Resolución número 1362 de 2007, por la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos, a que hacen referencia los artículos 27 y 28 del Decreto 4741 del 30 de diciembre de 2005.
Emisor | Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial |
Número de Boletín | 46712 |
El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en ejercicio de sus funciones legales, en especial las conferidas por el articulo 27 del Decreto 4741 del 30 de diciembre de 2005, y CONSIDERANDO:
Que conforme al articulo 8° de la Constitucion Politica es deber del Estado y de los particulares proteger las riquezas naturales de la Nacion;
Que los articulos 79 y 80 de la Constitucion Politica consagran el derecho colectivo a gozar de un ambiente sano y el deber del Estado de proteger la diversidad e integridad del ambiente, planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales a fin de garantizar su desarrollo sostenible, su conservacion, restauracion o sustitucion y prevenir los factores de deterioro ambiental;
Que el articulo 27 del Decreto 4741 de 2005 establece un plazo de seis (6) meses para que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial expida el acto administrativo sobre el Registro de Generadores de Residuos o Desechos peligrosos, de acuerdo con los estandares para el acopio de datos, procesamiento, transmision y difusion de la informacion que establezca el Ideam para tal fin;
Que mediante la Resolucion numero 0043 del 14 de marzo de 2007, el Instituto de Hidrologia, Meteorologia y Estudios Ambientales, IDEAM, establece los estandares para el acopio de datos, procesamiento y difusion de informacion para el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos;
Que el articulo 28 del Decreto 4741 de 2005 establece que los generadores de residuos o desechos peligrosos estan obligados a inscribirse en el Registro de Generadores de Residuos o o Desechos Peligrosos de la autoridad ambiental competente de su jurisdiccion, teniendo en cuenta las siguientes categorias y plazos: * Categorias
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Gran Generador. Persona que genera residuos o desechos peligrosos en una cantidad igual o mayor a 1.000,0 kg/mes calendario, considerando los periodos de tiempo de generacion del residuo y llevando promedios ponderados y media movil de los ultimos seis (6) meses de las cantidades pesadas;
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Mediano Generador. Persona que genera residuos o desechos peligrosos en una cantidad igual o mayor a 100,0 kg/mes y menor a 1.000,0 kg/mes calendario, considerando los periodos de tiempo de generacion del residuo y llevando promedios ponderados y media movil de los ultimos seis (6) meses de las cantidades pesadas;
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Pequeño Generador. Persona que genera residuos o desechos peligrosos en una cantidad igual o mayor a 10,0 kg/mes y menor a 100,0 kg/mes calendario, considerando los de periodos de tiempo de generacion del residuo y llevando promedios ponderados y media movil de los ultimos seis (6) meses de las cantidades pesadas.
* Plazos Tipo de Generador Plazo maximo para el registro a partir de lo establecido en el articulo 27 Gran Generador 12 meses Mediano Generador 18 meses Pequeño Generador 24 meses Que de acuerdo con lo establecido en el paragrafo 1° del articulo 28 del Decreto 4741 de 2005, los generadores de residuos o desechos peligrosos que generen una cantidad inferior a 10,0 kg/mes estan exentos del registro. No obstante lo anterior, la autoridad ambiental, con base en una problematica diagnosticada y de acuerdo con sus necesidades podra exigir el registro de estos generadores, para lo cual debera emitir el acto administrativo correspondiente;
Que segun el paragrafo 2° del mismo articulo, los plazos para el registro se contaran a partir de la vigencia del acto administrativo que expida el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, sobre el registro de generadores;
Que la Politica Ambiental para la Gestion Integral de Residuos o Desechos Peligrosos aprobada por el Consejo Nacional Ambiental el 16 de diciembre de 2005, reconoce la necesidad de generar instrumentos que permitan complementar y mejorar el diagnostico que se tiene sobre la problematica de la generacion y manejo de los residuos o desechos peligrosos en el pais;
Que con la informacion obtenida progresivamente del registro de generadores, se permitira el desarrollo y cuantificacion de indicadores de generacion y manejo de residuos o desechos peligrosos y se contribuira a mejorar el conocimiento de la problematica, la planificacion de la gestion, el establecimiento de prioridades en la definicion de acciones para la solucion de...
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