Gaceta del Congreso del 16-02-2015 - Número 26PAL (Contenido completo) - 16 de Febrero de 2015 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766946765

Gaceta del Congreso del 16-02-2015 - Número 26PAL (Contenido completo)

Fecha de publicación16 Febrero 2015
Número de Gaceta26
P R O Y E C T O S D E A C T O L E G I S L A T I V O
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXIV - Nº 26 Bogotá, D. C., lunes, 16 de febrero de 2015 EDICIÓN DE 32 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G A C E T A D E L C O N G R E S O
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO
NÚMERO 198 DE 2015 CÁMARA
DE REPRESENTANTES
SRUHOFXDOVHPRGL¿FDHODUWtFXOR
HOD&RQVWLWXFLyQ3ROtWLFD
El Congreso de Colombia
DECRETA:
lítica quedará así:
“Artículo 351. El Congreso no podrá aumentar
ninguna de las partidas del presupuesto de gastos
propuestas por el Gobierno, ni incluir una nueva,
sino con la aceptación escrita del ministro del ramo.
6L QR VH H[FHGH HO PRQWR GH¿QLWLYR GHO SUHVX-
puesto de gastos decidido por las comisiones con-
juntas, las plenarias de las cámaras podrán efectuar
PRGL¿FDFLRQHV R WUDVODGRV GH ODV SDUWLGDV SDUD ORV
gastos incluidos en el proyecto de presupuesto o in-
cluir nuevas partidas. En este último caso se dará
aplicación a lo dispuesto en el inciso siguiente.
El Congreso podrá eliminar o reducir partidas de
gastos propuestas por el Gobierno, con excepción de
las que se necesitan para el servicio de la deuda públi-
ca, las demás obligaciones contractuales del Estado,
la atención completa de los servicios ordinarios de la
administración y las inversiones autorizadas en los
SODQHV\SURJUDPDVDTXHVHUH¿HUHHODUWtFXOR
Si se elevare el cálculo de las rentas, o si se eli-
minaren o disminuyeren algunas de las partidas del
proyecto respectivo, las sumas así disponibles, sin
exceder su cuantía, podrán aplicarse a otras inversio-
nes o gastos autorizados conforme a lo prescrito en
HOLQFLVR¿QDOGHODUWtFXORGHOD&RQVWLWXFLyQ´
Artículo 2º. El presente acto legislativo rige des-
de su publicación.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El presente proyecto de acto legislativo busca so-
OXFLRQDUXQ Gp¿FLWHVWUXFWXUDO GHOGLVHxR LQVWLWXFLR-
nal del Estado colombiano, generado desde la refor-
PDFRQVWLWXFLRQDODODDQWHULRU&DUWD3ROtWLFDGHODxR
1968, cuando se cercenó la iniciativa congresual en
materia de gasto público.
La fundamentación teórica de la reforma propues-
ta se encuentra en documentos del Banco Mundial1 y
del FMI2 acerca de cuál debe ser la participación de
los órganos legislativos en los procesos de elabora-
ción y aprobación de los presupuestos.
La lucha por la participación parlamentaria en las
GHFLVLRQHV¿QDQFLHUDV GHORV (VWDGRVKD GH¿QLGRPR-
mentos claves en la evolución y consolidación de los
gobiernos democráticos modernos. Como el presu-
puesto es la herramienta de política económica de los
gobiernos por excelencia y constituye su más compren-
siva declaración de prioridades, se esperaría que los po-
GHUHVGHGHFLVLyQVREUHODV¿QDQ]DVS~EOLFDVIXHUDQFH-
losamente custodiados por las legislaturas nacionales.
$xR WUDV DxR ORV OHJLVODGRUHV GH WRGR HO PXQGR
debaten el presupuesto anual y autorizan al gobierno
a incrementar los ingresos y llevar a cabo los gastos,
FX\DHMHFXFLyQHVDXGLWDGDSRUORVRUJDQLVPRVGH¿VFD-
lización superior, los cuales emiten unos informes que
luego son examinados por el propio órgano legislativo.
Sin embargo siempre está presente la pregunta sobre el
alcance de su participación en el proceso presupuestal.
La posibilidad de dar una mayor participación al
legislador en esta materia suele ser vista con escep-
ticismo, en la medida en que se piensa que los con-
gresistas electos atienden primordialmente el interés
GH VXV HOHFWRUHV LQFUHPHQWDQGR JDVWRV HVSHFt¿FRV
en lugar de atender el interés nacional por lograr y
PDQWHQHUXQDSRVLFLyQ¿VFDOVRVWHQLEOHORTXHMXVWL-
¿FDODLPSRVLFLyQGHUHVWULFFLRQHVIRUPDOHVDOSRGHU
de la legislatura para introducir cambios.
1 :(+1(5-RDFKLP%DFNIURPWKH 6LGHOLQHV"5HGH¿Q-
ing the Contribution of Legislatures to the Budget Cycle.
Series on Contemporary Issues in Parliamentary Devel-
RSPHQW:RUOG%DQN,QVWLWXWH
2 LIENERT, Ian. La Función de la Legislatura en los Pro-
cesos Parlamentarios. FMI. Departamento de Finanzas
Públicas. 2010.
Página 2 Lunes, 16 de febrero de 2015 GACETA DEL CONGRESO 26
Sin embargo, otros elementos contrarrestan y jus-
WL¿FDQODDPSOLDFLyQGHODSDUWLFLSDFLyQGHOOHJLVODGRU
durante el proceso presupuestal: el principio demo-
crático que le asigna al órgano legislativo el deber de
asegurarse que los ingresos y los gastos autorizados
DOJRELHUQRHVWpQDGHFXDGDPHQWH¿VFDOL]DGRVFRUUHV-
pondan a las necesidades de la población y sean apro-
piadamente ejecutados.
En segundo lugar, el papel de contrapeso que el
OHJLVODWLYRGHEHMXJDUIUHQWHDOHMHFXWLYRFRQHO¿Q GH
asegurar la gobernabilidad presupuestal a mediano y
a largo plazo; es ingenuo pensar que el legislador es
OD~QLFDIXHQWHGHLQGLVFLSOLQD¿VFDO\DTXHHQSDtVHV
como Colombia, en los cuales la rendición de cuentas
HVWiGpELOPHQWHGHVDUUROODGDHOGHVEDODQFH ¿VFDOWLH-
ne un claro origen en el ejecutivo, como lo demuestra
ODGHV¿QDQFLDFLyQGHELOORQHVHQHOSUHVXSXHVWR
SDUDODYLJHQFLD¿VFDOGHODxR
En tercer lugar, la ampliación de la participación
parlamentaria en la discusión del presupuesto contri-
buye a que haya mayor transparencia y facilita alcan-
zar acuerdos y consensos, pues siempre las demandas
por fondos superarán los recursos disponibles. Es más
democrático que la asignación y priorización la haga
el Congreso a que la decisión la tome un funcionario
designado del ejecutivo que carece de legitimidad de-
mocrática.
Por todo lo anterior, lo que se propone es que una
vez que en el debate en las comisiones se ha realizado
el aforo del presupuesto, es decir, se ha determinado
el monto máximo del gasto, en las discusiones en las
Plenarias los congresistas, en función del interés legí-
timo de los sectores que representan, puedan, siempre
que ese tope no sea superado, realizar traslados entre
partidas, sin que para ello se requiera del aval guber-
namental.
Esta habilitación representa una reivindicación de la
iniciativa del gasto por parte del Congreso, sin que ella
HQWUDxHXQDDIHFWDFLyQGHODV UHJODVVREUHGLVFLSOLQD¿V-
FDOSXHVVXHMHUFLFLRHQQLQJ~QFDVR HQWUDxDODSRVLELOL-
dad del incremento del tope del gasto que ya fue aproba-
do, y sin que los traslados entre partidas, o la creación o
eliminación correlativas para no exceder el límite, impli-
quen eliminar o reducir las partidas que se necesitan para
el servicio de la deuda pública, las demás obligaciones
contractuales del Estado, la atención completa de los ser-
vicios ordinarios de la administración y las inversiones
DXWRUL]DGDVHQORVSODQHV\SURJUDPDVDTXHVHUH¿HUHHO
DUWtFXORGHOD&DUWD
Vale decir, el Congreso queda habilitado para tener
iniciativa sobre el gasto en aquellas materias sobre las
FXDOHVH[LVWHÀH[LELOLGDGSUHVXSXHVWDO
En los países de la OCDE, en lugar de que a los
congresistas se les exija el aval gubernamental para
SRGHUKDFHUPRGL¿FDFLRQHVHQWUHODVSDUWLGDVDXPHQ-
tando o creando unas y reduciendo o eliminando en
forma correlativa otras, de manera que no se exceda
el presupuesto aforado, es el legislativo quien impone
límites al ejecutivo para poder hacer ese tipo de modi-
¿FDFLRQHVHQHOPRPHQWRGHOLTXLGDUHOSUHVXSXHVWR
Así, independientemente de si el parlamen-
to aprueba las apropiaciones presupuestarias para
cada ministerio/agencia, programa, categoría eco-
nómica, etc., este puede exigir que el poder ejecu-
tivo obtenga aprobación para modificar: 1. Cada
partida presupuestaria. 2. La mayoría de las parti-
das presupuestarias, pero delegando al Ministerio
de Hacienda algunas facultades para decidir en qué
medida el gasto ministerial puede cambiar dentro
del detalle de las partidas del presupuesto; o 3.,
solo algunas apropiaciones presupuestarias relati-
vamente grandes.
En 30 países de la OCDE, 6 no pueden incremen-
tar los gastos discrecionales; en otros 6 no hay restric-
ciones para incrementar dichos gastos (OCDE, 2007).
De los 18 países restantes, normalmente se requiere la
aprobación previa de la legislatura antes de aumentar
esos gastos, aunque en algunos países la aprobación
parlamentaria para el intercambio de recursos entre
partidas presupuestarias tiene lugar H[SRVW.
En alrededor de la mitad de los 30 países de la
OCDE, el parlamento tiene facultades legales ilimitadas
SDUDPRGL¿FDUHOSUR\HFWRGHSUHVXSXHVWR(O3UHVLGHQWH
SXHGHWHQHUSRGHU SDUDYHWDU SDUWLGDVHVSHFt¿FDVR SOH-
QRSRGHUGHYHWRSDUDUHFKD]DUPRGL¿FDFLRQHVDOSUHVX-
puesto impulsadas por el Poder Legislativo.
Asimismo, aunque en algunos países con gobier-
nos de coalición el parlamento tiene la autoridad legal
LUUHVWULFWDSDUDPRGL¿FDUHOSUHVXSXHVWR HQODSUiFWL-
ca, un parlamento posiblemente no sea capaz de ejer-
cer tal poder, debido a posibles acuerdos de coalición
entre los partidos políticos que integran el gobierno
(que suelen tener la mayoría parlamentaria).
Estos acuerdos actúan como una poderosa restric-
ción durante el período en que el gobierno está en el
poder. Esta limitación es importante en varios países
europeos con gobiernos multipartidarios, entre ellos
Alemania, Finlandia y los Países Bajos.
6LFRPR ORVHxDODOD 2&'(ODV SUHIHUHQFLDVQD-
cionales dictarán en qué grado los legisladores elegi-
dos democráticamente se verán limitados para tomar
decisiones de gasto que puedan perjudicar la soste-
QLELOLGDG¿VFDO ODOLPLWDFLyQ GHQR PRGL¿FDUHO VDO-
GR¿VFDOSURSXHVWRSRU HOSRGHUHMHFXWLYRRWRUJD DOD
legislatura la capacidad de incrementar el gasto total
siempre que, como contrapartida, también aumente
ODUHFDXGDFLyQ FRQPiVYHUDV HVWDUiMXVWL¿FDGRTXH
sin incrementar ni el gasto total ni la recaudación, los
legisladores puedan autónomamente decidir sobre
traslados entre partidas, incluyendo la creación/elimi-
nación de algunas de ellas, salvaguardando siempre el
JDVWRSUHVXSXHVWDOLQÀH[LEOH
En algunos países es posible incrementar los gas-
tos siempre que la legislatura también eleve los in-
JUHVRVSDUD ¿QDQFLDUHO DXPHQWRGHOJDVWR HQRWURV
el gasto total no puede incrementarse más allá de lo
propuesto por el Poder Ejecutivo: la legislatura solo
puede reasignar recursos entre las distintas líneas de
JDVWR(VWHHQIRTXHKDUHVXOWDGRH¿FD]SDUDSUHVHUYDU
ODVRVWHQLELOLGDG¿VFDO FRPRKDRFXUULGR HQPXFKRV
países de América Latina (por ejemplo, Chile) y es la
fórmula que se propone para el caso colombiano.
'HORVVHxRUHV&RQJUHVLVWDV
GACETA DEL CONGRESO 26 Lunes, 16 de febrero de 2015 Página 3
CÁMARA DE REPRESENTANTES
SECRETARÍA GENERAL
El día 28 de enero de 2015 ha sido presentado
en este Despacho el Proyecto de Acto Legislati-
vo número 198 con su correspondiente exposición
de motivos, por el honorable Representante Carlos
Germán Navas Talero y otros honorables Represen-
tantes y honorables Senadores.
La Secretaria General,
P R O Y E C T O S D E L E Y
PROYECTO DE LEY NÚMERO 199 DE 2015
CÁMARA
SRUPHGLRGHOD FXDOVHJDUDQWL]DHODFFHVRHQ FRQ-
GLFLRQHVGHXQLYHUVDOLGDGDOGHUHFKRSUHVWDFLRQDOGH
pago de prima de servicios para las personas que
SUHVWDQVHUYLFLRGRPpVWLFR
Bogotá
6HxRU
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
Secretario General
Cámara de Representantes
Referencia: Proyecto de ley número 199 de 2015
Cámara, SRUPHGLRGHODFXDOVHJDUDQWL]DHODFFHVR
HQFRQGLFLRQHV GHXQLYHUVDOLGDG DOGHUHFKR SUHVWD-
cional de pago de prima de servicios para las perso-
QDVTXHSUHVWDQVHUYLFLRGRPpVWLFR
I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
NECESIDAD DEL PROYECTO DE LEY: As-
SHFWRV &RQVWLWXFLRQDOHV \ /HJDOHV 8QLYHUVDOLGDG
LJXDOGDG \ SURJUHVLYLGDG GH ORV GHUHFKRVSUHVWD-
FLRQDOHVHQPDWHULD ODERUDOGp¿FLWGHSURWHFFLyQ D
HPSOHDGRVGRPpVWLFRVUHFRQRFLGRVFRPR VXMHWRVHQ
VLWXDFLyQGH YXOQHUDELOLGDG&RPSURPLVRV LQWHUQD-
FLRQDOHVDGTXLULGRVSRU&RORPELDHQODUDWL¿FDFLyQ
GHO&RQYHQLRGHOD2,7VREUHWUDEDMRGHFHQWHGH
HPSOHDGRVGRPpVWLFRV 6HQWHQFLDH[KRUWDWLYD GHOD
&RUWH&RQVWLWXFLRQDO&GH
3iJLQD Lunes, 16 de febrero de 2015 GACETA DEL CONGRESO 26
Desde la entrada en vigencia del Decreto-ley
2663 del 5 de agosto de 1950 –Código Sustantivo
del Trabajo– el cual ha venido regulando las rela-
ciones laborales en Colombia desde entonces, se ha
cometido un evidente trato desigual entre dos grupos
de trabajadores a saber: i) Los trabajadores que pres-
tan sus servicios personales a las empresas, y ii) los
trabajadores que prestan sus servicios a los hogares
de familia. Esta segmentación de dos grupos labora-
les tiene su origen en la redacción del artículo 306
GHO&yGLJR6XVWDQWLYRGHO7UDEDMRHOFXDODWDxHDOD
SULPDGHVHUYLFLRVODFXDOVHxDODTXH
³$UWtFXOR ± 3ULQFLSLRJHQHUDO  Toda em-
presaHVWiREOLJDGD DSDJDUDFDGD XQRGHVXV WUD-
EDMDGRUHVFRPR SUHVWDFLyQHVSHFLDOXQD SULPDGH
VHUYLFLRVDVt«´1 (Negrilla y subrayado fuera de
texto).
En efecto, la redacción legislativa de este artículo
únicamente estableció como derecho de los trabaja-
dores vinculados a las empresas, el percibir la prima
de servicios, dejando sin este derecho laboral a los
denominados trabajadores del servicio doméstico;
HQVX PRPHQWRODVUD]RQHV TXHVXVWHQWDURQ WDPDxD
desigualdad se centraron en aducir que la prima de
servicios tenía como propósito dar participación de
las utilidades obtenidas por las empresas2, lo cual
no se podía reputar del hogar o de la familia, por
cuanto dichas instituciones sociales no realizaban
actividades que generaran utilidades para repartir3.
Este criterio se mantuvo vigente –como RELWHUGLFWD
hasta la reciente expedición de la Sentencia C-871
GH  PHGLDQWH OD FXDO OD &RUWH &RQVWLWXFLRQDO
procedió a analizar la situación de desigualdad de
RSRUWXQLGDGHV\ EHQH¿FLRV ODERUDOHV TXH SUHVHQWDQ
los trabajadores y trabajadoras del servicio domés-
tico, los cuales se encuentran privados del derecho
a la prima de servicios. En la sentencia precitada la
&RUWH&RQVWLWXFLRQDOGH¿QLyHOWUDEDMRGRPpVWLFRUH-
munerado así:
³(O WUDEDMR GRPpVWLFR UHPXQHUDGR FRPSUHQGH
WRGDVODV DFWLYLGDGHVTXH XQD SHUVRQDDGHODQWD HQ
XQKRJDUGHIDPLOLD LQFOX\HQGRHODVHRGHO HVSDFLR
ItVLFR\VXVPXHEOHV\HQVHUHVODSUHSDUDFLyQGHDOL-
PHQWRVHOODYDGR\SODQFKDGRGHOYHVWLGR VHUYLFLRV
GHMDUGLQHUtD \FRQGXFFLyQ \ HOFXLGDGR GHPLHP-
EURVGHOD IDPLOLDRGH ORVDQLPDOHVTXH UHVLGHQHQ
FDVDVGHIDPLOLD(O WUDEDMRGRPpVWLFRHVSRUUHJOD
JHQHUDOFRQWUDWDGRSRURWURSDUWLFXODUTXLHQDFXGH
1 Cfr. Artículo 306 del Decreto-ley 2663 del 5 de agosto
de 1950 –Código Sustantivo del Trabajo– no se inclu-
yeron los apartes declarados inexequibles por la Corte
&RQVWLWXFLRQDOHQODV 6HQWHQFLDV&GH &
2 El numeral segundo del artículo 306 del Código Sustanti-
YRGHO7UDEDMRVHxDODTXHSULPDGHVHUYLFLRVUHPSOD]DOD
SDUWLFLSDFLyQGHXWLOLGDGHV\EHQH¿FLRVTXHHVWDEOHFtDOD
legislación anterior. Esto correspondía a la distribución
económica de superávit empresarial, que debía realizar
ORVHQWRQFHV GHQRPLQDGRV³SDWURQRV´ DVXV HPSOHDGRV
por la plusvalía generada por la actividad de los trabaja-
dores.
3 La Corte Constitucional en la Sentencia C-051 de 1995,
FRQSRQHQFLDGHO0DJLVWUDGR-RUJH$UDQJR0HMtDVHxDOy
que: “«(VWR SRU OD VHQFLOOD UD]yQ GHO RULJHQ GH OD
SULPDGHVHUYLFLRV TXHFRPR ORGLFHOD QRUPDFLWDGD
VXVWLWX\yODSDUWLFLSDFLyQGHXWLOLGDGHV\ODSULPDGHEH-
QH¿FLRVHVWDEOHFLGDVHQODOHJLVODFLyQDQWHULRU(VFODUR
TXHHOKRJDUODIDPLOLDQRHVXQDHPSUHVD\QRJHQHUD
XWLOLGDGHV´
DORV VHUYLFLRVGHXQ WHUFHURSDUDWHQHU ODSRVLELOL-
GDGGH VDOLUGH FDVDHQ EXVFD GHOD JHQHUDFLyQGH
LQJUHVRVSURSLRV´
$SDUWLU GH GLFKD GH¿QLFLyQ OD &RUWH &RQVWLWX-
cional deja asentadas como 5DWLR GHFLGHQGL de la
6HQWHQFLD& GH una serie de premisas de
capital importancia para la discusión que convoca el
presente proyecto de ley, las cuales nos permitimos
desarrollar a continuación:
Las personas que prestan el servicio doméstico
deben gozar de los mismos derechos que los demás
trabajadores, por lo tanto le son aplicables los prin-
cipios mínimos fundamentales consagrados en la
Constitución Política: Condiciones dignas y justas
(artículo 25 C. P.); principios laborales fundamenta-
les de remuneración adecuada, mínima y móvil; irre-
nunciabilidad de los derechos mínimos consagrados
en las normas laborales, aplicación del principio de
favorabilidad, de las fuentes del derecho laboral y del
principio de primacía de la realidad sobre las formas
DUWtFXOR &36LQ HPEDUJR±D¿UPD OD &RUWH±
este importante marco constitucional que preside las
relaciones de los trabajadores domésticos ha venido
siendo conculcado por cuanto este sector laboral ha
sido sometido a desigualdad y discriminación social
la cual se encuentra asociada a causas y prejuicios
históricos en torno al servicio doméstico, sea este
remunerado o no; problema que presenta mayor gra-
vedad en cuanto el trabajo doméstico remunerado,
es prestado en su mayoría por mujeres, grupo el cual
ha sido históricamente discriminado por razones de
género.
(VWHSUREOHPDVHxDODGR SRUHOWULEXQDOFRQVWLWX-
cional, ha determinado la infravaloración con la que
se miran los trabajos domésticos del hogar, que no
han permitido reconocer adecuadamente el valor que
dicho trabajo representa en la sociedad. Al respecto
ODJXDUGLDQD&RQVWLWXFLRQDOVHxDOy
(VDSHUFHSFLyQ GHO WUDEDMR GRPpVWLFR UHÀHMD \
SHUSHW~DODGLVFULPLQDFLyQ KLVWyULFDGHODPXMHU HQ
HOVHQRGHO KRJDUDODYH] TXHRFXOWDOD GLYHUVLGDG
GHIXQFLRQHVSURSLDVGHOWUDEDMRGRPpVWLFR3RUHOOR
PLHQWUDVTXH HQHO iPELWRLQWHUQR FUHFHODSUHRFX-
SDFLyQSRULQFRUSRUDUDODVPHGLFLRQHVHFRQyPLFDV
HO YDORU GHO WUDEDMR GRPpVWLFR QR UHPXQHUDGRen
el contexto del Derecho Internacional de los Dere-
chos Humanos se hace énfasis en el valor que tiene
el servicio doméstico para la generación de ingre-
sos de los miembros del hogar, quienes pueden salir
en busca de oportunidades productivas, dejando en
manos de otras personas el cuidado del hogar, así
como su valor social, en la medida en que el tra-
bajo doméstico guarda estrechas relaciones con la
economía de cuidado, y por lo tanto con la atención
a los miembros más vulnerables de las familias´
(Negrillas y subrayado fuera de texto).
Ciertamente, la Corte Constitucional ha acertado
en enfatizar que el trabajo doméstico sí contiene un
valor que a la postre permite la generación de ingre-
sos, razón que también ha sido reconocida por el Es-
tado colombiano a través del bloque de Constitucio-
&RUWH &RQVWLWXFLRQDO 6HQWHQFLD & GH  0 3
María Victoria Calle Correa.
5 &RUWH &RQVWLWXFLRQDO 6HQWHQFLD & GH  0 3
María Victoria Calle Correa.
