Gaceta del Congreso del 22-03-2006 - Número 42PL (Contenido completo) - 22 de Marzo de 2006 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766718909

Gaceta del Congreso del 22-03-2006 - Número 42PL (Contenido completo)

Fecha de publicación22 Marzo 2006
Número de Gaceta42
GACETA DEL CONGRESO 42 Miércoles 22 de marzo de 2006 Página 1
PROYECTO DE LEY NUMERO 248 DE 2006 SENADO
por la cual se ordena etiquetar los medicamentos
con lenguaje braille.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Los medicamentos distribuidos en el territorio nacional
deberán llevar impresos en sus etiquetas en Lenguaje Braille el nombre
del producto, el nombre genérico, precio y fecha de vencimiento, con el
objeto de que las personas con limitación visual o ciegas puedan com-
probar el producto.
Artículo 2º. Las empresas productoras nacionales de medicamentos
y/o fabricantes de las etiquetas médicas, implementarán lo establecido
en el artículo 1° del presente articulado, a partir de tres meses de la san-
ción de la presente ley.
Artículo 3º. Las entidades, empresas, u otras organizaciones que
adelanten importación de medicamentos deberán solicitar a las empre-
sas productoras la etiquetación en lenguaje braille de los productos, o
de lo contrario elaborarán una etiqueta auxiliar al producto y la anexa-
rán al mismo.
Artículo 4º. La presente ley rige a partir de su sanción y promulga-
ción y deroga todas aquellas que le sean contrarias.
Carlos Moreno de Caro,
Senador de la República.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La tecnología a lo largo de los años ha provisto diferentes alterna-
tivas para el acceso a la información para personas no videntes o con
limitaciones físicas oculares. Muchas de estas se han basado en el sis-
tema Braille (sistema de lectoescritura táctil), como base de lenguaje.
Sistema basado en puntos dispuestos en dos columnas de tres, determi-
nando una celda que representa un carácter. Las hojas de papel o plás-
tico grabadas con estos caracteres constituyen para las personas ciegas
elementos permanentes de lectura, tales como los libros tradicionales
que funcionan para los videntes.
Entre las técnicas más ampliadas del Sistema Braille, se encuentra
la utilización de mecanismos electrónicos con lectura integrada, los
cuales no están al alcance de toda la población con limitación visual.
Actualmente existen lo que se conocen como células braille, que es un
conjunto de elementos eléctricamente móviles los cuales dispuestos en
línea constituye una línea braille. Esta línea usada como terminal de la
computadora, es capaz de reproducir en braille, mediante software y la
interfaz adecuada, una línea de texto convencional. El usuario lee esa
línea pasando el dedo sobre ella como si se tratara de una línea impresa.
Una vez leída, un nuevo conjunto de caracteres ocupa el lugar de los
anteriores, y de esta manera se prosigue hasta completar un texto dado.
El uso de mecanismos bidimensionales usando líneas braille y disposi-
tivos hápticos se muestra también como una alternativa viable a través
de una mejora del confort.
Tanto se ha entregado el hombre a remediar las def‌iciencias de
los individuos con limitaciones visuales que ha olvidado una de sus
mínimas necesidades, que es el de poder leer para cuidar su salud.
Es decir, la falta de un lenguaje acorde con las necesidades de la po-
blación con limitación visual en las etiquetas de los medicamentos
o drogas.
En Colombia, el criterio tomado para la clasif‌icación de personas
ciegas o con baja visión, se basa en lo estipulado por la Resolución
número 412 del 25 de febrero de 2000 del Ministerio de Salud, en la
cual se estipula la norma técnica para la detección temprana de las alte-
raciones de la agudeza visual. “La limitación visual es la alteración del
sistema visual que trae como consecuencia dif‌icultades en el desarrollo
de actividades que requieran el uso de la visión. En el contexto de la
limitación visual se encuentran las personas ciegas y con baja visión;
considerando con baja visión, según la OMS, a aquellas que después
de la mejor corrección óptica convencional o quirúrgica, en el mejor
ojo, no superan una agudeza visual que va de 20/60 hasta la percepción
de luz y un campo visual no mayor a 10 grados desde el punto de f‌ija-
ción, pero que usa o es potencialmente capaz de usar la visión para la
ejecución de tareas visuales. Toda persona que con la mejor corrección
óptica convencional o quirúrgica en el mejor ojo, presente una agudeza
visual menor de 20/400 y un campo visual no mayor de 10 grados desde
el punto de f‌ijación es ciega”.
De forma complementaria, la Organización Mundial de la Salud,
OMS, establece que Persona ciega total: es aquella que No tiene Per-
cepción Luminosa, NPL.
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CAMARA
AÑO XV - Nº 42 Bogotá, D. C., miércoles 22 de marzo de 2006 EDICION DE 20 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
S E N A D O D E L A R E P U B L I C A
ANGELINO LIZCANO RIVERA
SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA
www.camara.gov.co
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
P R O Y E C T O S D E L E Y
G A C E T A D E L C O N G R E S O
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Página 2 Miércoles 22 de marzo de 2006 GACETA DEL CONGRESO 42
Población con limitación visual en colombia1
Según las proyecciones del DANE Colombia contaba en el año 2003
con 44.531.434 de habitantes, de los cuales el 7.064 por mil tiene pro-
blemas de ceguera.
Según las proyecciones departamentales de población y su propor-
ción de población con ceguera de acuerdo al Censo de 1993, la pobla-
ción con limitación visual se estima en 314.653, de estos el 74% son
considerados con baja visión (232.843 personas) y el porcentaje restan-
te ciegos (81.810).
TABLA NUMERO 1
Tasa de población ciega colombiana según censo 1993 y partici-
pación por departamentos-proyección año 2003
Departamento
Tasa de población
ciega en cada
departamento
Tasa de participación
de población ciega
por departamento
Total población
colombiana
(proyección
DANE 2003)
Población con
ceguera
Total nacional 0.7064
%
100.00
%
44.531.434 314.653
Bogotá, D. C. 0.4869 10.62 6.865.997 33.431
Amazonas 0.5111 0.12 76.381 390
Antioquia 0.8775 15.64 5.608.829 49.217
Arauca 0.6910 0.58 264.888 1.830
Atlántico 0.7050 5.09 2.272.170 16.019
Bolívar 0.6773 4.60 2.137.258 14.476
Boyacá 0.5444 2.41 1.394.952 7.594
Caldas 0.5886 2.15 1.146.846 6.750
Caquetá 0.6293 0.89 446.084 2.807
Casanare 0.4496 0.44 309.398 1.391
Cauca 0.8685 3.65 1.321.702 11.479
Cesar 0.5011 1.62 1.015.889 5.091
Chocó 1.2101 1.58 411.844 4.984
Córdoba 0.7042 3.06 1.367.010 9.626
Cundinamarca 0.6455 4.65 2.266.806 14.632
Guainía 0.2851 0.04 40.786 116
Guaviare 0.2851 0.11 126.795 361
Huila 0.9604 2.95 967.831 9.295
La Guajira 0.6050 0.98 508.650 3.077
Magdalena 0.8340 3.60 1.356.555 11.314
Meta 0.5926 1.40 743.597 4.407
Nariño 0.7952 4.34 1.719.162 13.671
Norte de
Santander
0.8384 3.82 1.435.237 12.033
Putumayo 0.4293 0.49 359.990 1.545
Quindío 0.7494 1.41 593.218 4.446
Risaralda 0.8027 2.53 993.332 7.973
San Andrés y
Providencia
0.8783 0.22 79.459 698
Santander 0.6228 4.04 2.039.336 12.701
Sucre 0.8921 2.38 839.770 7.492
Tolima 0.6158 2.56 1.308.944 8.060
Valle del
Cauca
0.8486 11.84 4.389.486 37.249
Vaupés 0.2851 0.03 31.875 91
Vichada 0.4442 0.13 91.357 406
FUENTE: Datos proyectados por el INCI para el 2003 sobre el censo de 1993-DANE.
