Gaceta N° 15300 de Cundinamarca, 22-02-2019 - 22 de Febrero de 2019 - Gaceta de Cundinamarca - Legislación - VLEX 870970403

Gaceta N° 15300 de Cundinamarca, 22-02-2019

Fecha de publicación22 Febrero 2019
Fecha22 Febrero 2019
Número 15.300 . Bogotá, D. C., viernes, 22 de febrero de 2019 - AÑO CXXIII
Ó RGANO OFICIAL DEL DEPARTAM E N T O
ISSN 0122. 7777
Editor: Imprenta Nacional de Colombia
www.imprenta.gov.co
ASAMBLEA DE CUNDINAMARCA
ORDENANZAS
ORDENANZA NÚMERO 084 DE 2019
(febrero 19)
por la cual se autoriza al gobernador del Departamento de
Cundinamarca para enajenar y disponer de bienes muebles de
propiedad del departamento que no se requieran para su servicio y
que hayan sido dados de baja por su estado de deterioro, inutilidad
u obsolescencia.
LA ASAMBLEA DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial
las conferidas por el numeral 9 del artículo 300 de la Constitución
Política y el numeral 10 del artículo 60 del Decreto-ley 1222 de 1986,
ORDENA:
Artículo primero. Autorizar al Gobernador del Departamento de
Cundinamarca para enajenar y disponer de los bienes muebles de
propiedad del departamento, que no se requieran para su servicio y
que hayan sido dados de baja por su estado de deterioro, inutilidad
u obsolescencia.
Artículo segundo. Los bienes muebles cobijados por la
presente ordenanza deberán haber sido dados de baja del servicio
del Departamento por presentar estado de deterioro, inutilidad
u obsolescencia, conforme los lineamientos y el procedimiento
establecido en el Decreto Departamental 2624 del 20 de septiembre
de 1995 y la Resolución 030 del 10 de noviembre de 2017, y demás
normatividad que los derogue, modique y/o complemente.
Parágrafo. Dentro de los bienes objeto de la autorización que
por esta ordenanza se conere, se podrán incluir aquellos bienes
muebles que hayan sido entregados a otras entidades públicas a
través de contratos de comodatos o convenios interadministrativos,
previa liquidación de los mismos.
Artículo tercero. La autorización concedida mediante la presente
ordenanza, incluye las de celebrar toda clase de contratos y demás
actos jurídicos conforme a la ley, requeridos para la disposición de
los bienes muebles.
Artículo cuarto. La Secretaría General del Departamento,
a través de la Dirección de Bienes e Inventarios, presentará a la
Asamblea Departamental, informes detallados que incluyan las
actas de Comités y resoluciones de bajas, de los bienes muebles que
hayan sido objeto de cualquier acto jurídico, que implique el cambio
en la titularidad del derecho de dominio o propiedad conforme a la
autorización otorgada en la presente ordenanza.
Artículo quinto. La autorización concedida mediante la presente
ordenanza, tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019.
Artículo sexto. La presente ordenanza rige a partir de la fecha
de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
LUIS AROLDO ULLOA LINARES
Presidente
JUAN CARLOS COY CARRASCO
Primer Vicepresidente
CONSTANZA RAMOS CAMPOS
Segunda Vicepresidenta
PAULA STEPHANY SOLANO URREGO
Secretaria General
DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
DESPACHO DEL GOBERNADOR
Ordenanza número 084 de 2019
por la cual se autoriza al gobernador del Departamento de
Cundinamarca para enajenar y disponer de bienes muebles de
propiedad del departamento que no se requieran para su servicio y
que hayan sido dados de baja por su estado de deterioro, inutilidad
u obsolescencia.
Bogotá, D. C., 19 de febrero de 2019.
Publíquese y cúmplase.
JORGE EMILIO REY ÁNGEL
Gobernador
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETOS
(febrero 13)
por el cual se efectúa un traslado en el Presupuesto General del
Departamento para la vigencia scal 2019.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de la facultad que le conere el artículo 31 de la
Ordenanza 76 del 7 de diciembre de 2018, en concordancia del
artículo 91 de la Ordenanza 227 de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 31 de la Ordenanza 76 del 7 de diciembre de 2018,
en concordancia con lo establecido en el artículo 91 de la Ordenanza
227 del 1° de agosto de 2014 “Estatuto Orgánico de Presupuesto del
Departamento de Cundinamarca”, establece que “las modicaciones
al anexo del decreto de liquidación que no modiquen en cada sección
presupuestal el monto total de la apropiación correspondiente a:
1. Gastos de funcionamiento.
2. Servicio de la deuda y
3. Gastos de inversión a nivel de programas aprobados por la
Asamblea, se harán mediante decreto expedido por el Gobernador.
En el caso de la Contraloría y de la Asamblea por resolución expedida
por el Presidente de la Asamblea y el Contralor quienes responderán
por la legalidad de sus presupuestos. Estos actos administrativos
requieren para su validez el concepto favorable de la Dirección de
Presupuesto de la Secretaría de Hacienda”.
Que la Directora Financiera de Presupuesto, expidió el certicado
de disponibilidad presupuestal por la suma de diez millones de
pesos ($10.000.000) moneda corriente.
CDP FECHA VALOR
7000100904 11-01-2019 Diez millones de pesos ($10.000.000)
moneda corriente
Que el Secretario de Planeación, emitió Concepto Favorable 07
del 15 de enero de 2019 en los términos del inciso segundo del
artículo 91 de la Ordenanza 227 del 1° de agosto de 2014, los cuales
forman parte integral del presente decreto.
Que mediante Ocio Radicado 2019301706 del 21 de enero
de 2019, suscrito por el Secretario Jurídico, solicitó traslado
GACETA DE CUNDINAMARCA
2No. 15.300
presupuestal, por la suma de diez millones de pesos ($10.000.000)
moneda corriente.
Que se hace necesario contracreditar recursos de la Secretaría
de Jurídica por la suma de diez millones de pesos ($10.000.000)
moneda corriente, de la meta producto “Capacitar anualmente
al 100% de las juntas directivas de las ESES, áreas jurídicas de
los municipios y personerías de los municipios de categoría 5 y 6
en temas contractuales en el departamento de Cundinamarca”,
recursos que se encuentran disponibles para el traslado.
Que se hace necesario acreditar recursos de la Secretaría de
Jurídica por la suma de diez millones de pesos ($10.000.000) moneda
corriente, con el n de dar cumplimiento al proyecto “Desarrollo de
estrategias jurídicas en el Departamento de Cundinamarca”, con el
n de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 447 de 2016.
Que el Director de Finanzas Públicas de la Secretaría de
Planeación, certicó la inscripción en el Banco Departamental de
Programas y Proyectos, así:
SPC CERTIFICADO FEC HA PROYECTO
297007 - 2019 005 10-01-2019
Desarrollo de estrategías jurídicas en el Departamento de
Cundinamarc a
Que la Directora Financiera de Presupuesto, emitió concepto
favorable del 25 de enero de 2019, en los términos del inciso segundo
del artículo 91 de la Ordenanza 227 del 1° de agosto de 2014.
