La importancia de la interacción entre los tratados internacionales y la protección constitucional para la garantía de los derechos de las personas en condición de discapacidad - Fenómeno discriminatorio - Balance de 25 años de jurisprudencia de la Corte Constitucional - Libros y Revistas - VLEX 850232461

La importancia de la interacción entre los tratados internacionales y la protección constitucional para la garantía de los derechos de las personas en condición de discapacidad

AutorCatherinne Ivonne Pedreros Puentes
Cargo del AutorAbogada de la Universidad Nacional de Colombia, especialista en Negociación y Relaciones Internacionales y candidata a magíster en Derecho Internacional de los Conflictos Armados, de la Academia de Derecho Internacional Humanitario de Ginebra
Páginas445-460
445
La importancia de la interacción
entre los tratados internacionales
y la protección constitucional
para la garantía de los derechos
de las personas en condición
de discapacidad
CATHERINNE IVONNE PEDREROS PUENTES*
Introducción
Buenas tardes, señor presidente de la Corte Constitucional, señoras y se-
ñores magistrados, juezas y jueces, colegas, señoras y señores:
Es muy grato para mí ser parte del XII Encuentro de la Jurisdicción
Constitucional y ref‌lexionar en conjunto sobre los logros alcanzados y los
desafíos futuros de la honorable Corte Constitucional y de la jurisdicción.
Quisiera compartirles un poco más sobre mí: soy abogada colombiana
y trabajé con la Corte Constitucional, a la que considero la institución
fundamental y clave en los avances de la protección de los derechos hu-
manos en el país.
Trabajando en la Corte, fui testigo de decisiones que han proporciona-
do justicia a los millones personas internamente desplazadas en Colombia
*
Abogada de la Universidad Nacional de Colombia, especialista en Negociación y Relaciones
Internacionales y candidata a magíster en Derecho Internacional de los Conf‌lictos Armados,
de la Academia de Derecho Internacional Humanitario de Ginebra. Es of‌icial de derechos hu-
manos de la Of‌icina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
(OACDH) y miembro de la Secretaría del Comité de las Naciones Unidas sobre los Derechos
de las Personas con Discapacidad.
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446 LA IMPORTANCIA DE LA INTERACCIÓN
como consecuencia del conf‌licto armado interno, del reconocimiento de
las diversas formas de discriminación contra las mujeres y las niñas y de
las decisiones que han protegido el derecho a la consulta y el consenti-
miento previos frente a las medidas de explotación de recursos naturales
en territorios de pueblos indígenas y afrocolombianos. En sus decisiones,
la Corte Constitucional ha observado y armonizado las obligaciones inter-
nacionales del Estado colombiano en materia de derechos humanos con
la normativa constitucional y las leyes colombianas.
Y ahora, como integrante del Sistema Universal de Protección de los
Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en particular de la Secretaría
del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad,
1
observo
la importancia de la interacción entre los tratados internacionales de de-
rechos humanos y de derecho internacional humanitario y la protección
constitucional.
con Discapacidad y el Comité sobre los Derechos
de las Personas con Discapacidad
adelante, CDPD— (Resolución 61/106 de la Asamblea General),
2
adoptada
el 13 de diciembre de 2006, es uno de los tratados principales de derechos
humanos y está cercano a la ratif‌icación universal. Actualmente, 175 Es-
tados han ratif‌icado o accedido a la CDPD y 91 Estados han ratif‌icado su
protocolo facultativo. Por ende, el consenso internacional en torno a ella,
a sus principios y a las responsabilidades que conlleva es amplio y sólido.
El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad es el
órgano de las Naciones Unidas que vigila el cumplimiento de la CDPD y
es uno de los “órganos de tratado” del sistema de protección de derechos
humanos de las Naciones Unidas. Desde su instalación, el Comité ha ade-
lantado diálogos constructivos con más 60 delegaciones de Estados parte
de la CDPD de todas las regiones, incluida, por supuesto, América Latina
y el Caribe.
3
En los procesos de examen de informes periódicos,
4
partici-
pan directamente las autoridades públicas de los Estados, las instituciones
1
Véase United Nations, Human Rights Office of the High Commisioner, “Committee on the
Rights of Persons with Disabilities”, https://bit.ly/2JZyVI
2
Organización de las Naciones Unidas, Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad, 24 de enero de 2007, https://bit.ly/2OPqFh2
3
Véase las observaciones finales adoptadas por el Comité sobre el examen de informes periódicos
de Estados parte en https://bit.ly/2fUo4lZ
4
Organización de las Naciones Unidas, Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad, op. cit., artículo 35.
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