Gaceta del Congreso del 24-08-2017 - Número 725AAPP (Contenido completo) - 24 de Agosto de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766792645

Gaceta del Congreso del 24-08-2017 - Número 725AAPP (Contenido completo)

Fecha de publicación24 Agosto 2017
Número de Gaceta725
ACTAS DE COMISIÓN
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVI - Nº 725 Bogotá, D. C., jueves, 24 de agosto de 2017 EDICIÓN DE 99 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
* ൺ ർ ൾ ඍ ൺ ൽ ൾ අ & ඈ ඇ ඀ උ ൾ ඌ ඈ
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
COMISIÓN PRIMERA
CONSTITUCIONAL PERMANENTE
AUDIENCIA PÚBLICA DE 2017
(mayo 22)
Tema: Proyecto de ley número 233 de 2017
Cámara, por medio del cual se crean medidas
para regular la publicidad dirigida a los niños,
niñas y adolescentes para la protección de sus
derechos.
Autor: Honorable Representante Rodrigo Lara
Restrepo.
Ponentes: Honorables Representantes Rodrigo
Lara Restrepo - Coordinador, Jaime Buenahora
Febres – Coordinador, Óscar Fernando Bravo
Realpe, Leopoldo Suárez Melo, Samuel Alejandro
Hoyos Mejía, Carlos Germán Navas Talero,
Fernando de la Peña Márquez y Angélica Lisbeth
Lozano Correa.
Proyecto publicado: Gaceta del Congreso
número 179 de 2017.
Lugar: salón de sesiones de la Comisión
Primera “Roberto Camacho Weverberg”.
Preside el honorable Representante Jaime
Buenahora Febres:
Buenas tardes para todos, bienvenidos al
seno de la Comisión Primera Constitucional
Permanente. Hoy nos reunimos con base en una
resolución expedida por la Mesa Directiva para
proceder al desarrollo de la audiencia pública
en relación con el Proyecto de ley número 233
de 2017 Cámara, por medio del cual se crean
medidas para regular la publicidad dirigida a los
niños, niñas y adolescentes para la protección
de sus derechos, de autoría del Representante
Rodrigo Lara Restrepo; nuevamente un saludo a
todos los presentes, en particular a quienes van a
intervenir, señora Secretaria y funcionarios para
ustedes buenas tardes también.
Le solicito señora Secretaria proceder a la
lectura del Orden del Día.
Secretaria Amparo Yaneth Calderón
Perdomo:
Sí señor Presidente.
Sesiones Ordinarias
Legislatura 2016-2017
Salón de Sesiones de la Comisión Primera
“Roberto Camacho Weverberg”
Orden del Día
Lunes veintidós (22) de mayo de 2017
03:00 p. m.
I
Lectura de Resolución número 014 de 2017
(mayo 16)
II
Audiencia pública
Tema: Proyecto de ley número 233 de 2017
Cámara, por medio del cual se crean medidas
para regular la publicidad dirigida a los niños,
niñas y adolescentes para la protección de sus
derechos.
Autor: Honorable Representante Rodrigo Lara
Restrepo.
Ponentes: Honorables Representantes Rodrigo
Lara Restrepo – Coordinador, Jaime Buenahora
Febres – Coordinador, Óscar Fernando Bravo
Realpe, Leopoldo Suárez Melo, Samuel Alejandro
Hoyos Mejía, Carlos Germán Navas Talero,
Fernando de la Peña Márquez y Angélica Lisbeth
Lozano Correa.
Página 2 Jueves, 24 de agosto de 2017 Gൺർൾඍൺൽൾඅ&ඈඇ඀උൾඌඈ 725
Proyecto publicado: Gaceta del Congreso
número 179 de 2017.
Lugar: salón de sesiones de la Comisión
Primera “Roberto Camacho Weverberg”.
III
Lo que propongan los honorables
Representantes
El Presidente,
Telésforo Pedraza Ortega.
El Vicepresidente,
Élbert Díaz Lozano.
La Secretaria,
Amparo Y. Calderón Perdomo.
La Subsecretaria,
Dora Sonia Cortés Castillo.
Ha sido leído el Orden del Día, señor Presidente.
Presidente:
Procedamos entonces, señora Secretaria al
primer punto.
Secretaria:
Sí señor Presidente. Lectura de la Resolución
número 014 de 2017.
RESOLUCIÓN NÚMERO 014 DE 2017
(mayo 16)
por la cual se convoca a audiencia pública.