En virtud de lo anterior,
DECRETA:
Artículo 1°. Efectúese traslado al Presupuesto General del
Departamento, contracreditando el presupuesto de gastos de
inversión de la Secretaría Jurídica por la suma de diez millones de
pesos ($10.000.000) moneda corriente, con base en el Certicado
de Disponibilidad 7000100904 del 11 de enero de 2019 que se
menciona en la parte motiva del presente decreto, expedido
por la Directora Financiera de Presupuesto de la Secretaría de
Hacienda, así:
CONTRACRÉDITO
SECCIÓN PRESUPUESTAL 1104
SECRETARÍA JURÍDICA
Artículo 2°. Efectúese traslado al Presupuesto General del Departamento, acreditando el presupuesto de gastos de inversión de la Secretaría
Jurídica por la suma diez millones de pesos ($10.000.000) moneda corriente, con base en los recursos del artículo anterior, así:
CRÉDITO
SECCIÓN PRESUPUESTAL 1104
SECRETARÍA JURÍDICA
POS PRE
(CÓDIGO PLAN)
AREA FUNCIONAL
(CODIGO FUT)
PROGRAMA
PRESUPUESTARIO
(SPC+PRODUCTO)
PRODUCTO
CODIGO META
TIPO DE META
CONCEPTO
META CUATRIENIO
UNIDAD DE MEDIDA
META ACUMULADA
META VIGENCIA
VALOR
GR:4
GASTOS DE INVERSIÓN 10.000.000
4
EJE - INTEGRACIÓN Y GOBERNANZA 10. 000.000
06
PROGRAMA- CUNDINAMARCA A S U SERVICIO 10.000.000
085
Resultado
META RESULTADO -Dismin uir en el 10% la activid ad
judicial desplegad a en contra del Departamento c on
ocasión de los actos pr oferidos en el per iodo de
gobierno.
10
%
03
SUBPROGRAMA- CUNDINAMARCA, TERRITORIO
LEGAL Y CON AUTORIDAD
10.000.000
584
Producto
META PRODUCTO -Capacitar anualmente al 100% de
las juntas directivas de las ESES, áreas jurídicas de los
municipios yp ersonerías de los mun icipios de categoría
5 y 6 en temas con tractuales en el departamento de
Cundinamarca
4
JHR
2,00
1
10.000.000
PROYECTO -Desarrollo de estr ategias jurídicas en el
Departamento d e Cundinamarca
10.000.000
GR:4:4-06-03-584 A.17.2 29700709 1-0100 09
PRODUCTO -Servicio de educacion informal para la
gestion admin istrativa
10.000.000
10.000.000
TOTAL CONTRACREDITO SECRET ARIA JURIDICA
POS PRE
(CÓDIGO PLAN)
AREA FUNCIONAL
(CODIGO FUT)
PROGRAMA
PRESUPUESTARIO
(SPC+PRODUCTO)
FONDO
PRODUCTO
CODIGO META
TIPO DE META
CONCEPTO
META CUATRIENIO
UNIDAD DE MEDIDA
META ACUMULADA
META VIGENCIA
VALOR
GR:4
GASTOS DE INVERSIÓN 10.000.000
4
EJE - INTEGRACIÓN Y GOBERNANZA 10.000.000
06
PROGRAMA- CUNDINAMARCA ASU
SERVICIO
10.000.000
085
Resultado
META RESULTADO -Dismin uir en el 10% la
actividad ju dicial d esplegada en contra del
Departamento con oc asión de los actos
proferidos en el periodo de gobiern o.
10
%
03
SUBPROGRAMA- CUNDINAMARCA,
TERRITORIO LEGAL Y CON AUTORIDAD
10.000.000
585
Producto
META PRODUCTO -Institu cionalizar el premio
ala excelencia en transp arencia en los
sectores municipal ysalud, en asocio con
Colombia compra eficient e, durante el
cuatrienio
4
Num
0,50
1
10.000.000
PROYECTO -Desarrollo de estr ategias
jurídicas en el Departamento de Cu ndinamarca
10.000.000
GR:4:4-06-03-585 A.17.2 29700709 1-0100 09
PRODUCTO -Servicio de educacion informal
para la gestion administrativa
10.000.000
10.000.000
TOTAL CRÉDITO SECRETARI A JURIDICA
GACETA DE CUNDINAMARCA 3No. 15.300
Artículo 3°. Las Direcciones de Presupuesto y Contabilidad de la
Secretaría de Hacienda, efectuarán los registros necesarios para el
cumplimiento de lo previsto en el presente decreto.
