Transformaciones en la gestión y propiedad de los servicios públicos - un cambio paradigmático del rol de las burocracias públicas - Transformaciones en la gestión y propiedad de los servicios públicos - un cambio paradigmático del rol de las burocracias públicas - Burocratización y modos de gestión en los servicios públicos - Libros y Revistas - VLEX 425529666

Transformaciones en la gestión y propiedad de los servicios públicos - un cambio paradigmático del rol de las burocracias públicas

AutorEdgar Varela Barrios
Páginas105-138
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He considerado conveniente presentar en este capítulo una formulación
de carácter general sobre las tendencias contemporáneas en la gestión de los
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domiciliarios; sino que he dejado la connotación “servicios públicos” porque de
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como domiciliario aquel tipo de servicio que tiene un carácter residencial, un
usuario localizado en una dimensión territorial y espacial concreta. Pero por
supuesto que la mayoría de tales servicios no solamente tienen cobertura resi-
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las economías, al igual que para el área industrial y productiva.
También un consumidor muy importante de los servicios públicos es el
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miciliario” es pues un término jurídico con el cual estamos familiarizados en
Colombia pero no es un término que se utilice de manera estandarizada a nivel
internacional. Por ello he preferido mantener una perspectiva genérica, de los
“servicios públicos”, que incorpora muchísimas dimensiones y no solamente las
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En este capítulo abordaré varios grandes temas. En primer término, pre-
cisaré la noción socialmente construida sobre los llamados servicios públicos en
Capítulo
Transformaciones en la gestión y
propiedad de los servicios públicos-
Un cambio paradigmático del rol
de las burocracias públicas
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el marco de teorías sobre la naturaleza de los bienes públicos y de las relaciones
que de ellos se desprenden entre los ámbitos públicos y privados. En segundo
término, determinaré cómo fue en el pasado la provisión de los servicios públicos
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en la provisión, prácticamente monopólica, de los mismos durante muchísimos
años, no solamente en América Latina sino en el mundo entero.
Recuérdese que en la fase anterior, los llamados servicios públicos fueron,
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regla general - en una actividad monopólica de los Estados territoriales. Sin
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comienzos del siglo pasado en la mayor parte de los países industrializados y,
de una forma concomitante - a la manera de un eco tardío – igualmente en los
llamados países del tercer mundo, el Estado asumió la provisión monopólica de
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En tercer lugar, pretendo ofrecer una explicación, en sus grandes trazos,
de porqué colapsó el modelo de provisión monopólica de los servicios públicos
por parte del Estado. En cuarto término, explicaremos la alternativa privatis-
ta formulada en los años 80 en el llamado Consenso de Washington y que fue
instrumentalizada por la banca multilateral y que también tuvo una cobertura
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autoridades internacionales en el campo de la política pública hicieron de la
oleada de privatizaciones, de la llamada primera generación de reformas.
Lo expuesto en este capítulo evidencia que no se trata en el campo de
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década actual del siglo XXI, sino que existen numerosos fracturas que represen-
tan la adaptación y las transformaciones de la política pública global, respecto
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sentido funcional y representacional – de la gestión y provisión de ciertos
bienes públicos.
5.1. ¿QUÉ SE ENTIENDE POR SERVICIOS PÚBLICOS?
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términos gruesos por servicios públicos se entienden una serie de funciones que
los Estados territoriales asumieron en el mundo entero a partir de la segunda
mitad del siglo XIX. Proceso que se consolidó en la primera mitad del siglo XX y
que cubrió campos muy vastos en los cuales se consideró necesaria la provisión
de los mismos por parte de los Estados. En el sentido de públicos, se consideró
que estos servicios eran de carácter universal; es decir, que deberían cobijar al
conjunto de los ciudadanos; que nadie podría quedar excluido de la provisión de
dichos servicios públicos. Si algo es público es porque todos tenemos derecho a
incluirnos dentro de él. Un parque es público porque nadie está cobrando en la
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Parte II: Transformaciones en la gestión y propiedad de los servicios públicos
puerta del parque. Por el simple derecho de ser ciudadano tengo acceso a las
calles, parques, vías, etc., en tanto éstos son bienes públicos.
Empero, los servicios públicos, en la sociedad occidental capitalista tuvie-
 
un precio y se dijo que nadie podría tener derecho a los servicios si no pagaba
su usufructo27. En los países ricos, esta situación se resolvió desde principios del
siglo pasado a través de los subsidios del desempleo. El Estado se encargaba de
entregarles recursos por la vía de fondos compensatorios a las personas exclui-
das de oportunidades de acceder al consumo, para que ellos con este tipo de
subsidios pudiesen pagar los precios razonables – ellos mismos subsidiados – de
acceso a los servicios.
La noción de “servicio público” implicaba, tradicionalmente, una contra-
dicción (M. Umaña y otros, 2005; C. Bernal P. 2005). La palabra “servicio” es
indudablemente una equivalente de negocio, aunque la palabra “público” supuso
siempre, desde el siglo XIX, universalidad28. Por ello fue muy raro que los servicios
llamados “públicos” se basaran en el principio de la gratuidad; es decir, en el
principio según el cual solamente por el hecho de yo tener la necesidad puedo
reclamar la satisfacción del mismo. Prácticamente el único campo en donde se
podría decir que los servicios públicos esenciales que provee el Estado tienen
gratuidad son los servicios de justicia (al menos en América Latina), porque las
personas pueden proceder a hacer una acción legal cualquiera (un derecho de
27 En realidad, lo público tiene generalmente, aunque no siempre, un precio. Es el caso de los
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involucra un aparato administrativo relativamente complejo, un cuerpo de profesionales médicos
y paramédicos costoso, en términos de su preparación, y la dotación de infraestructura requerida
para garantizar calidad y cobertura adecuada. Por lo tanto, el servicio de salud, así tenga un
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y sustentabilidad en el largo plazo, de su provisión pública, en especial hacia los sectores más
pobres o excluidos en las sociedades contemporáneas.
28 Sin pretender aquí hacer una discusión exhaustiva y prolija entre la relación público y privado
(E. Varela, 2005b), habría que anotar, al menos para los objetivos del presente capítulo, que lo
público equivale, en una acepción inicial generalmente aceptada por los analistas, a aquello que
está al acceso o libre disponibilidad de los ciudadanos. Este es el sentido que Jürgen Habermas
señaló hace ya bastante tiempo para caracterizar la expresión publicidad (J. Habermas, 1981). Es
decir, se trata de entender lo público como un campo doble donde, de un lado aparece como rasgo
distintivo la visibilidad y del, otro la accesibilidad. Así, hablamos de bienes públicos, de servicios
públicos o del interés público, para referirnos a campos y temáticas que se supone están, hacen
parte del derecho compartido por los miembros de una comunidad política. Es solo sobre la base
de tal acepción inicial que se sustenta legítimamente la segunda; la más frecuentemente utilizada
por los economistas políticos. El reconocimiento de lo público como un ámbito de propiedad
social; diferente de la privada, la cual se basa en el principio de exclusión. Bajo este principio se
supone que quien posee de manera activa y permanente un bien, un derecho, una territorialidad,
una marca, una patente, etc., lo hace sobre la base de su soberanía y autodeterminación, que
le permite decidir discrecionalmente la accesibilidad de otras personas a su propia propiedad.

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