¿Cómo se identifican los bienes privados y que son exactamente?
Autor | Martha Elena Ramírez C. |
Páginas | 55-56 |
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Los bienes privados son los que cada propietario recibe en la escritura donde consta la compra de su bien inmueble. Se identifican expresamente en el reglamento de propiedad horizontal y en los planos del edificio o conjunto. La propiedad sobre estos bienes privados, implica un derecho de copropiedad sobre los bienes comunes del edificio o conjunto, en proporción a los coeficientes de copropiedad. En todo acto de disposición, gravamen o embargo de un bien privado se entenderán incluidos estos bienes y no podrá efectuarse estos actos en relación con ellos, separadamente del bien de dominio particular al que acceden.
De conformidad con lo establecido en la ley 675, el impuesto pre-dial sobre cada bien privado incorpora el correspondiente a los bienes comunes del edificio o conjunto, en proporción al coeficiente de copropiedad respectivo.
Cuando sobre ellos existen hipotecas, los acreedores hipotecarios quedan autorizados para dividir las hipotecas constituidas en su favor sobre edificios o conjuntos sometidos al régimen de la presente ley, entre las diferentes unidades privadas a prorrata del valor de cada una de ellas.
Una vez inscrita la división de la hipoteca en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, los propietarios de la respectiva
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unidad privada serán responsables, exclusivamente, de las...
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