Artículo 4°. Una vez expedido el presente Decreto, el ordenador del
gasto presentará a la Tesorería General del Departamento la solicitud
de modicación del Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC).
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su
expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 13 de febrero de 2019.
JORGE EMILIO REY ÁNGEL
Gobernador
JORGE LUIS TRUJILLO ALFARO
Secretario de Hacienda
CÉSAR AUGUSTO CARRILLO VEGA
Secretario de Planeación
GERMÁN ENRIQUE GÓMEZ GONZÁLEZ
Secretario Jurídico
* * *
(febrero 13)
por el cual se efectúa un traslado en el Presupuesto General del
Departamento para la vigencia scal 2019.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de la facultad que le conere el artículo 31 de la
Ordenanza 76 del 7 de diciembre de 2018, en concordancia del
artículo 91 de la Ordenanza 227 de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 31 de la Ordenanza 76 del 7 de diciembre de 2018,
en concordancia con lo establecido en el artículo 91 de la Ordenanza
227 del 1° de agosto de 2014 “Estatuto Orgánico de Presupuesto del
Departamento de Cundinamarca”, establece que “las modicaciones
al anexo del decreto de liquidación que no modiquen en cada sección
presupuestal el monto total de la apropiación correspondiente a:
1. Gastos de funcionamiento.
2. Servicio de la deuda y
3. Gastos de inversión a nivel de programas aprobados por la
Asamblea, se harán mediante decreto expedido por el Gobernador.
En el caso de la Contraloría y de la Asamblea por resolución expedida
por el Presidente de la Asamblea y el Contralor quienes responderán
por la legalidad de sus presupuestos. Estos actos administrativos
requieren para su validez el concepto favorable de la Dirección de
Presupuesto de la Secretaría de Hacienda”.
Que mediante Ordenanza 068 del 15 de agosto de 2018, fueron
aprobadas vigencias futuras excepcionales de la Secretaria
de Educación por valor de seis mil quinientos nueve millones
cuatrocientos setenta y cinco mil cuarenta y cuatro pesos
(6.509.475.044) moneda corriente, recursos que no fueron
ejecutados en su totalidad y se van trasladar a la vigencia actual
para el cumplimiento de las metas 142 y 145, la suma de doscientos
ochenta millones de pesos ($280.000.000) moneda corriente.
Que la Directora Financiera de Presupuesto, expidió los
certicados de disponibilidad presupuestal por la suma de doscientos
ochenta millones de pesos ($280.000.000) moneda corriente.
CDP FECHA VALOR
7000101015 15-01-2019 Ciento ochenta millones de pesos ($180.000.000)
moneda corriente
7000101069 16-01-2019 Cien millones de pesos ($100.000.000) moneda
corriente
Que el Secretario de Planeación, emitió Concepto Favorable 016
del 22 de enero de 2019 en los términos del inciso segundo del
artículo 91 de la Ordenanza 227 del 1° de agosto de 2014, los cuales
forman parte integral del presente decreto.
Que mediante Ocio Radicado 2019302004 del 23 de enero
de 2019, suscrito por la Secretaría de Educación, solicitó traslado
presupuestal, por la suma de doscientos ochenta millones de pesos
($280.000.000) moneda corriente.
Que se hace necesario contracreditar recursos de la Secretaría
de Educación por la suma de doscientos ochenta millones de pesos
($280.000.000) moneda corriente, de la meta producto “Aumentar
en 50 el número de IED intervenidas en procesos de educación
inclusiva durante el periodo de Gobierno”, vigencias futuras que no
fueron comprometidas y se van a trasladar a la vigencia actual para
el cumplimiento de las metas 142 y 145.
