RESOLUCION NUMERO 0000011 DE 2008 , (noviembre 4) , por la cual se crean Grupos Internos de Trabajo y se asignan funciones en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. - 4 de Noviembre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 47000498

RESOLUCION NUMERO 0000011 DE 2008 , (noviembre 4) , por la cual se crean Grupos Internos de Trabajo y se asignan funciones en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín47163

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 5°, los numerales 3 y 22 del artículo 6° y por el artículo 50 del Decreto 4048 del 22 de Octubre de 2008, CONSIDERANDO: Que corresponde al Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales administrar el recurso humano y definir la organización interna de la Entidad;

Que se hace necesario procurar la eficiencia y especialización en el cumplimiento de las competencias a cargo de las dependencias de Nivel Central y las Direcciones Seccio nales;

Que la especialidad y el volumen de trabajo que tienen algunas de las dependencias hacen necesaria la organización interna por grupo de trabajo de forma tal que pueda garantizarse su control y oportunidad en la entrega de resultados;

Que el número de empleados públicos en algunas dependencias hace que se dificulte los tramos de control por parte de la jefatura, generando la necesidad de disminuir su extensión.

Que a la Dirección General le corresponde garantizar la realización de proyectos espe ciales y algunos procesos prioritarios dentro de la Entidad a través de unidades organizativas específicas para su ejecución;

Que para efectos de la organización interna de la DIAN el artículo 50 del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008 establece que los Grupos Internos de Trabajo que se conformen en el Nivel Central se denominan Coordinaciones y los Grupos Internos de Trabajo cuya competencia es la gestión y asistencia al cliente se denominan Puntos de Contacto.

RESUELVE: CAPITULO I Nivel Central DIRECCION GENERAL OFICINA DE CONTROL INTERNO

Artículo 1 o

Crear la Coordinación de Auditoría Integral en el despacho de la Oficina de Control Interno, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para el cumplimien to de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 113 de la presente resolución: 1.

Auditar los procesos y procedimientos de la Entidad, de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas. 2.

Evaluar el diseño, ejecución y seguimiento de los planes de supervisión y control efectuados por las áreas en sus diferentes procesos y procedimientos.

ORGANO ESPECIAL DEFENSORIA DEL CONTRIBUYENTE Y DEL USUARIO ADUANERO

Artículo 2°

Crear la Coordinación Administrativa y de Gestión de la Defensoría en el despacho del Defensor del Contribuyente y del Usuario Aduanero para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 113 de la presente resolución: 1.

Diseñar y coordinar actividades relacionadas con la atención de vulneración de de rechos a los administrados fiscales. 2.

Diseñar y coordinar los procedimientos para la canalización y trámite de reclamaciones, inconformidades y sugerencias de los contribuyentes y usuarios aduaneros y cambiarios que sean radicados ante la citada dependencia. 3.

Proponer mecanismos de mejoramiento para la prestación del servicio de la Defensoría del Contribuyente y del Usuario Aduanero. 4.

Diseñar y coordinar los procedimientos requeridos para el buen funcionamiento de la Defensoría del Contribuyente y del Usuario Aduanero. 5.

Preparar los informes de gestión de la Defensoría del Contribuyente y del Usuario Aduanero. 6.

Clasificar, analizar y direccionar las reclamaciones, inconformidades y sugerencias radicadas ante la Defensoría del Contribuyente. 7.

Garantizar la atención efectiva a los contribuyentes y usuarios que acudan a la Defensoría del Contribuyente y del Usuario Aduanero.

DIRECCION DE GESTION DE RECURSOS Y ADMINISTRACION ECONOMICA SUBDIRECCION DE GESTION DE CONTROL DISCIPLINARIO INTERNO

Artículo 3°

Crear la Coordinación de Secretaría Técnica en el despacho de la Subdirección de Gestión de Control Disciplinario de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 113 de la presente resolución: 1.

Administrar los servicios inherentes al manejo de la correspondencia de la Subdirección, conforme a los procedimientos establecidos. 2.

Recepcionar , radicar y conformar las quejas disciplinarias que se presenten en contra de los empleados públicos de la DIAN, y darles el trámite correspondiente. 3.

