Gaceta del Congreso del 23-11-2005 - Número 832AC (Contenido completo) - 23 de Noviembre de 2005 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766831585

Gaceta del Congreso del 23-11-2005 - Número 832AC (Contenido completo)

Fecha de publicación23 Noviembre 2005
Número de Gaceta832
GACETA DEL CONGRESO 832 Miércoles 23 de noviembre de 2005 Página 1
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CAMARA
G A C E T A D E L C O N G R E S O
AÑO XIV - Nº 832 Bogotá, D. C., miércoles 23 de noviembre de 2005 EDICION DE 16 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
S E N A D O D E L A R E P U B L I C A
ANGELINO LIZCANO RIVERA
SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA
www.camara.gov.co
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
A C T A S D E C O M I S I O N
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
COMISION TERCERA
CONSTITUCIONAL PERMANENTE
SENADO DE LA REPUBLICA
ACTA NUMERO 06 DE 2005
(octubre 26)
En la ciudad de Bogotá, D. C., siendo las 11:15
a. m. del día miércoles 26 de octubre de 2005, se
reunieron en el Recinto del Senado, los miembros
de la Comisión Tercera Constitucional Permanente
con el f‌in de poner a consideración el siguiente:
ORDEN DEL DIA
Para la sesión ordinaria del día miércoles 26
de octubre de 2005
Hora: 11:00 a. m.
I
Llamado a lista y verif‌icación del quórum
II
Consideración y aprobación de proyecto
para primer debate de acuerdo al artículo 8°
del Acto Legislativo 01 de 2003
Proyecto de ley número 294 de 2005 Senado
061 de 2004 Cámara, por la cual se modif‌ica
la Ley 23 de enero 24 de 1986 y se dictan otras
disposiciones.
Publicación: Gaceta del Congreso 390 de
2004.
Ponencia primer debate: Gaceta del Congreso
709 de 2005.
Autor: honorable Representante Jorge Ubéimar
Delgado Blandón.
Ponente: honorable Senador Aurelio Iragorri
Hormaza.
Proyecto de ley número 302 de 2005 Senado,
296 de 2005 Cámara, por el cual se dictan normas
para la normalización de la cartera pública y se
dictan otras disposiciones.
Publicación: Gaceta del Congreso 61 de
2005.
Ponencia primer debate: Gaceta del Congreso
709 de 2005.
Autor: Ministro de Hacienda y Crédito Público,
doctor Alberto Carrasquilla Barrera.
Ponentes: Senadores Aurelio Iragorri Hormaza
y Renán Barco.
IV
Lo que propongan los honorables Senadores
V
Negocios Sustanciados por la Presidencia
El Presidente,
Juan Manuel López Cabrales.
El Vicepresidente,
Javier Cáceres Leal.
El Secretario,
Rafael Oyola Ordosgoitia.
El honorable Senador Juan Manuel López
Cabrales Presidente de la Comisión Tercera del
Senado, solicita al señor Secretario rvase llamar
a lista, respondiendo los honorables Senadores:
Barco López Víctor Renán
Bermúdez Vargas José Hernando
Berrío Villarreal Jorge Enrique
Dussán Calderón Jaime
Iragorri Hormaza Aurelio
López Cabrales Juan Manuel
Náder Muskus Mario Salomón
Salazar Cruz José Darío
Vives Lacouture Luis Eduardo
En el curso de la sesión se hicieron presentes
los honorables Senadores:
Arenas Parra Luis Elmer
Cáceres Leal Javier Enrique
Rodríguez Pinzón Ciro
Yépez Alzate Omar
Zapata Correa Gabriel Ignacio
Se excusó el honorable Senador:
Sánchez Ortega Camilo Armando.
Doctor Rafael Oyola Ordosgoitia, Secretario
General Comisión Tercera del Senado:
Señor Presidente, le informo que han contestado
a lista 9 honorables Senadores, por lo tanto hay
quórum para decidir.
Honorable Senador Juan Manuel López
Cabrales Presidente Comisión Tercera del
Senado:
Señor secretario sírvase leer el Orden del Día.
Doctor Rafael Oyola Ordosgoitia Secretario
General Comisión Tercera del Senado:
Sí señor presidente. Está leído el Orden del Día
señor presidente.
Honorable Senador Juan Manuel López
Cabrales Presidente Comisión Tercera del
Senado:
En consideración el Orden del Día, se abre la
discusión, anuncio que se va a cerrar, ¿lo aprueba
la Comisión?
Doctor Rafael Oyola Ordosgoitia Secretario
General Comisión Tercera del Senado:
Sí lo aprueba señor presidente. Segundo pun-
to consideración y aprobación de proyecto para
primer debate de acuerdo al acto legislativo en su
artículo 8-01 de 2003, Proyecto de Ley número
294 de 2005 Senado 061 de 2004 Cámara, por la
cual se modif‌ica la Ley 23 de enero 24 de 1986 y
se dictan otras disposiciones. Publicada la primera
ponencia del Senado en la Gaceta del Congreso
709 de 2005, autor honorable Representante Jorge
Ubéimar Delgado Blandón, ponente honorable
Senador Aurelio Iragorri Hormaza, quien se en-
cuentra presente.
Honorable Senador Juan Manuel López
Cabrales Presidente Comisión Tercera del
Senado:
Tiene la palabra el Senador Aurelio Iragorri
Hormaza.
Página 2 Miércoles 23 de noviembre de 2005 GACETA DEL CONGRESO 832
Honorable Senador Aurelio Iragorri Hor-
maza:
Gracias señor presidente, la ponencia habla
por sí sola, consideramos que esa proliferación
de estampillas, aquí le colgamos estampillas a los
hospitales, les colgamos estampillas a las univer-
sidades, no es benéf‌ica para la organización del
Estado, adicionalmente a ello está, hay una nota
del Ministerio de Hacienda en donde se cuestiona
ese proyecto de ley, por esas consideraciones muy
elementales, yo he propuesto que se le dé ponencia
negativa a ese proyecto de ley. Entonces sírvase
señor secretario darle lectura a la proposición con
que termina el informe.
Doctor Rafael Oyola Ordosgoitia Secretario
General Comisión Tercera del Senado:
Sí señor Senador.
Proposición
Por las anteriores consideraciones propongo
a los honorables Senadores archivar el Proyecto
de ley número 294 de 2005 Senado 061 de 2004
Cámara, por la cual se modif‌ica la Ley 23 de enero
24 de 1986 y se dictan otras disposiciones.
Está leída la proposición con que termina el
informe solicitando el archivo del proyecto.
Honorable Senador Juan Manuel López
Cabrales Presidente Comisión Tercera del
Senado:
En consideración la proposición leída por el
secretario, se abre la discusión, anuncio que se va
a cerrar, ¿lo aprueba la Comisión?
Doctor Rafael Oyola Ordosgoitia Secretario
General Comisión Tercera del Senado:
Sí lo aprueba señor presidente.
Honorable Senador Juan Manuel López
Cabrales Presidente Comisión Tercera del
Senado:
Segundo punto.
Doctor Rafael Oyola Ordosgoitia Secretario
General Comisión Tercera del Senado:
Segundo proyecto señor presidente, Proyecto
de ley número 302 de 2005 Senado, 296 de 2005
Cámara, por la cual se dictan normas para la
normalización de la cartera pública y se dictan
otras disposiciones.
Publicación de la primera ponencia Gaceta del
Congreso 709 de 2005.
Autor: Ministro de Hacienda y Crédito Público
doctor Alberto Carrasquilla Barrera.
Ponentes Senadores Renán Barco, Coordinador;
Aurelio Iragorri, quienes se encuentran presentes
señor Presidente.
Honorable Senador Juan Manuel López
Cabrales Presidente Comisión Tercera del
Senado:
Tiene la palabra el honorable Senador Víctor
Renán Barco como ponente coordinador y luego el
Senador Aurelio Iragorri como coadyuvante.
Honorable Senador Víctor Renán Barco:
Gracias señor presidente, el proyecto que acaba
de anunciar el señor secretario se originó en la Cá-
mara de Representantes y era un texto mucho más
sencillo y aparentemente intranscendente, pero en
los debates de la Comisión Tercera de esa célula se
mejoró notoriamente y se le agregaron artículos que
hoy creo que son los que originan la controversia
que pueda haber en relación con el texto. Yo muy
sucintamente y de acuerdo con la obligación que
tiene uno como ponente voy a decir de qué se trata.
Se señalan principios básicos orientadores para los
servidores públicos, para que realice la gestión ágil,
ef‌icaz y ef‌iciente y oportuna o sea para que no se
acumule la cartera, se señalan las obligaciones que
tienen las entidades y deben expedir un reglamento
interno, en ese reglamento pues obviamente están
las garantías de lo que constitucionalmente cons-
tituye el debido proceso que no es solamente para
los negocios penales, sino para toda la acción del
Estado. También se establece, entonces ya vienen
las particularidades, establecer intereses morato-
rios a las tasas del ET, o sea el Estatuto Tributario,
siempre que en el texto se hace referencia al ET,
es el Estatuto Tributario, ustedes saben honorables
Senadores que las siglas se han abierto paso porque
ya estos técnicos, tienen pereza para ponerse a
pronunciar los nombres completos y a veces uno
hasta se enreda viendo siglas y acrónimos. Las
obligaciones pensionales tendrán intereses también,
todas las entidades públicas que recaudan rentas a
caudales públicos en todos los niveles, incluidos
los órganos autónomos y entidades con régimen
especial tendrán la jurisdicción coactiva, que como
ustedes lo saben es un procedimiento mucho más
expedito que el que consagra el juicio ejecutivo de
la Legislación Civil.
Se ordena que la imputación del pago realizada
por los deudores a la administración de impuestos
garantice amortizaciones equitativas conforme a las
sentencias que ha dictado la Corte Constitucional
o sea que antes le abonaban a uno, si no hacía un
abono pues imputaban a los intereses, ahora tienen
que tener en cuenta el capital y eso resulta más
equitativo para los deudores, se establecen unas
facilidades de pago para deudores morosos a 31
de diciembre de 2004, esa fecha tiene su origen
en el tiempo en el cual se presentó el proyecto,
ahora hay aquí unas modif‌icaciones de la Dirección
de Impuestos para actualizar la fecha o sea, ese
cambio no tiene ningún fondo. Aquí hay un punto
importante, en la ponencia para segundo debate
de la Cámara de Representantes se dice que con
la norma que aparece en el artículo 8° se propone
reversar un cambio que se realizó en el artículo 86
Pues en esta norma el modif‌icar el Estatuto Tri-
butario no se precisa si vencido el término previsto
para la preinscripción es posible continuar con el
ejercicio procesal, la posibilidad de decretar la
preinscripción de manera of‌iciosa fue limitada por
el artículo 86 de esa Ley 788 de 2002, motivo por
el cual la agencia f‌iscal es abocada a acudir a las
reglas de preinscripción aplicadas en la legislación
civil según la cual solo se examinará la preinscrip-
ción en la medida que exista solicitud de parte, sin
embargo la jurisprudencia ha indicado que este
asunto quedaría resuelto por la expedición de la Ley
716 de 2001 recogida por la Ley 901 de 2004, que
en relación con el tema de saneamiento contable
permite a la agencia f‌iscal terminar of‌iciosamente
un proceso coactivo por el acaecimiento de la f‌i-
gura procesal de preinscripción, no obstante esta
última ley pierde vigencia el 31 de diciembre de
2005, por lo que se hace necesario que exista una
norma permanente que permita tomar las decisiones
que procesalmente correspondan indistintamente
de las acciones disciplinarias que ellas compor-
ten, con ello se logra evitar dar continuidad a un
proceso que implica la expedición de una serie
de actuaciones, gastos de los recursos humanos,
logísticos y presupuestales que podría terminar
con un simple escrito de solicitud del deudor. En el
noveno se pone coto a la fragmentación de cuentas
de ahorros que es una maniobra socorrida para
evitar embargos, lo saben los abogados civilistas.
En el décimo se ref‌iere a contribuyentes y régimen
tributario especial y se hace una referencia a la ley
y normatividad cooperativa vigente para lo cual se
adiciona el Estatuto Tributario. El once pone f‌in a la
práctica viciada de f‌inanciar sus propios negocios
con dineros del Estado que recaudan por mandato
de la ley, va dirigido a retenedores inescrupulosos.
El doce busca desestimular los morosos modif‌ican-
do la forma de terminar el interés moratorio para
efectos tributarios, muchas veces se compara el
costo bancario del dinero con lo que se pagaría al
Estado por mora y de esta comparación depende
la decisión del individuo, eso es obvio que uno no
le va a pagar al Estado si le resulta mejor deber,
porque ir al Banco le resulta más costoso.
Se respetará el principio de la favorabilidad
Constitucional porque se trata de una sanción. El
artículo 13 es nuevo aquí en este proyecto, es la
solidaridad en el pago de los tributos que rige hoy
frente a impuestos, actualización de intereses, en
materia cambiaria se encuentra contemplada la
solidaridad en el artículo 1092 de 1996, pero de
una manera parcial y sujetiva atendiendo el nivel de
participación, conocimiento de la infracción e inten-
cionalidad con que se haya actuado, desconociendo
en carácter objetivo que debe reunir la sanción de
tipo administrativo, tratándose de materia aduanera
la responsabilidad solidaria no existe, dejando el
Estado de recuperar valores deducidos en actos
de determinación y sancionatorios, se considera
necesario extender la responsabilidad solidaria
y subsidiaria por las obligaciones aduaneras y
cambiarias que repito no existen hoy. Bueno el
artículo 14 es el que mayor controversia origina
porque en la actualidad hay municipios que han
contratado el cobro de impuestos con f‌irmas que
se han creado Ad hoc.
Yo creo que el caso que citan como el más es-
candaloso es el de Cali, la norma tal como viene en
el proyecto dice lo siguiente: no se podrá celebrar
contrato alguno en donde las entidades territoriales
entregan a particulares ese recaudo o administración
de sus impuestos, salvo los convenios celebrados
con las entidades f‌inancieras vigiladas por la Su-
perintendencia Bancaria para recibir el pago de
los impuestos, retenciones, anticipos, sanciones
e intereses. Las entidades que a la fecha de ex-
pedición de esta ley los tengan suscritos deberán
proceder a su revisión y poner en conocimiento a
las autoridades competentes y a los organismos
de control el posible detrimento patrimonial en
que se haya causado. Las entidades de control,
Procuraduría General de la Nación y Contraloría
a la fecha de la expedición de esta ley deberán de
of‌icio revisar los contratos de esta naturaleza que
se hayan suscrito por las entidades territoriales y
se ampliarán las eventuales responsabilidades a la
responsabilidad penal sumada a la f‌iscal y discipli-
naria. Este es el texto que aparece en el proyecto,
circula una proposición de la cual nos ocuparemos
cuando entremos al articulado y el 15 tiene que
ver con la cartera sísmica de Popayán que tiene
aquí no un doliente, sino una persona que conoce
el tema porque lo vivió, es el doctor Iragorri, dos
dolientes, imagínese.

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