La imposición de cibercompetencias en el ejercicio de la abogacía por cuenta de la protección de datos personales - Derecho de las tecnologías y las tecnologías para el derecho - Libros y Revistas - VLEX 911523866

La imposición de cibercompetencias en el ejercicio de la abogacía por cuenta de la protección de datos personales

AutorJeimy J. Cano M., Paula Gutiérrez Arboleda y Dámaso Javier Vicente Blanco
Páginas1-64
1
C I
LA IMPOSICIÓN DE CIBERCOMPETENCIAS
EN EL EJERCICIO DE LA ABOGACÍA POR CUENTA
DE LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
*
J J. C M.
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Es inconcebible el ejercicio de la abogacía sin el tratamiento de datos
personales. Esto conlleva obligaciones legales y deontológicas. El mero
hecho de ser indispensable para resolver un proceso judicial no faculta a
los abogados implicados a decidir cómo recogerlos, conservarlos, com-
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riesgos en materia de seguridad. Adeḿs, siempre que se contemplen
datos personales la información debe ser manejada bajo los principios
de accountability, licitud del tratamiento, lealtad, transparencia, exacti-
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el nuevo orden jurídico-digital internacional, y no solo aplican para las
empresas privadas u organizaciones del sector público, sino muy especí-
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legales y deontológicas. Como cualquier profesional, los de la rama del
derecho han visto transformarse draḿticamente su modus operandi en
los últimos diez años por efecto de la digitalización y el desarrollo tec-
nológico, con el agravante de que en su caso tiene unas consecuencias
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tiva, puesto que repercuten legalmente en la vida de las personas y en el
* Para citar este capítulo: http://dx.doi.org/10.15425/2017.572.
DERECHO DE LAS TECNOLOGÍAS Y LAS T ECNOLOGÍAS PARA EL DERECHO
2
marco en que se desenvuelven todas las relaciones de un país, otorgando
condiciones de estabilidad y garantías para el desarrollo.
Todas las obligaciones que se desprenden de este entramado legal
afectan como empresas a los despachos de abogados. A su vez, todas las
garantías que son exigibles determinan cambios en materia procesal y con-
llevan la asunción de medidas técnicas, organizativas y formativas, no solo
para los especialistas en Legaltech, sino para todas las ́reas del derecho.
Este capítulo aborda las medidas que resultan exigibles en materia
de seguridad de la información y protección de datos personales a to-
dos ellos, desde un abogado que trabaja de forma independiente, hasta
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de este derecho fundamental en los procesos jurídicos, intentando pro-
poner unos est́ndares mínimos en materia de ciberseguridad, gestión
de riesgos y comprensión de las nuevas tecnologías.
E R G  P  D   U
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-
cialmente la cantidad y gravedad de riesgos y amenazas a la dignidad
humana en las últimas décadas, lo que ha obligado a trabajar en defensa
de los derechos individuales y a evitar la trivialización de dichos riesgos.
Las respuestas constitucionales y normativas internacionales con fuerza
de ley son ineludibles en el globo terŕqueo. Internet es el gran instru-
mento contempoŕneo del que la sociedad se sirve para ampliar sus ca-
pacidades de información y conocimiento, pero son necesarios nuevos
derechos para asegurar que tratamientos no autorizados o directamente
corruptos pongan en juego la libertad, dignidad y seguridad de la raza
humana y de cada uno de sus componentes1.
Durante muchos años existió un desfase temporal entre la regula-
ción y la innovación tecnológica, que dejaba al criterio de los juristas
la forma de actuar frente a temas para muchos de ellos desconoci-
dos. No obstante, un entramado de normas entre las que se destacan el
1 Artemi Rallo, “Privacy and Freedom, European Data Protection Law Review
4, n.o 2 (5 de febrero del 2018): 150-51. https://edpl.lexxion.eu/article/
EDPL
/2018/2/5.
LA IMPOSICIÓN DE CI BERCOMPETENCIAS EN EL EJERCICIO DE LA AB OGACÍA
3
Reglamento (
UE
) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
27 de abril del 2016, relativo a la protección de las personas físicas en
lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos, por el que se deroga la Directiva 95/46/
CE (
Reglamento
General de Protección de Datos
[RGPD])
2, la Ley Orǵnica 3/2018, de
5 de diciembre del 2016, de Protección de Datos Personales y Garantía
de los Derechos Digitales (
LOPDGDD)
3 (española), la directiva ePrivacy y
su propuesta de reglamento, la Directiva 2016/680 de protección de datos
personales en el proceso penal, la Directiva
NIS
4, el Reglamento General
Personales, o la Ley de Secretos Empresariales (española), llegó para
quedarse y ha dado un vuelco a la profesión del abogado, juez o notario
como responsable y como encargado del tratamiento.
Este entramado legal, originado fundamentalmente en Europa, y que
en principio solo afecta a los residentes europeos y a organizaciones y
empresas que interactúen con ellos (aunque estén en Latinoamérica,
Canad́, Oceanía o cualquier punto del globo), ha traído consigo la “con-
solidación de nuevos derechos y posibilidades, que a su vez provocaŕn
una mejor circulación de datos, un aumento de la seguridad jurídica,
nuevos métodos de resolución de problemas, y una regulación armoni-
zada directamente vinculante”5, 6.
RGPD)
, Reglamento (
UE
) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril del 2016, relativo a la protección
de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos, por el que se deroga la Directiva 95/46/
CE
(Reglamento Ge-
neral de Protección de Datos).
DOUE
119, 4 de mayo del 2016.
3 Ley Orǵnica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Di-
gitales (
LOPDGDD),
Ley Orǵnica 3/2018, de 5 de diciembre del 2016, de Protección de
Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.  294,
Sec.
I,
p. 119791 (2018).
4 Directiva (
UE
) 2016/1148 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio del
2016, relativa a las medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de seguridad
de las redes y sistemas de información en la Unión.
5 Alfonso Ortega Jiménez y Juan José Gonzalo Domenech, “Nuevo marco jurídico
en materia de protección de datos de caŕcter personal de la Unión Europea”, Revista
de la Facultad de Derecho. Universidad de la República de Uruguay, n.o 44 (2018): 93.
6 Algunos autores cuestionan, sin embargo, la ansiada uniformidad legislativa
europea por las numerosas oportunidades en que se deja a criterio de los Estados la

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