La igualdad en nuestro estado social de derecho - El derecho a la igualdad en nuestro estado social - Libros y Revistas - VLEX 647584321

La igualdad en nuestro estado social de derecho

AutorCarlos Parra Dussan
Páginas13-32
13
INTRODUCCIÓN
Este capítulo es de gran importancia para la totalidad de la obra,
teniendo en cuenta que nos plantea los rasgos más característicos de
nuestro Estado Social de Derecho, que desde sus orígenes presenta
una preocupación por lo social y por la garantía de los derechos de
los grupos de especial protección constitucional.
El capítulo tiene una estructura de 9 epígrafes, partiendo del origen
del Estado Social de Derecho, la adopción por nuestro país de este
modelo, el principio de Estado Social de Derecho, el Estado Social de
Derecho como instrumento de justicia social, las manifestaciones de
este modelo de Estado, el alcance de la cláusula, la política social que
demanda el modelo, el libre desarrollo de la personalidad en el Estado
Social y el desarrollo del Estado Social de Derecho en nuestro país.
A. SURGIMIENTO HISTÓRICO DEL MODELO DE ESTADO
SOCIAL DE DERECHO
En una breve referencia histórica, se puede indicar que la fórmula
política del Estado Social de Derecho, surge en la posguerra europea
como una forma de organización estatal que pretende corregir las
limitaciones de la concepción clásica del Estado de Derecho, como
una expresión política de una sociedad compuesta por individuos
concebidos de manera abstracta como libres e iguales. Así, la teoría
del Estado del siglo XIX y principios del XX partía de la idea del
ciudadano como persona adulta, letrada, propietaria, generalmente
LA IGUALDAD EN NUESTRO
ESTADO SOCIAL DE DERECHO
CAPÍTULO I
EL DERECHO A LA IGUALDAD EN NUESTRO ESTADO SOCIAL
14
masculina, y libre frente al poder público. (Corte Constitucional,
Desde esta perspectiva, la sociedad era autónoma para el
aseguramiento de su reproducción cultural, por lo que el Estado
estaba prioritariamente destinado a proteger a las personas frente a
peligros internos y externos por medio de la policía, el ejército y la
justicia. No obstante, la recesión económica de la primera posguerra
y la expansión de las ideas socialistas, acompañadas de reacciones
de corte igualitario dentro de las doctrinas liberales y conservadoras,
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sociedades, vinieron a dejar en claro hasta qué punto el ser humano
no es realmente libre e igual debido a limitaciones naturales y
sociales, dentro de las cuales sobresalen las económicas.
Por esta razón, es que se acepta que, en muchos casos, la libertad
y la igualdad requieren para su realización medidas, acciones,
prestaciones y servicios; que la persona por sí misma, no puede
asegurarse. El Estado de Derecho evolucionó así, de un estado
liberal democrático a uno social, también democrático, animado por
el propósito de que los presupuestos materiales de la libertad y la
igualdad para todos estén efectivamente asegurados.
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ahora como Estado Social de Derecho, muestra, entonces, la
convergencia de las ideas socialistas, de la tradición liberal y del
pensamiento social cristiano.
Así encontramos que en la segunda mitad del siglo XIX, la preocupación
por la “cuestión social” llevaría inicialmente a la adopción de leyes
sociales de protección a las personas frente a situaciones de grave
y urgente necesidad. Pero no sería sino después de las dos guerras
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del Estado. Pese a que éste interviene ampliamente en la vida social
y económica en las primeras décadas del siglo XX, para corregir las
disfunciones originadas en el modelo económico y político.
En la tradición romano-germánica, es el teórico alemán (Herman
Heller), quien vendrá a conceptualizar la incidencia de lo social en la teoría
del Estado y a acuñar la idea misma del “Estado Social de Derecho”.

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