GACETA DEL CONGRESO 26 Lunes, 16 de febrero de 2015 Página 5
nalidad6HQHVSHFt¿FRFRQODUDWL¿FDFLyQGHO&RQYH-
nio número 189 de la OIT “Sobre el trabajo decente
SDUDODVWUDEDMDGRUDV\ ORVWUDEDMDGRUHVGRPpVWLFRV´
adoptado en Ginebra, Confederación Suiza, en la
100ª Reunión de la Conferencia Internacional del
Trabajo realizada el 16 de junio de 2011, dicho con-
venio reposa en la Ley 1595 de 2012 y entre sus con-
VLGHUDFLRQHVIXQGDPHQWDOHVVHVHxDODTXH
5HFRQRFLHQGR OD FRQWULEXFLyQ VLJQL¿FDWLYD GH
ORVWUDEDMDGRUHVGRPpVWLFRVDODHFRQRPtDPXQGLDO
TXHLQFOX\H HODXPHQWRGH ODVSRVLELOLGDGHV GHHP-
SOHRUHPXQHUDGRSDUDODVWUDEDMDGRUDV \ORVWUDED-
MDGRUHVFRQ UHVSRQVDELOLGDGHV IDPLOLDUHV HO LQFUH-
PHQWRGH ODFDSDFLGDG GHFXLGDGR GHODV SHUVRQDV
GHHGDGDYDQ]DGDORVQLxRV\ ODVSHUVRQDVFRQGLV-
FDSDFLGDG\ XQDSRUWH VXVWDQFLDOD ODVWUDQVIHUHQ-
FLDVGHLQJUHVRHQFDGDSDtV\HQWUHSDtVHV
&RQVLGHUDQGR TXH HO WUDEDMR GRPpVWLFR VLJXH
VLHQGR LQIUDYDORUDGR H LQYLVLEOH \ TXH OR UHDOL]DQ
SULQFLSDOPHQWHODV PXMHUHV \ ODV QLxDV PXFKDV GH
ODVFXDOHV VRQ PLJUDQWHVR IRUPDQ SDUWHGH FRPX-
QLGDGHVGHVIDYRUHFLGDV \VRQ SDUWLFXODUPHQWH YXO-
QHUDEOHVDODGLVFULPLQDFLyQFRQUHVSHFWRDODVFRQ-
GLFLRQHVGH HPSOHR \ GH WUDEDMR DVt FRPR D RWURV
DEXVRVGHORVGHUHFKRVKXPDQRV´
Así mismo, tanto la Corte Constitucional como
la Organización Internacional del Trabajo (OIT), no
solo han reconocido el aporte que presta a la eco-
nomía mundial el trabajo doméstico, al permitir que
otros trabajadores puedan salir a aumentar sus posi-
bilidades de ingresos familiares sin preocuparse de
las tareas domésticas, sino que también han desta-
cado el impacto que tiene dicho trabajo frente a la
denominada economía del cuidado, que tiene una
directa relación con la protección de personas, ge-
neralmente vulnerables o sujetos de especial protec-
FLyQFRQVWLWXFLRQDO1LxRVSHUVRQDVHQVLWXDFLyQ GH
discapacidad, personas de tercera edad, etc...) lo cual
impacta de forma muy relevante a la sociedad.
Colombia, ha entendido la importancia que tiene
la denominada economía del cuidado, y ha expedi-
GROD/H\ GH D¿Q QRVRORGH UHFRQRFHU
esta realidad social, sino de incluir en el Sistema de
Cuenta Nacional la economía del cuidado, con el ob-
jeto de medir la contribución de la mujer en el desa-
rrollo social y económico del país y así poder formu-
lar la política pública en ese campo. Como resultado
de esta ley el Departamento Nacional de Estadística
UHDOL]yOD ³(QFXHVWD1DFLRQDOGHO 8VRGHO 7LHPSR´
que dio como resultado que la economía del cuidado
aporta en Colombia en promedio: un 20% del PIB8,
lo que equivale en plata blanca a ciento veinte mil
(120.000) millones de pesos, cifra que se asemeja
6 En punto al Convenio número 189 de la OIT sobre el
trabajo decente de las trabajadoras y los trabajadores do-
mésticos, es importante recordar que como lo preceptúa
el artículo 93 de la Constitución Política, los Tratados y
Convenios Internacionales sobre Derechos Humanos ra-
WL¿FDGRVSRU&RORPELDSUHYDOHFHQHQHO RUGHQLQWHUQR\
son parámetro de interpretación de los derechos y debe-
res contenidos en todo el ordenamiento jurídico interno.
7 Convenio número 189 de la OIT sobre el trabajo decen-
te para las trabajadoras y los trabajadores domésticos
Adopción: Ginebra, 100ª reunión CIT (16 junio 2011),
aprobado por el Congreso mediante la Ley 1595 de 2012.
8 Cfr. Encuesta Nacional de Uso del Tiempo ENUT 2012-
2013 realizada por el DANE: http://formularios.dane.
JRYFR$QGDBBLQGH[SKSFDWDORJH[SRUW
a la presentada por la CEPAL9TXH VHxDOD TXH HQ
América Latina la economía del cuidado equivale
entre el 25% y el 30% del PIB.
/XHJRHQWRQFHV D¿UPDUTXHHO WUDEDMRGRPpVWLFR
no es una actividad que produce utilidades, resulta no
ser una premisa consistente para defender una discri-
minación hacia los trabajadores de este sector econó-
mico. Razón por la cual, es necesario que el Congreso
de la República en ejercicio de la cláusula general de
competencias legislativas, proceda a corregir este ye-
rro histórico que se ha cometido contra las personas
TXHVHGHVHPSHxDQHQWUDEDMRGRPpVWLFRUHPXQHUDGR
equiparando los derechos de estos trabajadores y erra-
dicando la última barrera de discriminación legal que
hoy queda vigente contra los trabajadores del servicio
doméstico10 SDUD VXSOLU DVt HO Gp¿FLW GH SURWHFFLyQ
ODERUDO GHYHODGR SRU OD 6HQWHQFLD & GH  \
dar cumplimiento a las compromisos internacionales
VXVFULWRV\UDWL¿FDGRVSRU&RORPELDHQSXQWRDOWHPD
objeto de este proyecto de ley.
5HFRJLHQGRYDULDVGHODVD¿UPDFLRQHVFRQWHQLGDV
en las páginas precedentes, la Corte Constitucional
determinó de forma categórica que:
³$SDUWLUGHO DQiOLVLVH[SXHVWR\GH ODMXULVSUX-
GHQFLDUHLWHUDGDHQHVWDSURYLGHQFLDdebe concluir-
se que la distinción entre trabajadores del servicio
doméstico y otros trabajadores para el pago de la
prima es abiertamente irrazonable, por lo tanto,
violatorio del principio de igualdad´Negrilla y
subrayado fuera de texto).
Así las cosas, es nuestro deber como Congre-
sistas garantizar el principio de igualdad material
consagrado en el inciso segundo del artículo 13 de
la Constitución Política de 1991 y dar la respuesta
constitucional adecuada que el pueblo exige y que la
Corte Constitucional ha exhortado mediante la sen-
tencia citada.
II. ARTICULADO DEL PROYECTO
PROYECTO DE LEY NÚMERO 199 DE 2015
SRUPHGLRGHOD FXDOVHJDUDQWL]DHODFFHVRHQ FRQ-
GLFLRQHV GH XQLYHUVDOLGDG DO GHUHFKR SUHVWDFLRQDO
GH SDJR GH SULPD GH VHUYLFLRV SDUD WUDEDMDGRUHV
GRPpVWLFRV
El Congreso
'(&5(7$
Artículo 1º. 2EMHWRLa presente ley tiene como
objeto garantizar y reconocer el acceso en condicio-
nes de universalidad el derecho prestacional de pago
de prima de servicios para las trabajadoras y los tra-
bajadores domésticos.
9 La Comisión Económica para América Latina y el Cari-
EH&HSDOSUHVHQWyHQOD UHXQLyQGHOD0HVD'LUHF-
tiva de la Conferencia Regional de la Mujer esta cifra
sobre la economía del cuidado en América Latina.
10 Es importante recordar que la Corte Constitucional en di-
versos pronunciamientos ha derribado otras barreras le-
gislativas que perpetraban un trato discriminatorio con-
tra los trabajadores de servicios domésticos, por ejemplo
en la Sentencia C-051 de 1995 la Corte Constitucional
con ponencia Jorge Arango Mejía, equiparó las cesantías
a que tenían derecho los trabajadores domésticos con las
percibidas por los demás trabajadores. Así mismo me-
diante la Sentencia C-310 de 2007 la Corte equiparó la
base de liquidación de las cesantías de los trabajadores
domésticos, con la fórmula de los demás trabajadores.
11 &RUWH &RQVWLWXFLRQDO 6HQWHQFLD & GH  0 3
María Victoria Calle Correa.
Página 6 Lunes, 16 de febrero de 2015 GACETA DEL CONGRESO 26
Artículo 2º. Modifíquese el artículo 306 del De-
creto-ley 2663 del 5 de agosto de 1950 –Código Sus-
tantivo del Trabajo– el cual quedará así:
Artículo 306. 3ULQFLSLR*HQHUDO. Todo emplea-
dor está obligado a pagar a cada uno de sus trabaja-
dores, como prestación especial, una prima de servi-
cios que corresponde a un mes de salario dividido en
GRVSDJRVSRU DxRHQODVLJXLHQWH IRUPDXQDTXLQ-
cena el último día de junio y otra quincena en los
primeros vente días de diciembre; a quienes hubieren
trabajado o trabajaren todo el respectivo semestre o
proporcionalmente al tiempo trabajado.
Artículo 3º. 9LJHQFLDLa presente ley rige a partir
de la fecha de su promulgación y deroga todas las
normas que le sean contrarias.
Cordialmente,
CÁMARA DE REPRESENTANTES
SECRETARÍA GENERAL
El día 6 de febrero de 2015 ha sido presentado en
este Despacho el Proyecto de ley número 199 con su
correspondiente exposición de motivos, por las ho-
norables Representantes Ángela Robledo, Angélica
Lozano y la honorable Senadora &ODXGLD/ySH]
El Secretario General,
-RUJH+XPEHUWR0DQWLOOD6HUUDQR
* * *
PROYECTO DE LEY NÚMERO 201 DE 2015
CÁMARA
SRUPHGLR GHODFXDO VHDGLFLRQDQ \FRPSOHPHQWDQ
DOJXQRV DUWtFXORV D OD /H\ *HQHUDO GH (GXFDFLyQ
/H\GH DO SODQWHDUVHOD LQFRUSRUDFLyQGH
ODVQXHYDVWHFQRORJtDVDODHGXFDFLyQ
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Adiciónese el siguiente parágrafo al
artículo 1° de la Ley 115 de 1994 del Título I, dispo-
siciones preliminares, quedará si:
Parágrafo. Primeramente es de resaltar que la
educación vive una época revolucionaria y de inno-
vación, cargada por lo mismo de esperanzas e incer-
WLGXPEUHV(VWRVHPDQL¿HVWDFRQFODULGDGHQHODFHU-
camiento de la educación a las Nuevas Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones (NTIC). En
efecto, a escala mundial, la educación enfrenta un
período de cambio y ajustes sin precedentes orien-
tados hacia la sociedad de la información, del cual
Colombia no puede permanecer ajena.
Artículo 2°. Adiciónese el siguiente texto al artí-
culo 2° de la Ley 115 de 1994 del Título I, disposi-
ciones preliminares, quedará así:
Artículo 2°. Servicio educativo. El servicio edu-
cativo comprende el conjunto de normas jurídicas,
los programas curriculares, la educación por niveles
y grados, la educación no formal, la educación infor-
mal, la educación a distancia, la educación virtual
y el blended o modalidad mixta presencial-virtual,
los establecimientos educativos, las instituciones so-
ciales (estatales o privadas) con funciones educati-
vas, culturales y recreativas, los recursos humanos,
tecnológicos, metodológicos, materiales, adminis-
WUDWLYRV\ ¿QDQFLHURVDUWLFXODGRV HQSURFHVRV\ HV-
tructuras para alcanzar los objetivos de la educación.
Artículo 3°. Adiciónese los siguientes numerales
al artículo 5° de la Ley 115 de 1994 del Título I,
disposiciones preliminares, quedará así:
14. La formación en la práctica del trabajo, me-
diante los conocimientos técnicos y habilidades, el
empleo de las Nuevas Tecnologías de la Informa-
ción y las Comunicaciones (NTIC), así como en la
valoración del mismo como fundamento del desarro-
llo individual y social.
15. La inducción de los alumnos en las exigen-
cias de un mundo globalizado, promoviendo su
acceso a la cultura y el conocimiento de otros paí-
ses y el aprendizaje de otros idiomas como vehícu-
lo de acceso al empleo de las nuevas tecnologías,
la innovación y la ciencia.
Artículo 4°. Adiciónese el siguiente literal al ar-
tículo 8° de la Ley 115 de 1994 del Título I, Dispo-
siciones Preliminares, quedará así:
g) Promover y apoyar el uso de las Nuevas Tec-
nologías de la Información y las Comunicaciones
(NTIC) y la enseñanza complementaria de otros
idiomas (multilingüismo) en el servicio educativo
de acuerdo con las prioridades o necesidades es-
tablecidas por el Gobierno Nacional en sus planes
y políticas.
Artículo 5°. Adiciónese los siguientes literales
al artículo 13 de la Ley 115 de 1994 del Título II,
estructura del servicio educativo, Capítulo 1, edu-
cación formal, sección primera, disposiciones co-
munes, quedará así:
i) Formar en Competencias Ciudadanas, Bási-
cas, Laborales y Profesionales;
j) Formar en el uso de las NTIC como herra-
mienta del aprendizaje, y
k) Formar en el aprendizaje de otros idiomas.
Artículo 6°. Adiciónese los siguientes literales
al artículo 14 de la Ley 115 de 1994 del Título II,
estructura del servicio educativo, Capítulo 1, edu-
cación formal, sección primera, disposiciones co-
munes, quedará así:
f) La formación y capacitación en el uso de
las NTIC como herramientas del aprendizaje y
desarrollo de competencias laborales;
GACETA DEL CONGRESO 26 Lunes, 16 de febrero de 2015 Página 7
g) La enseñanza del Inglés como segunda len-
gua, por su importancia para el uso y acceso a
las nuevas tecnologías y la vinculación al entorno
global, y
h) La implantación de la Cátedra de la Paz de
acuerdo con la reglamentación que al respecto
realice el Congreso Nacional.
Artículo 7°. Adiciónese el siguiente parágrafo
al artículo 14 de la Ley 115 de 1994 del Título II,
estructura del servicio educativo, Capítulo 1, edu-
cación formal, sección primera, disposiciones co-
munes, quedará así:
Parágrafo 3°. Institucionalizar la Cátedra de
la Paz para todas las modalidades y niveles del
servicio educativo colombiano. Para ello acoger-
se a la reglamentación que de dicha ley realice el
Congreso de la República.
Artículo 8°. Adiciónese el siguiente literal al ar-
tículo 16 de la Ley 115 de 1994 del Título II, estruc-
tura del servicio educativo, Capítulo 1, educación
formal, sección segunda, educación preescolar,
quedará así:
k) El desarrollo de la creatividad y la adqui-
sición de habilidades y destrezas en los niños y
niñas, mediante su introducción en el uso y apro-
vechamiento de las NTIC, a través de Modelos
Transmedia de Educación Entretenida.
Artículo 9°. Adiciónese los siguientes literales
al artículo 20 de la Ley 115 de 1994 del Título II,
estructura del servicio educativo, Capítulo 1, edu-
cación formal, sección tercera, educación básica,
quedará así:
f) Propiciar el desarrollo de las habilidades
y destrezas que le permitan al alumno adquirir
competencias en el uso de las Nuevas Tecnolo-
gías de la Información y las Comunicaciones
(NTIC), mediante el uso en el proceso de apren-
dizaje, de aplicaciones interactivas relacionadas
con los contenidos curriculares de los programas
académicos.
g) Promover el acceso a la cultura y el conoci-
miento de otros países y el aprendizaje de otros
idiomas mediante el uso de las Nuevas Tecno-
logías de la Información y las Comunicaciones
(NTIC), y
h) Promover una cultura de paz basada en la
convivencia y el respecto a la diversidad, median-
te la institucionalización y promoción de la Cáte-
dra de la Paz.
Artículo 10. Adiciónese los siguientes literales
al artículo 21 de la Ley 115 de 1994 del Título II,
estructura del servicio educativo, Capítulo 1, edu-
cación formal, sección tercera, educación básica,
quedará así:
o) Sentar las bases del aprendizaje del inglés
como segundo idioma;
p) Dotar al alumno de las herramientas básicas
LQIRUPiWLFDV\ VX FDSDFLWDFLyQ R¿PiWLFD LQWHU-
net) que les permitan hacer una utilización fun-
cional del internet y el ciberespacio como herra-
mienta para el aprendizaje y de acceso a la cul-
tura y el conocimiento de un mundo globalizado.
Artículo 11. Adiciónese los siguientes literales
al artículo 22 de la Ley 115 de 1994 del Título II,
estructura del servicio educativo, Capítulo 1, edu-
cación formal, sección tercera, educación básica,
quedará así:
o) Dotar al estudiante de un nivel medio de co-
nocimiento (escrito, lector y parlante) del idioma
Inglés;
p) Dotar al estudiante de las competencias bá-
VLFDVODERUDOHV HQPDWHULDGH R¿PiWLFD\HPSOHR
del internet, con los instrumentos y capacitación
debida.
Artículo 12. Adiciónese el siguiente numeral
al artículo 23 de la Ley 115 de 1994 del Título II,
estructura del servicio educativo, Capítulo 1, edu-
cación formal, sección tercera, educación básica,
quedará así:
10. Emprendimiento, Economía y Finanzas.
Artículo 13. Adiciónese el siguiente texto al artí-
culo 29 de la Ley 115 de 1994 del Título II, estruc-
tura del servicio educativo, Capítulo 1, educación
formal, sección cuarta, educación media, quedará
así:
Artículo 29. Educación media académica La
educación media académica permitirá al estudiante,
según sus intereses y capacidades, profundizar en un
FDPSRHVSHFt¿FRGH ODVFLHQFLDV ODVDUWHVR ODVKX-
manidades y acceder a la educación superior. Deberá
aprovecharse los grados 10° y 11° para introducir
a los alumnos en programas de articulación de la
Media con Programas Técnicos Profesionales y
Tecnológicos que le brinden a los estudiantes la
posibilidad de un acceso más rápido al mercado
laboral.
Artículo 14. Adiciónese el siguiente literal al ar-
tículo 30 de la Ley 115 de 1994 del Título II, estruc-
tura del servicio educativo, Capítulo 1, educación
formal, sección cuarta, educación media, quedará
así:
i) Adquirir competencias informáticas, idio-
máticas y profesionales que le generen un mayor
nivel competitividad para su acceso al mercado
laboral.
Artículo 15. Adiciónese el siguiente literal al ar-
tículo 33 de la Ley 115 de 1994 del Título II, estruc-
tura del servicio educativo, Capítulo 1, educación
formal, sección cuarta, educación media, quedará
así:
d) Adquirir competencias profesionales en las
áreas de desempeño, informáticas, idiomáticas y
de gestión organizacional.
Artículo 16. Adiciónese el siguiente texto al artí-
culo 37 de la Ley 115 de 1994 del Título II, estruc-
tura del servicio educativo, Capítulo 2, educación
no formal, quedará así:
Artículo 37. Finalidad. La educación no formal
VHULJHSRUORVSULQFLSLRV\¿QHVJHQHUDOHVGHODHGX-
cación establecidos en la presente ley. Promueve el
perfeccionamiento de la persona humana, el conoci-
PLHQWR\ODUHD¿UPDFLyQGHORVYDORUHVQDFLRQDOHVOD
FDSDFLWDFLyQSDUD HOGHVHPSHxR DUWHVDQDODUWtVWLFR
recreacional, ocupacional y técnico, la protección y
aprovechamiento de los recursos naturales y la par-
ticipación ciudadana y comunitaria. Además pro-
mueve el desarrollo de competencias laborales en
el uso y aplicación de las Nuevas Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones (NTIC).
Página 8 Lunes, 16 de febrero de 2015 GACETA DEL CONGRESO 26
Artículo 17. Adiciónese el siguiente texto al artí-
culo 38 de la Ley 115 de 1994 del Título II, estruc-
tura del servicio educativo, Capítulo 2, educación
no formal, quedará así:
Artículo 38. Oferta de la educación no for-
mal. En las instituciones de educación no formal
se podrán ofrecer programas de formación laboral
HQDUWHV\R¿FLRVde informática y en general de
uso y aplicación de las Nuevas Tecnologías de
la Información y las Comunicaciones (NTIC),
de formación académica y en materias conducen-
tes a la validación de niveles y grados propios de
ODHGXFDFLyQ IRUPDOGH¿QLGRVHQ ODSUHVHQWHOH\
Para la validación de niveles y grados de la edu-
cación formal, el Gobierno Nacional expedirá la
reglamentación respectiva.
Artículo 18. Adiciónese el siguiente texto al inci-
so primero del artículo 45 de la Ley 115 de 1994 del
Título II, estructura del servicio educativo, Capítu-
lo 2, educación no formal, quedará así:
Artículo 45. Sistema Nacional de Educación
Masiva. Créase el Sistema Nacional de Educación
0DVLYDFRQ HO¿Q GHVDWLVIDFHU ODGHPDQGD GHHGX-
cación continuada, de validación para la educación
formal y de difusión artística y cultural y de pro-
moción y formación en el manejo de las Nuevas
Tecnologías de la Información y las Comunicacio-
nes (NTIC). El programa se ejecutará con el uso de
medios electrónicos de comunicación o transmisión
de datos, tales como la radiodifusión, la televisión,
la telemática o cualquier otro que utilice el espec-
tro electromagnético. El sistema incluye las acciones
directas o indirectas cumplidas por medio de contra-
WRVRFRQYHQLRVFRQGXFHQWHV DOGLVHxRSURGXFFLyQ
emisión y recepción de programas educativos, así
como las demás complementarias y conexas nece-
VDULDVSDUD HOEXHQ FXPSOLPLHQWRGH ORV¿QHV GHOD
educación.
Artículo 19. Adiciónese el siguiente texto al in-
ciso segundo del artículo 48 de la Ley 115 de 1994
del Título III, modalidades de atención educativa a
poblaciones, Capítulo 1, educación para personas
con limitaciones o capacidades excepcionales, que-
dará así:
Artículo 48. Aulas especializadas. Los Gobier-
nos Nacional, y de las entidades territoriales incor-
porarán en sus planes de desarrollo, programas de
apoyo pedagógico que permitan cubrir la atención
educativa a las personas con limitaciones.
El Gobierno Nacional dará ayuda especial a las
entidades territoriales para establecer aulas interac-
tivas de apoyo especializadas en los establecimien-
tos educativos estatales de su jurisdicción que sean
QHFHVDULRVSDUD HODGHFXDGRFXEULPLHQWR FRQHO ¿Q
de atender, en forma integral, a las personas con li-
mitaciones.
Artículo 20. Adiciónese el siguiente literal al
artículo 51 de la Ley 115 de 1994 del Título III,
modalidades de atención educativa a poblaciones,
Capítulo 2, educación para adultos, quedará así:
e) Promover la formación en informática y el
uso de las Nuevas Tecnologías de la Información
y las Comunicaciones (NTIC).
Artículo 21. Adiciónese el siguiente texto al in-
ciso primero del artículo 53 de la Ley 115 de 1994
del Título III, modalidades de atención educativa
a poblaciones, Capítulo 2, educación para adultos,
quedará así:
Artículo 53. Programas semipresenciales para
adultos. Los establecimientos educativos de acuer-
do con su Proyecto Educativo Institucional, podrán
ofrecer programas semipresenciales y virtuales de
educación formal o de educación no formal de ca-
rácter especial, en jornada nocturna, dirigidos a per-
sonas adultas, con propósitos laborales. El Gobierno
Nacional reglamentará tales programas.
Artículo 22. Adiciónese el siguiente texto al in-
ciso primero del artículo 56 de la Ley 115 de 1994
del Título III, modalidades de atención educativa
a poblaciones, Capítulo 3, educación para grupos
étnicos, quedará así:
Artículo 56. 3ULQFLSLRV\ ¿QHV La educación
en los grupos étnicos estará orientada por los prin-
FLSLRV\ ¿QHV JHQHUDOHV GH OD HGXFDFLyQ HVWDEOH-
cidos en la integralidad, interculturalidad, diver-
VLGDG OLQJtVWLFD SDUWLFLSDFLyQ FRPXQLWDULD ÀH-
[LELOLGDG\ SURJUHVLYLGDG7HQGUi FRPR¿QDOLGDG
D¿DQ]DUORVSURFHVRV GHLGHQWLGDG FRQRFLPLHQWR
socialización, protección y uso adecuado de la
naturaleza, sistemas y prácticas comunitarias de
organización, uso de las lenguas vernáculas, for-
mación docente e investigación en todos los ám-
bitos de la cultura. 3DUDHOORJURGHHVWRV¿QHVVH
enfatizará en la formación de los docentes indí-
genas en informática y en el uso y aplicación de
las Nuevas Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones (NTIC).
Artículo 23. Adiciónese el siguiente texto al in-
ciso primero del artículo 57 de la Ley 115 de 1994
del Título III, modalidades de atención educativa a
poblaciones, Capítulo 3, educación para grupo ét-
nicos, quedará así:
Artículo 57. Lengua materna. En sus respecti-
YRV WHUULWRULRV OD HQVHxDQ]D GH ORV JUXSRV pWQLFRV
con tradición lingüística propia, será bilingüe, to-
mando como fundamento escolar la lengua materna
del respectivo grupo, sin detrimento de lo dispuesto
en el literal c) del artículo 21 de la presente ley. Para
ello se utilizarán las herramientas transmedia en
la producción y difusión de materiales audiovi-
suales de Educación Entretenida entre las comu-
nidades étnicas.
Artículo 24. Adiciónese el siguiente texto al in-
ciso primero del artículo 58 de la Ley 115 de 1994
del Título III, modalidades de atención educativa
a poblaciones, Capítulo 3, educación para grupos
étnicos, quedará así:
Artículo 58. Formación de educadores para
grupos étnicos. El Estado promoverá y fomentará la
formación de educadores en el dominio de las cul-
turas y lenguas de los grupos étnicos, así como pro-
gramas sociales de difusión de las mismas y en su
formación informática y en el empleo y aplicación
de las Nuevas Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones (NTIC).
Artículo 25. Adiciónese el siguiente texto al in-
ciso primero del artículo 59 de la Ley 115 de 1994
del Título III, modalidades de atención educativa
a poblaciones, Capítulo 3, educación para grupos
étnicos, quedará así:
Artículo 59. Asesorías especializadas. El Go-
bierno Nacional a través del Ministerio de Educa-
GACETA DEL CONGRESO 26 Lunes, 16 de febrero de 2015 Página 9
ción Nacional y en concertación con los grupos ét-
nicos prestará asesoría especializada en el desarrollo
curricular, en la elaboración de textos y materiales
educativos y en la ejecución de programas de inves-
tigación y capacitación etnolingüística, así como en
el empleo de las Nuevas Tecnologías de la Infor-
mación y las Comunicaciones (NTIC).
Artículo 26. Adiciónese el siguiente texto al in-
ciso segundo del artículo 64 de la Ley 115 de 1994
del Título III, modalidades de atención educativa
a poblaciones, Capítulo 4, educación campesina y
rural, quedará así:
Artículo 64. Fomento de la educación campe-
sina&RQHO¿QGH KDFHUHIHFWLYRVORVSURSyVLWRVGH
ORVDUWtFXORV \ GH OD&RQVWLWXFLyQ 3ROtWLFDHO
Gobierno Nacional y las entidades territoriales pro-
moverán un servicio de educación campesina y rural,
formal, no formal, e informal, con sujeción a los pla-
nes de desarrollo respectivos.
Este servicio comprenderá especialmente la for-
mación técnica en actividades agrícolas, pecuarias,
pesqueras, forestales y agroindustriales que contri-
buyan a mejorar las condiciones humanas, de trabajo
y la calidad de vida de los campesinos y a incremen-
tar la producción de alimentos en el país. Igualmen-
te en el aprendizaje de la informática y la aplica-
ción de las Nuevas Tecnologías de la Información
y las Comunicaciones (NTIC) a los procesos de
producción, gestión y comercialización.
Artículo 27. Adiciónese el siguiente texto al in-
ciso primero del artículo 69 de la Ley 115 de 1994
del Título III, modalidades de atención educativa a
poblaciones, Capítulo 5, educación para la rehabi-
litación social, quedará así:
Artículo 69. Procesos pedagógicos. La educa-
ción para la rehabilitación social es parte integran-
te del servicio educativo; comprende la educación
formal, no formal e informal y requiere métodos di-
dácticos, contenidos y procesos pedagógicos acor-
des con la situación de los educandos. Para ello se
promoverá la capacitación en el uso de las Nue-
vas Tecnologías de la Información y las Comuni-
caciones (NTIC) en los procesos de aprendizaje
de formación para el trabajo del personal a re-
habilitar.
Artículo 28. Adiciónese los siguientes textos a
los incisos primero y segundo del artículo 92 de la
Ley 115 de 1994 del Título V, de los educandos, Ca-
pítulo 1, formación y capacitación, quedará así:
Artículo 92. Formación del educando. La edu-
cación debe favorecer el pleno desarrollo de la per-
sonalidad del educando, dar acceso a la cultura, al
ORJURGHOFRQRFLPLHQWRFLHQWt¿FR\WpFQLFRa adqui-
rir conocimientos y desarrollar habilidades en la
aplicación de las Nuevas Tecnologías de la Infor-
mación y las Comunicaciones (NTIC) y a la for-
mación de valores éticos, estéticos, morales, ciuda-
danos y religiosos, que le faciliten la realización de
una actividad útil para el desarrollo socioeconómico
del país.
Los establecimientos educativos incorporarán en
el Proyecto Educativo Institucional acciones peda-
gógicas para favorecer el desarrollo equilibrado y
armónico de las habilidades de los educandos, en
especial las capacidades para la toma de decisiones,
la adquisición de criterios, el trabajo en equipo, la
DGPLQLVWUDFLyQH¿FLHQWH GHO WLHPSROD DVXQFLyQGH
UHVSRQVDELOLGDGHV OD VROXFLyQ GH FRQÀLFWRV \ SUR-
blemas y las habilidades para la comunicación, la
negociación y la participación. Además el adquirir
competencias informáticas y destrezas en el em-
pleo de las Nuevas Tecnologías de la Información
y las Comunicaciones (NTIC).
Artículo 29. Adiciónese el siguiente literal al ar-
tículo 104 de la Ley 115 de 1994 del Título VI, de
los educadores, capítulo 1, generalidades, quedará
así:
e) Recibirá capacitación que le permita adqui-
rir competencias informáticas en el uso y aplica-
ción de las Nuevas Tecnologías de la Información
y las Comunicaciones (NTIC).
Artículo 30. Adiciónese el siguiente literal al ar-
tículo 109 de la Ley 115 de 1994 del Título VI, de
los educadores, Capítulo 2, formación de educado-
res, quedará así:
e) Preparar educadores con competencias en el
manejo y aplicación de las Nuevas Tecnologías de
la Información y las Comunicaciones (NTIC) en
los procesos de aprendizaje de los alumnos.
Artículo 31. Adiciónese el siguiente texto al inci-
so tercero del artículo 111 de la Ley 115 de 1994 del
Título VI, de los educadores, Capítulo 2, formación
de educadores, quedará así:
Artículo 111. Profesionalización. La formación
de los educadores estará dirigida a su profesionali-
zación, actualización, especialización y perfecciona-
miento hasta los más altos niveles de posgrado. Los
títulos obtenidos y los programas de perfecciona-
miento que se adelanten dentro del marco de la ley,
son válidos como requisitos para la incorporación y
ascenso en el Escalafón Nacional Docente, conforme
con lo establecido en la presente ley.
Los programas para ascenso en el escalafón do-
cente deberán ser ofrecidos por una institución de
educación superior o, al menos, bajo su tutoría. Es-
tos programas tendrán que estar relacionados con las
áreas de formación de los docentes o ser de comple-
mentación para su formación pedagógica.
En cada departamento y distrito se creará un co-
mité de capacitación de docentes bajo la dirección de
la respectiva secretaría de educación al cual se incor-
porarán representantes de las universidades, de las
facultades de educación, de los centros experimen-
tales piloto, de las escuelas normales y de los cen-
tros especializados en educación y de los centros de
investigación, desarrollo e implementación de las
nuevas tecnologías. Este comité tendrá a su cargo
la organización de la actualización, especialización e
investigación en áreas de conocimiento, de la forma-
FLyQSHGDJyJLFD\ GHSUR\HFWRV HVSHFt¿FRVSDUDOR
cual el respectivo departamento o distrito, arbitrará
ORVUHFXUVRVQHFHVDULRV SURYHQLHQWHVGHOVLWXDGR¿V-
cal, las transferencias y de los recursos propios, de
conformidad con la Ley 60 de 1993.
Artículo 32. Vigencia. Esta ley rige a partir de su
promulgación y deroga todas las normas que le sean
contrarias.
Página 10 Lunes, 16 de febrero de 2015 GACETA DEL CONGRESO 26
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Introducción
En el mundo de hoy, en las sociedades más avan-
zadas, se le dedica mayor importancia a la educación
GHORVQLxRV\ORVMyYHQHVFRQODFHUWLGXPEUHGHTXH
ella ofrecerá como resultado la satisfacción y pros-
peridad, tanto de las personas como de la sociedad
en general.
La importancia de la educación radica en que es
el recurso más apropiado en el proceso de construc-
ción de la personalidad, en el máximo desarrollo de
sus capacidades, la adquisición de competencias, en
la estructuración de su propia identidad personal y
en establecer su propia percepción de la realidad en
un entorno mundializado, incorporando para ello las
dimensiones cognoscitiva, afectiva y axiológica.
En el Informe de la ONU-UNESCO “Objetivos
del desarrollo del milenio: una mirada desde Amé-
ULFD/DWLQD \HO&DULEH´ VH GHVWDFDTXH ³/D
educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la
personalidad humana y el fortalecimiento del respeto
a los derechos humanos y a las libertades funda-
mentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y
la amistad entre todas las naciones y todos los grupos
pWQLFRV\UHOLJLRVRV´6XEUD\DGRQXHVWUR(VGHFLU
construir el camino para la paz y la armonía de la
sociedad.
En todas las sociedades, la educación ha sido el
vehículo más apropiado de difusión, y de igual ma-
nera, de renovación de la cultura y de enriquecimien-
to del acervo de conocimientos y valores que la so-
portan.
3HUPLWHDGHPiVEHQH¿FLDUVHGHODVPi[LPDVSR-
tencialidades de sus fuentes de recursos, de promo-
ver el respeto por las diferencias individuales que
garanticen la convivencia democrática, de fomentar
la fraternidad y la colaboración, que impidan cual-
quier forma de discriminación, y de ser propulsora
del desarrollo económico, social y ambiental y de
la inclusión social; todo lo anterior con el propósi-
to primordial de alcanzar una sociedad más justa,
cohesionada y productiva. La historia, además ha
demostrado, que la educación es el medio más ade-
cuado para garantizar el ejercicio de la ciudadanía
democrática, de manera responsable, libre y crítica,
lo cual es indispensable para la constitución de so-
ciedades evolucionadas, emprendedoras, dinámicas
e incluyentes.
Por las razones anteriores, una educación, perti-
nente y de calidad es el mayor patrimonio y el recur-
so fundamental del que puede disponer una nación
y sus habitantes, en el propósito de alcanzar una so-
ciedad de avanzada, con oportunidades de desarrollo
para todos los grupos sociales, equitativa e incluyen-
te, con justicia social y en paz.
La preocupación, del gobierno y los partidos po-
líticos, por brindar una educación capaz de dar res-
puesta a los requerimientos del desarrollo nacional,
a las demandas de ciudadanos y grupos sociales, y a
las nuevas exigencias del cambiante entorno interna-
cional, no es reciente. Tanto aquel como nosotros, de
manera progresiva hemos comprendido la importan-
cia y valor que la educación tiene si queremos un país
próspero, y por ello hoy estamos depositando históri-
camente en la educación las esperanzas de progreso
y de desarrollo de todos los ciudadanos. Por ello el
concepto de la educación como un instrumento de
mejora de la condición humana, de la calidad de vida
y de la competitividad, se ha tornado en una constan-
te de la sociedad moderna, aunque alcanzar esta aspi-
ración histórica y convertirla en realidad, implica un
gran compromiso del Estado y de todos los grupos
económicos, sociales y étnicos.
/D D¿UPDFLyQ DFWXDO GH TXH ODV 1XHYDV7HFQR-
logías (TIC) son necesarias para el desarrollo y el
progreso de los países, se ha convertido en un argu-
mento político y social recurrente en los diferentes
HVFHQDULRV (V VX¿FLHQWH FRQ OHHU HQ ORV GLIHUHQWHV
documentos de la Unesco, la Unión Europea, la
OECD, la CEPAL, y para el caso nuestro, Planeación
Nacional y el MINTIC, para evidenciar la omnipre-
sencia de las TIC en el mundo de hoy.
Pero cuando analizamos los informes y docu-
mentos de la sociedad y en particular de la comuni-
dad educativa presentados en debates y congresos,
encontramos que esas opiniones generales sobre la
importancia de las TIC, aún no se discuten y no se
ha traducido en acciones y proyectos concretos, de
difusión y apoyo a las iniciativas gubernamentales
en este sentido.
La propuesta del Plan Nacional de Desarrollo
³7RGRV SRUXQ QXHYRSDtV´ WLHQH FRPR
propósito la construcción de una Colombia en paz,
equitativa y educada. “La paz, la equidad y la educa-
ción conforman un circulo virtuoso. Una sociedad en
paz puede invertir recursos en mejorar la cobertura y
ODFDOLGDGGHOVLVWHPDHGXFDWLYR´'HHVWD PDQHUDOD
educación será uno de los tres pilares “fundamenta-
OHVHQOD FRQVROLGDFLyQGHORV~OWLPRV FXDWURDxRV\
HQODYLVLyQGHORVSUy[LPRVFXDWURDxRVHQSURGHXQ
QXHYRSDtV´
1. Evolución de los sistemas educativos
El naciente interés histórico por la educación en
el Renacimiento se ve reforzado con la aparición en
el capitalismo embrionario de los sistemas educati-
vos, como estructuras orientadas a la formación de
los ciudadanos y pensadas como instrumento fun-
damental para la construcción de los Estados nacio-
nales y la implantación del sistema de producción
capitalista. Desde ese entonces, todos los países han
prestado bajo diferentes enfoques una atención cre-
ciente a sus sistemas de educación y formación, con
el objetivo de irlos acomodando a las circunstancias
cambiantes del entorno, interno e internacional, y a
las posibilidades y expectativas que en cada coyun-
tura histórica de su evolución, depositan en ellos el
sector productivo y la sociedad. De esta manera la
evolución de los sistemas educativos ha sido perma-
nente y enriquecedora, hasta llegar a caracterizarse
en el momento actual por unas características radi-
calmente diferentes de las que tenían en los albores
de su concepción.
Las nuevas relaciones al interior de los procesos
educativos y de aprendizaje, las nuevas metodolo-
JtDVGH HQVHxDQ]DDSUHQGL]DMHHO XVRGH HTXLSRV \
procesos electrónicos, las nuevas tecnologías de la
información y comunicaciones (TIC), las nuevas
modalidades de educación virtual y a distancia, los
nuevos formatos de producción de materiales, el pa-
pel de la investigación y su aplicación a los proce-
sos productivos y sociales, la internacionalización
de la educación, las relaciones de las instituciones
educativas con las empresas y el Estado, y su reco-
GACETA DEL CONGRESO 26 Lunes, 16 de febrero de 2015 Página 11
nocimiento actual como motor del desarrollo, fueron
seguramente en el pasado características impensadas
de la educación.
Los sistemas educativos, en su evolución, han tra-
segado por las diferentes fases del desarrollo econó-
mico y social, debiendo en cada una dar respuesta,
bien o mal, a unos retos prioritarios. En la segunda
mitad del siglo XX estuvieron abocados a enfrentar
la exigencia política de hacer efectivo el derecho
fundamental de todos los ciudadanos al acceso a la
HGXFDFLyQ/DXQLYHUVDOL]DFLyQ GHODHQVHxDQ]D SUL-
maria, que ya se había alcanzado en algunos países
DYDQ]DGRV D ¿QDOHV GHO VLJOR ;,; VH LUtD FRPSOH-
tando a lo largo del siglo XX, adicionando además
el acceso generalizado a la etapa secundaria, que
se convierte también en componente integrante de
la educación básica de los ciudadanos. Los Estados
asumen como objetivo prioritario hacer efectiva una
escolarización más prolongada de sus ciudadanos y
FRQXQDVPHWDVPiVDPELFLRVDVSDUDODQLxH]\ODMX-
ventud de ambos sexos mediante los programas pro-
fesionales y de posgrado, y educación para toda la
vida útil de los ciudadanos a través de los programas
GHHGXFDFLyQFRQWLQXD\ODVFHUWL¿FDFLRQHVODERUDOHV
en tecnologías.
En las postrimerías del siglo XX, en pleno auge
de la globalización, el desafío consistió en conseguir
que esa educación ampliamente generalizada fuese
ofrecida en unas condiciones de alta calidad y per-
tinencia, además con la pretensión de que los bene-
¿FLRVGHXQDHGXFDFLyQFRQHVWDVFDUDFWHUtVWLFDVHV-
tuviesen al alcance de todos los ciudadanos. En no-
viembre de 1990 se reunieron en París los Ministros
de Educación de los países de la Organización para
la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE),
con el “objeto de abordar cómo podía hacerse efec-
tiva una educación y una formación de calidad para
todos los ciudadanos. El desafío era cada vez más
apremiante y los responsables educativos de los paí-
ses con mayor nivel de desarrollo se comprometie-
URQEULQGDUXQDUHVSXHVWDVDWLVIDFWRULDDHVWHUHWR´
(QVHSWLHPEUHGHOFDWRUFHDxRV GHVSXpVGH
la reunión de la OCDE, los más de sesenta ministros
de educación reunidos en Ginebra, con ocasión de la
&RQIHUHQFLD ,QWHUQDFLRQDO GH (GXFDFLyQ FRQYR-
cada por la Unesco, planteaban la misma inquietud,
FRORFDQGRDVt GHPDQL¿HVWR ODYLJHQFLD GHOGHVDItR
planteado en la década precedente por los Ministros
de Educación de los países más desarrollados del
mundo. “Si en 1990 eran los responsables de los paí-
ses más desarrollados quienes llamaban la atención
acerca de la necesidad de combinar calidad con equi-
GDGHQ OD RIHUWDHGXFDWLYD HQ HUDQ ORV GHXQ
número mucho más amplio de Estados, de caracte-
rísticas y niveles de desarrollo muy diversos, quienes
VHSODQWHDEDQODPLVPDFXHVWLyQ´
Conseguir que todos los ciudadanos de un país
puedan recibir una educación y una formación per-
tinente y de calidad, sin que ese bien quede limitado
solo al alcance de algunas personas o grupos sociales,
es avanzar por el camino de la inclusión y la equidad,
y resultaría estimulante en el momento actual cuan-
do estamos frente a la posibilidad real del cese del
FRQÀLFWRDUPDGR \GHO LQLFLRGH ODFRQVWUXFFLyQ GH
una nueva Colombia. Naciones de diversas latitudes,
con diferente nivel de desarrollo, con sistemas polí-
ticos de distinta orientación, vienen trabajando por
este objetivo. Colombia no puede en modo alguno
constituir una excepción a este propósito.
En Colombia la Ley General de Educación (Ley
GH  LQWURGXMR LPSRUWDQWHV FDPELRV HQ OD
educación del país, entre los que pueden mencio-
narse: la ampliación de la educación básica obliga-
WRULDGH DDxRVOD LQFRUSRUDFLyQGH JUDGRVGH
educación preescolar, la creación de mecanismos de
participación municipal, departamental y nacional, y
la importancia que le asignó a la autonomía de las
instituciones escolares.
El énfasis puesto por la Constituyente en garan-
tizar los derechos de los ciudadanos, hizo necesa-
ULRWRPDUFRQFLHQFLD GHTXHWRGRV ORVQLxRV\QLxDV
debían tener un espacio donde educarse, desarrollar
sus potencialidades y obtener apoyo para enfrentar
ODVGL¿FXOWDGHVSURSLDVGHOHQWRUQR(VWR GLROXJDUD
una nueva orientación de todo el sistema, haciéndolo
más inclusivo y respetuoso de las diferencias y más
adaptable a la diversidad étnica y cultural del país.
No hay lugar a dudas sobre las bondades de la
/H\GHD ODTXHVHGHEHQ ORVJUDQGHVSUR-
gresos de nuestra educación en las últimas décadas:
avances en la cobertura, cambio en la forma de con-
cebir el derecho a la educación, introducción de los
conceptos de gestión y calidad, avances en la edu-
cación para el trabajo y el desarrollo humano, en la
WpFQLFDSURIHVLRQDO\WHFQROyJLFDFXDOL¿FDFLyQGHOD
educación superior, etc.
Todo lo anterior fue importante pero esto no bas-
ta para competir en un mundo globalizado donde se
requiere de mayores conocimientos para acceder a
la ciencia, la tecnología y la cultura universal, y más
aún, una educación que conduzca a la convivencia
SDFt¿FDHO UHVSHWRD ODGLYHUVLGDGOD GHIHQVDGH OD
civilidad, la legalidad y la solidaridad y que nos lleve
por la senda de la construcción de nuevos modelos
de organización social soportados en la inclusión so-
cial, la equidad y la justicia.
GH \ OD /H\ GH (GXFDFLyQ 6XSHULRU /H\ 
de 1992), no constituyen el marco normativo que la
educación requiere, para responder a las necesidades
del desarrollo del país, en materia de formación de
los ciudadanos y exigencias del sector productivo,
para que el país alcance la modernización que preten-
de y el grado de competitividad que la globalización
exige. Estas dos leyes ya presentan un alto grado de
obsolescencia y vetustez y plantean al Congreso Na-
cional el reto de transmutarlas en dos instrumentos
de progreso e innovación.
Por estos días la prensa nacional ha difundido de
manera amplia un nuevo episodio de la crisis repe-
titiva de la educación superior colombiana, una de
las tantas universidades que periódicamente ocupa
las páginas de la prensa nacional por los problemas
de gestión inadecuada, una veces presupuestal o de
calidad de los programas, y otras la conjunción de
ambas, sin que el Ministerio de Educación atine a
afrontar el meollo de esta problemática.
Si queremos tener una educación pertinente y de
calidad, que sea motor del desarrollo nacional, de-
bemos fortalecer la educación superior estatal y re-
glamentar la educación privada de acuerdo con las
características modernas de organización, gestión y
Página 12 Lunes, 16 de febrero de 2015 GACETA DEL CONGRESO 26
responsabilidad social de la empresa privada mo-
derna en el mundo actual. Formas de organización
GHQRPLQDGDV VLQ ³iQLPR GH OXFUR´ IXQGDFLRQHV
corporaciones, cooperativas) que en su momento
quizás fueron las adecuadas para impulsar el desa-
rrollo de la educación privada y que correspondían
a un momento histórico pasado, hoy son claramen-
te inconvenientes y criticables pues no cumplen la
función social para la cual fueron autorizadas por
el legislador y que se han convertido en fuente de
corrupción, manejos inadecuados de lo académico y
presupuestal y mecanismo de enriquecimiento de fa-
milias y grupos. Además de la generación de un gran
desorden en el mercado de la oferta de Educación
Superior, estas formas de organización “sin ánimo
GHOXFUR´KDFRQGXFLGRDODFODVL¿FDFLyQLQIRUPDOGH
las Universidades en buenas y malas, o reconocidas
y las de garaje, situación de la oferta que crea confu-
VLyQ\HQJDxRHQWUHORVFLXGDGDQRV
Es el momento de que el Congreso inicie el deba-
te de fondo sobre el carácter de las Instituciones de
Educación Superior en el país. Debemos atrevernos
a reconocer que la educación privada en Colombia
no es una actividad sin ánimo de lucro, hay que qui-
tarle esa falsa careta a la educación privada, y ajus-
tarlas a la normatividad como actividad rentable que
es, como cualquiera de las demás actividades pro-
ductivas y que por tanto debe tratárseles legalmente
como entidades con ánimo de lucro. Mi propuesta
para el debate es:
• Instituciones de Educación Superior Públicas,
con gratuidad de matrículas para los estratos 1, 2 y
3. Cobro de matrículas diferencial y progresivo para
ORVHVWUDWRV   \  6X IXHQWH GH LQJUHVRV VHUi HO
presupuesto público y los impuestos que paguen las
instituciones privadas.
• Instituciones de Educación Superior Privadas,
transformadas a las formas societarias que el régi-
men comercial, societario y tributario del país tiene
establecido. Su fuente de ingresos será su actividad
misional y comercial.
3. Misión de Ciencia, Educación y Desarrollo
El informe de la Misión de Ciencia, Educación y
'HVDUUROOR³&RORPELD $O ¿OR GH OD RSRUWXQLGDG´
HV \VHUi SRUPXFKR WLHPSRXQ UHIHUHQWHVR-
EUHHO ³GHEHUVHU´GH ODHGXFDFLyQ HQHO SDtVFRQV-
WLWX\H XQD ULFD \ YDOLRVD UHÀH[LyQ VREUH ORV WHPDV
esenciales de nuestro desarrollo, realizada por un se-
lecto grupo de colombianos denominado la Misión
de los Sabios, donde se plantearon interrogantes y
retos acerca de la educación, la ciencia, la tecnología
y sus incidencias en el desarrollo, entre otros men-
cionamos:
• “La educación es el eje fundamental para la
construcción de una sociedad cohesionada sobre la
base de una ética que promueva la tolerancia, la so-
lidaridad, la participación democrática, la equidad y
la creatividad.
• La esencia de la educación debe ser el apren-
GL]DMH\QROD HQVHxDQ]D\HOHVWXGLDQWH GHEHVHUHO
centro de las actividades de las instituciones educa-
tivas.
• Recomiendan la creación de un Consejo Nacio-
nal de Competitividad como ente asesor de la Presi-
dencia para el mejoramiento de la calidad, la produc-
tividad y la competitividad del país y sus regiones.
• Impulsar la integración de la ciencia y la tecno-
logía en las diferentes actividades de la vida nacional
FRQODFUHDFLyQGHJUXSRVGHLQYHVWLJDFLyQFLHQWt¿FD
y tecnológica en áreas estratégicas del desarrollo del
país, el fortalecimiento de las redes de innovación,
el estímulo a los vínculos entre el sector productivo
las universidades y los centros tecnológicos, y el de-
sarrollo de programas interinstitucionales que con-
duzcan a una mayor integración de la Ciencia y la
7HFQRORJtDDODVRFLHGDG\ODFXOWXUDGHOSDtV´
Algunos de los interrogantes que guiaron el
trabajo de la Misión de los Sabios
“¿Cómo modernizar la educación, acelerar el
DYDQFH FLHQWt¿FR \ WHFQROyJLFR FRQVROLGDU OD FD-
pacidad para el crecimiento económico, elementos
cruciales para optimizar un proceso de desarrollo?
¿Cómo impulsar sosteniblemente la ciencia, la edu-
cación y el desarrollo en forma tal que se aseguren
el bienestar y el progreso democrático de todos los
colombianos?