Mantener actualizados los libros y/o sistemas de radicación de la correspondencia recibida y enviada, de inventario de expedientes, de actuaciones administrativas, de quejas y demás libros y/o sistemas de control que se manejen al interior de la Subdirección de Gestión de Control Disciplinario Interno. 4.

Notificar y/o comunicar las decisiones y providencias proferidas por las distintas dependencias de la Subdirección de Gestión de Control Disciplinario Interno, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia. 5.

Comisionar al Director Seccional con competencia en el lugar donde deba surtirse el trámite, o a quien este delegue, siempre que sea empleado público de su despacho, para la notificación personal o en forma subsidiaria de las decisiones y providencias a realizarse fuera de la sede de la Coordinación. 6.

Ejecutoriar y certificar la ejecutoria de los actos administrativos cuando se encuentren en firme. 7.

Atender las decisiones que sobre el trámite de las quejas disciplinarias adopte el Comité de Análisis y Direccionamiento Administrativo de Quejas Disciplinarias. 8.

Conformar y mantener actualizados los expedientes administrativos disciplinarios de acuerdo con las normas y directrices vigentes sobre la materia. 9.

Administrar, conservar y custodiar los documentos y expedientes que constituyen el archivo de la Subdirección de Gestión de Control Disciplinario Interno. 10.

Atender a los sujetos procesales y suministrar la información requerida sobre las actuaciones disciplinarias, con observancia de las reservas legales y expedir las constancias y copias relacionadas con los expedientes a cargo de la Subdirección de Gestión de Control Disciplinario Interno. 11.

Emitir los autos de sustanciación relacionados con el manejo formal de los expe dientes administrativos disciplinarios. 12.

Desarrollar acciones tendientes a garantizar el cumplimiento del debido proceso y demás principios rectores del régimen disciplinario vigente.

Artículo 4°

Crear la Coordinación Nacional de Investigaciones Especiales en el despa cho de la Subdirección de Gestión de Control Disciplinario de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 113 de la presente resolución: 1.

Adelantar las indagaciones preliminares e investigaciones disciplinarias que le asigne el Subdirector de Gestión de Control Disciplinario Interno. 2.

Instruir en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra los empleados públicos de la DIAN, por la realización de conductas descritas objetivamente en la ley como delito. 3.

Proferir las actuaciones que correspondan dentro de los procesos de su competen cia. 4.

Garantizar los procedimientos de cadena de custodia relacionados con el tratamiento de los elementos probatorios que se hallen en el ejercicio de la función disciplinaria, entregán dolos oportunamente a la Fiscalía General de la Nación, de acuerdo a su competencia. 5.

Prestar la asesoría y la colaboración especializada que requieran las diferentes de pendencias de la Subdirección de Gestión de Control Disciplinario Interno. 6.

Ejercer funciones de Policía Judicial y participar, previa designación del Subdirector de Gestión de Control Disciplinario Interno, en comisiones para adelantar investigaciones de manera conjunta con la Procuraduría General de la Nación, la Fiscalía General de la Nación, funcionarios judiciales, la Contraloría General de la República y demás servidores públicos que cumplan funciones de policía judicial. 7.

Conocer de las indagaciones preliminares e investigaciones disciplinarias por presunto incremento patrimonial no justificado. 8.

Realizar las acciones tendientes a garantizar el cumplimiento del debido proceso y demás principios rectores del régimen disciplinario vigente. 9.

Suministrar la información requerida sobre las actuaciones de su competencia, con observancia de las reservas legales.

Artículo 5°

Crear la Coordinación de Instrucción en el despacho de la Subdirección de Gestión de Control Disciplinario de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 113 de la presente resolución: 1.

Instruir en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra los empleados públicos de la DIAN por conductas constitutivas de falta disciplinaria, cometidas en desarrollo de funciones tributarias, de recaudación y cobranzas, aduaneras y/o cambiarias y administrativas y, en general, por las actuaciones que se produzcan con ocasión de los respectivos trámites. 2.

Proferir las actuaciones que correspondan dentro de los procesos de su competen cia. 3.

Garantizar los procedimientos de cadena de custodia relacionados con el tratamiento de los elementos probatorios que se hallen en el ejercicio de la...

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