La Mesa Directiva de la Comisión Primera de
la Honorable Cámara de Representantes
CONSIDERANDO:
a) Que la Ley 5ª de 1992, en su artículo 230
establece el procedimiento para convocar
audiencias públicas sobre cualquier pro-
yecto de acto legislativo o de ley.
b) Que los honorables Representantes Ro-
drigo Lara, Jaime Buenahora, Samuel
Alejandro Hoyos, Carlos Germán Navas
Talero, Fernando de la Peña, ponentes
del Proyecto de ley número 233 de 2017
Cámara, por medio del cual se crean me-
didas para regular la publicidad dirigida
a los niños, niñas y adolescentes para la
protección de sus derechos, han solicitado
la realización de audiencia pública.
c) Que la Mesa Directiva de la Comisión con-
sidera que es fundamental en el trámite de
estas iniciativas conocer la opinión de la
ciudadanía en general sobre el proyecto de
ley antes citado.
d) Que el artículo 230 de la Ley 5ª de 1992 fa-
culta a la Mesa Directiva, para reglamentar
lo relacionado con las intervenciones y el
procedimiento que asegure la debida aten-
ción y oportunidad.
e) Que la Corte Constitucional en reiterada
jurisprudencia, en relación con las audien-
cias públicas ha manifestado: “(…) las au-
diencias públicas de participación ciuda-
dana decretadas por los Presidentes de las
Cámaras o sus Comisiones Permanentes,
dado que el propósito de estas no es el de
que los Congresistas deliberen ni decidan
sobre algún asunto, sino el de permitir a los
particulares interesados expresar sus posi-
ciones y puntos de vista sobre los proyec-
tos de ley o acto legislativo que se estén
examinando en la célula legislativa corres-
pondiente; no son, así, sesiones del Con-
greso o de sus Cámaras, sino audiencias
programadas para permitir la intervención
de los ciudadanos interesados”.
RESUELVE:
Artículo 1°. Convocar a audiencia pública para
que las personas naturales o jurídicas interesadas
presenten opiniones u observaciones acerca del
Proyecto de ley número 233 de 2017 Cámara,
por medio del cual se crean medidas para
regular la publicidad dirigida a los niños, niñas y
adolescentes para la protección de sus derechos.
Artículo 2°. La audiencia pública se realizará
en la ciudad de Bogotá el lunes 22 de mayo de
2017 a las 3:00 p. m., en el salón de sesiones de la
Comisión “Roberto Camacho Weverberg” de esta
célula legislativa.
Artículo 3°. Las inscripciones para intervenir en
la audiencia pública podrán realizarse telefónica
o personalmente en la Secretaría de la Comisión
Primera de la Cámara de Representantes, con un
día de antelación a la audiencia.
Artículo 4°. La Mesa Directiva de la Comisión
ha delegado en los honorables Representantes
Rodrigo Lara Restrepo y Jaime Buenahora,
coordinadores, ponentes del proyecto de ley,
la dirección de la audiencia pública, quien de
DFXHUGRD ODOLVWD GHLQVFULWRV ¿MDUiHO WLHPSRGH
intervención de cada participante.
Artículo 5°. La Secretaría de la Comisión
efectuará las diligencias necesarias ante el área
administrativa de la Cámara de Representantes,
a efecto de que la convocatoria a la audiencia
sea de conocimiento general y en especial de la
divulgación de esta audiencia en el Canal del
Congreso.
Artículo 6°. Esta resolución rige a partir de la
fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a los dieciséis (16) días
del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017).
El Presidente,
Telésforo Pedraza Ortega.
El Vicepresidente,
Élbert Díaz Lozano.
La Secretaria,
Amparo Yaneth. Calderón Perdomo.
Gൺർൾඍൺൽൾඅ&ඈඇ඀උൾඌඈ 725 Jueves, 24 de agosto de 2017 Página 3
Señor Presidente, de acuerdo al artículo 5°
de esta resolución, la Secretaría de la Comisión
envió las comunicaciones pertinentes a la parte
administrativa, para que la convocatoria se
hiciera pública y todos los ciudadanos interesados
pudiesen inscribirse.
Así mismo señor Presidente se enviaron más
o menos cuarenta comunicaciones e invita-
ciones a las instituciones que los ponentes y
autor de la misma iniciativa solicitaron que se
hicieran las invitaciones, entre ellas la señora
Ministra de Educación, el señor Defensor del
Pueblo, la Ministra de Comercio y algunas otras
personalidades que han hecho presencia y algunas
otras se han excusado señor Presidente, es así que
usted con este informe de la Secretaría puede dar
inicio formal a la audiencia.
Presidente:
Gracias señora Secretaria, un saludo muy
cordial al Representante Samuel Hoyos, igual-
mente a Carlos Abraham Jiménez, que estaba acá
y bienvenido doctor Rodrigo Lara, usted que es el
autor del proyecto. Muy bien señora Secretaría,
entonces procedamos de conformidad con el
número de inscritos y el orden que tengamos, a
conceder el uso de la palabra.
Secretaria:
Sí señor Presidente, antes de dar inicio a las
intervenciones quiero dejar una constancia de la
Secretaría, que ha mandado excusa la doctora
Cristina Plazas, Directora General del Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar; ha enviado
también una excusa la Ministra de Educación
y ha delegado en la doctora Olga Lucía Zárate
Mantilla, para que participe en la audiencia; igual
el señor Defensor del Pueblo en funciones el
Vicedefensor del Pueblo, el doctor Jorge Enrique
Calero Chacón, también ha excusado al señor
Defensor del Pueblo; esas son las excusas que han
llegado señor Presidente a la audiencia.
Las personas que se han inscrito para participar
en la misma, pese a que se enviaron más de cuarenta
comunicaciones doctor Rodrigo Lara, que usted
había solicitado invitar, algunas personas han
hecho presencia y están en el recinto las siguientes
personas y si usted así lo dispone empiezo con las
primeras personas que se registraron, que es el
señor Javier Franco Mongua, docente investigador
de la Facultad de Derecho de la Universidad La
Gran Colombia.
Presidente:
Bueno, entonces, vamos a comenzar escu-
chando al doctor Franco. Vamos en principio
vamos a conceder cinco minutos, ya que tenemos
un buen número de inscritos.
La Presidencia concede el uso de la palabra
al doctor Javier Franco Mongua, Vocero de
Con-Summa, Liga de Consumidores de Bogotá.
Buenas tardes a todos los asistentes, al señor
Presidente de la audiencia, a los Honorables
Representantes; vengo en nombre de la Liga
de Consumidores de Bogotá, Con-Summa, en
convenio con la Universidad La Gran Colombia
y para la Liga de Consumidores Con-Summa y la
universidad resulta muy importante este tipo de
proyectos en los cuales aplaudimos, creemos que
HVXQ SUR\HFWRQHFHVDULRIUHQWH DODV GL¿FXOWDGHV
que pueden existir con una nueva generación de
ciudadanos que es una generación mucho más
activa en el consumo que las generaciones nuestras
\HVRKDFHQHFHVDULR\MXVWL¿FDXQDUHJXODFLyQSRU
parte del Estado colombiano. Nuestra posición
es una posición muy constructiva y de diálogo
porque creemos que, de parte de los gremios de
la publicidad, particularmente de los anunciantes,
puede existir una visión de preocupación sobre
el contenido del proyecto y la posición de los
sectores de la sociedad civil que como nosotros
representamos a los consumidores.
Creemos que el proyecto tiene unos puntos
fuertes positivos y unos que se pueden mejorar.
Primero vamos a hablar de los aspectos y qué
creemos que es positivo y qué se puede mejorar.
El aspecto de protección de datos personales,
desde la Ley 1581 de 2012, que trataba sobre
la regulación de protección datos personales
de los ciudadanos, Colombia entró en una fase
importante de regulación de la materia y en
este caso es más que necesario porque tenemos
que tener claro que los niños cada vez más se
conectan desde más jóvenes a las redes sociales,
a los medios de comunicación electrónica y
normalmente no son conscientes de que van
dejando rastros de información, de información
no solamente sobre sus gustos de consumo sino
inclusive de información sobre datos privados o
íntimos, a través de elementos como las cookies,
etc., etc. Entonces creemos nosotros que este
punto del proyecto es muy positivo porque limita
o prohíbe de manera importante la utilización de
HVRVGDWRVGHORVPHQRUHVFRQ¿QHVFRPHUFLDOHV
Sin embargo, para la Liga de Con-Summa,
quedan unas preguntas sobre el aspecto puramente
técnico del desarrollo de esa prohibición, ¿Cómo
se hace en la práctica o cómo pretende el proyecto
hacer para prohibir que se tomen esos datos o que
los anunciantes potenciales no los usen? ¿Cuál
sería el órgano técnico encargado de vigilar o
evitar que se capturen esos datos y cuáles serías
las consecuencias jurídicas y su graduación?
Aunque el proyecto hace referencia a las acciones
del Estatuto del Consumidor, no tenemos claridad
sobre si ese tipo de sanciones son las claramente
pertinentes frente a ese punto.
El otro aspecto es sobre las conductas
sancionables, los artículos 4°, 5° y 7° del proyecto.
El proyecto inicial, creemos, insisto, con un, o
hace algo importante y es regular una materia de lo
que tenemos dudas es sobre la prohibición, porque
estamos observando que la prohibición es de tipo
absoluto. La Liga de Consumidores cree que la
prohibición o mejor la regulación debería mejor

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR