Incidentes - Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social - Códigos Sustantivo y Procesal del Trabajo - Libros y Revistas - VLEX 731885773

Incidentes

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas413-413

Page 413

ARTÍCULO 37. PROPOSICIÓN Y TRÁMITE DE INCIDENTES. (Artículo modificado por el artículo 2 de la Ley 1149 de 13 de julio de 2007).

Los incidentes sólo podrán proponerse en la audiencia de conciliación, decisión de excepciones previas, saneamiento y fijación del litigio, a menos de que se trate de hechos ocurridos con posterioridad; quien los propone deberá aportar las pruebas en la misma audiencia; se decidirán en la sentencia definitiva, salvo los que por su naturaleza y fines requieren de una decisión previa.

CONCORDANCIAS:

Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social: Arts. 44, 51 y 77.

Código General del Proceso: Arts. 127 al 131.

Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo: Arts. 209 y 210.

JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)

• SENTENCIA C29 DE 7...

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