Gaceta del Congreso del 22-05-2013 - Número 308PL (Contenido completo) - 22 de Mayo de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766926885

Gaceta del Congreso del 22-05-2013 - Número 308PL (Contenido completo)

Fecha de publicación22 Mayo 2013
Número de Gaceta308
P R O Y E C T O S D E L E Y
mayores en todo el territorio colombiano, y ampa-
rará también a los adultos mayores colombianos,
residentes en el extranjero, esto se lograría a tra-
vés de convenios o tratados internacionales que
hagan parte del bloque constitucional. Esta ley se
enmarca en cuatro aspectos conceptuales de gran
trascendencia: El envejecimiento biológico y su
UHODFLyQ FRQ HO HQYHMHFLPLHQWR GHPRJUi¿FR ORV
derechos humanos, el envejecimiento activo y la
protección social integral. Será el órgano rector
de la política nacional cuya expresión formal está
contenida en los documentos Conpes Social 2793,
70, 80, 86, 92, 105, como parte de las políticas del
Plan de Desarrollo Nacional.
Artículo 4°. Evaluación por resultados. El Ins-
tituto Colombiano de las Personas Adultas Mayo-
res (ICAM), establecerá dentro de los seis meses
posteriores a la entrada en vigencia de esta ley los
mecanismos que permitan la evaluación en indica-
GRUHVGH JHVWLyQ\ UHVXOWDGRVHQ EHQH¿FLRGH ORV
adultos mayores, los convenios, contratos, proyec-
tos, planes estratégicos y programas que operan a
favor de estas personas, a nivel nacional, con entes
descentralizados a nivel departamental y munici-
pal para garantizarles una mejor calidad de vida.
CAPÍTULO II
De las funciones y actividades
Artículo 5°. Funciones. El Instituto Colombia-
no de las Personas Adultas Mayores (ICAM), para
HOFXPSOLPLHQWRGHVXV ¿QHVHVHQFLDOHVHQODSUR-
tección de los derechos del adulto mayor y en el
mejoramiento de la calidad de vida de los mismos,
aplicará dentro de sus funciones principales las si-
guientes.
a) Vigilar y controlar que se ejecuten de bue-
na forma todos los programas de gobierno a nivel
nacional y regional, en referencia a las políticas
públicas de envejecimiento y vejez.
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXII - Nº 308 Bogotá, D. C., miércoles, 22 de mayo de 2013 EDICIÓN DE 28 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G A C E T A D E L C O N G R E S O
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 311 DE 2013
CÁMARA
por medio de la cual se crea el Instituto Colombiano
de las Personas Adultas Mayores.
El Congreso de la República
DECRETA:
Artículo 1°. Créase el Instituto Colombiano
de las Personas Adultas Mayores (ICAM), como
establecimiento público descentralizado con per-
sonería jurídica, autonomía administrativa y patri-
monio propio.
Parágrafo 1°. El instituto cumplirá las funcio-
nes que le atribuye la presente ley, su domicilio
VHUiODFLXGDGGH%RJRWiVXGXUDFLyQVHUiLQGH¿QL-
da y se podrá crear seccional en los departamentos
y municipios de Colombia.
CAPÍTULO I
De¿niciyn y oEMeto
Artículo 2°. 'H¿QLFLyQ El envejecimiento es
el conjunto de transformaciones y/o cambios que
aparecen en el individuo a lo largo de la vida: Es
la consecuencia de la acción del tiempo sobre los
VHUHVYLYRV/RVFDPELRVVRQELRTXtPLFRV¿VLROy-
gicos, morfológicos, sociales, sicológicos, y fun-
cionales. El envejecimiento individual está deter-
minado por las condiciones sociales, económicas,
ambientales, nutricionales y culturales en las que
viven los seres humanos. Se consideran personas
adultas mayores a mujeres y hombres que tienen
60 años o más.
Artículo 3°. Objeto. El presente proyecto de
ley tiene como objeto garantizar la protección de
los derechos de los adultos mayores mediante la
creación del Instituto Colombiano de las Perso-
nas Adultos Mayores (ICAM), como una entidad
que se hará cargo de la orientación de un sistema
de protección y asistencia de las personas adultas
Página 2 Miércoles, 22 de mayo de 2013 GACETA DEL CONGRESO 308
b) Proponer proyectos de ley, ordenanzas,
acuerdos, o cualquier otro tipo de normas, que
busquen el mejoramiento de la protección y de la
calidad de vida de los adultos mayores.
c) Vigilar y controlar que se cumplan a cabali-
dad todas las disposiciones legales que buscan la
protección a los adultos mayores. Contenidas es-
tas, en la Constitución nacional, en la ley, en la
norma, en ordenanzas, en acuerdos o cualquier
RWUDQRUPDWLYLGDGOHJDOFUHDGDSDUDWDO¿Q
d) Coordinar junto con el Gobierno Nacional y
con cada uno de los ministerios, todas las accio-
nes necesarias que ayuden a articular y desarrollar
planes que busquen la protección de los adultos
mayores, en temas socioculturales en SALUD,
NUTRICIÓN, CULTURA, DEPORTE, EDUCA-
CIÓN, VIVIENDA, RECREACIÓN, VIOLEN-
CIA INTRAFAMILIAR y cualquier otro que pue-
GD EHQH¿FLDU R DIHFWDU OD FDOLGDG GH YLGD GH ORV
adultos mayores.
e) Realizar contratos con personas jurídicas o na-
turales, públicas o privadas, referente a su funciona-
miento y a programas que se desarrollen en el Insti-
tuto Colombiano de las Personas Adultas Mayores
(ICAM). Se tendrán en cuenta para estos contratos
a aquellos grupos de adultos mayores legalmente
constituidos y reconocidos tales como: Clubes de
Vida, Federaciones, ONG, Grupos de Gerontología,
Redes colombianas del adulto mayor o cualquier
otra organización de adultos mayores.
f) Realizar campañas de difusión por interme-
GLR GH VXV R¿FLQDV QDFLRQDOHV UHJLRQDOHV \ PH-
dios de comunicación, sobre los nuevos alcances
en normas o programas que incluyan a los adultos
mayores.
g) Recibir, controlar, ejecutar y darle funcio-
nalidad a los recursos incluidos en el presupuesto
nacional, departamental y municipal destinado a
ODVHQWLGDGHVR¿FLDOHVR SULYDGDVSDUDGHVDUUROODU
programas donde se incluya al adulto mayor.
h) Crear programas de asesorías técnicas en ge-
riatría, derecho, psicología, antropología, trabajo
social, o cualquier otra rama referente en temas a
violaciones de derechos humanos que afecten a los
adultos mayores.
i) Crear programas de protección y prevención,
para evitar el maltrato físico, psicológico y social
hacia el adulto mayor.
j) Promover la creación de hogares geriátricos,
que busquen albergar adultos mayores habitantes
de calle, para poder resocializarlos y rehabilitarlos.
k) Integrar, capacitar y orientar a los cabildan-
tes del adulto mayor de cada región, sobre las fun-
FLRQHVDFWLYLGDGHV\EHQH¿FLRVTXHVHWHQGUiQFRQ
la efectiva utilización del Instituto Colombiano del
Adulto Mayor (ICAM).
l) Crear un comité conformado por un grupo de
personas adultas mayores con experiencia y saber,
en políticas públicas que orienten y acompañen las
decisiones de carácter gubernamental, para hacer
uso de los saberes y experiencias en políticas de
Estado.
m) Vigilar, controlar y hacer cumplir, las facul-
tades dadas en la ley a los cabildantes del adulto
mayor que son elegidos por voto popular, para que
participen activamente en las decisiones de go-
bierno donde estén incluidos.
n) Cualquier otra que le ordene la ley.
Artículo 6°. Actividades. El Instituto Colombia-
no de las Personas Adultas Mayores (ICAM), para
el cumplimiento de sus funciones, deberá desarro-
llar las siguientes actividades:
• Difundir y promover, hábitos y estilos saluda-
bles, para un envejecimiento digno.
• Producir y divulgar conocimientos, concertar
voluntades y competencias mediante diversas mo-
dalidades de asistencia y cooperación técnica.
• Promover la participación y organización co-
munitaria de los adultos con el fortalecimiento de
los cabildos mayores.
• Desarrollar y estimular la participación y so-
cialización de los adultos mayores con sus comu-
nidades y vecinos.
• Sistematizar y divulgar experiencias exitosas
en la atención e intervención de la sociedad civil
con los adultos mayores.
• Estimular la participación de los adultos ma-
yores en la creación de proyectos, planes y pro-
gramas que les ayuden a fortalecer sus ingresos
económicos.
• Fortalecer las iniciativas comunitarias en be-
QH¿FLRGHORVDGXOWRVPD\RUHV
• Fomentar acciones para la concurrencia de los
diferentes sectores; salud, educación, recreación,
cultura, deporte, nutrición y organizaciones comu-
nitarias para la prestación de servicios dirigidos a
los adultos mayores.
• Impulsar programas que favorezcan la organi-
zación y la participación comunitaria.
• Establecer planes y programas que rescaten
las habilidades, los conocimientos y experiencias
de las personas adultas mayores.
• Transmitir conocimientos y orientaciones por
parte de los adultos mayores, mediante actividades
de asesoría, seguimiento, evaluación y apoyo a las
entidades sectoriales, a los entes territoriales y las
organizaciones no gubernamentales y sociales.
• Reconocer la gerontología como la disciplina
del conocimiento que interviene la integralidad del
adulto mayor para mejorar la calidad de vida.
• Promover la cultura del envejecimiento y la
vejez como un proceso normal del ciclo vital, me-
diante la cátedra de envejecimiento y vejez, que
se coordinarán con los ministerios del gobierno
nacional y las secretarías de los departamentos y
municipios. CAPÍTULO III
PrinciSios derecKos y deEeres
Artículo 7°. Principios. Sin perjuicio de los
principios constitucionales y legales referidos a
la asistencia pública de las personas mayores, es-
tableciendo en su forma las políticas públicas de

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