Gaceta N° 15061 de Cundinamarca, 29-01-2013 - 29 de Enero de 2013 - Gaceta de Cundinamarca - Legislación - VLEX 870699214

Gaceta N° 15061 de Cundinamarca, 29-01-2013

Fecha de publicación29 Enero 2013
Fecha29 Enero 2013
Número 15.061 - Bogotá, D. C., martes 29 de enero de 2013 - AÑO CXVII
Ó RGANO OFICIAL DEL DEPARTAM E N T O
ISSN 0122 - 7777
Editor: Imprenta nacIonal de colombIa
www.imprenta.gov.co
DESPACHO DEL GOBERNADOR
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 0911 DE 2012
(julio 23)
por la cual se hace un nombramiento provisional en la planta
de empleos para el sistema educativo del Departamento
de Cundinamarca nanciada por el Ministerio de Educación.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales, Legales y en
especial las Conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto No. 249 del 28 de octubre de 2009, se
creó la planta de empleos para el sistema educativo del Departamen-
to de Cundinamarca nanciada por el Ministerio de Educación.
Que de acuerdo con las instrucciones impartidas mediante
Circular 29 del 15 de marzo de 2007 por la Comisión Nacional del
Servicio Civil, para proveer de manera provisional los empleos en
vacancia denitiva se requiere autorización por parte de la citada
Comisión.
Que mediante ocio radicado número 33365 del 3 de julio de
2012 en la Comisión Nacional del Servido Civil la Secretaría de la
Función Pública, autorización para nombramiento provisional en la
vacancia denitiva en el empleo de Profesional Universitario Código
219 Grado 02 Distribuido en la Dirección de Medios y Nuevas Tec-
nologías - Subsecretaría de Desarrollo Educativo, dependiente de la
Secretaría de Educación.
Que la Comisión Nacional del Servido Civil, mediante ocio
0-2012 EE-28532 de fecha 5 de julio de 2012, autorizó el nombra-
miento provisional por un término no superior a seis (6) meses.
Por los motivos expuestos,
RESUELVE:
Artículo 1°. Nombrar con carácter provisional al señor ED-
WIN GUSTAVO ROJAS ACEVEDO, con cédula de ciudadanía No.
74344906, en el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Códi-
go 219 Grado 02 de la planta provisional de empleos para el siste-
ma educativo del Departamento de Cundinamarca nanciada por el
Ministerio de Educación, distribuido en la DIRECCIÓN DE MEDIOS
Y NUEVAS TECNOLOGÍAS - SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO
EDUCATIVO, dependiente de la Secretaría de Educación, por un tér-
mino no superior a seis (6) meses.
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su
expedición y surte efectos a partir de su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 23 de julio de 2012.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
JOSÉ RUEDA AVELLANEDA
Secretario de la Función Pública
* * *
(julio 23)
por la cual se hace un nombramiento provisional.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercido de las facultades Constitucionales y legales, en espe-
cial de las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
Que mediante correo electrónico de fecha 3 de julio de 2012 la
Secretaría de la Función pública solicitó a la Comisión Nacional del
Servicio Civil, autorización para nombramiento provisional en vacan-
cia denitiva de un empleo de Técnico Operativo Grado 314 Código
04, en la Dirección de Imagen Corporativa, dependiente Secretaria
de Prensa y Comunicaciones.
Que de acuerdo con las instrucciones impartidas mediante
Circular 29 del 15 de marzo de 2007 por la Comisión Nacional del
Servicio Civil, para proveer de manera provisional los empleos en
vacancia denitiva se requiere autorización por parte de la citada
Comisión.
Que la Comisión Nacional del servicio Civil, mediante Ocio
0-2012 EE-28532 de fecha 5 de julio de 2012, autorizó el nombra-
miento provisional por un término no superior a seis (6) meses.
Que se hace necesario proveer mediante nombramiento provi-
sional el empleo de Técnico Operativo Grado 314 Código 04, en la
Dirección de Imagen Corporativa, dependiente Secretaria de Prensa
y Comunicaciones, en la planta de empleos del Sector Central de la
Administración Pública Departamental.
Por los motivos expuestos,
RESUELVE:
Artículo 1°. Nombrar con carácter provisional a la señora RO-
CÍO DEL PILAR RODRÍGUEZ CÁRDENAS, con cédula de ciudada-
nía No. 39804121, en el empleo de Técnico Operativo Código 314
Grado 04, en la planta Global Única de Empleaos del Sector Central
de la Administración Pública Departamental, en la Dirección de Ima-
gen Corporativa, dependiente Secretaría de Prensa y Comunicacio-
nes, por un término no superior a seis (6) meses.
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su
expedición y surte efectos a partir de su comunicación.
2GACETA DE CUNDINAMARCA No. 15.061
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 23 de julio de 2012.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
JOSÉ RUEDA AVELLANEDA
Secretario de la Función Pública
* * *
(julio 23)
por la cual se hace un nombramiento provisional en la planta
de empleos para el sistema educativo del Departamento
de Cundinamarca nanciada por el Ministerio de Educación.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales, Legales y en
especial las Conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto No. 249 del 28 de octubre de 2009, se
creó la planta de empleos para el sistema educativo del Departamen-
to de Cundinamarca nanciada por el Ministerio de Educación.
