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Generalidades, vigencia y campo de aplicación

Contenido
  • 1 Sistema general de pensiones
    • 1.1 Generalidades
    • 1.2 Vigencia
    • 1.3 Campo de aplicación
  • 2 Jurisprudencias relevantes
  • 3 Notas
  • 4 Recursos adicionales
    • 4.1 Minutas
  • 5 Legislación citada
Sistema general de pensiones Generalidades

El sistema general de pensiones, se ha planteado a partir del mandato constitucional consagrado en el art. 53 de la Constitución Política de Colombia (CP), en el cual se impone la obligación al Congreso de la República de expedir el estatuto del trabajo. En desarrollo del art. 53 de la Constitución Nacional se dictó la Ley 100 de 1993, que estableció este sistema de pensiones, que ha sido modificado principalmente por la Ley 797 de 2003, Ley 860 de 2003 y el Acto Legislativo 01 de 2005.

Según el art. 10, Ley 100 de 1993 el Objeto del sistema general de pensiones es el de garantizar a la población el amparo contra los riesgos de invalidez, vejez y muerte, promoviendo una ampliación progresiva de la cobertura logrando la inclusión de la mayor cantidad de personas al sistema.

“La pensión se entiende como una tasa de reemplazo, en la medida que implica la sustitución de los ingresos que percibía estando en actividad productiva la persona, por ingresos en condición de pasivo. Como se trata de situaciones diversas, no es necesario establecer que los ingresos de sustitución percibidos por el pensionado sean equivalentes a los percibidos en condición de actividad productiva por el trabajador; esta situación puede ser deseable y en algunos países europeos se aproxima a ser efectiva, pero en lógica no corresponde a un criterio de necesidad, pues la reducción de cargas y responsabilidades, hace que el pensionado no demande el mismo nivel de ingresos en su estado actual, comparado con su situación previa de trabajador activo.” [1]
Vigencia

El sistema General de Pensiones entró a regir el 1º de abril de 1994. En las entidades territoriales, incluido el distrito capital, su vigencia se aplazó hasta el 30 de junio de 1995[2].

  • El 1º de abril de 1994:

- Para afiliados al Seguro Social y empleados

- Públicos del nivel nacional.

  • El 30 de junio de 1995: Para empleados públicos del orden territorial.
Campo de aplicación

El sistema General de Pensiones, con las excepciones legales se aplica en la totalidad del territorio nacional, tanto en el sector público como en el sector privado.

El sistema se aplica a todos los residentes en Colombia, siendo obligatoria la afiliación al mismo para los trabajadores dependientes e...

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