El avance de la ciencia, la tecnología y la educa-
ción supone un nuevo ethos cultural, que se oriente
a superar pobreza, violencia, injusticia, intolerancia
y discriminación, problemas en donde se encuentra
la raíz del atraso socioeconómico, político y cultural
de Colombia...
La globalización determina nuevas formas de in-
terdependencia y jerarquías en los sistemas econó-
micos y de la información y el conocimiento mun-
diales… Estas condiciones han gestado una nueva
visión del mundo en la que los avances de la ciencia
y la tecnología, así como los sistemas de educación
y de organización innovativos juegan el rol funda-
mental...
Lo anterior requiere una reestructuración y revo-
lución de la educación, que genere el nuevo ethos
cultural, que potencie al máximo las capacidades in-
telectuales y organizativas de los colombianos. Una
manera innovativa de entender y actuar –no el sim-
ple saber y hacer– debe permitir que se adquieran
nuevas habilidades humanas, basadas en el desarro-
OORGH P~OWLSOHVVDEHUHV \WDOHQWRVWDQWR FLHQWt¿FRV
como artísticos y literarios, y debe servir para gestar
nuevas formas de organización productiva ...
Para ello es necesario que Colombia se trans-
forme en un país económica y culturalmente más
competitivo y justo, y esto implica incrementar sus
niveles de ciencia y tecnología, transformar sus sis-
temas jurídico, político y económico, pero ante todo
UHHGXFDUDVXJHQWH´
5. La Declaración de Bolonia (1999)
La Declaración de Bolonia, acuerdo no vincu-
ODQWH ¿UPDGR SRU ORV 0LQLVWURV GH (GXFDFLyQ GH
los distintos países europeos, condujo a la creación
GHO³(VSDFLR (XURSHRGH OD (GXFDFLyQ6XSHULRU´ \
dio inicio a un proceso de convergencia que tiene
como objetivo facilitar el intercambio de titulados y
adaptar el contenido de los estudios superiores a las
demandas sociales mejorando su calidad y competi-
tividad a través de un aprendizaje por competencias.
Según la Declaración “la Europa del conoci-
miento está ampliamente reconocida como un factor
irremplazable para el crecimiento social y humano
y es un componente indispensable para consolidar
y enriquecer a la ciudadanía Europea, capaz de dar
a sus ciudadanos las competencias necesarias para
GACETA DEL CONGRESO 26 Lunes, 16 de febrero de 2015 Página 13
afrontar los retos del nuevo milenio, junto con una
conciencia de compartición de valores y pertenencia
DXQHVSDFLRVRFLDO\FXOWXUDOFRP~Q´
La Declaración de Bolonia se ha convertido en la
guía para la transformación de la educación superior
en el mundo.
6. El reto del país el siglo XXI: Ciencia, Educa-
ción y Desarrollo
“Es claro que si Colombia se propone ser socio
del sistema mundial, en el Hemisferio Occidental
y en América Latina y el Caribe, enfrenta un reto
inmediato ... Colombia requiere un nuevo sistema
HGXFDWLYR TXH IRPHQWH KDELOLGDGHV FLHQWt¿FDV \
tecnológicas, así como culturales y socioeconómi-
cas. Ello permitiría una reestructuración concep-
tual y organizativa, una reorientación del imagi-
nario colectivo y la generación de nuevos valores,
comportamientos, aptitudes cognitivas y prácticas
organizacionales adaptadas al mundo moderno. El
siguiente siglo (XXI) va a estar determinado en
gran medida por los avances de la ciencia y la tec-
nología y por su difusión y utilización. Las cultu-
ras, diferenciadas por sus sistemas particulares de
socialización, sentido de identidad y articulación
en el sistema internacional, reconocerán y utili-
]DUiQORV EHQH¿FLRVGH ODFLHQFLD \OD WHFQRORJtD
\GHSHQGHUiQGH HOORVGHPDQHUD GLIHUHQWH´3ODQ
1DFLRQDOGH'HVDUUROOR
El Presidente Santos ha propuesto mirar hacia el
IXWXURDxRIHFKDTXHSURSRQHFRPRKRUL]RQWH
para que Colombia sea el país más educado de Amé-
ULFD/DWLQD(VWRVLJQL¿FDUHFRQRFHUORVORJURVDOFDQ-
]DGRVORV~OWLPRVDxRV\ WHQHUXQDPLUDGDFUtWLFD
que permita avanzar hacia reformas más sustanciales
del sistema educativo que permitan avanzar hacia
una verdadera integración de la ciencia, la tecnolo-
gía, la industria, las instituciones de educación y la
FXOWXUDHQEHQH¿FLRGHOGHVDUUROORFRPRORSURSXVR
la Misión de Sabios.
/D/H\*HQHUDOGH (GXFDFLyQGHVXSXVR HO
inicio de la superación del gran retraso histórico que
aquejaba al sistema educativo colombiano y propor-
cionó un nuevo y decidido impulso a ese proceso de
modernización educativa, pero la consecución total
de ese objetivo tiene aún mucho camino por recorrer.
(VWHGHMXOLRGH VHKDUHXQLGRHQ 5tRGH
Janeiro el Tercer Encuentro Internacional de Recto-
res, donde 1.103 rectores provenientes de las institu-
ciones de educación superior de 33 países que están
en la red Universia creada por el Banco Santander,
dialogaron sobre la importancia de las becas, la alfa-
betización digital y el aumento del presupuesto por
parte de los diferentes Estados. Boletín Universia,
DJRVWRGH
Emilio Botín, el Presidente de Universia, en su
intervención de instalación del evento ha destacado
que “aquellas sociedades que sean capaces de desa-
rrollarse conjuntamente con este cambio de época
que cuenta con el viento favorable de la revolución
WHFQROyJLFRGLJLWDO JHQHUDUiQ HPSOHR FXDOL¿FDGR
más competitividad, internacionalización, progreso
\ELHQHVWDU´
Después de interesantes debates, los rectores
HODERUDURQ OD &DUWD 8QLYHUVLWDULD 5tR  TXH
recoge los compromisos de las instituciones de
educación superior que será presentada a los go-
biernos de Iberoamérica en los próximos días y
TXH VHxDOD GLH] FRPSURPLVRV HVSHFt¿FRV (QWUH
HOORV¿JXUD FRQVROLGDUHO HVSDFLRLEHURDPHULFDQR
del conocimiento, comprometerse con la respon-
sabilidad social y ambiental, mejorar la infor-
mación sobre las universidades iberoamericanas,
mejorar la atención a las expectativas de los es-
tudiantes y garantizar la formación continua del
profesorado, entre otros.
Los rectores también hicieron un llamado para
que las universidades se adapten cuanto antes al
mundo digital: “La cooperación interuniversitaria
resulta conveniente para promover iniciativas orien-
tadas a la investigación y el desarrollo de modelos
de soporte y elaboración de contenidos educativos
digitales´
7. Principios que presiden este proyecto de ley
7.1 El primer principio consiste en la exigencia
de proporcionar una educación de calidad a todos
los ciudadanos de ambos sexos, sin ningún tipo de
discriminación, en todos los niveles del sistema edu-
cativo.
Esta exigencia conlleva el gran reto para los sis-
temas educativos actuales y en particular para el co-
lombiano, es el reto de alcanzar la calidad del siste-
ma educativo con inclusión y equidad. Tras lograr
incrementar la cobertura y garantizar la posibilidad
que todos los jóvenes estén escolarizados hasta los
GLH]\VHLVDxRVGHHGDGHOREMHWLYRVH GHEHHQIRFDU
ahora en mejorar los resultados generales: reducir
las altas tasas de deserción de la educación básica
y secundaria, disminuir la tasa de abandono sin ti-
tulación en la educación superior, y además mejorar
los pobres resultados de los alumnos del país en las
Pruebas Saber y Pisa.
A partir de lo anterior se trata de buscar que todos
los ciudadanos alcancen el máximo desarrollo posi-
ble de todas sus capacidades, para lo cual necesitan
recibir una educación pertinente y de calidad adapta-
da a sus necesidades y a las exigencias del mercado
laboral. Es decir, deben desarrollar las habilidades
y destrezas y obtener las competencias requeridas
SDUDRSWDU D XQSHU¿O RFXSDFLRQDO 3RUWDQWR GHEH-
mos aceptar un proceso educativo para toda la vida,
permanente y ajustado a las condiciones mutantes
del entorno y a los requerimientos cada vez más es-
SHFt¿FRV\ HVSHFLDOL]DGRV HQPDWHULD GHIRUPDFLyQ
para el trabajo.
Al mismo tiempo, se debe garantizar a los alum-
nos, docentes e instituciones educativas una igual-
dad efectiva de oportunidades, prestando los apoyos
necesarios a los alumnos para evitar su deserción,
ODV QHFHVLGDGHV GH IRUPDFLyQ SDUD OD FXDOL¿FDFLyQ
de los docentes y los requerimientos presupuestales
y de dotación tecnológica y logística de los centros
educativos. En suma, se trata de mejorar el nivel aca-
démico de los alumnos, haciendo concordar la cali-
dad de la educación con la equidad de su acceso y la
pertinencia del aprendizaje.
7.2 El segundo principio que motiva este proyec-
WRGHOH\QDFHGHLGHQWL¿FDUla educación como un
proceso primordialmente colaborativo. La necesi-
dad de alcanzar un objetivo tan ambicioso como es
OD ³FRPELQDFLyQ GH FDOLGDG \ HTXLGDG´ LPSOLFD GH
manera obligatoria la materialización de un esfuerzo
compartido y colaborativo de todos los integrantes
de la comunidad educativa. Frecuentemente se recal-
3iJLQD Lunes, 16 de febrero de 2015 GACETA DEL CONGRESO 26
ca sobre el esfuerzo y dedicación que deben asumir
los estudiantes; se trata de un fundamento que no
debe desconocerse, pues sin compromiso personal,
no es posible alcanzar el desarrollo pleno de las po-
tencialidades individuales. Sin embargo la responsa-
bilidad del éxito escolar es compartida, no solo recae
sobre el estudiante sino también sobre su familia, los
docentes, la institución educativa, las autoridades de
HGXFDFLyQHO HQWRUQRVRFLDO \¿QDOPHQWH VREUH HO
conjunto la sociedad como, responsable último de la
calidad del sistema educativo. Solo el compromiso
y esfuerzo mancomunado de todos garantizarán la
consecución de estos ambiciosos objetivos.
7.3 El tercer principio que inspira esta ley con-
siste en un compromiso decidido con los objetivos
educativos planteados por la Unión Europea para
los próximos años y respaldados por la Unesco.
El proceso de construcción del espacio europeo de
la educación superior (Acuerdo de Bolonia) ha po-
sibilitado transitar hacia una cierta convergencia de
los sistemas de educación y formación del mundo, lo
cual ha permitido establecer unos objetivos educati-
vos comunes para el inicio del siglo XXI.
La pretensión de la Unión Europea de transfor-
marse en la próxima década en una economía basada
en el conocimiento más competitiva y dinámica, ca-
paz de lograr un crecimiento económico sostenible,
DFRPSDxDGRGH XQDPHMRUD FXDQWLWDWLYD\ FXDOLWDWL-
va del empleo, de una mayor cohesión social, y de
mejora en los estándares de vida de la población,
se ha expresado en la formulación de unos objeti-
vos educativos comunes. “A la vista de la evolución
acelerada de la ciencia y la tecnología y el impacto
que dicha evolución tiene en el desarrollo social, es
más necesario que nunca que la educación se prepare
adecuadamente para vivir en la nueva sociedad del
conocimiento y poder afrontar los retos que de ello
VHGHULYDQ´$FXHUGRGH%RORQLD
Es por ello por lo que en primer lugar, la Unión
Europea y la Unesco se han propuesto “mejorar la
FDOLGDG\OD H¿FDFLDGHORV VLVWHPDVGHHGXFDFLyQ \
de formación, lo que implica mejorar la capacitación
de los docentes, desarrollar las aptitudes necesarias
para la sociedad del conocimiento, garantizar el ac-
ceso de todos a las tecnologías de la información y la
comunicación, aumentar la matriculación en los es-
WXGLRVFLHQWt¿FRVWpFQLFRV \DUWtVWLFRV\ DSURYHFKDU
al máximo los recursos disponibles, aumentando la
inversión en recursos humanos.
En segundo lugar, se ha planteado facilitar el
acceso generalizado a los sistemas de educación y
formación, lo que supone construir un entorno de
aprendizaje abierto, hacer el aprendizaje más atrac-
tivo y promocionar la ciudadanía activa, la igualdad
de oportunidades y la cohesión social. En tercer lu-
gar, se ha marcado el objetivo de abrir estos sistemas
al mundo exterior, lo que exige reforzar los lazos con
la vida laboral, con la investigación y con la sociedad
en general, desarrollar el espíritu emprendedor, me-
jorar el aprendizaje de idiomas extranjeros, aumentar
la movilidad y los intercambios y reforzar la coo-
SHUDFLyQ FRQ OD &RPXQLGDG (XURSHD´$FXHUGR GH
Bolonia. 1999.
El sistema educativo colombiano deberá acomo-
GDUVXV DFWXDFLRQHVHQ ORVSUy[LPRV DxRVD ODFRQ-
secución de estos objetivos si quiere participar de
forma competitiva de la sociedad del conocimiento.
8. Procesos Educativos Colaborativos Interac-
tivos
El empleo de las nuevas tecnologías plantea la
creación de un saludable ecosistema digital que de-
manda la existencia de calidad, cantidad y cobertura
en infraestructura física, en servicios habilitadores,
en usuarios capacitados y en aplicaciones pertinentes
que generen valor. Estos cuatro componentes bien ar-
ticulados son habilitadores fundamentales para faci-
litar la transmisión de información a los ciudadanos,
y por su intermedio a un conjunto de la sociedad.
Las Nuevas Tecnologías de Información y Comu-
nicación (NTIC), los contenidos digitales interacti-
vos y las vivencias enriquecidas, posibilitan la gene-
ración de experiencias que mejoran la apropiación de
conocimiento por parte de los individuos.
Las NTIC facilitan la interacción constructiva
positiva entre estudiantes y profesores. Nos ayuda a
adoptar una interacción de múltiples vías, donde la
interacción física se concentra en momentos claves
del proceso formativo y la construcción de conoci-
miento se basa más en investigación y experimen-
tación que en la memoria de corto plazo; proceso
donde además se logra:
• La optimización de recursos costosos, valiosos
y/o de difícil acceso.
• La construcción de conocimiento en forma co-
laborativa.
• El aprender a trabajar con el otro a pesar de las
diferencias
• El manejo de procesos de negociación continua,
cediendo en egos para crecer como grupo y lograr
los objetivos propuestos.
/DLQWHUDFFLyQPiV ÀXLGD\SRVLWLYDFRQORV GL-
versos agentes.
• La construcción más sólida de conocimientos
gracias a las interacciones que se llevan a cabo du-
rante el proceso de aprendizaje.
Todo lo anterior genera mayor impacto económico,
social y ecológico, pues las NTIC aplicadas inteligente-
mente aportan a la sostenibilidad de los territorios y al
mejor estar y desarrollo integral del ser humano.
Estos son todos retos para el sistema educativo
colombiano si deseamos cambiarlo y ajustarlo a las
exigencias del entorno internacional, y poder ser
competitivos en la sociedad del conocimiento en que
ya estamos inmersos.
En consecuencia se pone a consideración el siguien-
te articulado.
De los honorables Congresistas,
CÁMARA DE REPRESENTANTES
SECRETARÍA GENERAL
El día 11 de febrero de 2015 ha sido presentado en
este Despacho el Proyecto de ley número 201 con su
correspondiente exposición de motivos, por el honora-
ble Representante 1LFROiV$OEHLUR(FKHYHUU\$OYDUiQ
El Secretario General,
-RUJH+XPEHUWR0DQWLOOD6HUUDQR
GACETA DEL CONGRESO 26 Lunes, 16 de febrero de 2015 Página 15
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO
DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO
018 DE 2013 CÁMARA
SRUPHGLR GH OD FXDO VH PRGL¿FDQ DOJXQRV DUWtFX-
ORVGHO 'HFUHWROH\ GHVH WUDQVIRUPDOD
(PSUHVD1DFLRQDO GH 5HQRYDFLyQ 8UEDQD 9LUJLOLR
%DUFR 9DUJDV 6$6 HQ XQD (PSUHVD ,QGXVWULDO \
&RPHUFLDOGHO(VWDGR\VHGLFWDQRWUDVGLVSRVLFLRQHV
Bogotá, D. C., 9 de febrero de 2015
Honorable Representante
RAIMUNDO ELÍAS MÉNDEZ BECHARA
Presidente
Comisión Tercera
Cámara de Representantes
Ciudad
Referencia: Informe de ponencia para segun-
do debate al Proyecto de ley número 018 de 2013
Cámara.
5HVSHWDGRVHxRU3UHVLGHQWH
De conformidad con lo dispuesto en los artículos
\GH OD/H\GH FRQWRGDDWHQFLyQ
me permito presentar informe de ponencia para se-
gundo debate al Proyecto de ley número 018 de
2013 Cámara, SRUPHGLR GH OD FXDO VH PRGL¿FDQ
DOJXQRVDUWtFXORVGHO 'HFUHWROH\GHVH
WUDQVIRUPD OD (PSUHVD 1DFLRQDO GH 5HQRYDFLyQ
8UEDQD9LUJLOLR%DUFR9DUJDV6$6HQXQD (PSUH-
VD ,QGXVWULDO \ &RPHUFLDO GHO (VWDGR \ VH GLFWDQ
RWUDVGLVSRVLFLRQHV para lo cual fui designado por
la honorable Mesa Directiva de la Comisión Tercera
Constitucional Permanente de la Cámara de Repre-
sentantes, la ponencia se sustenta en los siguientes
términos:
1. Objeto y contenido
(VWDLQLFLDWLYD WLHQH SRU REMHWR PRGL¿FDU OD QD-
turaleza jurídica de la Empresa Nacional de Reno-
vación y Desarrollo Urbano - Virgilio Barco Vargas
SAS a Empresa Industrial y Comercial del Estado
del orden nacional, y delimitar el área del Polígono
del Proyecto de Desarrollo y Renovación Urbana del
Centro Administrativo Nacional (CAN).
La iniciativa legislativa consta de seis (6) ar-
tículos.
2. Origen y trámite
El presente proyecto de ley es de iniciativa del
Senador Carlos A. Baena y la Representante a la Cá-
PDUD*ORULD6WHOOD'tD]UDGLFDGR\¿UPDGRHOGH
julio de 2013; la publicación del proyecto se efectuó
en la Gaceta del Congreso número 518 de 2013. El
citado proyecto fue aprobado en primer debate el 10
de diciembre de 2013.
El 28 de noviembre de 2013 fue radicada la po-
nencia para primer debate ante la Comisión Tercera
de Cámara y publicada en la Gaceta del Congreso
Q~PHUR GH  VLHQGR GHVLJQDGRV FRPR SR-
nentes los honorables Representantes Simón Gavi-
ULD0XxR] *HUDUGR 7DPD\R 7DPD\R&DUORV 8ULHO
Naranjo Vélez. El proyecto de ley fue aprobado en
primer debate en Sesión Ordinaria de la Comisión
del día martes diez (10) de diciembre de dos mil tre-
ce (2013).
(OGtD GHPDU]R GH ORVSRQHQWHVKRQR-
rables Representantes Simón Gaviria y Gerardo Ta-
mayo presentaron ponencia para segundo debate a
la Comisión Tercera, en esta ponencia se incluyó de
manera detallada la situación actual según interven-
FLRQHVGHO)RURUHDOL]DGRHOGHRFWXEUHGHD
la cual asistieron además de los ponentes, el autor del
proyecto, Senador Carlos Baena; el Gerente General
de la Empresa Nacional de Renovación Urbana Vir-
gilio Barco Vargas, Andrés Escobar; el Vicealmiran-
te de la Reserva Activa, Hugo García, el Secretario
Distrital de Planeación Distrital, Gerardo Ardila; los
Decanos de la Facultades de Medicina y de Artes de
la Universidad Nacional de Colombia, y los repre-
sentantes de los Estudiantes de la citada universidad.
(OGtD  GHPDU]R GH, la Secretaría de la
Comisión Tercera de la Cámara remitió para su co-
nocimiento a la Secretaría General de la Cámara de
Representantes el expediente con la ponencia para
segundo debate.
(OGtDGHDJRVWRGHHQYLUWXGGHODVDWULEX-
ciones consignadas en el artículo 150 de la Ley 5ª de
1992, la Secretaría General devuelve a la Secretaría
de la Comisión Tercera de la Cámara el expediente
GHHVWHSUR\HFWRD¿QGHTXHVHDQGHVLJQDGRVQXHYD-
mente ponentes para segundo debate, y de esta forma
continuar el trámite legislativo.
(OGtD GH DJRVWRGH  OD6HFUHWDUtD GHOD
Comisión Tercera de la Cámara solicitó aclaración si
se debía elaborar nuevamente el informe de ponencia
o si debe ser la Mesa Directiva de la Corporación la
que debía efectuar dicho nombramiento ya que exis-
tía una ponencia debidamente radicada y publicada,
y se evidencia un vacío normativo en la Ley 5ª de
1992, el cual solicito absolver a través de un concep-
to, con el propósito de superar esta situación.
(O GtD  GH DJRVWR GH  OD 6HFUHWDUtD *H-
neral de la Cámara de Representantes respondió la
anterior petición indicando que en relación con el
vacío normativo se dio aplicación al artículo 3° de
OD/H\GHTXHVHxDOD³FXDQGR HQHOSUHVHQWH
reglamento no se encuentre disposición aplicable, se
acudirá a las normas que regulen casos, materias o
SURFHGLPLHQWRVVHPHMDQWHV´ D¿UPDQGRTXH ³HQ WDO
VHQWLGRHV FRVWXPEUHDUWtFXOR GHOD /H\ GH
TXHDO¿QDOL]DUHOSHULRGRGHFXDWURDxRVORV
SUR\HFWRVTXHVHHQFXHQWUDQSDUDVHUGHEDWLGRVHQOD
3OHQDULDGHOD&iPDUD\ORVSRQHQWHVSDUDVHJXQGR
GHEDWHDVLJQDGRV QRIXHURQ UHHOHFWRVPtQLPR XQR
VH GHYXHOYDQ GLFKRV H[SHGLHQWHV D ODV FRPLVLRQHV
UHVSHFWLYDV
(QWDO VHQWLGR VH GHEHUi SRU SDUWH GH OD 0HVD
'LUHFWLYD GH &DGD &RPLVLyQ DVLJQDU QXHYDPHQWH
SRQHQWHV SDUD TXH HVWXGLH HO H[SHGLHQWH \ HO LQ-
IRUPHGH SRQHQFLD \D SUHVHQWDGR VL HO LQIRUPH GH
SRQHQFLDFRUUHVSRQGHFRQVXTXHUHUUHVSHFWRDOSUR-
\HFWRSXHGHVHUSUHVHQWDGRHOPLVPRLQIRUPH\DUD-
GLFDGRSHURHVWD YH]VXVFULWRSRU HOQXHYRSRQHQWH
\GHQWURGHO LQIRUPHUHJLVWUDQGRHO SURFHVRVXUWLGR
SDUD VX QXHYD GHVLJQDFLyQ VL SRU HO FRQWUDULR OD
SRQHQFLDQR UHFRJHHO GHVHR GHOQXHYR SRQHQWHpO
HODERUDUi RWUD SRQHQFLD  WDPELpQ UHJLVWUDQGR HO
SURFHVRVXUWLGRSDUDHVWDQXHYDGHVLJQDFLyQLJXDO-
PHQWHHVWDVQXHYDVSRQHQFLDV GHEHQVHUSXEOLFDGDV
P O N E N C I A S
Página 16 Lunes, 16 de febrero de 2015 GACETA DEL CONGRESO 26
en la Gaceta del Congreso\ VHFRQWLQXDUi FRQHO
WUiPLWHUHJXODUGHOSUR\HFWRGHOH\´.
(OGtD GHDJRVWRGH VHQRWL¿Fy DOD5H-
presentante a la Cámara Olga Lucía Velásquez de la
honrosa designación como ponente del presente pro-
yecto de ley. La Representante Velásquez mediante
R¿FLRGHO  GH DJRVWR GH  UHQXQFLD D OD GH-
signación como ponente al proyecto por encontrarse
LQFXUVDHQXQHYHQWXDOFRQÀLFWRGHLQWHUHVHV
(OGtDGHDJRVWRGHOD6HFUHWDUtD*HQHUDO
de la Comisión Tercera Constitucional Permanente
acogió la renuncia presentada por la honorable re-
presentante.
(OGtDGHRFWXEUHGHODPHVDGLUHFWLYDGH-
signó como ponente al honorable Representante Ale-
jandro Carlos Chacón Camargo.
El día 27 de octubre se solicitó ampliación del
término para rendir ponencia hasta la realización del
)RUR³5HQRYDFLyQ8UEDQD &$1´TXHWXYROXJDU HO
GtD GH QRYLHPEUH HQ HO 6DOyQ %R\DFi GHO &RQ-
greso de la República. Posteriormente, el ponente
solicita un nuevo aplazamiento para consolidar la in-
formación obtenida el día de la audiencia y que hace
parte integral de esta ponencia.
3. Audiencia pública realizada el 24 de no-
viembre de 2014
Atendiendo a lo estipulado en el artículo 230 de
la Ley 5ª de 1992 respecto de la posibilidad que los
particulares expresen sus argumentos a favor y en
contra del proyecto de ley en trámite, el suscrito re-
presentante organizó una audiencia pública que se
HIHFWXyHOGtD GHQRYLHPEUHGH HQHO6DOyQ
Boyacá del Capitolio Nacional. Esta audiencia contó
con transmisión en directo por el Canal del Congre-
so. A esa audiencia fueron convocados como inter-
vinientes:
1. El Gerente General de la Empresa Nacional de
Renovación Urbana Virgilio Barco Vargas, Andrés
Escobar. No asistió, ni allegó concepto del proyec-
to.
(O*HUHQWHGHOD%HQH¿FHQFLDGH &XQGLQDPDU-
ca. No asistió, ni allegó concepto del proyecto.
3. El Secretario de Planeación Distrital, Gerardo
Ardila Calderón. Asistió Director de Patrimonio y
Renovación.
(O 9LFHUUHFWRU*HQHUDOGH OD8QLYHUVLGDG 1D-
cional de Colombia, Profesor Germán Bula. Asistió.
5. Los Representantes a la Cámara por Bogotá,
$OLULR8ULEH0XxR]\&DUORV*XHYDUD$VLVWLHURQ
6. Los Representantes de los Barrios la Esmeralda
y Salitre el Greco. Asistieron.
7. Asovecinos Teusaquillo. Asistió.
8. Representante Profesoral. Facultad de Medici-
na Universidad Nacional de Colombia.
9. Representantes de los Estudiantes. Concejo
Académico. Universidad Nacional de Colombia.
INTERVINIENTE SÍNTESIS DEL ARGUMENTO PRESENTADO
JOSÉ ANTONIO VELANDIA
CLAVIJO
Director de Patrimonio y Reno-
vación Urbana
Secretaría Distrital de Planeación
Distrital.
El Distrito consideró en las reuniones que se mantuvieron con la Empresa Virgilio Barco
que era impertinente incluir los terrenos en donde están ubicados los barrios La Esme-
ralda y Salitre el Greco.
Según el Decreto número 190 el sector CAN tiene una condición de permanencia de uso
dotacional.
Lo que busca el proyecto del CAN es cambiar las condiciones lo cual solo se puede hacer
HQHOPDUFRGHO'HFUHWRQ~PHURHOFXDOSRVLELOLWDEDLQFOXLUXQDViUHDV
Decreto número 300 de 2003 prevé el centro bolivariano como un espacio público.
En el proyecto CAN, que fue el concurso ganador, bajo el espectro del Decreto número
0HSRWORTXHVH ORJUDHVREWHQHUHLQFRUSRUDUHOiUHD GHOVXHORGHODEHQH¿FHQFLD
y entraría a formar parte del proyecto can, lo cual se puede hacer a través del reparto de
FDUJDV\EHQH¿FLRV
(OSUR\HFWR&$1EXVFDDXPHQWDUHGL¿FDELOLGDGPH]FODGHXVRVJHQHUDFLyQGHYLV\EXV-
ca que en esa zona el suelo público que no se tiene en estos momentos, como el de la bene-
¿FHQFLDFRPRDHQWUDUDIRUPDUSDUWHGHOPLVPRDWUDYpVGHOUHSDUWRGHFDUJRV\EHQH¿FLRV
6HJ~QHO'LVWULWRHOSUR\HFWR&$1EXVFD SHUPLWLUKDFHUXQXVRH¿FLHQWHGHOVXHORGLV-
minuyendo presión de crecimiento en las periferias, esto con el enfoque de lo que en la
$GPLQLVWUDFLyQVHKDOODPDGR³GHQVL¿FDUHOFHQWUR´
Optimizar infraestructura de servicios, y todos estamos de acuerdo que el can debe servir
para utilizar todos esos servicios que tiene el centro ampliado;
Aprovechar la oferta de transporte público, como el TransMilenio por la calle 26 y en el
futuro el que pase por la Av. carrera 68;
Asegurar la permanencia de las áreas existentes de equipamientos con los nuevos desa-
rrollos; el proyecto propone generar unos 900.000 m de construcción para los equipa-
mientos existentes y no solo esos equipamientos, sino nuevos de cultura y educación,
y con la mezcla de usos que se prevista que tendría que ver con vivienda, comercio,
servicios y hoteles que se desarrollarían en la zona.
Es importante, desde el punto de la planeación, que el proyecto debe considerar mantener
ODDXWRQRPtDWHUULWRULDOTXHWLHQHHOGLVWULWRSDUDGH¿QLUVXVFRPSHWHQFLDVHQHOWHUULWRULR
SDUDTXHJXDUGHFRQFRUGDQFLDFRQORFRQWHPSODGRHQ OD/H\HQVXDUWtFXORHQ
relación a la distribución de competencias, el tema de la concurrencia y coordinación
entre las entidades nacionales y distritales. Que si bien es cierto que la empresa pueda
tener competencias para emprender ese tipo de proyectos, le corresponde al distrito la
GH¿QLFLyQGHOXVRGHOVXHORGDQGRDSOLFDFLyQDOSULQFLSLRGHDXWRQRPtDWHUULWRULDO
Exclusión de los predios de la Universidad Nacional, están de acuerdo.
([FOXVLyQGHOSUHGLRGHOD EHQH¿FHQFLD\DOHFRUUHVSRQGHUtDDOD&iPDUD GH5HSUHVHQ-
tantes tomar la decisión de incluirlo o no, puesto que por ser un predio privado, es nece-
sario adquirirlo con recursos públicos, para poder construir el Centro Cívico, y el Distrito
no tiene el dinero para hacerse con él.
GACETA DEL CONGRESO 26 Lunes, 16 de febrero de 2015 Página 17
INTERVINIENTE SÍNTESIS DEL ARGUMENTO PRESENTADO
El Distrito no entra a opinar sobre la propiedad del inmueble que tiene en custodia la
%HQH¿FHQFLDSXHVWRTXH QRHV GHVXFRPSHWHQFLD KDQPDQLIHVWDGRTXH WpFQLFDPHQWH
existen unas condiciones que le son favorables si se incluye dentro del proyecto de reno-
vación del CAN en la medida que permite un proyecto integral y obtención de un suelo
DWUDYpVGHOUHSDUWRHTXLWDWLYRGHFDUJDV\EHQH¿FLRV
La norma vigente (Decreto número 190) prevé que solo se pueden desarrollar usos do-
tacionales, lo cual quiere decir que no sería viable proyectos de mezcla de suelos, no se
puede generar ni vivienda ni comercio.
PROFESOR JORGE IVÁN
BULA ESCOBAR
Vicerrector General
Universidad Nacional de Colombia
La ponencia de primer debate excluyó los predios de los barrios La Esmeralda y Salitre
El Greco, pero incluyó los terrenos de la UNAL, a parte de la Clínica Santa Rosa, las
8QLGDGHV&DPLOR7RUUHV\8ULHO*XWLpUUH]VLQQLQJXQDMXVWL¿FDFLyQ
Presenta unas conclusiones que arrojó la conformación de una comisión asesora al inte-
rior de la Universidad alrededor del tema:
La Universidad estuvo coordinada con las 21 instituciones que hacen presencia en el
&$1GHKHFKRIXHHQFDUJDGDGHUHDOL]DUXQHVWXGLRVREUHUHPRGHODFLyQRPRGL¿FDFLyQ
GHO&$1(VH HVWXGLRIXH¿QDOL]DGR HQHO\ UDGLFDGRHQHO $FFLRQHVUHDOL-
zadas. Una vez se conoció el Proyecto CAN, el rector de la UNAL envió una carta al
Concejo de Bogotá, solicitando que la UNAL fuera excluida del proyecto. Así mismo,
se puso en conocimiento al doctor Simón Gaviria y al doctor Andrés Escobar, por la
inconveniencia del proyecto para la UNAL, al ser patrimonio de todos los colombianos
no debería formar parte del proyecto CAN, y obviamente no se puede someter a los
ciudadanos de Colombia a intereses políticos, privados y públicos que pudiesen afectar
fundamentalmente su carácter nacional.
Hospital Universitario. Estaría orientado a la práctica de medicina, lo que ha sido la
escuela de mayor tradición y mayor impacto en la formación en el área de la salud del
país, porque además en la investigación clínica tendría un alto impacto, no solo para la
UNAL sino para toda el área de la salud del país y porque sin duda resuelve necesidades
urgentes de la Universidad.
En un sentido institucional, por la cercanía con la comunidad universitaria y la posibili-
dad de atenderla y también para tener un crecimiento físico para las áreas de la salud que
se consideran vitales en preservar ese terreno para la Universidad.
/DXQLYHUVLGDGKDUHDOL]DGRLQYHUVLRQHV FXDQWLRVDVTXHOOHJDQDORV PLOPLOORQHV
en el Hospital Universitario Santa Rosa, en la primera etapa que está proyectada a
construir el hospital con 600 camas para la ciudad de Bogotá, además de aumentar su
FDSDFLGDGGHLQYHVWLJDFLyQFLHQWt¿FDVLVHDGRSWDUDHVH3UR\HFWR&$1OD81$/HVWD-
ría en el riesgo de entrar en un deterioro patrimonial de las inversiones que ha hecho
la UNAL.
Además se perjudicaría a la población en general porque no se podría prestar los servi-
FLRVGH VDOXGVLQRWDPELpQ SRUHO GHVDUUROORFLHQWt¿FRTXH SXHGHJHQHUDUVH GHQWURGHO
Hospital Santa Rosa.
&DXVDUtDXQHIHFWRFRODWHUDO VREUHOD81$/SRUHOLPSDFWR DPELHQWDOVLJQL¿FDWLYRTXH
produciría el proyecto. Se perdería la alternativa de un corredor verde. Preservación
ambiental e inclusión.
El impacto para la Universidad sería el reemplazo de ese pulmón ambiental.
Autonomía Universitaria. Hacer prevalecer los principios constitucionales y en conse-
cuencia la infraestructura y los recursos de la UNAL deben ser igualmente garantizados
por la Nación.
Se vulnerarían los derechos a la educación y a la salud.
(O&RQVHMRGHOD81$/GH OD6HGHGH%RJRWiHPLWLyXQ FRPXQLFDGRHQHOFXDOVHxDOD
la inconveniencia de incluir los inmuebles de la universidad por ser imprescriptibles,
inembargables e inalienables. Adicionalmente, al estar ubicados en una zona estratégica
de prestaciones de servicios médicos. Preservar los bienes inmuebles de la Universidad
garantizaría derechos fundamentales de la población estudiantil de Bogotá y del país y
de la ciudadanía en general en términos de salud.
Los predios Uriel Gutiérrez, Camilo Torres y Campus Santa Rosa son el único espacio de
posibilidad de crecimiento de la Sede Bogotá, para continuar ofreciendo una educación
de alta calidad ya que UNAL es la primera universidad pública de la Nación y eje del
sistema de la educación superior.
ALIRIO MUÑOZ URIBE
Representante a la Cámara por
Bogotá
Rescata la buena intención del proyecto de ley.
Hace la recomendación de archivar el proyecto de ley, teniendo en cuenta el temor que
le suscita el hecho de haber ampliado los límites del polígono del CAN sin tener conoci-
miento en función de los potenciales favorecidos con el mismo.
Si no se ponen en evidencia los riesgos que puede tener el proyecto podría traer proble-
PDVSDUDORVLQWHUHVHVTXHGH¿HQGHODFRPXQLGDG
El proyecto es totalmente inconveniente. A pesar de que el CAN requiere una renova-
FLyQXQDUHPRGHODFLyQHOKHFKRGH KDEHUVHPRGL¿FDGRHOSUR\HFWRLQLFLDOVHYXOQHUDQ
muchísimos derechos y por eso recomienda, que si no es posible regresar al proyecto
inicial, se archive.
Viola la autonomía universitaria; el principio de que los bienes públicos son inalienables.
No ha habido un proceso de consulta previa con la comunidad.
Va en contra de los intereses universitarios y de la comunidad estudiantil, de la ciudada-
nía de Bogotá.
Página 18 Lunes, 16 de febrero de 2015 GACETA DEL CONGRESO 26
INTERVINIENTE SÍNTESIS DEL ARGUMENTO PRESENTADO
Intereses encontrados entre el Proyecto CAN y el proyecto de construcción del hospital
universitario, en el cual la UNAL ha invertido más de 50 mil millones para tener ese
FHQWURGHIRUPDFLyQ\TXHEHQH¿FLDUtDDPiVGHHVWXGLDQWHVDOFXHUSRSURIHVRUDO
GHWRGDVODVIDFXOWDGHVGH ODVFLHQFLDVGHODVDOXG\HQ SURGHODLQYHVWLJDFLyQFLHQWt¿FD
en el campo de la salud.
Vulnera disposiciones que reglamentan el uso del suelo en Bogotá, así como afecta el
327\RWUDVQRUPDVTXHQRVRQFRPSHWHQFLDGHO'HFUHWROH\GH
Tiene dudas sobre las actuaciones de la EVB y sobre cómo se va a respetar la autonomía
de la ciudad.
Es claro que los residentes de los barrios Salitre el Greco y La Esmeralda van a salir
afectados con la ejecución de ese megaproyecto.
(O'HFUHWROH\GHWUDHFRQVLJRJUDYHVSUREOHPDVGHHTXLGDG\WUDQVSDUHQFLD
0HQFLRQDTXHVHJ~Q ORHVWDEOHFLGRHQ HOSiUUDIRGHO DUWtFXORVHSRGUi DXWRUL]DUDOD
EVB la emisión de acciones para que sean adquiridas por personas naturales o jurídicas
públicas o privadas, lo que hace pensar que hay una forma de privatización, a pesar de
H[LVWLUXQDFOiXVXODGHVDOYDJXDUGLDHQHOVHQWLGRGHOLPLWDUKDVWDHOGHODVDFFLRQHV
en manos privadas. Pero esa intervención de capital privado, puede llegar a desviar el
interés público que se deben defender en un proyecto de renovación.
La renovación del CAN debería ser un proceso concertado y participativo donde se con-
sulten a todos los actores afectados; que se protejan los intereses de la UNAL y de los
barrios La Esmeralda y Salitre El Greco; que se respete la autonomía del distrito; que
VHGH¿HQGDWRGRHVH FRUD]yQYHUGHRFRUD]yQ DPELHQWDOHVWiSUREDGR\ PHGLGRTXHHO
núcleo ambiental de Bogotá está en esa zona.
CARLOS GUEVARA
Representante a la Cámara por
Bogotá
Hace una contextualización del proyecto de ley.
La EVB busca la ampliación del polígono actual.
El Proyecto de ley número 018 de 2013 resume las inquietudes y preocupaciones de la
comunidad.
Excluye los territorios donde se encuentran los barrios Salitre El Greco y La Esmeralda
\HOSUHGLRGHODEHQH¿FHQFLD$VtPLVPRVHH[FOX\HQORVSUHGLRVGHOD8QLYHUVLGDG1D-
cional (Clínica Santa Rosa) y de la ESAP.
La Clínica Santa Rosa es un centro de formación, clínicas donde los estudiantes de me-
dicina puedan hacer sus prácticas y se puedan desarrollar como profesionales. Por eso la
81$/KDUHDOL]DGRXQDLQYHUVLyQVLJQL¿FDWLYDSDUDPDQWHQHUGLFKDFOtQLFD
Sugiere que de manera conjunta con los representantes asistentes y el ponente, presentar
XQDSRQHQFLDSDUDVHJXQGRGHEDWHTXHGHOLPLWHHOSROtJRQRGHO&$1SDUDTXHVHGH¿HQ-
da los intereses de la comunidad.
Concejal Jairo Cardozo. El Proyecto CAN desborda las facultades del Plan Nacional
GH'HVDUUROOR\GHO&213(6GH (O*RELHUQRVHH[WUDOLPLWyFXDQGRH[SLGLy
HO'HFUHWRQ~PHUR GHDO LQFOXLUORVWHUULWRULRV GHO&HQWUR%ROLYDULDQR\ ORV
barrios Salitre El Greco y la Esmeralda.
(OSUR\HFWRORTXHKDFHHVUHGH¿QLUORVOtPLWHVGHOSROtJRQR\DMXVWDUORVDORFRQWHPSODGR
HQHO&213(6GHH[FOX\HQGRORVSUHGLRVGHOD81$/
Para segundo debate ojalá la ponencia enmendara la situación que afecta la UNAL y la
comunidad bogotana en general por la inclusión del Centro Bolivariano del Parque Si-
món Bolívar. Tienen una vocación netamente ambiental.
Ordenó la elaboración de un informe sobre la verdadera condición del predio denomina-
GRFHQWUREROLYDULDQREHQH¿FHQFLD\ VHOOHJyDODFRQFOXVLyQTXHKD\ UHDOPHQWH³«OD
presencia de comunidades emergentes y especies de mora silvestre las cuales respaldan
TXHOD]RQDGHHVWXGLRWHQJDFDUDFWHUtVWLFDVGHVHUKXPHGDO«´
Tiene una vocación ambiental.
LORENA TOVAR
Representante Barrio La Esme-
ralda
El proyecto de ponencia debería inclusive estudiar las consideraciones tenidas en cuenta
por el ejecutivo bajo las prerrogativas concedidas bajo el uso de unas facultades extraor-
dinarias desconociendo, por ejemplo, el lote de 30 hectáreas que no pertenece a la Bene-
¿FHQFLDGH&XQGLQDPDUFDVLQRSUHFLVDPHQWHDO+RVSLWDO6DQ-XDQGH'LRV
Es función del Presidente de la República proteger los legados que tiene una función
pública.
El lote objeto de discusión, según palabras del Director de patrimonio y renovación de
la SDP, es un lote privado pero con vocación pública y medio ambiental, y ese el punto
crítico que no se puede dejar de lado, porque el interés general prima sobre el particular.
El proyecto de ley debe ser estudiado en su integralidad, porque los intereses vedados
escondidos a través de la legalidad pueden afectar el interés público.
GLADYS LÓPEZ
Representante Barrio Salitre - El
Greco
Lo que prima en este país es darle importancia a los intereses capitalistas, de la empresa
privada. Ante esa situación, que la única alternativa es que el pueblo salva al pueblo.
Se defenderá la universidad y sus bienes, los barrios, y el parque el Simón Bolívar, para
salvaguardar una ciudad un país y un universo que con el cambio climático se está hun-
diendo y lo único que se hace es meterle más y más cemento.
Se acude a los representantes a la Cámara por Bogotá, para abogar por la defensa y pre-
servación de lo referido con anterioridad.
LEONOR MORENO
Representante Barrio Salitre-El
Greco
Interviene coyunturalmente en la defensa del Centro Cultural Bolivariano.
El ³ORWHGHODEHQH¿FHQFLD´ es un terreno que está integrado al Parque Simón Bolívar y
es donde se debe construir el Centro Cultural Bolivariano, porque es un lote cedido por
J.J. Vargas a la ciudad.
Ese lote es el único pulmón de Bogotá.
GACETA DEL CONGRESO 26 Lunes, 16 de febrero de 2015 Página 19
INTERVINIENTE SÍNTESIS DEL ARGUMENTO PRESENTADO
EDUARDO PRIETO
Asovecinos Teusaquillo
(O3UHGLRQ~PHURGHO 3DUTXH0HWURSROLWDQR6LPyQ%ROtYDUHVHOWHUUHQR TXHHVDG-
PLQLVWUDGRSRUOD%HQH¿FHQFLD GH&XQGLQDPDUFD\TXH HVSDUWHGHOD SROpPLFDSRUVX
inclusión en el proyecto CAN.
Ese lote es parte del legado de J.J. Vargas quien se lo entregó (donó) al Hospital San Juan
GH'LRVSRUORWDQWRHVLQFRUUHFWROODPDUORFRPRHOORWHGHOD%HQH¿FHQFLD
(O'HFUHWRQ~PHURGHGHVFRQRFHHOWHVWDPHQWRGH-RVp-RDTXtQ9DUJDVHOFXDO
fue elevado a Escritura Pública número 1055 de 25 de junio de 1937 por el Juzgado Sex-
to del Circuito, en el cual se anexaba un plano correspondiente a la Hacienda El Salitre,
con destinación al Hospital San Juan de Dios.
³«/D%HQH¿FHQFLDGH&XQGLQDPDUFDQRHVODKHUHGHUDWHVWDPHQWDULDGH/D+DFLHQGDR
VHD/D+DFLHQGDQRVHODGHMy-RVp-RDTXtQ9DUJDVDOD%HQH¿FHQFLDFRPRSURSLHWDULD
VLQRTXHVHODGHMyDFLQFRHQWLGDGHVPX\FODUDPHQWHH[SUHVDGR\OD %HQH¿FHQFLDHVVX
DOEDFHDGLFKDHQWLGDGQRSXHGHWHQHUGRPLQLRVREUHHVRVSUHGLRV«´
Las cinco propuestas de la empresa de renovación destruyen parte de la estructura ecoló-
gica principal del predio, que según el Decreto número 190 (POT actual), aparece como
estructura ecológica principal de la ciudad.
Solicita a los congresistas que el proyecto se endurezca y se tenga en cuenta a la comu-
nidad universitaria, de los barrios, y del ecosistema que existe allí.
En ese sector funcionó el pantano del Salitre, luego pretender que no tiene riqueza hídri-
ca ese sector es faltar a la verdad.
(QHVHVHFWRUH[LVWHXQKXPHGDOGRQGHVHDOEHUJDQGLIHUHQWHVHVSHFLHVGHÀRUD\IDXQD
Ese sector es un gran vacío ambiental.
FERNANDO GALVÁN
Representante Profesoral
Facultad de Medicina
Los proyectos de renovación o revitalización urbana deben actuar sobre zonas deprimi-
das, de deterioro físico, socio-económico o ambiental; deben incluir participación co-
munitaria, concertación para la permanencia y protección para propietarios y moradores.
Ninguno de estos principios han sido respetados por el Proyecto CAN.
1HFHVLGDGGHUHQRYDUHGL¿FLRVHVWDWDOHVGHPiVGHDxRVGHDQWLJHGDGQDGLHORGLVFXWH
La necesidad de preservar el Hospital Universitario Santa Rosa, se basa en tres aspectos:
• Lo necesita la Universidad
ż1HFHVLGDGGHHVWXGLDQWHVGHODVDOXGTXHUHTXLHUHQXQKRVSLWDOXQLYHUVLWDULR
para el desarrollo de sus prácticas; no solo de la facultad de medicina, sino también
enfermería, odontología, ciencias, ciencias humanas, ciencias económicas, ingenie-
ría. La UNAL recibe no solo estudiantes de Bogotá sino provenientes de todas las
latitudes del país.
ż/DIDFXOWDGGHPHGLFLQDFXHQWDFRQHVWXGLDQWHV\RIUHFHSRVJUDGRV
ż/D81$/OH KDLQYHUWLGRFHUFDGH PLOPLOORQHVOD )DVH,FRQSUy[LPD DSHUWXUD
en marzo de 2015, con 230 camas para la ciudad y el país; la Fase II con estudios de
prefactibilidad ya hechos, con una estampilla que fue aprobada en la Cámara de Repre-
VHQWDQWHVTXHSHUPLWLUtDLQFOXLUFDPDVDGLFLRQDOHVTXHVHUtDXQDJUDQD\XGDSDUDOD
facultad de medicina.
• Lo necesita Bogotá.
ż3RUHOULHVJRVtVPLFRSRUTXHHVWiHQXQD]RQDGHGHVDVWUHV
ż'p¿FLWGHFDPDVKRVSLWDODULDV
ż3XQWRHVWUDWpJLFRHQHOGHVDUUROORGHODFLXGDG
ż6HGHEHUtDHVWDUSHQVDQGR HQun gran centro hospitalario de occidente para la aten-
ción de desastres; desarrollo de la ciudad; mejorar la oferta de camas hospitalarias en el
occidente; acceso a emergencias sobre el corredor de occidente; en el acceso al aeropuer-
WRHQHOGp¿FLWGHFDPDVGHSHGLDWUtDHQODQRGHVWUXFFLyQGHWUHVLQVWLWXFLRQHVGHVDOXG
HO+RVSLWDO8QLYHUVLWDULR(OGHOD3ROLFtD\ODFOtQLFDGHOQLxR
• Lo necesita el país.
LILIANA CASTAÑEDA
MORALES
Representante de los Estudiantes.
Ante el Concejo Académico.
Universidad Nacional de Colombia
/DSDUWLFLSDFLyQHVWXGLDQWLOJLUyHQWRUQRDWUHVUHÀH[LRQHVIXQGDPHQWDOHV
6DFUL¿FDHOFXPSOLPLHQWRGHODVIXQFLRQHVPLVLRQDOHVGH81$/
Se han denunciado las irregularidades presentes en el Proyecto CAN.
Se le ha solicitado a los Gobiernos Nacional y Distrital que desistan de su intento de
desmembramiento del campus universitario.
Se les exigió a las directivas de la Universidad que se pronunciaran sobre el tema y se
realizara un estudio sobre la situación de la Universidad dentro del Proyecto CAN.
Patrimonio público de los colombianos.
El proyecto ganador del concurso de ideas para ejecutar el Proyecto CAN incluye el
+RVSLWDO8QLYHUVLWDULR6DQWD5RVD\HO(GL¿FLR8ULHO*XWLpUUH]\OD8QLGDG&DPLOR7R-
rres perjudicando a la Universidad por las actividades administrativas y educativas que
se llevan a cabo en dichos recintos.
(ODKRJDPLHQWR ¿QDQFLHUR GHO FXDO KD VLGR YtFWLPD OD HGXFDFLyQ VXSHULRU S~EOLFD HQ
Colombia por parte de todos los gobiernos.
&LWDXQD HQWUHYLVWDTXHVH OHKL]RDO JHUHQWHGH OD(9%HQ ODTXH PDQL¿HVWDTXHVL OD
Universidad no necesita remodelar o reformar su infraestructura y sus redes ni tampoco
UHTXLHUHQGHD\XGD¿QDQFLHUDQRVHOHVD\XGDUiHQHVHVHQWLGR
8QLQIRUPHPXHVWUD TXHPiVGH GHORV HGL¿FLRVGHOD VHGHGH%RJRWi GHOD8QL-
versidad se encuentran en alto estado de vulnerabilidad, y que para solventar la actual
situación se requieren alrededor de 2 billones de pesos.
Página 20 Lunes, 16 de febrero de 2015 GACETA DEL CONGRESO 26
INTERVINIENTE SÍNTESIS DEL ARGUMENTO PRESENTADO
Le surge la inquietud el hecho de incluir los predios Universidad Nacional, que no ha
aceptado participar, en el proyecto ganador de renovación del CAN no constituye un
detrimento patrimonial, un mal uso de los dineros públicos.
“…Qué mejor y provechoso uso tienen los terrenos de la Universidad Nacional que ser el
FHQWUR\VHUHODVLHQWRGHOPRWRUGHOGHVDUUROORGH&RORPELDTXHHVODHGXFDFLyQVXSHULRU«´
/DXQLYHUVLGDGQDFLRQDOQLVHWRFDQLVHYHQGHVHGH¿HQGH
FERNANDO DE LA HOZ
RESTREPO
Director del Instituto Nacional de
Salud.
El INS es una de las instituciones que se encuentran dentro del polígono del CAN. Y es la
única institución de salud pública con la que cuenta el país. Tiene más de 30 laboratorios
dentro de esa zona.
+DKHFKRXQDLQYHUVLyQGHDSUR[LPDGDPHQWHPLOPLOORQHVHQ ORV~OWLPRVDxRVFRQ
SUR\HFFLyQDORV VLJXLHQWHVWUHVDxRV HQODUHQRYDFLyQ GHODERUDWRULRVFRQVWUXFFLyQGH
áreas con bioterio de alta tecnología con proyección nacional e internacional. Dicha in-
versión estaría en riesgo con el Proyecto CAN.
La inconveniencia del proyecto radica en que la ciudad no cuenta con otro espacio en
donde se puedan construir laboratorios de este tipo, por lo que si se llevara a cabo el Pro-
yecto CAN se obligaría a construir dichos laboratorios fuera de la ciudad, perjudicando
gravemente las labores que tanto el Ministerio de Salud como el INS ejercen como son
la vigilancia en salud pública y el diagnóstico y la referencia en materia de emergen-
cias en salud pública, el diagnóstico de agentes infecciosos que amenazan la salud del
país, y adicionalmente todas las labores de entrenamiento y formación de profesionales
y especialistas en epidemiología de campo que se llevan a cabo en las instalaciones del
instituto.
Deja la constancia tanto el INS como el Instituto de Meteorología cuentan con laborato-
rios que pueden verse afectados por la ejecución del Proyecto CAN, por lo tanto solicita
se excluyan del mismo.
Controversia sobre el área del polígono
El principal punto de discusión en este proyecto
es la determinación del área del polígono del Pro-
yecto de Desarrollo y Renovación Urbana del Centro
Administrativo Nacional (CAN).
El área del proyecto está conformada por un
polígono limitado así: (i) al suroriente con la Ca-
rrera 50, entre la calle 26 y la calle 53; (ii) por el
suroccidente con la calle 26, entre la carrera 50
y la carrera 68; (iii) por el noroccidente con la
carrera 68, entre la calle 26 y la calle 53; (iv) al
nororiente con la calle 53, entre la carrera 68 y la
carrera 50.
Fuente: Google Maps, Bogotá.
En el proyecto de ley radicado, la delimitación
del polígono es así: i) Al suroriente con la Ca-
rrera 50, entre la calle 26 y la calle 44; ii) Por
el suroccidente Calle 26 entre la carrera 50 y
la carrera 60; iii) Por el noroccidente con la
Carrera 60 entre la Calle 26 y la Calle 44; iv)
Al nororiente con la Calle 44, entre la carrera
60 y la carrera 50.
Fuente: Google Maps, Bogotá
Posteriormente, en primer debate dado en la Co-
misión Tercera se amplió el perímetro así: Se aumen-
WyHOiUHDGHODFDUUHUDDODFDUUHUD\GHODFDUUH-
ra 60 a la 66A. A su vez, en el costado norte amplió
el área hasta la calle 53 desde la carrera 66ª hasta la
carrera 60.
Fuente: Google Maps, Bogotá.
Estas ampliaciones incluyen:
1. Los terrenos de la Universidad Nacional de Co-
ORPELDHQORVTXHHVWiQORV HGL¿FLRV8ULHO*XWLpUUH]
y Camilo Torres.
GACETA DEL CONGRESO 26 Lunes, 16 de febrero de 2015 Página 21
 (GL¿FLRV GHO 0LQLVWHULR GH 7UDQVSRUWH GH
Minas.
3. Terreno de RTVC antes Inravisión.
&RPSRQHQWHQ~PHURGHO3DUTXH0HWURSROL-
tano Simón Bolívar, Centro Bolivariano, o humedal
Salitre El Greco.
5. Ajuste del área del polígono
Teniendo en cuenta los argumentos expuestos
en la Audiencia Pública en relación con la situación
particular descrita en el numeral anterior es preciso
indicar que la ponencia establece el ajuste del área
del polígono excluyendo:
1. Todos los predios de la Universidad Nacional
de Colombia, predios que corresponden al Hospi-
tal Universitario (Campus Santa Rosa), los edi-
¿FLRV8ULHO*XWLpUUH]OD8QLGDG&DPLOR7RUUHV
2. El predio de la Escuela Superior Adminis-
tración Pública (ESAP).
3. El predio del Instituto Nacional de Salud (INS).
El predio del Instituto Nacional de Metrolo-
gía de Colombia.
5. El predio correspondiente al denominado
Humedal Salitre el Greco alinderado así: Al Nor-
te con la Av. Calle 53, al Sur con la Av. El Dorado
o Calle 26, al Oriente con la Carrera 60 y al Oc-
cidente con la Cra. 66, Barrio Salitre El Greco,
también denominado Centro Bolivariano, Com-
ponente número 14 del Parque Metropolitano Si-
món Bolívar de Bogotá, D. C.
Por lo tanto, el polígono que se propone es el
siguiente:
Fuente: Google Maps. Bogotá.
El texto propuesto en el proyecto de ley se hace
sobre la base de los siguientes argumentos:
5.1 Preservación del Patrimonio Público
En caso de no delimitar adecuadamente el polí-
gono objeto de renovación, los terrenos que hoy en
día son un referente de instituciones públicas para la
ciudad y el país quedarían transformados a terrenos
para aprovechamiento comercial y privado en de-
trimento de los bienes públicos.
La siguiente imagen muestra cómo está distribui-
do los terrenos en la zona que denominamos el CAN.
6DOYRHOORWHGHOD%HQH¿FHQFLD VREUHHOFXDOH[LVWH
una controversia jurídica sobre su propiedad, pues se
KDVHxDODGR TXHHV PHUDPHQWHDOEDFHD (Q ODIRWR-
JUDItDDpUHDHQODTXHVHVHxDODHOSUR\HFWRDFWXDOGH
Renovación Urbana CAN, como se puede observar
LQFOX\HHO KXPHGDO6DOLWUH *UHFRORVHGL¿FLRV SUR-
pios el CAN, terrenos de la Universidad Nacional,
la Escuela Superior de Administración pública, la
Clínica de la Policía, entre otros.
Fuente: Google Earth
Para la realización del proyecto de ampliación
CAN, se adelantó un Concurso de Ideas por parte de la
Empresa Virgilio Barco, la propuesta ganadora de este
FRQFXUVRIXH HOGLVHxRHODERUDGR SRUOD ¿UPD2I¿FH
for Metropolitan Architecture (OMA) Unión Tem-
poral G+C Can 2050: Lorenzo Castro Jaramillo y
Julio Flórez Sandoval, para la renovación urbana del
CAN. (O SURFHVR GXUDUi DSUR[LPDGDPHQWH  DxRV 
HQHVH SROtJRQRVH FRQVWUXLUiQ HGL¿FLRVSDUD 
HQWLGDGHV ± GHO *RELHUQR 1DFLRQDO± \ YL-
YLHQGDVDGHPiVGHR¿FLQDV\FRPHUFLR
A continuación se muestra el plano de la propuesta
JDQDGRUDHGL¿FLRVSDUDR¿FLQDVPRUDGRDSDUWDPHQ-
tos (amarillo), Cultura (fucsia); Educación (naranja).
Fuente: Empresa de Renovación Urbana1
Propuesta Ganadora.
El proyecto como está concebido involucra el
desarrollo de 2.750.000 m2, de estos apenas el 20%
equivalente a 550.000 m2 corresponderá con áreas
públicas y de uso común (polígonos de color azul),
todo lo demás será de naturaleza privada, lo cual co-
rresponde aproximadamente a 1. 608.000 m2. La si-
guiente imagen muestra la ubicación de estas áreas:
Fuente: Empresa de Renovación Urbana2
Propuesta Ganadora.
1 'LVSRQLEOHHQODZHER¿FLDOGHOD(PSUHVDGH5HQRYDFLyQ
Urbana en el vínculo http://www.empresavirgiliobarco.
gov.co/concurso/Paginas/concurso-ideas-2013.aspx.
2 Ibíd.
Página 22 Lunes, 16 de febrero de 2015 GACETA DEL CONGRESO 26
De los anteriores planos es posible concluir que:
1. El proyecto de renovación implica que los
predios que hoy pertenecen al Estado se pri-
vaticen/RV GLVHxRV SUHVHQWDGRV HYLGHQFLDQ XQD
proporción mínima de espacios públicos, lo cual se
FRQWUDSRQHÀDJUDQWHPHQWHDOFRQWHQLGR GHO'HFUH-
WRQ~PHURGH³SRUHOFXDOVHFUHDOD(P-
presa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano
±9LUJLOLR%DUFR9DUJDV´±
Tal situación es la que sustenta que la empresa
encargada de llevar a cabo este proceso de reno-
vación (Empresa Nacional de Renovación Urbana
9LUJLOLR%DUFRFRUUHVSRQGDFRQ ODGH¿QLFLyQMXUt-
dica de Empresa Industrial y Comercial del Estado
del orden nacional y no a una Sociedad Anónima
6LPSOL¿FDGD6$6FRQSDUWLFLSDFLyQ GHKDVWDHO
GHFDSLWDOSULYDGRDUWtFXORGHOSUR\HFWRGH
ley). En esto se coincide con argumentos expresa-
dos previamente en distintos espacios, en los que se
concluyó que al dejarse abierta la posibilidad para
el ingreso del sector privado, VHSRGUtD SRQHU HQ
SHOLJURORVSULQFLSLRVTXHULJHQHO3UR\HFWRGH5H-
QRYDFLyQ8UEDQDGHO&$1\0LQLVWHULRV
2. La intervención urbana no puede afectar
ORV SUHGLRVS~EOLFRV SDUD EHQH¿FLDU VLJQL¿FDWL-
vamente intereses privados. El área del polígono
tal como quedó aprobado en el primer debate no
reconoce la importancia de bienes públicos que son
producto de una onerosa inversión del Estado du-
rante más de cinco décadas, así por ejemplo, ten-
drían que demolerse y trasladarse a otras zonas las
sedes administrativas y cuantiosos laboratorios de
entidades como el Instituto Nacional de Salud y el
Instituto Nacional de Metrología.
3. La importancia del Hospital Universita-
rio de la Universidad Nacional de Colombia. El
Congreso de la República aprobó la Ley 1697 de
2013, “por la cual se crea una Estampilla Pro Uni-
versidad Nacional de Colombia y demás Univer-
VLGDGHV (VWDWDOHV´ (Q HVWD WUDVFHQGHQWDO OH\ SDUD
HO¿QDQFLDPLHQWR GHODV XQLYHUVLGDGHVS~EOLFDV VH
consigna la destinación de los recursos asignados
a la Universidad Nacional de Colombia ³SULRULWD-
ULDPHQWHDODFRQVWUXFFLyQUHIRU]DPLHQWRDGHFXD-
FLyQDPSOLDFLyQ PDQWHQLPLHQWR\ GRWDFLyQ GHOD
SODQWD ItVLFD \ HVSDFLRV S~EOLFRV HQ FDGD XQD GH
ODVRFKRVHGHVDFWXDOHVGHOD8QLYHUVLGDG\SDUDOD
FRQVWUXFFLyQ\GRWDFLyQGHO+RVSLWDO8QLYHUVLWDULR
GHOD8QLYHUVLGDG 1DFLRQDOGH&RORPELD´ (subra-
yado fuera de texto), el cual es la culminación de
PiVGHFXDUHQWDDxRVGHSODQHDFLyQ\HMHFXFLyQGHO
proyecto de un Hospital Universitario de primer or-
den en América Latina.
7DOFRPR IXH VHxDODGR HQ OD DXGLHQFLD S~EOLFD
realizada, no existe fórmula indemnizatoria capaz de
FDOFXODUORVEHQH¿FLRVVRFLDOHVTXHSXHGDHQWUHJDUDO
país un bien público como el hospital universitario
de la Universidad Nacional de Colombia en servi-
cios de salud, ciencia, investigación e innovación.
A su vez, resulta contraproducente que dicha
valorización, producto de una inversión pública
sustancial en un marco de recursos escasos, resulte
siendo el desencadenante del desplazamiento y la
destrucción de bienes de interés patrimonial, edu-
cativo y ambiental.
5.2 Garantía del Derecho a un Ambiente
Sano. Derecho a la Ciudad
El desarrollo del proyecto objeto de la presente
SRQHQFLDVREUHHO FRPSRQHQWHQ~PHUR GHO3DU-
que Metropolitano Simón Bolívar, Centro Boliva-
riano, o humedal Salitre El Greco, constituye una
vulneración de los preceptos constitucionales con-
signados en los artículos 8°, 79, 80, 82, 95 numeral
8, toda vez que:
1. Corresponde a las administraciones nacional
y distrital en el marco de sus competencias garan-
tizar la vigencia de los postulados constitucionales
relativos al medio ambiente mediante la protección,
preservación, conservación, expansión y recupera-
ción de los humedales y demás ecosistemas de Bo-
gotá. Por lo anterior, es pertinente atender el man-
dato de la Ley 357 de 1997, “por medio de la cual
se aprueba la ‘Convención Relativa a los Humedales
de Importancia Internacional Especialmente como
Hábitat de Aves Acuáticas’, la cual como parte del
Bloque de Constitucionalidad, es de cumplimiento
obligatorio por el Estado colombiano. En esta línea,
los lineamientos técnicos y jurídicos consignados
en la política distrital de gestión de humedales y del
DUWtFXORGHO'HFUHWRQ~PHURGHUHLWH-
rado en el Documento Conpes 3718 de enero 31 de
2012, que estableció la Política Nacional de Espacio
Público, son de obligatorio acatamiento por parte de
la Administración Nacional y la Distrital.
2. Los indicadores ecológicos urbanos en Bo-
gotá se encuentran muy por debajo de lo que la
206\HO'HFUHWR1DFLRQDO Q~PHURGH
VHxDODQTXLQFH PHWURV FXDGUDGRV P2) por ha-
bitante como índice mínimo de espacio público
efectivo; el Plan Maestro de Espacio Público adop-
tó 10 m2. A 2012 la situación era en promedio de
P2 de espacio público efectivo por habitante.
A 2013, la VXSHU¿FLHGHODVGLIHUHQWHV]RQDVYHUGHV
actualmente establecidas en la ciudad, medidas por
el indicador de zonas verdes efectivas per cápita, es
de 3.9, lo cual se considera muy por debajo de los
promedios internacionales.
Bajo este panorama, existe una necesidad ina-
plazable de generación de espacio público en la
ciudad de Bogotá, ya que según cálculos de la ad-
ministración distrital, para alcanzar el estándar de
espacio público efectivo de 15 m2/hab en el área
urbana de Bogotá, se requeriría de la liberación de
cerca de 8.760 ha de suelo adicional al que compo-
ne el espacio público existente3.
3. El Humedal Salitre - El Greco como parte
de la Estructura Ecológica Principal de la Ciudad
Los humedales representan núcleos vivos en
medio de desarrollos urbanísticos de gran enverga-
3 9HU'RFXPHQWRWpFQLFRGHVRSRUWHGH ODPRGL¿FDFLyQH[FHS-
cional al POT - 2013, disponible en http://www.sdp.gov.co/
portal/page/portal/PortalSDP/POT_2020/soportestecnicos/
'76B'HFUHWRBBGHBSGI
GACETA DEL CONGRESO 26 Lunes, 16 de febrero de 2015 Página 23
dura, dinámica que pone en peligro la existencia
de estos hábitats de diversas especies vegetales,
que aparte de albergar vida, representan activos de
gran valor ambiental, paisajístico y para la con-
templación.
Uno de estos ecosistemas que sería literalmente
arrasado por el proyecto de Renovación Urbana
CAN, es el humedal de Salitre El Greco, denomi-
nado así por su cercanía con el barrio del mismo
nombre. Este humedal comprende un lote de apro-
[LPDGDPHQWHKHFWiUHDVGH¿QLGRSRUHOSROtJRQR
cuyos límites corresponden a:
a) Al Norte con la Av. Calle 53;
b) Al Sur con la Av. El Dorado o calle 26;
c) Al Oriente con la carrera 60;
d) Al Occidente con la carrera 66 (Barrio Salitre
El Greco).
Sucintamente la importancia de su conservación
y restauración radica en que:
1. Actualmente es hábitat de distintas especies
animales y vegetales. Es uno de los pocos vestigios
que quedan de este ecosistema, que por efecto del
auge inmobiliario desarrollado en la ciudad de Bo-
gotá alrededor de la calle 26, se ha visto seriamente
amenazado.
2. Cumple una función ecológica de regular
las aguas subterráneas y el nivel freático de los
predios colindantes. En caso de urbanizarse po-
dría suceder lo que le sucedió en la Universidad
de la Sabana, que fue construida sobre el humedal
Torca-Guaymaral que cumple función reguladora
del río Bogotá. Recordemos que una inundación
GHHVWHWDPDxRQXQFD ODKDYLYLGR%RJRWi \VHUtD
ODWHQWHGH FRQVWUXLUHGL¿FLRV HQFLPDGH HVWHSXO-
món de Bogotá.
3. Pertenece a la Estructura Ecológica Princi-
pal de Bogotá\SRUWDQWRHViUHDSURWHJLGDGH¿QL-
GDHQHOGHFUHWR GLVWULWDOGH TXHSHUPLWH
que la ciudad sea ambientalmente sostenible. Por lo
tanto, no es viable jurídicamente eliminar esta zona
y cambiar el uso del suelo de este lote.
 Según la fundación Humedales Bogotá,
este ecosistema ³>7@LHQHXQDSUR[LPDGRGH
mGHiUHDLQXQGDEOHFRQDEXQGDQWH-XQFRILQR
R -XQFR GH HVWHUD -XQFXV HIIXVXV \ SUHVHQFLD
GH&RUWDGHUDFDUH[ VS(QHVWH OXJDUSXGHHV-
FXFKDUHO FURDUGH ODVUDQDV DSHVDU GHOUXLGR
Esta misma preocupación en materia de política pública
ha sido analizada y reglamentada por el gobierno distri-
tal para esta zona de la ciudad. Así lo establece el Decre-
to número 301 de 2011 (que actualiza el Decreto número
GH  TXH GHQWUR GH ODV HVWUDWHJLDV GH RUGHQD-
miento territorial en la Unidad de Planeamiento Zonal
83=Q~PHUR3DUTXH6LPyQ%ROtYDU±&$1HQWUH
otras establece:
³3URWHJHU OD (VWUXFWXUD (FROyJLFD 3ULQFLSDO FRUUHV-
SRQGLHQWH DO 3DUTXH 0HWURSROLWDQR6LPyQ %ROtYDU HO
+XPHGDO(O 6DOLWUH\ ORVSDUTXHVYHFLQDOHV GH EROVLOOR
GHODV8UEDQL]DFLRQHV(O 6DOLWUH3DUTXHUHVLGHQFLDO(O
*UHFR\UHFXSHUDUODV]RQDVGHFHVLyQTXHVHHQFXHQWUDQ
ORFDOL]DGDVDO LQWHULRU&HQWUR $GPLQLVWUDWLYR1DFLRQDO
&$1HQHO6HFWRU1RUPDWLYRODVFXDOHVVHHQFXHQWUDQ
LQYDGLGDV´
GHORVDXWRPyYLOHV\OD SUHVHQFLDGHDOJXQRVUH-
VLGXRVVyOLGRV TXH IORWDQ DOOt´ Adicionalmen-
te es hábitat de por los menos otras 70 especies
como ranas, mirlas, copetones, colibríes, gavila-
nes bailarines, diferentes tipos de insectos6; y
de especies vegetales tales como +LJXHULOOR5L-
FLQXVFRPPXQLV /XORGH SHUUR6RODQXP PDU-
JLQDWXPFDODED]D&XFXUELWDILFLIROLD\6DXFR
6DPEXFXVSHUXYLDQD. Muchas de estas especies
habitan en los cuatro cuerpos de agua que se lo-
gran definir en este humedal, cada uno con carac-
terísticas ecológicas diversas, y que por efecto de
la deforestación a la que se ha visto expuesto, son
vulnerables ante períodos de larga sequía.7
5. Derecho de Propiedad. Adicionalmente,
sobre este predio existen confusiones respec-
to al derecho real de propiedad, pues a pesar de
que se ha estipulado que es la Beneficencia de
Cundinamarca el propietario, según varios de los
intervinientes en la audiencia, con sustento en
escrituras y otros documentos de validez jurídi-
ca, demuestran que la Beneficencia es apenas un
albacea, pues tal predio hace parte del legado de
J. J. Vargas al Hospital San Juan de Dios y hace
SDUWHGHO &RPSRQHQWH1R GH3DUTXH 0HWUR-
politano Simón Bolívar.
6. Con fundamento en el Bloque de Consti-
tucionalidad y la legislación Nacional, desde un
enfoque de derechos, para la Nación y el Distrito
existe una obligación de i). Generación de instru-
mentos de planeación estratégica que fortalezcan
el Sistema distrital de áreas naturales protegidas y
garantice la conservación de la biodiversidad y ii)
velar por que los espacios naturales de disfrute de
las personas, mantengan el carácter público, evitan-
do la privatización y cambio de uso.8
7. Componente del Parque Simón Bolívar.
Las Hectáreas hacen parte del Plan Maestro del
SDUTXH 6LPyQ %ROtYDU iUHD GH¿QLGD FRPR ]RQD
verde metropolitana al tenor de lo dispuesto en el
Acuerdo número 7 de 1979 del Concejo Distrital,
actualmente vigente; también fue incluida en el
Plan Maestro del Parque Simón Bolívar en 1982.
Adicionalmente, por ser parte del Parque Metro-
politano Simón Bolívar9, representa una oportu-
5 Mayores detalles de las características y valor ecológico
de este humedal, véase:
http://humedalesbogota.com/2012/05/03/el-humedal-de-
salitre-greco/UHYLVDGR GHGLFLHPEUH GH
p. m.).
6 Mayores detalles véase: http://www.concejodebogota.
gov.co/pesebre-de-la-muerte-en-el-humedal-salitre-el-
greco-roberto-saenz/cbogota/2012-11-16/131231.php
UHYLVDGRGHGLFLHPEUHGHSP
7 Tomado de http://humedalesbogota.com/2012/05/03/el-
humedal-de-salitre-greco/
8 Alcaldía Mayor de Bogotá. Matriz de Núcleos de De-
rechos para Bogotá D. C., disponible en http://parti-
cipacionbogota.gov.co/index.php/home/remository.
KWPO"IXQF ¿OHLQIRLG 
9 Vale recordar que este parque se creó con la Ley 31 de
1979 que ordenó la construcción de un parque popular
HQWHUUHQRVGH³(O6DOLWUH´HQFRQPHPRUDFLyQGHOQDWD-
licio del libertador Simón Bolívar.
3iJLQD Lunes, 16 de febrero de 2015 GACETA DEL CONGRESO 26
nidad para la generación de sinergias ecológicas y
paisajísticas de gran importancia para la ciudad.