Que de acuerdo con las Instrucciones Impartidas mediante
Circular 29 del 15 de marzo de 2007 por la Comisión Nacional del
Servicio Civil, para proveer de manera provisional los empleos en
vacancia denitiva se requiere autorización por parte de la citada
Comisión.
Que mediante ocio radicado número 33365 del 3 de julio de
2012 en la Comisión Nacional del Servido Civil la Secretaría de la
Función Pública, autorización para nombramiento provisional en la
vacancia denitiva en el empleo de Profesional Universitario Código
219 Grado 02 distribuido en la Dirección Administrativa y Financiera
- Subsecretaría de Administración del Sector Educativo, dependien-
te de la Secretaría de Educación.
Que la Comisión Nacional del Servido Civil, mediante ocio
0-2012 EE-28532 de fecha 5 de julio de 2012, autorizó el nombra-
miento provisional por un término no superior a seis (6) meses.
Por los motivos expuestos,
RESUELVE:
Artículo 1°. Nombrar con carácter provisional a la señora AN-
GÉLICA TRIANA MELO, con cédula de ciudadanía No. 35329723,
en el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 02 de la
planta provisional de empleos para el sistema educativo del Depar-
tamento de Cundinamarca nanciada por el Ministerio de Educación,
distribuido en la Dirección Administrativa y Financiera - Subsecreta-
ría de Administración del Sector Educativo, dependiente de la Secre-
taría de Educación, por un término no superior a seis (6) meses.
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su
expedición y surte efectos a partir de su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 23 de julio de 2012.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
JOSÉ RUEDA AVELLANEDA
Secretario de la Función Pública
RESOLUCIÓN NÚMERO 0929 DE 2012
(julio 30)
por la cual se hace un nombramiento.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de las facultades Constitucionales y Legales, en
especial de las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Po-
lítica,
RESUELVE:
Artículo primero. Nombrar con carácter ordinario en la Planta
Global Única de Empleos del Sector Central de la Administración
Pública Departamental a:
Nombres y Apellidos CARLOS ANDRÉS PEÑA GONZÁLEZ
Cédula de Ciudadanía 79947636
Nombre del Cargo DIRECTOR TÉCNICO
Código y Grado 009-03
Dependencia DIRECCIÓN DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL - SE-
CRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Artículo segundo. La presente resolución rige a partir de la fe-
cha de su expedición y surte efectos a partir de su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá D. C., a 30 de julio de 2012.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
JOSÉ RUEDA AVELLANEDA
Secretario de la Función Pública
* * *
RESOLUCIÓN NÚMERO 0930 DE 2012
(julio 30)
por la cual se hace un nombramiento provisional en la planta
de empleos para el sistema educativo del Departamento
de Cundinamarca nanciada por el Ministerio de Educación.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales, Legales y en
especial las Conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto No. 249 del 28 de octubre de 2009, se
creó la planta de empleos para el sistema educativo del Departamen-
to de Cundinamarca nanciada por el Ministerio de Educación.
Que de acuerdo con las Instrucciones Impartidas mediante
Circular 29 del 15 de marzo de 2007 por la Comisión Nacional del
Servido Civil, para proveer de manera provisional los empleos en
vacancia denitiva se requiere autorización por parte de la citada
Comisión.
Que mediante ocio radicado número 33365 del 3 de julio de
2012 en la Comisión Nacional del Servido Civil la Secretaría de la
Función Pública, solicitó autorización para nombramiento provisional
en la vacancia denitiva en el empleo de Profesional Universitario
Código 219 Grado 01 Distribuido en la Dirección de Personal de
Establecimientos Educativos - Subsecretaría de Administración del
Sector Educativo, dependiente de la Secretaría de Educación.
Que la Comisión Nacional del Servido Civil, mediante Ocio
0-2012 EE-28532 de fecha 5 de julio de 2012, autorizó el nombra-
miento provisional por un término no superior a seis (6) meses.
Por los motivos expuestos,
3
GACETA DE CUNDINAMARCA
No. 15.061
RESUELVE:
Artículo 1°. Nombrar con carácter provisional a la señora MA-
YRA STELLA SILVA CAMPOS, con cédula de ciudadanía No.
1069432624, en el empleo de Profesional Universitario Código 219
Grado 01 de la planta provisional de empleos para el sistema educa-
tivo del Departamento de Cundinamarca nanciada por el Ministerio
de Educación, distribuido en la Dirección de Personal de Estable-
cimientos Educativos - Subsecretaría de Administración del Sector
Educativo, dependiente de la Secretaría de Educación, por un térmi-
no no superior a seis (6) meses.
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su
expedición y surte efectos a partir de su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 30 de julio de 2012.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
JOSÉ RUEDA AVELLANEDA
Secretario de la Función Pública
* * *
(agosto 3)
por la cual se hace un nombramiento.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en espe-
cial de las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
RESUELVE:
Artículo 1°. Nombrar con carácter ordinario en la Planta Única
de Empleos del Sector Central de la Administración Pública Depar-
tamental a:
Nombres y Apellidos ÁLVARO BERMÚDEZ GÓMEZ
Cédula de Ciudadanía 79000239
Nombre del Cargo Director Financiero
Código y Grado 009-03
Dependencia DIRECCIÓN DE CONTADURÍA - SUBSECRETARÍA ADMI-
NISTRATIVA Y FINANCIERA - SECRETARÍA DE HACIENDA
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su
expedición y surte efectos a partir de su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 3 de agosto de 2012.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
JOSÉ RUEDA AVELLANEDA
Secretario de la Función Pública
* * *
RESOLUCIÓN NÚMERO 0948 DE 2012
(agosto 6)
por la cual se ejecuta una sanción disciplinaria.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En desarrollo de lo establecido en numeral 2 del artículo 172 de
CONSIDERANDO:
Que la PROCURADURÍA PROVINCIAL DE GIRARDOT en
virtud de fallo de primera instancia No. 001993 de fecha 10 de
noviembre de 2011, dentro del expediente Radicado No. IUC-
D-57-2011-386380, impuso sanción disciplinaria en contra del se-
ñor JOSÉ GUSTAVO MORENO PORRAS, identicado con cédula
de ciudadanía No. 3073243 en su calidad de Alcalde del municipio
de La Mesa - Cundinamarca, consistente en SUSPENSIÓN EN EL
EJERCICIO DEL CARGO POR EL TÉRMINO DE CUATRO (4)
MESES.
Los hechos que originaron la causa disciplinaria obedecieron al
derecho de petición radicado por el ciudadano Julio César Agudelo
Rojas el 30 de diciembre de 2010, en virtud del cual solicitaba copia
de tres (3) contratos: El derecho de petición fue desconocido por el
señor JOSÉ GUSTAVO MORENO PORRAS, quien no brindó una
oportuna y ecaz respuesta del mismo y sólo hasta el 11 de marzo
de 2011 respondió que la documentación estaba a su disposición
previa cancelación de las respectivas copias.
Que el operador disciplinario de primera instancia, dentro de la
etapa formal de investigación, mediante providencia de trámite No.
001272 de fecha 19 de julio de 2011 determinó abrir formal investiga-
ción disciplinaria dentro de la cual prorió cargos, los cuales fueron
consignados en los siguientes términos:
ÚNICO CARGO: Usted señor JOSÉ GUSTAVO MORENO
PORRAS, en su condición de alcalde del municipio de La Mesa,
pudo haber violado el artículo 12 en concordancia con el artículo
22 del C.C.A., y corolario de ello incurrir en la prohibición conte-
vez que retardó el suministro debido y oportuno de la respuesta a
la petición respetuosa efectuada por el ciudadano JULIO CÉSAR
AGUDELO ROJAS, el 30 de diciembre de 2010, quien solicitó en
ejercicio del derecho de petición al señor Alcalde Municipal de La
Mesa, copia de tres contratos celebrados por el municipio de La
Mesa; junto con su rma, el ciudadano invocó el carácter de veedor
ciudadano. (Folio 4).
Este escrito, fue respondido por el propio Alcalde Municipal de
La Mesa, al ciudadano AGUDELO ROJAS, mediante comunicación
del 12 de enero de 2011, en el cual manifestó que debía aclarar
las razones en las cuales el ciudadano apoyaba su solicitud. (Folio
23).
Frente a éste requerimiento, el ciudadano AGUDELO ROJAS
contestó a la administración, mediante comunicación del 14 de enero
de 2011 manifestando tener el carácter de veedor ciudadano, motivo
por el cual se cumplía con el requisito exigido por la normatividad,
señalando además que la información requerida se necesitaba para
efectos de ejercer vigilancia sobre la gestión pública (Folios 5-6).
Este ocio fue contestado por el mandatario local mediante co-
municación del 21 de enero de 2011, en virtud del cual el Alcalde le
señala que con su escrito no acreditó su carácter de veedor y que no
demuestra domicilio en el municipio de La Mesa.
Esta comunicación es controvertida por el ciudadano, mediante
escrito del 26 de enero de 2011, radicada ante la Alcaldía el 5 de
febrero de 2011, señalando que ostentaba el carácter de veedor y
que durante varios años el Alcalde le ha respondido a la dirección
por él suministrada y que no entiende por que la actitud renuente del
burgomaestre en el suministro de la información requerida. (Folio 8
a 10).
El 9 de marzo de 2011, el Alcalde Municipal le maniesta que
la copia de los contratos requeridos se encuentra a su disposición,
previa cancelación de las copias. (Folio 22)
Lo anterior habría implicado que el Alcalde asumió una posición
evasiva y dilatoria de los requerimientos efectuados por el ciudada-
no, al tardar más de sesenta días en permitir a éste, el acceso a la
información pública por él requerida”.

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