Gaceta del Congreso del 20-06-2020 - Número 411 (Contenido completo) - 20 de Junio de 2020 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 845630163

Gaceta del Congreso del 20-06-2020 - Número 411 (Contenido completo)

Fecha de publicación20 Junio 2020
Número de Gaceta411
FE DE ERRATAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXIX - Nº 411 Bogotá, D. C., sábado, 20 de junio de 2020 EDICIÓN DE 1 PÁGINA
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l c o n G r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA - 2020
FE DE ERRATAS DE LA COMISIÓN DE CONCILIACIÓN DE SENADO Y CÁMARA DE REPRESENTANTES
AL PROYECTO DE LEY No. 239 DE 2019 SENADO-181 DE 2019 CÁMARA “POR MEDIO DE LA CUAL
SE OTORGAN HERRAMIENTAS PARA QUE LOS PADRES DE FAMILIA REALICEN UN
ACOMPAÑAMIENTO EFICAZ CON EL FIN DE CUIDAR LOS RECURSOS DEL PAE”
Honorable Senador
LIDIO ARTURO GARCÍA TURBAY
Presidente del Senado de la República
Honorable Representante a la Cámara
CARLOS ALBERTO CUENCA CHAUX
Presidente de la Cámara de Representantes
Asunto: FE DE ERRATAS DE LA COMISIÓN DE CONCILIACIÓN DE SENADO Y CÁMARA DE
REPRESENTANTES AL PROYECTO DE LEY No. 239 DE 2019 SENADO-181 DE 2019 CÁMARA “POR
MEDIO DE LA CUAL SE OTORGAN HERRAMIENTAS PARA QUE LOS PADRES DE FAMILIA REALICEN
UN ACOMPAÑAMIENTO EFICAZ CON EL FIN DE CUIDAR LOS RECURSOS DEL PAE”
Respetados presidentes,
Los suscritos miembros de la comisión de conciliación de Senado y Cámara de Representantes,
teniendo en cuenta un error en la transcripción del parágrafo 4 del artículo 1 y en el artículo 4
presentado en el texto propuesto para conciliación del PROYECTO DE LEY No. 239 DE 2019 SENADO-
181 DE 2019 CÁMARA “POR MEDIO DE LA CUAL SE OTORGAN HERRAMIENTAS PARA QUE LOS
PADRES DE FAMILIA REALICEN UN ACOMPAÑAMIENTO EFICAZ CON EL FIN DE CUIDAR LOS
RECURSOS DEL PAE, nos permitimos elaborar Fe de Erratas al texto publicado en el informe de
conciliación en la gaceta del Congreso 407 de 2020 Cámara y 400 de 2020 Senado en los siguientes
términos:
1) El parágrafo 4 del artículo 1, del texto sometido a conciliación en el pliego de modificaciones
quedo correcto, sin embargo en el texto propuesto para conciliación quedó con un error de
transcripción ya que no se eliminaron las palabras idóneo y capacitación como se dispuso
en el pliego de modificaciones y es la voluntad del legislador.
2) En el artículo 4, del texto sometido a conciliación en el pliego de modificaciones quedo
correcta la redacción, sin embargo en el texto propuesto para conciliación quedó con un
error de transcripción y se omitió la frase “como manipuladores” que se ajustó para mejorar
la redacción y es la voluntad del legislador que la misma quede inserta.
En consecuencia los citados Parágrafo 4 del artículo 1 y Artículo 4 quedarán así:
Artículo 1.
FE DE ERRATAS
(…)
Parágrafo 4. Con el fin de promover la vigilancia, las entidades territoriales dispondrán de personal
que suministre información sobre alimentación saludable a la comunidad educativa
Artículo 4. Los encargados de la vigilancia de que trata esta ley deberán verificar que el operador
del PAE propenda por integrar dentro de su personal, como manipuladores, en un porcentaje no
menor al 20%, a los padres de familia usuarios, priorizando a aquellos que sean cabeza de familia,
que no pertenezcan al comité de vigilancia o control social y/o a la junta de la respectiva asociación
de padres de familia.
Estas correcciones se presentan de acuerdo a lo establecido en el numeral 2 del artículo 2 de la ley
5 de 1992:
Artículo 2. Principios de interpretación del reglamento. En la interpretación y aplicación de
las normas del presente reglamento se tendrán en cuenta los siguientes principios: 2.
Corrección formal de los procedimientos. Tiene por objeto subsanar los vicios de
procedimiento que sean corregibles, en el entendido que así se garantiza no solo la
constitucionalidad del proceso de formación de las leyes, sino también los derechos de las
mayorías y las minorías y el ordenado adelantamiento de las discusiones y votaciones.
De los honorables congresistas,

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