Por los argumentos brevemente expuestos, la
presente ponencia excluye este polígono del pro-
yecto de renovación, pues implicaría una devasta-
ción ecológica, privaría a los bogotanos de gozar
espacios para el bienestar general y se desconocería
el bloque de constitucionalidad que ordena su res-
tauración, es el único humedal sobre la calle 26.
5.3 Garantía del Derecho Fundamental a la
Educación Superior y Preservación de la Auto-
nomía Universitaria
Con fundamento en el carácter LXVIXQGDPHQWDO
del derecho a la educación superior y la prohibición
constitucional de adoptar medidas regresivas para
ODH¿FDFLD GHOPLVPR DVtFRPR HQHO PDQGDWRGH
conservación del núcleo esencial de la autonomía
universitaria desarrollada en abundante jurispru-
dencia de la honorable Corte Constitucional, los
distintos estamentos que conforman la Universidad
Nacional de Colombia se han pronunciado en con-
tra de la inclusión de los terrenos de la Universi-
dad en el proyecto de desarrollo y renovación ur-
bana del Centro Administrativo Nacional (CAN).
Lo propio ha hecho la comunidad estudiantil de la
Escuela Superior de Administración Pública ESAP.
En esta línea, los estamentos de la Universidad
han solicitado excluir “GHIRUPDFODUD \GH¿QLWLYD
del proyecto de ley en discusión, los predios in-
cluidos en el Proyecto Ciudad CAN, que forman
parte del patrimonio económico y académico per-
tenecientes a la Universidad Nacional de Colom-
bia, en su calidad de bienes patrimoniales de la
sociedad colombiana, sin perjuicio de que la Uni-
versidad, pueda continuar participando como enti-
GDGDVHVRUD GHO(VWDGR HQHOUHIHULGR SUR\HFWR´11
(Negrilla y cursiva fuera de texto).
En síntesis los argumentos que sustentan la ex-
clusión de los predios de la Universidad Nacional
son:
10 Según la Organización Asovecinos de Teusaquillo (en
documento titulado: “El Parque Simón Bolívar no debe
incluirse en el Proyecto de Renovación Urbana del Cen-
tro Administrativo Nacional – CAN, y menos el centro
EROLYDULDQRFRPSRQHQWH´GLFKRSUHGLRKDFHSDUWH
del total de área heredada por José Joaquín Vargas en
1922 mediante testamento a: Hospital San Juan de Dios
de Bogotá: 30 unidades (30%); Asilo de San José para
QLxRV GHVDPSDUDGRV  XQLGDGHV  +RVSLFLR GH
Bogotá: 20 unidades (20%); Sociedad San Vicente de
Paul de Bogotá: 20 unidades (20%); Asilo de Indigen-
tes Hombres y Mujeres de Bogotá: 10 unidades (10%).
Posteriormente el Juzgado Sexto del Circuito elevó el
testamento a escritura pública con el número 1055 del
25 de junio de 1937 de la Notaría Tercera de Bogotá, en
el cual se anexa un plano que corresponde a la Finca El
Salitre, y que tiene una extensión de 22.200 fanegadas
KD(QODFLWDGDHVFULWXUDHOMXH]HVWDEOHFHTXHHO
presidente de la Sociedad San Vicente de Paul de Bogotá
recibe directamente sus bienes y nombra como albacea a
OD%HQH¿FHQFLDGH&XQGLQDPDUFD´
11 Concejo de Sede. Sede Bogotá Universidad Nacional de
Colombia, disponible en http://www.bogota.unal.edu.
co/comunicado3cs/
(OSHVRHVSHFt¿FRGHOD8QLYHUVLGDG1DFLRQDO
de Colombia en el Sistema Estatal de Universidades
3~EOLFDVHVPX\VLJQL¿FDWLYR/D8QLYHUVLGDGFXHQ-
WDFRQSRVJUDGRVGRFWRUDGRVPDHVWUtDV
95 especializaciones y 39 especialidades médicas.
7LHQHDGHPiV  JUXSRV GH LQYHVWLJDFLyQ \ 
UHYLVWDVFLHQWt¿FDVLQGH[DGDVHQ,%13XEOLQGH[(V
la principal Universidad Pública del país por pre-
supuesto recibido por el Estado. Adicionalmente
HQHO UDQNLQJ86DSLHQV SDUDOD 8QLYHUVLGDG
ocupó el primer puesto en el país consolidándose
como Universidad de Investigación y “A nivel in-
ternacional, recientemente el QS World University
Rankings dejó a la Universidad Nacional como la
QRYHQD PHMRU 8QLYHUVLGDG HQ /DWLQRDPpULFD´12
en consideración a tales circunstancias cualquier
decisión que afecte los intereses de la Universidad
deberá ser consultada en virtud del principio de au-
tonomía universitaria y ponderarse cuidadosamente
por el Legislador y el Ejecutivo Nacional.
2. “Los inmuebles de la Universidad Nacional
de Colombia son imprescriptibles, inalienables e
inembargables y su destinación corresponde a sus
¿QHV PLVLRQDOHV FX\D UHDOL]DFLyQ VH SUR\HFWD HQ
EHQH¿FLRGHWRGDOD1DFLyQFRORPELDQD´13 Así está
establecido en la Carta Política, así como el precep-
to constitucional que corresponde con la autonomía
universitaria (artículos 62, 63 y 69), los cuales son
vulnerados en el proyecto de ley original de reno-
vación urbana del CAN, pues tal y como lo asevera
la Universidad Nacional, en ningún momento fue-
ron consultados sobre esta iniciativa legal.
3. “La totalidad de los bienes de la Universidad
Nacional de Colombia, constituye un patrimonio
público de carácter nacional, y su existencia garan-
tiza derechos fundamentales de todos los colombia-
QRVFRPRODHGXFDFLyQ\ODVDOXG´
³(QODIRUPXODFLyQGHOSODQGHUHQRYDFLyQGHO
Centro Administrativo Nacional (CAN), se proyec-
tó la incorporación de predios de la Universidad
Nacional de Colombia, sin haber realizado las con-
sultas correspondientes, de conformidad con el pre-
FHSWRFRQVWLWXFLRQDOGHDXWRQRPtDXQLYHUVLWDULD´15,
desconociendo que la Universidad posee “(…) cer-
ca del 20% del área del terreno considerado en las
SURSXHVWDVXUEDQtVWLFDVDGHODQWDGDV´16
5. “Los predios de la Universidad en el CAN
constituyen la única posibilidad real de creci-
miento futuro de la Sede Bogotá. Por esta razón,
la Universidad Nacional ha solicitado incluir es-
12 Ver, Universidad Nacional, la mejor del país en investi-
gación en El Espectador, disponible en http://www.ele-
spectador.com/noticias/educacion/universidad-nacional-
mejor-del-pais-investigacion-articulo-516033
13 Concejo de Sede. Sede Bogotá Universidad Nacional de
Colombia, disponible en http://www.bogota.unal.edu.
co/comunicado3cs/
 Ibíd.
15 Ibíd.
16 Ver, Noticias RCN la Universidad no cederá ningún te-
rreno para Renovación disponible en http://www.rcnra-
dio.com/noticias/la-un-no-cedera-ningun-terreno-para-
UHQRYDFLRQXUEDQDGHOFDQ
GACETA DEL CONGRESO 26 Lunes, 16 de febrero de 2015 Página 25
tos predios en el Plan de Regularización y Manejo
ante las instancias pertinentes. Estos predios son y
deben ser inalienables e inembargables, y su des-
WLQDFLyQGHEH VHU H[FOXVLYDSDUD ORV ¿QHVPLVLR-
QDOHVGHOD8QLYHUVLGDG1DFLRQDOHQ EHQH¿FLRGH
WRGDODQDFLyQFRORPELDQD´17
6. Según los Representantes Profesorales “El cam-
pus universitario ampliado, incluyendo los predios de
OD8QLGDG&DPLOR7RUUHVHO(GL¿FLR8ULHO*XWLpUUH]\
el Campus Santa Rosa, es indispensable para el desa-
rrollo de la labor académica y para los planes futuros y
de expansión que requiere la Universidad Nacional de
&RORPELD´ LQDFHSWDEOHVODVSUHVLRQHV UHDOL]D-
das por la Empresa Nacional de Renovación Urbana
Virgilio Barco Vargas S.A.S., en las comunicaciones
públicas sobre la inclusión de los predios de la Uni-
versidad en el proyecto, sin considerar la pública ne-
gativa de las directivas universitarias y de los demás
HVWDPHQWRVGHPRGL¿FDUODGHVWLQDFLyQGHODVDFWXDOHV
áreas y los terrenos de la universidad.
7. En la última década la Universidad adquirió la
antigua Clínica Cajanal Santa Rosa y sus terrenos
adyacentes para realizar la construcción del Cam-
pus Santa Rosa dedicado a la formación e investi-
gación en los programas de las áreas de la Salud.
Actualmente se está concluyendo su reforzamiento
estructural y se va a dar inicio a las obras de apertu-
ra del Hospital Universitario.18(Q ORVDxRV
2015 se destinaron a su construcción recursos del
RUGHQGHPLOPLOORQHVGHSHVRV
8. Que “es de público conocimiento que el in-
terés y la responsabilidad social de la Universidad,
nos ha llevado a invertir ingentes recursos econó-
micos y humanos, así como tiempo y dedicación a
la construcción del Hospital Universitario, que no
solamente aportará a la formación de estudiantes en
el área de la Salud y las Ciencias Humanas, sino
que además, apoyará efectivamente y de manera
sustancial, la solución a la grave crisis hospitalaria
de la ciudad de Bogotá. De la misma forma, el Hos-
pital aportará en la atención de alta complejidad, in-
vestigación y transferencia de tecnología en el área
GHODVDOXGGHWRGRHOSDtV´19
9. Así mismo, el estamento profesoral ha referi-
do la importancia en materia educativa y de inves-
tigación de esta obra, la cual tendría “implicacio-
nes e impactos para los cerca de 5.000 estudiantes
de pregrado y posgrado que serán involucrados en
las actividades de formación, investigación, inno-
vación y servicio, debe continuar desarrollándose
plenamente en su fase 1 y su fase 2, la primera de
acuerdo al presupuesto ya asignado por parte del
17 Ibíd.
18 Ver, en el expediente del proyecto la comunicación en-
YLDGDSRUHOVHxRU5HFWRU GHOD8QLYHUVLGDG1DFLRQDODO
Ponente el 5 de noviembre de 2013 solicitando la ex-
clusión de los predios de la Universidad Nacional del
proyecto de desarrollo y renovación urbana del Centro
Administrativo Nacional (CAN).
19 Ver, en el expediente del proyecto la comunicación remi-
WLGDSRUHO VHxRU9LFHUUHFWRU*HQHUDOGH OD8QLYHUVLGDG
HO GH QRYLHPEUH GH  UHLWHUDQGR OD VROLFLWXG GH
exclusión de los predios de la Universidad.
Consejo Superior Universitario (CSU) en 2013, y
la segunda con base en los recursos provenientes de
la estampilla según lo contemplado en el trámite y
HODUWLFXODGRGHGLFKDOH\´
En virtud de las anteriores consideraciones y la
importancia histórica y estratégica del fortaleci-
miento de la Universidad Nacional de Colombia
para la sociedad colombiana, la ponencia excluirá
los predios de su propiedad.
 Garantía del Derecho a la Salud
En la anterior década las administraciones distri-
tales han hecho esfuerzos por consolidar y mejorar
la oferta de servicios de la Red Pública Hospita-
ODULD VLQ HPEDUJRD~Q UHVXOWD HYLGHQWH OD LQVX¿-
ciencia de camas hospitalarias. En términos de la
Secretaría Distrital de Salud.
“De acuerdo al documento “Situación de Sa-
lud de las Américas Indicadores Básicos OPS/
206 ´ HO Q~PHUR GH FDPDV SRU FDGD PLO
KDELWDQWHVHQODUHJLyQGHODV$PpULFDVHVGH
camas por mil habitantes, de 3.0 camas por 1.000
habitantes en América de Norte y de 2.1 camas
por cada 1.000 habitantes para América Latina y
el Caribe. Este mismo indicador en la ciudad de
Bogotá es de 1.67 camas por cada 1.000 habitan-
tes, sin embargo este dato no es conclusivo sobre
la suficiencia de camas para atender las necesida-
des en salud de la población bogotana.
Frente a las estimaciones de demanda potencial
de egresos en el D. C., calculada con una pobla-
FLyQGH  KDELWDQWHVSUR\HFFLyQ GH SR-
blación a 2012 según Censo DANE 2005) y una
frecuencia de uso del servicio de hospitalización
JHQHUDOGHIUHFXHQFLDGHXVRHVWLPDGDSRU
OD6'6DODxRVHHVSHUDUtDXQDGHPDQGDGH
1.150.058 egresos, para lo cual sería necesario un
WRWDOGH FDPDVFDOFXODGDV DXQSURPHGLR
día estancia general de hospitales de la red adscri-
WDDOD6HFUHWDUtD'LVWULWDOGH6DOXG GHGtDV\XQ
porcentaje ocupacional del 90% según estándares
GHFDOLGDGGH¿QLGRVSRUOD206
En la actualidad el Distrito Capital cuenta en el
VHUYLFLRGH KRVSLWDOL]DFLyQFRQ XQWRWDO GH
camas (Fuente: Registro Especial de Prestadores de
Servicios de Salud, a diciembre 31 de 2012), 9.326
camas en prestadores privados y 3.321 camas de
SUHVWDGRUHVS~EOLFRVSDUDXQWRWDOGHFDPDV
hospitalarias. De estas, 2.831 camas están registra-
das para la atención de población pediátrica y 9.816
SDUDODDWHQFLyQGHSREODFLyQDGXOWD´
Es necesario precisar que de acuerdo a lo ya ana-
lizado se encuentra que la red que presentaría pro-
blemas para la atención de esta población sería la
red suroccidente, la cual deberá ser complementada
SRUODV RWUDVWUHVUHGHV SDUDFXEULU ORVGp¿FLWVTXH
presenta en los servicios trazadores, situación que
puede explicarse por ser la única red que no tiene
un segundo nivel fuerte para atender las localida-
des de Kennedy y Puente Aranda. Esta situación,
soporta la necesidad de desarrollar a corto plazo
nuevas infraestructuras que permitan complemen-
tar los servicios existentes.
Página 26 Lunes, 16 de febrero de 2015 GACETA DEL CONGRESO 26
De otra parte, no se han desarrollado en los
hospitales públicos de la red distrital, servicios
tales como: radioterapia, medicina nuclear; con-
sulta especializada de geriatría, gerontología, in-
munología, medicina física y del deporte, reha-
bilitación oncológica, salud ocupacional, hema-
toncología pediátrica, coloproctología, medicina
reproductiva y algunas especialidades oncológi-
cas; en el servicio de urgencias, es necesario for-
talecer las camas para atención en salud mental
y farmacodependencia y desarrollar el servicio
de trasplantes. Los anteriores servicios deben ser
fortalecidos en la red pública o continuar con-
tratándose con red complementaria, dado que
se requerirían para lograr la integralidad de la
DWHQFLyQ´20
En vista de la condición de la Red Pública
Hospitalaria de Bogotá, la construcción del Hos-
pital Universitario es trascendental al menos por
tres razones.
1. Ubicación estratégica de este hospital ante
el riesgo sísmico y de desastre en Bogotá. Al revi-
sar los planos geológicos y los mapas de riesgo ante
un terremoto, gran parte de las clínicas y hospitales
de localidades como Teusaquillo y Chapinero es-
tán ubicados en el margen de los cerros orientales,
donde un sismo de 7,0 haría colapsar esta oferta en
materia de salud21. Por tal motivo, un proyecto tan
ambicioso como el hospital universitario, y de he-
cho, la propuesta de vincular predios colindantes a
este como el hospital de la policía y la clínica del
QLxRLQFOXLGRVWDPELpQSUHGLRVGHOKRVSLWDO6LPyQ
Bolívar para atención ante riesgo de desastre), po-
drían constituir un gran “clúster de la salud en la
]RQDR ³*UDQ &HQWUR +RVSLWDODULR GHO 2FFLGHQWH´
como lo ha denominado la Universidad Nacional,
que mitiga estos potenciales riesgos, además de
servir de vehículo expedito para la investigación y
el ejercicio de la garantía del derecho a la salud de
los bogotanos y bogotanas.
En tal sentido, además de servir como respaldo
o fuente de mitigación ante riesgo de desastre, y de
contribuir con la oferta de salud de la zona, un hos-
pital universitario en esta zona puede desarrollar
sinergias particularmente importantes para el desa-
rrollo urbanístico mismo de renovación del CAN,
siendo una institución con acceso al Aeropuerto In-
ternacional El Dorado y con capacidad de atender
emergencias sobre el corredor de la calle 26.
2. Ampliación de la Oferta Hospitalaria de
la Zona. En el caso específico del proyecto de
hospital universitario, y basado en los resulta-
20 Ver, Secretaría Distrital de Salud, documento de AC-
TUALIZACIÓN DE LA RED PRESTADORA DE SER-
VICIOS DE SALUD DE BOGOTÁ, D. C., 2013. Docu-
mento electrónico elaborado en el marco del Programa
GH5HRUJDQL]DFLyQ5HGLVHxR\0RGHUQL]DFLyQGH5HGHV
de Prestación de Servicios de Salud, Ministerio de Salud
y Protección Social.
21 De acuerdo con distintos estudios geológicos, tres fallas
FRQ¿JXUDQHOULHVJR VtVPLFRHQ%RJRWiOD IDOODGHVXE-
GXFFLyQGHO3DFt¿FR )DOOD³/D&DMLWD´/D &DOHUD\OD
Falla del Piedemonte Oriental.
dos preliminares de corto plazo, solo en la Fase
I (apertura programada para marzo de 2015) el
hospital universitario ofertaría 230 camas hospi-
WDODULDV\HQXQD)DVH,,VHLQFOXLUtDQFDPDV
adicionales. Esta sin duda es una contribución
importante que hace la Universidad Nacional, en
desarrollo de su deber misional, con la externali-
dad positiva de contribuir al bienestar de los ciu-
dadanos y ciudadanas de Bogotá. Por supuesto, sí
en defensa del interés general sobre el particular,
y teniendo como valor social y comprensión de la
importancia del derecho a la salud, la educación
y la investigación, lo realmente conveniente para
la ciudad y el país, sería acoger la idea de aunar
esfuerzos al proyecto universitario y contribuir
(con recursos) además desde el Gobierno Nacio-
nal en la remodelación del hospital de la Policía
\OD&OtQLFDGHO1LxR
3. Sinergias de alto impacto. Además de ser-
vir como respaldo o fuente de mitigación ante
riesgo de desastre, y de contribuir con la oferta
de salud de la zona, un hospital universitario en
esta zona puede desarrollar sinergias particular-
mente importantes para el desarrollo urbanístico
mismo de renovación del CAN, siendo una insti-
tución con acceso al Aeropuerto Internacional El
Dorado y con capacidad de atender emergencias
sobre el corredor de la calle 26.
De esta manera, la exclusión del Hospital Uni-
versitario del Proyecto de Renovación Urbanístico
CAN, contribuye más al desarrollo de la ciudad en
materia educativa, ambiental y de salud por su ex-
clusión que por su inclusión. Bajo tal premisa, la
permanencia, continuidad e integridad del proyecto
del Hospital Universitario es una apuesta educati-
va y social que desde una perspectiva de equidad
SUHWHQGHKDFHUXQDFRQWULEXFLyQVLJQL¿FDWLYDSRUOD
%RJRWiVRxDGD
6. Texto aprobado en Comisión Tercera Cons-
titucional Permanente de la Cámara de Repre-
sentantes
TEXTO APROBADO EN PRIMER DEBATE
POR LA COMISIÓN TERCERA CONSTI-
TUCIONAL PERMANENTE DE LA HONO-
RABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES,
EN SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA MARTES
DIEZ (10) DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRE-
CE (2013) AL PROYECTO DE LEY NÚMERO
018 DE 2013 CÁMARA
SRUPHGLRGH ODFXDOVH PRGL¿FDQDOJXQRVDUWtFX-
ORVGHO'HFUHWROH\GHVHWUDQVIRUPDOD
(PSUHVD1DFLRQDOGH5HQRYDFLyQ 8UEDQD9LUJLOLR
%DUFR9DUJDV6$6HQXQDHPSUHVDLQGXVWULDO\FR-
PHUFLDOGHO(VWDGR\VHGLFWDQRWUDVGLVSRVLFLRQHV
El Congreso de Colombia
DECRETA:
$UWtFXOR(O DUWtFXORGHO 'HFUHWROH\
GH  VREUH ³&UHDFLyQ \ 1DWXUDOH]D -XUtGLFD´
quedará así:
Artículo 1º. Naturaleza jurídica. Transfórmese
la Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo
GACETA DEL CONGRESO 26 Lunes, 16 de febrero de 2015 Página 27
Urbano - Virgilio Barco Vargas S.A.S. en una Em-
presa Industrial y Comercial del Estado del orden
Nacional, con personería jurídica, autonomía ad-
PLQLVWUDWLYD \ ¿QDQFLHUD FDSLWDO LQGHSHQGLHQWH \
vinculada al Departamento Administrativo de la
Presidencia de la República.
A partir de la aprobación de la presente ley, la
Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Ur-
bano Virgilio Barco Vargas S.A.S, se transforma
para todos los efectos en Empresa Nacional de Re-
novación y Desarrollo Urbano Virgilio Barco Var-
gas y así se entenderá en todos los artículos poste-
ULRUHVDO'HFUHWROH\GH
$UWtFXOR(O DUWtFXORGHO 'HFUHWROH\
de 2011 quedará así:
Artículo 7º. Órganos de Dirección y Admi-
nistración Los Órganos de Dirección y Adminis-
tración de la Empresa Nacional de Renovación y
Desarrollo Urbano Virgilio Barco Vargas, estarán
constituidos en su orden por una Junta Directiva y
un Gerente.
Artículo 3º. &DSLWDOGHOD(PSUHVD1DFLRQDOGH
5HQRYDFLyQ\ 'HVDUUROOR8UEDQR. El capital de la
Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Ur-
bano Virgilio Barco Vargas, estará constituido por:
bienes y recursos públicos provenientes del orden
Nacional y de las entidades territoriales, de las en-
tidades descentralizadas; los provenientes del de-
sarrollo de su actividad y del giro ordinario de sus
negocios, los bienes que adquiera a cualquier título,
gratuito u oneroso, y los productos y rendimientos
de ellos. Así como los bienes que actualmente po-
sea al momento de su transformación.
El Gobierno Nacional y las entidades descen-
tralizadas del orden nacional podrán capitalizar a
la Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo
Urbano Virgilio Barco Vargas, en los términos del
artículo 8° de la Ley 185 de 1995, contando como
Gp¿FLWRSHUDWLYRSHUPDQHQWHHO FDXVDGRDSDUWLUGH
la vigencia 2017.
$UWtFXOR(O DUWtFXORGHO 'HFUHWROH\
de 2011, “por el cual se crea la Empresa Nacional
de Renovación y Desarrollo Urbano -Virgilio Bar-
FR9DUJDV´TXHGDUiDVt
Artículo 5°. 2EMHWRVRFLDO El objeto de la Em-
presa Nacional de Renovación y Desarrollo Urba-
no, Virgilio Barco Vargas, será:
a) Elaborar y ejecutar el proyecto de desarrollo
y renovación urbana del Centro Administrativo Na-
cional (CAN) en el área alinderada abajo, con suje-
ción a las normas aplicables para el efecto, dentro
del respeto a las competencias de la Nación y de
FDGDQLYHOWHUULWRULDOFRQHO¿QGH
a1. Contribuir a la mejor prestación de los ser-
vicios públicos a cargo de las entidades nacionales
establecidas en el área alinderada o de las que se
establezcan allí;
D 3DUD PD\RU UHDOFH \ GLJQLGDG GH ODV HGL¿-
caciones que se construyan para prestar servicios
públicos nacionales, dar a Bogotá un espacio de de-
sarrollo urbanístico y arquitectónico a la altura de
los mejores del mundo, y ejemplar en su respeto a
las consideraciones ecológicas;
a3. Para que la prestación de los servicios pú-
blicos nacionales que hayan de prestarse en el área
tenga lugar en un ambiente digno y amable, dar a
Bogotá espacios culturales y recreativos adecuados
DVXFUHFLPLHQWRGHPRJUi¿FR\HFRQyPLFR
D(OiUHDGHOSUR\HFWRHVWiFRQIRUPDGDSRUXQ
polígono limitado así:
3RUHORULHQWHFRQOD FDUUHUDHQWUHODFDOOH
y la calle 26;
Por el Suroccidente con la calle 26 entre la ca-
UUHUD\ODFDUUHUD$
Por el Occidente con la carrera 66A entre la calle
26 y la calle 53;
Por el Noroccidente con la calle 53 entre carrera
66A y la carrera 60;
Por el Norte con la carrera 60 entre calle 53 y
FDOOH
3RUHO1RURULHQWHFDOOHHQWUHFDUUHUD\ FD-
UUHUD
Los predios situados por fuera de este polígo-
no, correspondientes a los barrios La Esmeralda y
Salitre El Greco, no serán objeto de intervención
en este proyecto;
E*DUDQWL]DUTXHKD\DQXHYRVHGL¿FLRVSDUDTXH
las entidades estatales ubicadas hoy en las áreas del
proyecto de desarrollo y renovación urbana puedan
entregar los que ocupan y operar, sin embargo, en
forma preferentemente continua, mediante la cons-
WUXFFLyQDLVODGDLQLFLDOGHORVSULPHURVHGL¿FLRVHQ
el área del proyecto.
Parágrafo 1°. La Empresa Nacional de Renova-
ción y Desarrollo Urbano, Virgilio Barco Vargas
SRGUiFRPRSDUWHGH VXREMHWRVRFLDOLGHQWL¿FDU
promover, gestionar y ejecutar proyectos en otras
áreas de renovación o desarrollo urbano en Bogotá
u otras ciudades del país; dentro del respeto a las
competencias de la Nación y de cada nivel terri-
torial.
Parágrafo 2°. Para el desarrollo de su objeto la
empresa también podrá celebrar, entre otros, con-
WUDWRVGH¿GXFLDFRQVXMHFLyQDVXUpJLPHQMXUtGLFR
Parágrafo 3°. Las actuaciones de la Empresa Na-
cional de Renovación y Desarrollo Urbano, Virgilio
Barco Vargas, se desarrollarán respetando la auto-
nomía territorial.
3DUiJUDIR /RVLQPXHEOHV +RVSLWDO8QLYHUVL-
WDULR6DQWD 5RVD ORV HGL¿FLRV 8ULHO *XWLpUUH] \ OD 
Unidad Camilo Torres que por mandato del artícu-
lo 520 del POT, deben ser incluidos en la etapa de
formulación del Proyecto de Renovación Urbana
CAN, serán excluidos para la etapa de Desarrollo
del mismo, a menos que la Universidad Nacional en
la autonomía otorgada por la Constitución Política
decida vincularse. En cualquier caso, los menciona-
dos inmuebles no podrán ser objeto de expropiación,
mientras se mantenga su propiedad en cabeza de la
Universidad.
Página 28 Lunes, 16 de febrero de 2015 GACETA DEL CONGRESO 26
Parágrafo 5º. Se entiende que los proyectos de
desarrollo o renovación urbana gestionados por la
Empresa pueden incluir el tratamiento de Renova-
ción o de Desarrollo Urbano.
Artículo 5º. 5pJLPHQGH FRQWUDWDFLyQ. El régi-
men aplicable a los actos expedidos por la Empre-
sa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano
Virgilio Barco Vargas como Empresa Industrial y
Comercial del Estado en desarrollo de su objeto
social, es el derecho privado; los contratos que ce-
lebre para el cumplimiento de su objeto social se
supeditarán a los principios consagrados en la Ley
80 de 1993.
Artículo 6°. 9LJHQFLD\GHURJDWRULDV. La presen-
te ley rige a partir de su promulgación, deroga el
DUWtFXORGHO'HFUHWROH\ GH\ODV GLV-
posiciones que le sean contrarias.
7. PLIEGO DE MODIFICACIONES AL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 018 DE 2013
CÁMARA
SRUPHGLRGHODFXDOVHPRGL¿FDQDOJXQRVDUWtFX-
ORVGHO'HFUHWROH\GHVHWUDQVIRUPDOD
(PSUHVD1DFLRQDOGH5HQRYDFLyQ8UEDQD9LUJLOLR
%DUFR9DUJDV6$6 HQ XQD HPSUHVD LQGXVWULDO \
FRPHUFLDOGHO(VWDGR\VHGLFWDQRWUDVGLVSRVLFLRQHV
A continuación se relaciona el texto del proyec-
to de ley aprobado en primer debate en la Comisión
Tercera Constitucional Permanente y el texto con
ODV PRGL¿FDFLRQHV TXH VH SODQWHDQ DO DUWLFXODGR
Las consideraciones y argumentos por los cuales se
SUHVHQWDHVWDSRQHQFLDFRQSOLHJRGHPRGL¿FDFLRQHV
fueron ampliamente expuestos en los numerales an-
teriores.
TEXTO APROBADO POR LA COMISIÓN
TERCERA DE CÁMARA DE REPRESENTANTES TEXTO PROPUESTO PARA SEGUNDO DEBATE
EN LA CÁMARA DE REPRESENTANTES
Artículo 4º(ODUWtFXORGHO 'HFUHWROH\GH
“por el cual se crea la Empresa Nacional de Renovación
\'HVDUUROOR8UEDQR9LUJLOLR%DUFR9DUJDV´TXHGDUiDVt
Artículo 5°. 2EMHWRVRFLDO. El objeto de la Empresa Nacio-
nal de Renovación y Desarrollo Urbano, Virgilio Barco
Vargas, será:
a) Elaborar y ejecutar el proyecto de desarrollo y renova-
ción urbana del Centro Administrativo Nacional (CAN)
en el área alinderada abajo, con sujeción a las normas apli-
cables para el efecto, dentro del respeto a las competen-
FLDVGHOD1DFLyQ\GHFDGDQLYHOWHUULWRULDOFRQHO¿QGH
«
D(OiUHDGHOSUR\HFWRHVWiFRQIRUPDGDSRUXQSROtJRQR
limitado así:
L3RU HO RULHQWH FRQ OD FDUUHUD  HQWUH OD FDOOH  \ OD
calle 26;
LL3RUHO 6XURFFLGHQWHFRQODFDOOH HQWUHODFDUUHUD 
y la carrera 66A;
iii) Por el Occidente con la carrera 66A entre la calle 26 y
la calle 53;
iv) Por el Noroccidente con la calle 53 entre carrera 66A
y la carrera 60;
Y3RUHO1RUWHFRQODFDUUHUDHQWUHFDOOH\FDOOH
YL3RUHO1RURULHQWHFDOOHHQWUHFDUUHUD\FDUUHUD
Los predios situados por fuera de este polígono, corres-
pondientes a los barrios La Esmeralda y Salitre El Greco,
no serán objeto de intervención en este proyecto (…)
Artículo 4º. (O$UWtFXORGHO 'HFUHWR/H\1R GH
2011 “por el cual se crea la Empresa Nacional de Renova-
FLyQ\'HVDUUROOR8UEDQR±9LUJLOLR%DUFR9DUJDV´TXHGD-
rá así: Artículo 5°. 2EMHWRVRFLDO. El objeto de la Empresa
Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano, Virgilio
Barco Vargas, será:
a) Elaborar y ejecutar el proyecto de desarrollo y renova-
ción urbana del Centro Administrativo Nacional (CAN)
en el área alinderada abajo, con sujeción a las normas apli-
cables para el efecto, dentro del respeto a las competen-
FLDVGHOD1DFLyQ\GHFDGDQLYHOWHUULWRULDOFRQHO¿QGH
(…)
D(OiUHDGHOSUR\HFWRHVWiFRQIRUPDGDSRUXQSROtJRQR
limitado así:
i) Al Oriente con la carrera 50, entre la calle 44 y la calle
26;
ii) Por el sur calle 26 entre la carrera 50 y la carrera 60;
iii) Por el Occidente con la carrera 60 entre la calle 26
y la calle 44;
iv) Al Norte con la calle 44, entre la carrera 60 y la
carrera 50.
Los predios situados por fuera de este polígono, corres-
pondientes a los barrios La Esmeralda y Salitre El Greco,
no serán objeto de intervención en este proyecto (…).
(…)
3DUiJUDIR/RVLQPXHEOHV+RVSLWDO8QLYHUVLWDULR6DQWD
5RVDORVHGL¿FLRV8ULHO*XWLpUUH]\OD8QLGDG&DPLOR7R-
rres que por mandato del artículo 520 del POT, deben ser
incluidos en la etapa de formulación del Proyecto de Re-
novación Urbana CAN, serán excluidos para la etapa de
Desarrollo del mismo, a menos que la Universidad Nacio-
nal en la autonomía otorgada por la Constitución Política
decida vincularse. En cualquier caso, los mencionados
inmuebles no podrán ser objeto de expropiación, mientras
se mantenga su propiedad en cabeza de la Universidad.
(…)
Parágrafo 4º Los inmuebles: Los predios que correspon-
den al Hospital Universitario (Campus Santa Rosa), los
HGL¿FLRV8ULHO*XWLpUUH]OD 8QLGDG&DPLOR7RUUHV\ORV
predios de la Escuela Superior Administración Pública
(ESAP), el Instituto Nacional de Salud (INS), El Institu-
to Nacional de Metrología de Colombia serán excluidos
del Proyecto de Renovación Urbana CAN.
Adicionalmente se excluye el predio correspondiente al
denominado Humedal Salitre El Greco alinderado así:
Al Norte con la Av. Calle 53, al Sur con la Av. El Dorado
o calle 26, al Oriente con la carrera 60 y al Occidente
con la Cra. 66, Barrio Salitre El Greco, también denomi-
nado Centro Bolivariano, Componente número 14 del
Parque Metropolitano Simón Bolívar de Bogotá, D. C.
En ningún caso, los mencionados inmuebles podrán ser
objeto de expropiación.
GACETA DEL CONGRESO 26 Lunes, 16 de febrero de 2015 Página 29
8. Proposición
De acuerdo a las anteriores consideraciones,
me permito rendir ponencia positiva al proyecto
de ley, pRUPHGLRGHODFXDOVHPRGL¿FDQ DOJXQRV
DUWtFXORVGHO 'HFUHWROH\GH VHWUDQV-
IRUPD OD (PSUHVD 1DFLRQDO GH 5HQRYDFLyQ 8U-
EDQD9LUJLOLR%DUFR9DUJDV6$6HQ XQDHPSUHVD
LQGXVWULDO\FRPHUFLDOGHO(VWDGR\VHGLFWDQRWUDV
disposiciones, y en consecuencia solicito respetuo-
samente a la Plenaria de la Cámara, dar segundo
debate en los términos legalmente establecidos y
FRQIRUPHDOSOLHJRGHPRGL¿FDFLRQHV
De los honorables Representantes,
9. TEXTO PROPUESTO PARA SEGUNDO
DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO
018 DE 2013 CÁMARA
SRUPHGLRGHODFXDOVHPRGL¿FDQDOJXQRV DUWtFX-
ORVGHO'HFUHWROH\GHVHWUDQVIRUPDOD
(PSUHVD1DFLRQDOGH5HQRYDFLyQ8UEDQD9LUJLOLR
%DUFR9DUJDV6$6HQXQDHPSUHVDLQGXVWULDO\FR-
PHUFLDOGHO(VWDGR\VHGLFWDQRWUDVGLVSRVLFLRQHV
El Congreso de Colombia
DECRETA:
$UWtFXOR(ODUWtFXORGHO'HFUHWROH\
GH  VREUH ³&UHDFLyQ \ 1DWXUDOH]D -XUtGLFD´
quedará así:
Artículo 1º. Naturaleza jurídica. Transfórme-
se la Empresa Nacional de Renovación y Desarro-
llo Urbano - Virgilio Barco Vargas S.A.S. en una
Empresa Industrial y Comercial del Estado del or-
den Nacional, con personería jurídica, autonomía
DGPLQLVWUDWLYD\ ¿QDQFLHUDFDSLWDO LQGHSHQGLHQWH
y vinculada al Departamento Administrativo de la
Presidencia de la República.
A partir de la aprobación de la presente ley, la
Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo
Urbano Virgilio Barco Vargas S.A.S., se transfor-
ma para todos los efectos en Empresa Nacional de
Renovación y Desarrollo Urbano Virgilio Barco
Vargas y así se entenderá en todos los artículos
SRVWHULRUHVDO'HFUHWROH\GH
$UWtFXOR(ODUWtFXORGHO'HFUHWROH\
de 2011 quedará así:
Artículo 7º. Órganos de Dirección y Admi-
nistración. Los Órganos de Dirección y Adminis-
tración de la Empresa Nacional de Renovación y
Desarrollo Urbano Virgilio Barco Vargas, estarán
constituidos en su orden por una Junta Directiva y
un Gerente.
Artículo 3º. &DSLWDOGH OD(PSUHVD1DFLRQDO
GH5HQRYDFLyQ \'HVDUUROOR 8UEDQR El capital
de la Empresa Nacional de Renovación y De-
sarrollo Urbano Virgilio Barco Vargas, estará
constituido por: bienes y recursos públicos pro-
venientes del orden nacional y de las entidades
territoriales, de las entidades descentralizadas;
los provenientes del desarrollo de su actividad y
del giro ordinario de sus negocios, los bienes que
adquiera a cualquier título, gratuito u oneroso, y
los productos y rendimientos de ellos. Así como
los bienes que actualmente posea al momento de
su transformación.
El Gobierno Nacional y las entidades descen-
tralizadas del orden nacional podrán capitalizar a
la Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo
Urbano Virgilio Barco Vargas, en los términos del
artículo 8° de la Ley 185 de 1995, contando como
Gp¿FLWRSHUDWLYRSHUPDQHQWHHOFDXVDGRDSDUWLUGH
la vigencia 2017.
$UWtFXOR(ODUWtFXORGHO'HFUHWROH\
de 2011, por el cual se crea la Empresa Nacio-
QDOGH5HQRYDFLyQ\'HVDUUROOR8UEDQR9LUJLOLR
Barco Vargas quedará así:
Artículo 5°. Objeto social. El objeto de la Em-
presa Nacional de Renovación y Desarrollo Urba-
no, Virgilio Barco Vargas, será:
a) Elaborar y ejecutar el proyecto de desarro-
llo y renovación urbana del Centro Administrativo
Nacional (CAN) en el área alinderada abajo, con
sujeción a las normas aplicables para el efecto,
dentro del respeto a las competencias de la Nación
\GHFDGDQLYHOWHUULWRULDOFRQHO¿QGH
a1. Contribuir a la mejor prestación de los ser-
vicios públicos a cargo de las entidades nacionales
establecidas en el área alinderada o de las que se
establezcan allí;
D3DUD PD\RU UHDOFH\ GLJQLGDGGH ODV HGL¿-
caciones que se construyan para prestar servicios
públicos nacionales, dar a Bogotá un espacio de
desarrollo urbanístico y arquitectónico a la altura
de los mejores del mundo, y ejemplar en su respeto
a las consideraciones ecológicas;
a3. Para que la prestación de los servicios pú-
blicos nacionales que hayan de prestarse en el
área tenga lugar en un ambiente digno y amable,
dar a Bogotá espacios culturales y recreativos
DGHFXDGRVDVX FUHFLPLHQWRGHPRJUi¿FR\HFR-
nómico;
D(OiUHDGHOSUR\HFWRHVWiFRQIRUPDGDSRUXQ
polígono limitado así:
El área del proyecto está conformada por un po-
lígono limitado así:
L$O2ULHQWHFRQODFDUUHUDHQWUHODFDOOH
y la calle 26;
ii) Por el sur calle 26 entre la carrera 50 y la
carrera 60;
Página 30 Lunes, 16 de febrero de 2015 GACETA DEL CONGRESO 26
iii) Por el Occidente con la carrera 60 entre la
FDOOH\ODFDOOH
LY$O1RUWHFRQODFDOOH HQWUHODFDUUHUD
y la carrera 50.
Los predios situados por fuera de este polígono,
correspondientes a los barrios La Esmeralda y Sa-
litre El Greco, no serán objeto de intervención en
este proyecto.
E *DUDQWL]DU TXH KD\D QXHYRV HGL¿FLRV SDUD
que las entidades estatales ubicadas hoy en las
áreas del proyecto de desarrollo y renovación ur-
bana puedan entregar los que ocupan y operar, sin
embargo, en forma preferentemente continua, me-
diante la construcción aislada inicial de los prime-
URVHGL¿FLRVHQHOiUHDGHOSUR\HFWR
Parágrafo 1°. La Empresa Nacional de Renova-
ción y Desarrollo Urbano, Virgilio Barco Vargas
SRGUiFRPRSDUWH GHVXREMHWR VRFLDOLGHQWL¿FDU
promover, gestionar y ejecutar proyectos en otras
áreas de renovación o desarrollo urbano en Bogotá
u otras ciudades del país; dentro del respeto a las
competencias de la Nación y de cada nivel terri-
torial.
Parágrafo 2°. Para el desarrollo de su objeto
la empresa también podrá celebrar, entre otros,
FRQWUDWRV GH ¿GXFLD FRQ VXMHFLyQ D VX UpJLPHQ
jurídico.
Parágrafo 3°. Las actuaciones de la Empresa
Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano, Vir-
gilio Barco Vargas, se desarrollarán respetando la
autonomía territorial.
Parágrafo 4º. Los inmuebles: Los predios
que corresponden al Hospital Universitario
&DPSXV6DQWD 5RVD ORV HGL¿FLRV 8ULHO *X-
tiérrez, la Unidad Camilo Torres y los predios
de la Escuela Superior Administración Pública
(ESAP), el Instituto Nacional de Salud (INS),
El Instituto Nacional de Metrología de Colom-
bia serán excluidos del Proyecto de Renova-
ción Urbana CAN.
Adicionalmente se excluye el predio corres-
pondiente al denominado Humedal Salitre El
Greco alinderado así: Al Norte con la Av. calle
53, al Sur con la Av. El Dorado o calle 26, al
Oriente con la carrera 60 y al Occidente con la
Cra. 66, Barrio Salitre El Greco, también deno-
minado Centro Bolivariano, Componente núme-
ro 14 del Parque Metropolitano Simón Bolívar
de Bogotá, D. C.
En ningún caso, los mencionados inmuebles
podrán ser objeto de expropiación.
Parágrafo 5º. Se entiende que los proyectos de
desarrollo o renovación urbana gestionados por la
Empresa pueden incluir el tratamiento de Renova-
ción o de Desarrollo Urbano.
Artículo 5º. 5pJLPHQGH&RQWUDWDFLyQ El régi-
men aplicable a los actos expedidos por la Empre-
sa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano
Virgilio Barco Vargas como Empresa Industrial y
Comercial del Estado en desarrollo de su objeto
social, es el derecho privado; los contratos que ce-
lebre para el cumplimiento de su objeto social se
supeditarán a los principios consagrados en la Ley
80 de 1993.
Artículo 6°. 9LJHQFLD\ GHURJDWRULDV La pre-
sente ley rige a partir de su promulgación, deroga
HODUWtFXOR GHO 'HFUHWROH\ GH \ODV
disposiciones que le sean contrarias.
De los honorables Representantes.,
CÁMARA DE REPRESENTANTES
COMISIÓN TERCERA
CONSTITUCIONAL PERMANENTE
(Asuntos Económicos)
Bogotá, D. C., 12 de febrero de 2015
En la fecha se recibió en esta Secretaría la po-
nencia para segundo debate de ley número 018 de
2013 Cámara, SRUPHGLR GHOD FXDOVH PRGL¿FDQ
DOJXQRVDUWtFXORVGHO'HFUHWROH\GHVH
WUDQVIRUPD OD (PSUHVD1DFLRQDO GH 5HQRYDFLyQ
8UEDQD9LUJLOLR%DUFR9DUJDV6$6HQXQDHPSUH-
VD LQGXVWULDO \ FRPHUFLDOGHO (VWDGR \ VH GLFWDQ
RWUDVGLVSRVLFLRQHVy se remite a la Secretaría Ge-
neral de la Corporación para su respectiva publi-
cación en la Gaceta del Congreso, tal y como lo
Bogotá, D. C., 12 de febrero de 2015
De conformidad con el artículo 165 de la Ley 5ª
de 1992, “Reglamento del Congreso autorizamos
HOSUHVHQWHLQIRUPH´
GACETA DEL CONGRESO 26 Lunes, 16 de febrero de 2015 Página 31
CARTA DE COMENTARIOS DEL MINISTERIO
DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO AL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 192 DE 2014
CÁMARA
SRUPHGLRGH ODFXDOVH GLFWDQQRUPDVHQ PDWHULD
ODERUDOUHODFLRQDGDVFRQORV RSHUDGRUHVGHWUDQV-
SRUWH WHUUHVWUHDXWRPRWRU LQGLYLGXDO GH SDVDMHURV
HQYHKtFXORVGHWD[L
1.1
Bogotá, D. C.
Honorable Representante
FABIO RAÚL AMÍN SALEME
Presidente de la Cámara de Representantes
Congreso de la República de Colombia
&DUUHUD1(GL¿FLR1XHYRGHO&RQJUHVR
Ciudad
Referencia: Comentarios al texto de ponencia
para segundo debate al Proyecto de ley número 192
GH  &iPDUD SRU PHGLR GH OD FXDO VH GLFWDQ
QRUPDV HQ PDWHULD ODERUDO UHODFLRQDGDV FRQ ORV
RSHUDGRUHVGHWUDQVSRUWHWHUUHVWUHDXWRPRWRULQGL-
YLGXDOGHSDVDMHURVHQYHKtFXORVGHWD[L
Respetado Presidente:
De manera atenta me permito exponer los comen-
tarios que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público
estima pertinente someter a su consideración respecto
al texto de ponencia positiva para segundo debate al
3UR\HFWRGHOH\Q~PHURGH&iPDUDSUHVHQ-
tado por el honorable Representante Óscar Hurtado
Pérez, en los siguientes términos:
El proyecto de ley referenciado en el asunto, de
iniciativa parlamentaria, tiene por objeto expedir
normas en materia laboral y de la seguridad social
aplicables al servicio de transporte terrestre de taxi.
6HDORSULPHUR GHFLUTXHHO'HFUHWR Q~PHUR
GHGHO 0LQLVWHULRGH7UDEDMRHO FXDOSURPXHYH
la formalización para los conductores de vehículos
taxi, contiene una visión integral de distintos aspectos
de política de formalización laboral para este grupo de
trabajadores a diferencia del proyecto de ley.
En este sentido, de acuerdo con el informe de po-
nencia negativa para segundo debate, el proyecto de
OH\FDUHFHGH OLQHDPLHQWRVXQL¿FDGRVVREUHOD SROtWLFD
de formalización para conductores de vehículos taxi,
ya que incluye otras disposiciones como por ejemplo
aspectos de carácter tecnológico para la prestación del
servicio de transporte público en vehículos taxi, lo cual
no tiene consistencia con el objetivo principal del pro-
yecto que consiste en establecer políticas de formaliza-
ción laboral para los conductores de vehículo taxi.
3RURWUDSDUWHWDOFRPR ORVHxDODHOUHIHULGRLQ-
forme de ponencia negativa, la iniciativa resulta
inconveniente en tanto se encuentra vigente el De-
FUHWRQ~PHURGHMXQLRGHGHO0LQLVWHULR
de Trabajo que establece políticas de formalización
para los conductores de vehículos taxi. Además, el
decreto en mención contiene una directriz en mate-
ria de formalización laboral para este grupo de tra-
bajadores que contó con el respaldo de los gremios
de empresas de vehículos taxi y conductores.
Por tanto, considerando las razones expuestas
anteriormente, en especial la falta de conexión en-
tre el objetivo del proyecto de ley y el articulado
propuesto y la implementación en la actualidad de
normativa que promueve la formalización de con-
ductores de vehículos taxi por medio del Decreto
Q~PHURGHGHO0LQLVWHULRGH7UDEDMRQR
se considera conveniente el proyecto de ley.
Por las razones antes expuestas, este Ministerio se
abstiene de emitir concepto favorable al Proyecto de
Ley en estudio, y en consecuencia de manera respe-
tuosa, solicita considerar la posibilidad de su archi-
vo, no sin antes manifestarle muy atentamente nues-
tra voluntad de colaborar con la actividad legislativa.
C A R T A D E C O M E N T A R I O S
C O N T E N I D O
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA - 2015
Págs.
Gaceta número 26 - Lunes, 16 de febrero de 2015
CÁMARA DE REPRESENTANTES
PROYECTOS DE ACTO LEGISLATIVO
Proyecto de Acto legislativo número 198 de 2015
Cámara de RHSUHVHQWDQWHVSRU HOFXDOVH PRGL¿FD
el artículo 351 e la Constitución Política ................... 1
PROYECTOS DE LEY
Proyecto de ley número 199 de 2015 Cámara, por
medio de la cual se garantiza el acceso en condi-
ciones de universalidad al derecho prestacional
de pago de prima de servicios para las personas
que prestan servicio doméstico .................................. 3
Proyecto de ley número 201 de 2015 Cámara, por me-
dio de la cual se adicionan y complementan algunos
 DO SODQWHDUVH OD LQFRUSRUDFLyQ GH ODV QXHYDV
tecnologías a la educación ......................................... 6
PONENCIAS
Informe de ponencia para segundo debate, texto aprobado
en primer debate por la Comisión Tercera, pliego
GHPRGL¿FDFLRQHV\WH[WRSURSXHVWRDO Proyecto de
ley número 018 de 2013 Cámara, por medio de la
FXDOVHPRGL¿FDQDOJXQRV DUWtFXORVGHO'HFUHWROH\
GHVHWUDQVIRUPDOD(PSUHVD1DFLRQDOGH
Renovación Urbana Virgilio Barco Vargas SAS, en
una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se
dictan otras disposiciones .......................................... 1 5
CARTAS DE COMENTARIOS
Carta de comentarios del Ministerio de Hacienda y
Crédito Público al Proyecto de ley número 192 de
Cámara, por medio de la cual se dictan normas
en materia laboral relacionadas con los operadores
de transporte terrestre automotor individual de
pasajeros en vehículos de taxi ................................... 31

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