Según las proyecciones del Censo DANE 1993, los departamentos
de Chocó, Huila y Sucre presentan las mayores densidades de población
con ceguera, siendo el Chocó el único que supera 10 personas por cada
mil habitantes. En cuanto a la participación a nivel nacional Antioquia
y Valle presentan las mayores tasas de población con ceguera (15.64 y
11.84% respectivamente). El Distrito Capital ocupa el tercer lugar con
el 10.62% (33.431 personas).
Según estudios realizados por el INCI, el 30.7% de la población ca-
racterizada está en el grupo de edades entre los 36 a 65 años, el 30.4%
es población en edad escolar entre los 6 y los 20 años de edad. El 55%
son de baja visión y el 45% son ciegos. El 43% de los registrados son
de sexo femenino y el 57% son hombres.
La población con limitación visual en su mayoría es de bajo nivel
socioeconómico, ya que de la población caracterizada el 35.78% perte-
nece al estrato 2 y un 29.72% al estrato 1.
Estrato
Condición Visual
Gran
total
Porcentaje
%
Baja Visión Ciego
Sexo Total Sexo Total
F M F M
2 249 326 575 172 263 435 1,010 35.78
1 255 238 493 144 202 346 839 29.72
3 125 174 299 130 197 327 626 22.17
0 55 92 147 32 51 83 230 8.15
4 15 22 37 20 36 56 93 3.29
5 4 5 9 3 11 14 23 0.81
6 - 1 1 - 1 1 2 0.07
Total 703 858 1,561 501 761 1,262 2,823 100
En el nivel de escolarización, el 37.58% de la población limitada
visual caracterizada, ha alcanzado la primaria, el 23.41% ha alcanzado
como máximo nivel la secundaria, el 20.19% son analfabetas o no tie-
nen ningún estudio, el 7.72% alcanzaron el preescolar y el 5.63% son
profesionales. Tan solo el 0.5% ha hecho una maestría o posgrado.
En el caso de las ayudas técnicas de los individuos el INCI determinó
que el 27.45% de los limitados visuales no utiliza ningún material, ele-
mento o ayuda para su desempeño. Los que sí usan ayudas, utilizan en
promedio 1.6 ayudas, siendo el bastón y la pizarra los más utilizados.
Las ayudas más utilizadas son el bastón con el 18.34%, la pizarra
con el 17.73%, el ábaco con el 13.65% y el papel braille con un 8.41%.
El uso de tecnología especializada como computadores adaptados con
lectores de pantalla o magnif‌icadores de texto, telescopios o máquinas
perkins, entre otras tecnologías es bajo, ya que ninguno supera el 2%
(Sumatoria de Computador adaptado, calculadora parlante, telescopio,
máquina Perkins).
MARCO LEGAL
Normas internacionales
• El convenio sobre la readaptación profesional y el empleo de per-
sonas inválidas de la Organización Internacional del Trabajo (Convenio
159).
• La Declaración de los Derechos de los Impedidos de las Naciones
Unidas (Resolución número 3447 del 9 de diciembre de 1975).
• El Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapaci-
dad, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas (Reso-
lución 3752 del 3 de diciembre de 1982).
• El Protocolo Adicional de la Convención Americana sobre Dere-
chos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Cultu-
rales “Protocolo de San Salvador” (1988).
• La declaración de Cartagena de Indias en el área iberoamericana
sobre políticas integrales para las personas con discapacidad durante
1992.
• La Declaración de Caracas de la Organización Panamericana de la
Salud.
• La Resolución sobre la Situación de las Personas con Discapacidad
en el Continente Americano (AG/RES. 1249 (XXIII-O/93).
Las normas uniformes sobre igualdad de oportunidades para las
personas con discapacidad aprobadas por la Asamblea General de
las Naciones Unidas, en su cuadragésimo octavo periodo de sesiones
(AG.4896 del 20 de diciembre de 1993).
• La Declaración de Managua, de diciembre de 1993.
• La Declaración de Viena y Programa de Acción aprobados por la
Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos
(157/93).
• La declaración de Salamanca y Marco de Acción sobre necesida-
des Educativas especiales efectuada en 1994.
1 Información del Instituto Nacional para Ciegos.

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