Ley 1389 de 2010, por la cual se establecen incentivos para los deportistas y se reforman algunas disposiciones de la normatividad deportiva. - 18 de Junio de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 209647759

Ley 1389 de 2010, por la cual se establecen incentivos para los deportistas y se reforman algunas disposiciones de la normatividad deportiva.

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín47744
DIARIO OFICIAL
Fundado el 30 de abril de 1864
Año CXLV No. 47.744 Edición de 44 páginas ฀ Bogotá D. C., viernes, 18 de junio de 2010 ฀ ฀ ฀ ฀ ฀ I S S N 0122-2112
NORMATIVIDAD
Y CULTURA
IMPRENTA
NACIONAL
D E C O L O M B I A
www.imprenta.gov.co
República de Colombia
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. A partir de la vigencia de la presente ley se reconocerán y
otorgarán incentivos económicos a los deportistas y entrenadores medallis-
tas en Juegos Olímpicos, Juegos Paralímpicos, Juegos Sordo Olímpicos,
eventos del ciclo olímpico y paralímpico y campeonatos mundiales, con
cargo al presupuesto del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes,
de conformidad con el reglamento que para el efecto expida dicha entidad.
Parágrafo. Los incentivos a que hace referencia el artículo 1° de la pre-
sente ley deberán incrementarse anualmente, cuando menos en los mismos
porcentajes en que se reajuste el salario mínimo legal.
Artículo 2°. El Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, y los
entes deportivos departamentales, distritales o municipales o dependencias
que hagan sus veces, crearán programas de apoyo para los deportistas de
alto nivel competitivo y con proyección a él.
Artículo 3°. Para efectos del otorgamiento de los incentivos a que hace
referencia la presente ley, las respectivas disciplinas deportivas deberán
estar reconocidas por el Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes y
vinculadas al Sistema Nacional del Deporte.
Artículo 4°. Los entes deportivos o dependencias que hagan sus veces,
los organismos deportivos, los establecimientos educativos, las instituciones
de educación superior y en general los integrantes del Sistema Nacional
del Deporte, podrán otorgar incentivos y estímulos a los deportistas, entre-
nadores, jueces y dirigentes, que contribuyan a la realización de las metas
contempladas en el Plan Nacional del Sector.
Artículo 5°. A partir de la vigencia de la presente ley, la expresión
“pensión vitalicia” para las Glorias del Deporte Nacional, consagrada en
el artículo 45 de la Ley 181 de 1995 y en el Decreto 1083 de 1997, se
sustituye por la expresión “estímulo”. Tal sustitución se entenderá también
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camente estas materias.
A las glorias del deporte actualmente reconocidas se les continuará
entregando el estímulo al cual se hicieron merecedores de conformidad
con el procedimiento indicado en los artículos 4°, y 8° del Decreto
1083 de 1997.
El Gobierno Nacional reglamentará los procedimientos generales para
los nuevos reconocimientos.
Artículo 6°. Adiciónese un segundo parágrafo al artículo 11 del Decreto-
ley 1228 de 1995, con el siguiente contenido:
Parágrafo 1°. Las Federaciones Deportivas Nacionales debidamente re-
conocidas, podrán crear a su interior una División del Deporte Universitario.
Artículo 7°. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga
las normas que le sean contrarias, en especial, los artículos 1° y 3° del
Decreto 1231 de 1995, y los artículos 5°, 6° y 7° del Decreto 1083 de 1997.
El Presidente del honorable Senado de la República,
Javier Enrique Cáceres Leal.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Emilio Ramón Otero Dajud.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
Édgar Alfonso Gómez Román.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Jesús Alfonso Rodríguez Camargo.
REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y cúmplase
Dada en Bogotá D. C., a los 18 de junio de 2010
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Óscar Iván Zuluaga Escobar.
La Ministra de Cultura,
Paula Marcela Moreno Zapata.
PODER PÚBLICO - RAMA LEGISLATIVA
LEY 1389 DE 2010
(junio 18)
por la cual se establecen incentivos para los deportistas y se reforman algunas disposiciones
de la normatividad deportiva.

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