Gaceta N° 15394 de Cundinamarca, 18-12-2020 - 18 de Diciembre de 2020 - Gaceta de Cundinamarca - Legislación - VLEX 870698805

Gaceta N° 15394 de Cundinamarca, 18-12-2020

Fecha de publicación18 Diciembre 2020
Fecha18 Diciembre 2020
Número 15.394 - Bogotá, D. C., viernes 18, de diciembre de 2020 - AÑO CXXIV
Ó RGANO OFICIAL DEL DEPARTAM E N T O
ISSN 0122 - 7777
Editor: Imprenta Nacional de Colombia
www.imprenta.gov.co
INSTITUTO DEPARTAMENTAL PARA
LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE DE
CUNDINAMARCA
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 189 DE 2020
(noviembre 3)
por la cual se inscribe a los nuevos dignatarios de los órganos
constitutivos y se reconoce al nuevo representante legal de la
Liga de Canotaje de Cundinamarca (Cancún), para el período
estatutario y se dictan otras disposiciones.
LA GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO DEPARTAMENTAL
PARA LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus facultades legales, las determinadas en la
Ley 181 de 1995, los Decretos Reglamentarios 1228 de 1995,
00407 de 1996, 1085 de 2015, Decretos 525 de marzo 6 de 1990,
1529 de 1990, las Resoluciones número 0231 de 2011 y 001150
de 2019, los Decretos Departamentales 00263 del 15 de octubre
de 2008 y 000241 de octubre 16 de 2009, los Acuerdos número
010 de septiembre 24 de 2018 y 011 de septiembre 24 de 2018 y
demás normas concordantes y anes, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el inciso primero del artículo 1° del
Decreto 00000241 de octubre 16 de 2009, corresponde a la
Gerente General, otorgar la personería jurídica a los organismos
deportivos del nivel departamental, ejercer las competencias
otorgadas respecto de los mismos y efectuar los trámites de
inscripción, certicación y aprobación, así como el registro
de los libros de los órganos de dirección, de administración
y de asociados de estos organismos, para lo cual procederá
conforme a las disposiciones de la Ley 181 de 1995, los Decretos
Reglamentarios 1228 de 1995, 00407 de 1996, 1085 de 2015,
1529 de 1990, las Resoluciones número 0231 de 2011 y 001150
de 2019, los Decretos Departamentales 00263 del 15 de octubre
de 2008 y 000241 de octubre 16 de 2009, los Acuerdos número
010 de septiembre 24 de 2018 y 011 de septiembre 24 de 2018 y
demás normas concordantes y anes, exigiendo el cumplimiento
de las normas legales y estatutarias de carácter deportivo”.
Que en concordancia con la legislación deportiva vigente, el
Decreto 1228 de 1995, artículo 18, cuando se produzca una
reforma de los estatutos, una nueva designación del representante
legal o de los miembros de los órganos de administración, control o
disciplina u ocurra su elección para un nuevo período reglamentario
o parcial, se procederá a solicitar su inscripción ante el Instituto
Departamental para la Recreación y el Deporte de Cundinamarca
adjuntando copia de las actas y demás documentos pertinentes,
Que según lo determinado en el artículo 10 del Decreto-ley 1228
de 1995, las Ligas Deportivas para los efectos de participación
deportiva y vinculación con el Sistema Nacional del Deporte
requieren para su funcionamiento entre otros, el reconocimiento
deportivo que otorga el Ministerio del Deporte y la personería
jurídica.
Que la Liga de Canotaje de Cundinamarca (Cancún) es un
Organismo Deportivo de nivel Departamental, de carácter privado,
sin ánimo de lucro, constituida el día 5 de septiembre del año
2000, con sede en la ciudad de Bogotá, domicilio en la carrera
29 # 39 - 43 Barrio La Soledad de Bogotá D. C. y jurisdicción en
el Departamento de Cundinamarca, tiene Personería Jurídica,
reconocida mediante Resolución número 03766 de noviembre
14 de 2.000 por el Departamento de Cundinamarca, que impulsa
programas de interés público y social para sus aliados, por
delegación de la Federación Colombiana de Canotaje y Remo.
Que el reconocimiento deportivo de la Liga de Canotaje de
Cundinamarca (Cancún), renovado por Coldeportes, mediante
Resolución número 002884 de diciembre 14 de 2014, se encuentra
vencido desde el día 13 de diciembre de 2019.
Que el objeto social de la Liga de Canotaje de Cundinamarca
(Cancún) es “fomentar, patrocinar y organizar la práctica del deporte
del Canotaje y sus distintas ramas, categorías y modalidades
deportivas, dentro del ámbito territorial del Departamento de
Cundinamarca e impulsar programas de interés público y social
entre sus asociados”.
Que de conformidad con el estatuto vigente de la Liga de Canotaje
de Cundinamarca (Cancún), el período de cuatro (4) años para
el cual se eligen los miembros de los órganos de administración,
control y disciplina y demás comisiones constitutivas, se encuentra
vencido desde el día 4 de septiembre de 2020.
Que el 100% de los clubes aliados a la Liga de Canotaje de
Cundinamarca (Cancún), en pleno uso de sus derechos, en reunión
de Asamblea Universal, celebrada el día 11 de septiembre de 2020
de manera no presencial, utilizando la plataforma tecnológica
zoom y vericada el Acta número 001 de la reunión, se registra la
participación de los Presidentes y/o Delegados de tres (3) clubes
aliados así:
N° DELEGADO CLUB MUNICIPIO
1 William Ferney Cita Cortés Rompe Olas Canoe Kayak Gachalá
2 Jairo Antonio Castillo Pinzón Canotaje y Remo los Tominejos Sesquilé
3Fredy Alonso Prieto Sarmiento Canoakadosch Sesquilé
Que en la precitada Asamblea Universal, fueron elegidos
para el órgano de administración las siguientes personas: Óscar
Alexánder Nava Torres; Sonia Yanneth Bautista Candil y Héctor
Javier Penagos Rojas, para el órgano de control, fue elegida como
Revisora Fiscal Principal la señora Edna Marcela Suárez Ballén y
como Revisora Fiscal Suplente la señora Yeni Lorena Castañeda
Bautista. Para la Comisión Disciplinaria en representación de la
asamblea son elegidos: Ángela Rocío Ruiz Ramírez y Adriana
Paola Vargas Quintero.
Que los dignatarios electos para el órgano de administración,
en reunión posterior celebrada el día 15 de septiembre de 2020,
asignan los cargos para este órgano así: Presidente: Óscar
Alexánder Nava Torres; Secretaria: Sonia Yanneth Bautista Candil,
Tesorero: Héctor Javier Penagos Rojas, como queda plasmado
en el Acta número 001 de la misma fecha; quienes ejercerán sus
cargos durante el período estatutario comprendido entre el 5 de
septiembre de 2020 y el 4 de septiembre de 2024.
GACETA DE CUNDINAMARCA
2No. 15.394
Que en esta misma reunión, el órgano de administración nombra
a la señora Lady Catherinne Freire Mancipe como tercer integrante
para la comisión disciplinaria; para la Comisión Técnica nombran a
las siguientes personas: Carlos Andrés Morales Saldaña, Yonatan
Antonio Castro Martín y Livia Ortega Acosta y para la comisión
de Juzgamiento nombran a las siguientes personas: Edwin Javier
Rico Pinzón, Jorge Enrique Guachetá Ramírez y Daniel Sebastián
Eduardo Tarquino Buitrago, según se registra en el Acta número
001 de la misma fecha, quienes ejercerán sus cargos durante el
período estatutario comprendido entre el 5 de septiembre de 2020
y el 4 de septiembre de 2024.
Que el Comité ejecutivo, mediante Resolución número 002-2020
de septiembre 15 de 2020 conforma la Comisión Técnica de la
Liga, por las tres personas designadas en reunión de la misma
fecha.
Que el Comité ejecutivo, mediante Resolución número 003-2020
de septiembre 15 de 2020 conforma la Comisión de Juzgamiento de
la Liga, por las tres personas designadas en reunión de la misma
fecha.
Que el Presidente electo, señor Óscar Alexánder Nava Torres,
solicita mediante ocio, la inscripción de los nuevos dignatarios de
los distintos órganos constitutivos y el reconocimiento del nuevo
Representante Legal de la Liga de Canotaje de Cundinamarca
(Cancún), para el período estatutario y anexa los siguientes
documentos:
1. Ocio de solicitud.
2. Comprobante de consignación número 025007075551319 del
Banco Davivienda (concepto de los derechos del trámite), por valor
de $106.900.
3. Acta número 001 de reunión de Asamblea Universal, de
septiembre 11 de 2020, en la cual se eligen los miembros de los
órganos de administración, control y dos integrantes de la comisión
de disciplina,
4. Copia de las resoluciones de reconocimiento deportivo vigente
de los tres clubes participantes en la asamblea,
5. Certicación de la Revisora Fiscal, con fecha mayo 28 de 2018,
de que los Clubes participantes en dicha Asamblea se encontraban
a paz y salvo, con su Reconocimiento Deportivo vigente.
6. Certicados de residencia de miembros del órgano de
administración.
7. Acta número 001, de la reunión del órgano de administración
celebrada el día 15 de septiembre de 2020, en la cual se efectuó
la asignación de cargos para este organismo, se nombró al tercer
miembro de la comisión de disciplina y se nombran los integrantes
de las comisiones técnica y de juzgamiento.
8. Certicaciones que acreditan el cumplimiento del artículo
Sexto de la Resolución 001150 de julio 18 de 2019, en relación con
la idoneidad o capacitación en administración deportiva por parte
de los miembros electos de la liga.
9. Resolución número 003-2020 de septiembre 15 de 2020, por
la cual el órgano de administración nombra a los integrantes de la
comisión de juzgamiento.
10. Resolución número 002 de septiembre 15 de 2020, por la
cual el órgano de administración nombra a los integrantes de la
comisión técnica.
11. Copia de las cédulas de ciudadanía, certicados digitales y
tarjetas profesionales de los revisores scales tanto principal como
suplente.
12. Copia de la cédula de ciudadanía número 11349926 de
Zipaquirá, a nombre de Óscar Alexánder Nava Torres, en calidad
de Presidente.
Que vericada la documentación presentada por el peticionario,
se ajusta a las disposiciones legales de carácter deportivo en
especial la Ley 181 de 1995, los Decretos Reglamentarios 1228
de 1995, 00407 de 1996, 1085 de 2015, 1529 de 1990, Decretos
525 de marzo 6 de 1990, 1529 de 1990, las Resoluciones número
0231 de 2011 y 001150 de 2019, los Decretos Departamentales
00263 del 15 de octubre de 2008 y 241 de octubre 16 de 2009,
los Acuerdos número 010 de septiembre 24 de 2018 y 011 de
septiembre 24 de 2018 y demás normas concordantes y anes.
Que por las razones expuestas y por encontrar cumplidas
las formalidades legales vigentes, es procedente inscribir a
los nuevos dignatarios y reconocer al nuevo Representante
Legal del Organismo Deportivo denominado Liga de Canotaje
de Cundinamarca (Cancún), para el período estatutario y
en consecuencia facultarlo para ejercer derechos y contraer
obligaciones.
Que en mérito de lo expuesto.
RESUELVE:
Artículo primero. Inscribir a los nuevos dignatarios de los
órganos constitutivos de la Liga de Canotaje de Cundinamarca
(Cancún), elegidos en reunión de Asamblea Universal, celebrada el
día 11 de septiembre de 2020 de manera no presencial, utilizando
la plataforma tecnológica zoom, para el período estatutario de
cuatro (4) años, comprendido entre el 5 de septiembre de 2020
y el 4 de septiembre de 2024, quedando de la siguiente manera:
ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN:
Óscar Alexánder Nava Torres Presidente 11349926
Sonia Yanneth Bautista Candil Secretaria 20652602
Héctor Javier Penagos Rojas Tesorero 80545756
ÓRGANO DE CONTROL:
Edna Marcela Suárez Ballén Revisora Fiscal Principal TP 216552-T 1078347113
Yeni Lorena Castañeda Bautista Revisora Fiscal Suplente TP 156856-T 1071328438
COMISIÓN DISCIPLINARIA:
Adriana Paola Vargas Quintero Por asamblea 1019024622
Ángela Rocío Ruiz Ramírez Por asamblea 1071330230
Lady Catherinne Freire Mancipe Por órg de admón 52732286
COMISIÓN TÉCNICA:
Livia Ortega Acosta 51586156
Yonatan Antonio Castro Martín 1032402044
Carlos Andrés Morales Saldaña 1076649221
COMISIÓN DE JUZGAMIENTO:
Daniel Sebastián Eduardo Tarquino Buitrago 1071328794
Edwin Javier Rico Pinzón 80184084
Jorge Enrique Guachetá Ramirez 79273324
Artículo segundo. Inscribir y reconocer como nuevo
Representante Legal de la Liga de Canotaje de Cundinamarca
(Cancún), al señor Óscar Alexánder Nava Torres, identicado
con la cédula de ciudadanía número 11349926 de Zipaquirá,
elegido en reunión de Asamblea Universal, celebrada el día 11
de septiembre de 2020 de manera no presencial, utilizando la
plataforma tecnológica zoom, para el período estatutario de cuatro
(4) años, comprendido entre el 5 de septiembre de 2020 y el 4 de
septiembre de 2024.
Artículo tercero. En concordancia con la legislación deportiva
vigente, el Decreto 1228 de 1995, artículo 18, cuando se produzca
una nueva designación del representante legal o de los miembros
de los órganos de administración, control o disciplina u ocurra su
elección para un período reglamentario o parcial, o una reforma del
estatuto, la Liga procederá a solicitar su inscripción ante el Instituto
Departamental para la Recreación y el deporte de Cundinamarca,
adjuntando copia de las actas y documentos correspondientes.
Artículo cuarto. Noticar el contenido de esta resolución al
representante legal de la Liga, de conformidad con los artículos 66,
Artículo quinto. Contra la presente resolución procede
el recurso de reposición, que se interpondrá ante el Instituto
Departamental para la Recreación y el Deporte de Cundinamarca,
por escrito, con la debida sustentación, dentro de los diez (10) días
hábiles siguientes a su noticación.
Artículo sexto. La presente resolución rige a partir de su
ejecutoria.
Notifíquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 3 de noviembre de 2020.
OLGA LILIANA RAMÍREZ MANCERA
Gerente General

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR