer-
gen en un territorio particular establecido a
partir del reconocimiento de interacciones
HVSHFt¿FDVHQWUHVXVGLPHQVLRQHVELRItVLFDV
culturales, institucionales, socioeconómicas,
entre otras.
Los STI son espacios prácticos en los cuales
los procesos de investigación, formación de
capacidades, de aprendizaje interactivo, así como de
transferencia de tecnología y extensión, establecen
dinámicas conjuntas de articulación institucional
que concretan, impulsan y consolidan los procesos
de ciencia, tecnología e innovación en los territorios.
10. Redes de innovación. Conjunto de actores
que interactúan a través del intercambio de
FRQRFLPLHQWRVFRQHO¿QGH FRPSDUWLULQIRU-
mación, conceptos, aplicaciones, metodolo-
gías, experiencias y prácticas de trabajo.
11. Plan Departamental de Extensión Agro-
pecuaria (PDEA). ,QVWUXPHQWR GH SODQL¿-
FDFLyQ FXDWULHQDO TXH GH¿QH ORV HOHPHQWRV
HVWUDWpJLFRVRSHUDWLYRV\¿QDQFLHURVSDUDOD
prestación del servicio público de extensión
DJURSHFXDULDHQ HOiUHD GHLQÀXHQFLD GHXQ
departamento y sus municipios.
12. Extensión Agropecuaria. Proceso de acom-
SDxDPLHQWRPHGLDQWH HO FXDO VH JHVWLRQD HO
desarrollo de capacidades de los productores
agropecuarios, su articulación con el entor-
no y el acceso al conocimiento, tecnologías,
SURGXFWRV\VHUYLFLRVGHDSR\RFRQHO¿QGH
hacer competitiva y sostenible su produc-
ción al tiempo que contribuye a la mejora
de la calidad de vida familiar. Por lo tanto,
la extensión agropecuaria facilita la gestión
de conocimiento, el diagnóstico y solución
de problemas, en los niveles de la produc-
ción primaria, la poscosecha, y la comercia-
lización; el intercambio de experiencias y la
construcción de capacidades individuales,
colectivas y sociales. Para tal efecto, la ex-
tensión agropecuaria desarrollará activida-
des vinculadas a promover el cambio técnico
en los diferentes eslabones que constituyen
la cadena productiva, las asesorías y acom-
SDxDPLHQWRVDSURGXFWRUHVHQ DFFHVRDOFUp-
GLWRIRUPDOL]DFLyQ GH OD SURSLHGDG FHUWL¿-
cación en BPA, entre otros.
13. Ruralidad. Es el conjunto de interacciones
sociales, económicas y culturales que se sur-
ten en espacios de baja e intermedia densidad
poblacional y cuyas actividades económicas
preponderantes están estrechamente relacio-
nadas con el medio natural y sus encadena-
mientos productivos.
14. 3DUTXHV&LHQWt¿FRV7HFQROyJLFRV\GH,Q-
novación Agropecuarios (PCTIA). Zonas
JHRJUi¿FDV HVSHFLDOHV GHVWLQDGDV D SURPR-
ver la innovación agropecuaria basada en
HOFRQRFLPLHQWRFLHQWt¿FR \WHFQROyJLFR\D
contribuir a la productividad empresarial y la
competitividad regional.
15. Organización Comunitaria. Todos aque-
llos productores agropecuarios organizados
de forma asociativa, cooperativa, solidaria u
otras formas de organización.
Artículo 3°. Principios$GHPiVGHORVGH¿QLGRV
en la Constitución Política, en la Ley 489 de 1998, en
la Ley 1454 de 2011 y en el Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo,
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