Huelga por solidaridad - Huelga - Prácticos vLex - VLEX 574853838

Huelga por solidaridad

Para Mario de la Cueva [1], la huelga por solidaridad es

“la suspensión de labores realizada por los trabajadores de una empresa, quienes sin tener conflicto alguno con su patrono, desean testimoniar su simpatía y solidaridad con los trabajadores de otra empresa, los cuales sí están en conflicto con su patrono”.

En consecuencia, este tipo de huelga es subsidiaria a una huelga principal que promueven los trabajadores directamente afectados. (Sentencia Corte Constitucional C- 201 de 2002 [j 1])

“La Carta no establece ninguna limitación sobre los tipos de huelga, por lo cual el contenido de este derecho debe ser interpretado en sentido amplio”.

En este orden de ideas, se halla cobijada por dicha garantía constitucional, por ejemplo, la huelga que adelanten los trabajadores de una empresa en solidaridad con otros que están en huelga con un empleador distinto, cuando unos y otros se encuentren vinculados a una federación o confederación sindical, u ostenten cualquier otra ligazón que habilite la participación solidaria.

Sin embargo, no es esta una posición unánime; hay disentimientos frente a esta postura en salvamentos de voto en la sentencia referida, en los cuales se señala, por un lado, que la garantía del derecho de huelga tiene por objeto la efectividad de los derechos de los trabajadores derivados de la relación de trabajo, no pudiendo ser posible que se tutelen situaciones que excedan este ámbito; así como por otro lado, se propone que para evitar que haya indefinición de los casos en que su legitimo ejercicio merece especial protección o que su reconocimiento sea meramente formal, el legislador debería reglamentarlos.

Por su parte, el Comité de Libertad Sindical de la OIT frente a esta figura establece que

“Una prohibición general de las huelgas de solidaridad podría ser abusiva y los trabajadores deberían poder recurrir a tales acciones a condición de que sea legal la huelga inicial que apoyen” [2] ,

consideración esta última que...

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