Gaceta del Congreso del 17-04-2012 - Número 149IPSDPL (Contenido completo) - 17 de Abril de 2012 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766996945

Gaceta del Congreso del 17-04-2012 - Número 149IPSDPL (Contenido completo)

Fecha de publicación17 Abril 2012
Número de Gaceta149
PONENCIAS
PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 164 DE 2011
SENADO
por la cual se reforma el artículo 74 de la Ley
elimina el carácter querellablle de los delitos de
violencia intrafamiliar e inasistencia alimentaria,
VHPRGL¿FDQ ORV DUWículos 4° y 5° de la Ley 294
de 1996 y se dictan medidas para garantizar la
investigación de los delitos de violencia contra la
mujer, y la protección de las víctimas de violencia
intrafamiliar.
Bogotá, D. C., 17 de abril de 2012
Honorable Senador
LUIS FERNANDO VELASCO CHÁVEZ
Presidente
Comisión Primera de Senado
Ciudad.
Respetado señor Presidente,
En cumplimiento de su honroso encargo, me
permito presentar a los miembros del honorable
Senado de la República, ponencia para segundo
debate al Proyecto de ley número 164 de 2011 Se-
nado, por la cual se reforma parcialmente la Ley
elimina el carácter querellablle de los delitos de
violencia intrafamiliar e inasistencia alimentaria,
VHPRGL¿FDQ ORV DUWículos 4° y 5° de la Ley 294
de 1996 y se dictan medidas para garantizar la
investigación de los delitos de violencia contra la
mujer, y la protección de las víctimas de violencia
intrafamiliar, en los siguientes términos:
1. Antecedentes y descripción del proyecto
de ley
El proyecto de ley en estudio fue radicado el
pasado 9 de noviembre de 2011 por las Senadoras
Alexandra Moreno Piraquive, Arleth Casado de
López, Nora María García Burgos, Gloria Inés Ra-
mírez, Maritza Martínez Aristizábal, Dilian Fran-
cisca Toro, Myriam Alicia Paredes, Teresita Ro-
mero García y las Representantes Nancy Denisse
Castillo, Ángela María Robledo Gómez, Rosmery
Martínez, Yolanda Duque Naranjo, Gloria Este-
la Díaz, Claudia Marcela Amaya y Marta Cecilia
Ramírez, todas ellas integrantes de la Bancada de
Mujeres del Congreso de la República. Este pro-
yecto se encuentra publicado en la Gaceta del
Congreso número 857 de 2011.
Este proyecto consta de 4 artículos incluido el
de vigencia:
El artículo 1° establece como objeto del pro-
yecto de ley, la eliminación del carácter de que-
rellables y desistibles de los delitos de violencia
intrafamiliar e inasistencia alimentaria.
En el artículo 2° se elimina de la lista de delitos
que requieren querella incluida en el artículo 74
intrafamiliar y la inasistencia alimentaria. Aclara
además que en consecuencia la pena privativa de
la libertad por la comisión del delito de violen-
cia intrafamiliar será la vigente de 4 a 8 años con
los aumentos previstos en el artículo 33 de la Ley
1142 de 2007.
El artículo 3° adiciona un parágrafo al artículo
FLHQGRTXH ODVDXWRULGDGHV LQYHVWLJDUiQGH R¿FLR
en todos los casos en que se tenga conocimiento de
la comisión de conductas relacionadas con la vio-
lencia intrafamiliar y la inasistencia alimentaria.
El artículo 4° corresponde a la vigencia y dero-
gatorias.
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXI - Nº 149 Bogotá, D. C., martes, 17 de abril de 2012 EDICIÓN DE 16 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JESÚS ALFONSO RODRÍGUEZ CAMARGO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G A C E T A D E L C O N G R E S O
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Página 2 Martes, 17 de abril de 2012 GACETA DEL CONGRESO 149
A continuación el texto del proyecto comparado con las normas vigentes:
NORMA VIGENTE PROYECTO DE LEY NÚMERO 164 DE 2011 SE-
NADO, por la cual se reforma parcialmente la Ley
Artículo 1°. Objeto de la ley. La presente ley tiene por
objeto eliminar el carácter de querellables y desistibles
de los delitos de violencia intrafamiliar e inasistencia
DOLPHQWDULDWLSL¿FDGRV HQORV DUWtFXORV\ GHO
Artículo 74. Delitos que requieren querella.
PRGL¿FDGRSRUHODUWtFXOR108 de la Ley 1453 de 2011.
El nuevo texto es el siguiente:> Para iniciar la acción
penal será necesario querella en los siguientes delitos,
excepto cuando el sujeto pasivo sea un menor de edad:
1. Aquellos que de conformidad con el Código Penal no
tienen señalada pena privativa de la libertad.
2. Inducción o ayuda al suicidio (C. P. artículo 107);
lesiones personales sin secuelas que produjeren in-
capacidad para trabajar o enfermedad sin exceder de
sesenta (60) días (C. P. artículo 112 incisos 1º y 2º);
lesiones personales con deformidad física transitoria
(C. P. artículo 113 inciso 1°); lesiones personales con
perturbación funcional transitoria (C. P. artículo 114
inciso 1°); parto o aborto preterintencional (C. P. ar-
tículo 118); lesiones personales culposas (C. P. artículo
120); omisión de socorro (C. P. artículo 131); violación
a la libertad religiosa (C. P. artículo 201); injuria (C.
P. artículo 220); calumnia (C. P. artículo 221); injuria
y calumnia indirecta (C. P. artículo 222); injuria por
vías de hecho (C. P. artículo 226); injurias recíprocas
(C. P. artículo 227); violencia intrafamiliar (C. P. ar-
tículo 229); maltrato mediante restricción a la libertad
física (C. P. artículo 230); inasistencia alimentaria (C.
P. artículo 233); malversación y dilapidación de los
bienes de familiares (C. P. artículo 236); hurto simple
cuya cuantía no exceda de ciento cincuenta (150) sala-
rios mínimos mensuales legales vigentes (C. P. artículo
239LQFLVRDOWHUDFLyQGHV¿JXUDFLyQ\VXSODQWDFLyQ
de marcas de ganado (C. P. artículo 243); estafa cuya
cuantía no exceda de ciento cincuenta (150) salarios
mínimos mensuales legales vigentes (C. P. artículo 246
inciso 3°); emisión y transferencia ilegal de cheques (C.
P. artículo 248DEXVRGHFRQ¿DQ]D&3DUWtFXOR249);
aprovechamiento de error ajeno o caso fortuito (C. P.
artículo 252); alzamiento de bienes (C. P. artículo 253);
disposición de bien propio gravado con prenda (C. P.
artículo 255 GHIUDXGDFLyQ GH ÀXLGRV & 3DUWtFXOR
256); acceso ilegal de los servicios de telecomunicacio-
nes (C. P. artículo 257); malversación y dilapidación de
bienes (C. P. artículo 259); usurpación de tierras (C. P.
artículo 261); usurpación de aguas (C. P. artículo 262);
LQYDVLyQGHWLHUUDVR HGL¿FLRV&3DUWtFXOR263); per-
turbación de la posesión sobre inmuebles (C. P. artículo
264); daño en bien ajeno (C. P. artículo 265); usura y
recargo de ventas a plazo (C. P. artículo 305); falsa au-
toacusación (C. P. artículo 437LQ¿GHOLGDGDORVGHEH-
res profesionales (C. P. artículo 445); Violación de los
derechos de reunión y asociación (C. P. artículo 200).
Artículo 2°. A partir de la expedición de la presente ley
se elimina del artículo 74 de la Ley 906 de 2004, Códi-
JRGH3URFHGLPLHQWR 3HQDOPRGL¿FDGRSRUHO DUWtFXOR
108 de la Ley 1453 de 2011, los delitos de violencia
intrafamiliar e inasistencia alimentaria.
En consecuencia, la pena privativa de la libertad por la
Comisión del Delito de Violencia Intrafamiliar será la
vigente de cuatro (4) a ocho (8) años con los aumentos
previstos en el artículo 33 de la Ley 1142 de 2007, que
PRGL¿FyHODUWtFXORGHOD/H\GH&yGLJR
Penal.

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