Gentrificación, derechos y posibilidades de moradores en proyectos de renovación urbana de iniciativa pública en Bogotá. - La refundación de la igualdad - Derecho administrativo y ciudades inteligentes - Libros y Revistas - VLEX 879445006

Gentrificación, derechos y posibilidades de moradores en proyectos de renovación urbana de iniciativa pública en Bogotá.

AutorLina Mapura
Páginas201-251
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Gentricación, derechos y posibilidades
de moradores en proyectos de renovación urbana
de iniciativa pública en Bogotá
Lina Mapura*
Introducción
Si bien los sectores tradicionales de los grandes centros urbanos son dinámicos
y las imágenes que tenemos de ellos hoy distan mucho de lo que fueron décadas
atrás, estos sectores conservan unas ventajas indiscutibles que los hacen punto
de referencia a la hora de pensar en una forma de ordenar el territorio que los
incluya para repotenciar las ciudades partiendo de lo existente: buena estructura
de servicios públicos, sistemas de transporte cercanos y ubicación estratégica. En
el campo de la planeación urbana, existe un acuerdo entre los expertos sobre la
necesidad y oportunidad de la densicación al interior de las ciudades, valiéndose
de la utilización intensiva de zonas bien servidas y con toda la infraestructura
disponible y esta intención es cada vez más una prioridad en muchas ciudades
alrededor del mundo (Hoyos y Pinilla, 2015).
Esta intención implica referirnos a procesos y proyectos de renovación
urbana que tienen como n que las zonas bien ubicadas, por lo general céntri-
cas, informales e inseguras, que se encuentran subutilizadas, deterioradas en su
infraestructura, con inmuebles desocupados o en alta degradación arquitectónica,
*
Profesora del Posgrado en Derecho Administrativo de la Universidad del Rosario. Abogada,
especialista en Derecho Constitucional y magíster en Derecho de la Universidad Nacional. Experta en
derecho urbano, inmobiliario y policivo. Gerente de Solución Urbana Asesoría Legal Consultoría SAS.
Derecho administrativo y ciudades inteligentes
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económica y funcional, puedan recuperarse, con el n de revitalizarlas y redirec-
cionar sus funciones en el tejido urbano agotado para renovarlo.
Un proyecto de renovación urbana no se trata solamente de una decisión téc-
nica impuesta desde un escritorio, en su lugar, transforma profundamente la vida
de los residentes, en especial de los más arraigados en la zona, en aspectos que no
son solamente físicos o inmobiliarios. Al promover el cambio de las estructuras
y valores sociales, económicos, culturales y físicos, la renovación urbana es una
operación compleja, por lo tanto es necesario comprender que las preocupaciones
de la población no son solamente urbanísticas (Niño, 2015).
Los estudios académicos especícos sobre los procesos de renovación urbana
en las ciudades colombianas son pocos y los recientes se centran sobre todo en
los proyectos o procesos puntuales que han generado expulsión de pobladores o
gentricación (Contreras, 2019). El término gentricación fue acuñado original-
mente para describir el desplazamiento residencial de las clases obreras en ciu-
dades como Londres y Nueva York, tras el inujo de clases medias y altas en sus
barrios (Pérez, 2015) y actualmente se reere a una especie de aburguesamiento
de los zonas objeto de renovación o de otros procesos urbanos menos ambicio-
sos que suponen un remplazo de las estructuras en desuso o deterioradas y un
cambio de residentes en dichos inmuebles. Para Mayorga, este aburguesamiento
en su concepción original se entiende en la transformación de un barrio pobre
urbano, en un barrio de clase media o media alta; fenómeno principal que ocurre
en las áreas urbanas centrales deterioradas que son objeto de recuperación (2012).
El reconocimiento de las implicaciones de la ejecución de un proyecto
de renovación urbana para un morador o propietario original ha generado
un desarrollo legal, desde nales de la década del 80, que busca proteger a
ese morador. La protección a moradores —entendidos estos como aquellas
personas que residen o trabajan en dichas zonas— existe como un derecho
esencial en el marco de los procesos de renovación urbana, está incluida como
tal desde la Ley 9 de 1989, fue reiterada como derecho en la Ley 388 de 1997
y en el Decreto Nacional 1077 de 2015. Dichas normas y sus desarrollos pre-
tenden evitar que estas personas, durante los procesos de gestión de suelo que
requieren los proyectos, sean desplazadas de sus viviendas; que se agudicen
procesos de gentricación y proponer, en su lugar, que participen en las deci-
siones que los afectan o que sean parte de los proyectos.
Debido a la naturaleza imperativa de las normas, las Administraciones
deben garantizar dichos derechos como una política de largo plazo para todos
Gentricación, derechos y posibilidades de moradores en proyectos de renovación urbana de iniciativa pública
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los proyectos de renovación urbana donde sea necesario, procurando empe-
zar con ejemplos concretos que muestren que sí es posible esta protección a
moradores originales durante la negociación de los predios y que el compro-
miso es una prioridad del Estado. La Administración no puede abandonar
la responsabilidad de la gestión pública del urbanismo, denida por la Ley
388 de 1997, y por lo tanto, es a ella a quien le corresponde asumir de manera
integral, sin desligar el territorio de la población, las obligaciones para orien-
tar las inversiones sociales y territoriales, que garanticen el equilibrio de las
actuaciones urbanísticas (Velandia, 2015).
La gestión del suelo se puede denir como el conjunto de intervenciones
de las entidades públicas sobre el mercado de la tierra para orientar los pro-
cesos de transformación, ocupación y conservación de un territorio; incluye
también aquellas acciones para denir reglas de juego relativas a la utilización
de los terrenos y dirigidas a la distribución de derechos entre los propietarios
y la colectividad (Contreras, 2019). Conforme a las normas que regulan la
obtención de inmuebles para proyectos de renovación urbana, a los propieta-
rios originales del suelo les asisten unos derechos a participar, incluso como
socios, en los proyectos de renovación urbana, que superan ampliamente la
concepción de que el suelo solo puede obtenerse mediante procesos de compra
o expropiación a cargo del Estado.
De modo que, por un lado, para lograr el área que los proyectos requieren,
es necesario acudir a instrumentos de gestión de suelo que implican priorita-
riamente para las Administraciones la puesta en marcha de mecanismos como
la expropiación —por lo general administrativa y no judicial— o el mercado,
que son instrumentos tradicionales a la hora de hablar de la gestión del suelo en
contextos de renovación y transformación urbana (Hoyos y Pinilla, 2015), y por
otro lado, a pesar de la potestad de las entidades territoriales para llevar a cabo
estas actuaciones administrativas, existe un descontento general por parte de los
propietarios originales de los inmuebles, quienes por lo general consideran que
no son tenidos en cuenta en los procesos de transformación urbana y que no se
les ofrecen alternativas para evitar ser expulsados de sus territorios.
En este marco, los procesos de gestión del suelo para los proyectos de
renovación urbana se posicionan en el centro de la discusión de la planea-
ción urbana y se cruzan con variables de índole jurídica, territorial, social y
económica. Al ser esta la realidad que afrontan las Administraciones locales
para llevar a cabo sus objetivos de planicación, el presente artículo tiene

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