Que se hace necesario acreditar recursos de la Secretaría
de Educación por la suma de doscientos ochenta millones
de pesos ($280.000.000) moneda corriente, con el n de dar
cumplimiento a los proyectos “Construcción mejoramiento y
mantenimiento de la infraestructura física de las instituciones
educativas del departamento de Cundinamarca - Implementación
, Incorporación y apropiación de las TIC para el desarrollo de los
procesos pedagógicos de las Instituciones Educativas Ociales del
departamento de Cundinamarca. Cundinamarca”, recursos que se
requieren para poder adelantar la contratación del licenciamiento del
Software (Windows y Oce) para los equipos de cómputo existentes
en las instituciones educativas de los municipios no certicados del
Departamento y se requieren los recursos para conocer cómo se
encuentra actualmente la infraestructura educativa y de esta manera
proceder a realizar acciones que permitan mejorar los espacios
escolares del Departamento de Cundinamarca.
Que el Director de Finanzas Públicas de la Secretaría de
Planeación, certicó la inscripción en el Banco Departamental de
Programas y Proyectos, así:
Que la Directora Financiera de Presupuesto, emitió concepto
favorable del 28 de enero de 2019, en los términos del inciso segundo
del artículo 91 de la Ordenanza 227 del 1° de agosto de 2014.
En virtud de lo anterior,
DECRETA:
Artículo 1°. Efectúese traslado al Presupuesto General del
Departamento, contracreditando el presupuesto de gastos de
inversión de la Secretaría de Educación por la suma de doscientos
ochenta millones de pesos ($280.000.000) moneda corriente, con
base en los Certicados de Disponibilidad 7000101015 del 15 de
enero 2019 y 7000101069 del 16 de enero de 2019, que se menciona
en la parte motiva del presente decreto, expedidos por la Directora
Financiera de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda, así:
SPC CERTIFICACO FECHA PROYECTO
297098 - 2019 010 11-01-2019
Implementación , Incorporación y ap ropiación de las TIC para el
desarrollo de los procesos pedagógicos de las Instituciones
Educativas Ofic iales del departam ento de Cundinam arca.
Cundinamarca
297195 - 2018 0764 05-10-2018
Construcción mejoramiento y manten imiento de la infr aestructura
física de las in stituciones educ ativas del Departamento d e
Cundinamarca
CONTRACRÉDITO
SECCIÓN PRESUPUESTAL 1108
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN GCUN
POSPRE (CODIGO
PLAN)
AREA FUNCIONAL
(CODIGO FUT)
PROGRAMA
PRESUPUESTARIO
(SPC+PRODUCTO)
FONDO
PRODUCTO
CODIGO META
TIPO DE META
CONCEPTO
META CUATRIENIO
UNIDAD MEDIDA
META ACUMULADA
META VIGENCIA
VALOR
GR:4
GASTOS DE INVERSIÓN 280.000.000
1EJE - CUNDINAMARCA 2036 280.000. 000
04
PROGRAMA - UNIDOS PODEMOS LOGRAR MÁS
EDUCACIÓN
280.000.000
007
Resultado
META RESULTADO -Mantener la cobertura Brut a total (de
transición a grado 11°) en el 89%
89
%
01
SUBPROGRAMA - MÁS Y MEJOR EDUCACIÓN 280.000.000
133
Producto
META PRODUC TO - Aumentar en 50 el número de IED
intervenidas en procesos de educación inclusiva durante el
periodo de Gobierno
50
Número
40
10
280.000.000
PROYECTO - Implementación y fortalecimiento de modelos
educativos pertinentes de acuerdo a las diversas condiciones de
la población estudiantil del Departamento de Cundinamarca
280.000.000
GR:4:1-04-01-133 V.I.1.7 29711306G 1-0100 06
PRODUCTO - Servicio de fortalecimiento a las c apacidades de
los docentes de educación preescolar, básica y media
280.000.000
280.000.000
TOTAL CONTRACRÉDITO SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

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