Gaceta del Congreso del 31-10-2019 - Número 1082 (Contenido completo) - 31 de Octubre de 2019 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 825428385

Gaceta del Congreso del 31-10-2019 - Número 1082 (Contenido completo)

Fecha de publicación31 Octubre 2019
Número de Gaceta1082
PROYECTOS DE LEY ORGÁNICA
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVIII - Nº 1082 Bogotá, D. C., jueves, 31 de octubre de 2019 EDICIÓN DE 29 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
                
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY ORGÁNICA
NÚMERO 279 DE 2019 CÁMARA
por medio de la cual se crea el cargo de Secretario
de la Comisión de Acreditación Documental, se
modica y adiciona la Ley 5ª de 1992 y se dictan
otras disposiciones.
El Congreso de la República
DECRETA:
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por
objeto crear el cargo de Secretario de la Comisión
      
con lo establecido en la Ley 5ª de 1992 y normas
concordantes, además de proteger y responder por la
información remitida a dicha comisión en relación
con los documentos personales de los Congresistas
electos, las excusas presentadas por los honorables
      
sesiones de la corporación y ejercer una protección
jurídica frente a los requerimientos particulares y de
los organismos de control.
Artículo 2°. Creación. Créase el cargo de
Secretario de la Comisión de Acreditación
Documental del Congreso de la República, que será
elegido por la mesa directiva de dicha comisión para
el periodo legislativo correspondiente.
Artículo 3°. Composición. La Secretaría de
la Comisión de Acreditación Documental estará
conformada de la siguiente manera:
N° de Cargos Nombre del cargo Grado
1 Secretario de Comisión 12
1 Secretaria Ejecutiva 5
Total cargos: 2
Artículo 4°. Requisitos y funciones del Secretario
de la Comisión. El Secretario de la Comisión de
Acreditación Documental, acreditará los requisitos
mínimos para este cargo y cumplirá las funciones
determinadas en la Ley 5ª de 1992 y demás normas
concordantes.
Artículo 5°. Requisitos y funciones de la
Secretaria Ejecutiva. La Secretaria Ejecutiva de la
Comisión de Acreditación Documental, acreditará
los requisitos mínimos para este cargo y cumplirá
las funciones determinadas en la Ley 5ª de 1992 y
demás normas concordantes.
Artículo 6°. Partidas presupuestales. Para
el cumplimiento de la presente ley, el Gobierno
nacional autorizará los recursos presupuestales en las
partidas asignadas para el Congreso de la República
en el Presupuesto General de la Nación. Se incluirán
en el presupuesto anual de gastos del Congreso de
la República, las partidas que correspondan para el
pago del Secretario de la Comisión de Acreditación
Documental y la Secretaria Ejecutiva. Los gastos
de funcionamiento de la Comisión, serán asumidos
de acuerdo a las capacidades presupuestales que
se le hayan asignado para la vigencia del periodo
legislativo.
Artículo 7°. Adiciónese al artículo 369 de la Ley
5ª de 1992, un numeral así:
Artículo 369. Planta de personal. La planta de
personal será la siguiente:
2.6.15 Comisión de Acreditación Documental
N° de Cargos Nombre del cargo Grado
1 Secretario de Comisión 12
1 Secretaria Ejecutiva 5
Total cargos: 2
Artículo 8°. Modifíquese el numeral 3.12 del
3.12 Comisión de Acreditación Documental
Artículo 9°. Adiciónese al artículo 382 de la Ley
5ª de 1992, un numeral así:
Página 2 Jueves, 31 de octubre de 2019 G 1082
3.13 Comisiones Especiales
Artículo 10. Adiciónese al artículo 383 de la Ley
5ª de 1992, un numeral así:
3.15 Comisión de Acreditación Documental
N° de Cargos Nombre del cargo Grado
1 Secretario de Comisión 12
1 Secretaria Ejecutiva 5
Total cargos: 2
Artículo 11. La Comisión de Acreditación
Documental tendrá las mismas facultadas y
obligaciones contenidas en la Ley 5ª de 1992 y
normas concordantes.
Artículo 12. Vigencia. La presente ley rige a
partir de la fecha de su sanción y promulgación y
deroga las disposiciones que le sean contrarias.
De los honorables Representantes,
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1. OBJETO DEL PROYECTO
La presente ley tiene por objeto la creación del
cargo de Secretario de la Comisión de Acreditación
Documental, debido a la urgente necesidad que
esta importante comisión tiene de una organización
interna que le permita atender todos los deberes que
la ley le ha asignado.
En este sentido, el Secretario de la Comisión
de Acreditación Documental, será el profesional
encargado de cumplir con lo establecido en la Ley
5ª de 1992 y normas concordantes, además de
proteger y responder por la información remitida
a dicha comisión en relación con los documentos
personales de los Congresistas electos, las excusas
presentadas por los honorables congresistas
        
corporación y ejercer una protección jurídica frente
a los requerimientos particulares y de los organismos
de control.
En este orden de ideas, debemos conocer algunas
funciones que realiza la Comisión de Acreditación
Documental y entender la importancia de su gestión así:
1. Revisión de documentos:
(…)
Los documentos que acrediten las calidades
exigidas de quienes aspiran a ocupar cargos de
elección del Congreso o de las Cámaras Legislativas,
serán revisados por la Comisión dentro de los cinco (5)
días siguientes a su presentación. El informe respectivo
será evaluado por la plenaria de la corporación, antes
de proceder a la elección del caso.1
2. Análisis y dictamen de excusas presentadas
por los Honorables Congresistas:
(…) Son excusas que permiten justicar las
ausencias de los Congresistas a las sesiones, además
del caso fortuito, la fuerza mayor en los siguientes
eventos:
1. La incapacidad física debidamente
comprobada.
2. El cumplimiento de una comisión ocial
fuera de la sede del Congreso.
3. La autorización expresada por la Mesa
Directiva o el Presidente de la respectiva
Corporación, en los casos indicados en el
presente Reglamento.
Parágrafo. Las excusas por inasistencia serán
enviadas a la Comisión de acreditación documental
de la respectiva Cámara, en los términos dispuestos
por el artículo 60 de este Reglamento. Su dictamen
será presentado a la Mesa Directiva la cual
adoptará la decisión nal, de conformidad con la
Constitución y la ley.2
3. Respuesta a los requerimientos hechos
por particulares, entidades del Estado y
organismos de control:
En virtud de lo establecido en el artículo 23 de la
Constitución Política, además de lo contenido en la
Ley 1755 de 2015 en los artículos 13 y SS.
2. FUNDAMENTO LEGAL
El Congreso de la República está facultado
para crear el cargo de Secretario de Comisión de
Acreditación Documental e incluirlo en la Ley 5ª de
1992, conforme lo establece la Ley 3ª de 1992 en su
Artículo 12. El Reglamento Interno del Senado
y de la Cámara de Representantes, determinará
el número de integrantes, competencias y
procedimientos de las Comisiones Legales,
Accidentales y de las demás de que trata esta ley”.
3. IMPORTANCIA EN EL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
La Comisión de Acreditación documental
       
documentos que permiten a los Congresistas realizar
de manera idónea, las obligaciones establecidas
por la Constitución y la ley en el Congreso de la
República. En este sentido, la Comisión cumple
funciones tan importantes como la de acreditar a las
personas que aspiren a ocupar cargos de elección
      
      
el cargo; de la misma forma cumple una función

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR