Resolución número 098 de 2011, por la cual se incluye una Unidad Constructiva en la base de activos de Interconexión Eléctrica S. A. E.S.P. y se modifican los parámetros necesarios para considerar su remuneración en el Sistema de Transmisión Nacional. - 27 de Julio de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 308325698

Resolución número 098 de 2011, por la cual se incluye una Unidad Constructiva en la base de activos de Interconexión Eléctrica S. A. E.S.P. y se modifican los parámetros necesarios para considerar su remuneración en el Sistema de Transmisión Nacional.

EmisorUnidades Administrativas Especiales
Número de Boletín48143
5
Edición 48.143
Miércoles, 27 de julio de 2011 D I A R I O O F I C I A L
Comisión de Regulación de Energía y Gas
RESOLUCIONES
(julio 21)
por la cual se adoptan los ajustes necesarios a la regulación vigente

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucio-
nales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de
los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y
CONSIDERANDO QUE:
El artículo 63 de la Ley 812 de 2003, Plan Nacional de Desarrollo 2003-2006, creó el Pro-
grama de Normalización de Redes Eléctricas, PRONE.

de usuarios y la adecuación de las redes a los reglamentos técnicos vigentes, en barrios subnor-
males, situados en municipios del Sistema Interconectado Nacional, SIN.
El artículo 68 de la Ley 1151 de 2007, Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010 estableció
lo siguiente: “Durante la vigencia del presente Plan Nacional de Desarrollo, adiciónese un
       
Normalización de Redes Eléctricas, PRONE…”, y en el parágrafo correspondiente, le ordenaba
a la Comisión de Regulación de Energía y Gas-CREG, que realizara los cambios en la regula-
ción que considerara pertinentes para que dicha contribución fuera incorporada en la tarifa del
servicio de energía eléctrica.
En cumplimiento de lo ordenado por el parágrafo del artículo 68 de la Ley 1151 de 2007, la
Comisión de Regulación de Energía y Gas expidió la Resolución CREG 003 de 2008.
A su vez el Decreto 1123 de 2008, “por el cual se reglamenta el Programa de Normalización
de Redes Eléctricas y se dictan otras disposiciones
reglamentó el desarrollo administrativo y la aplicación de los recursos correspondientes al PRONE.

del PRONE sería recaudada por el ASIC a los dueños de los activos del STN y las sumas corres-
pondientes debían ser entregadas, dentro de los tres (3) días siguientes a su recibo, en la cuenta
que para tal propósito determinara el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Con la entrada en vigencia de la Ley 1450 de 2011, Plan Nacional de Desarrollo, 2010-2014,
se derogaron muchas de las disposiciones establecidas en la Ley 1151 de 2007, entre ellas la
contenida en el artículo 68 de dicha ley, toda vez que tal artículo no fue prorrogado por la ley
que adoptó el actual Plan Nacional de Desarrollo.
En virtud de tal derogatoria, la Resolución CREG 003 de 2008 perdió su fundamento legal.
El artículo 104 de la Ley 1450 de 2011, establece que: “Durante la vigencia del presente
Plan Nacional de Desarrollo, adiciónese un peso ($1) por kilovatio hora transportado para ser
   
   y en su parágrafo
dispone que la Comisión de Regulación de Energía y Gas deberá adoptar los cambios necesarios
en la regulación para que la contribución de que trata dicho artículo sea incorporada a la tarifa
del servicio de energía eléctrica.
La remuneración de la actividad de transmisión de energía eléctrica en el STN se encuentra
establecida en la Resolución CREG 011 de 2009. Adicionalmente, la Resolución CREG 147
de 2001 aprueba la remuneración de los activos que conforman la variante de línea entre la
Subestación Guatapé y la Línea San Carlos-Ancón Sur del Sistema de Transmisión Nacional.
Conforme a lo establecido en el numeral 2 del artículo 1° de la Resolución CREG 097 de 2004
y dado el mandato legal contenido en la Ley 1450 de 2011, la Comisión de Regulación de Energía
y Gas, en su Sesión número 492 del 21 de julio de 2011, acordó expedir la presente resolución;
RESUELVE:
Artículo 1°. Ámbito de aplicación. Esta resolución se aplica a los Transmisores Nacionales,
al Liquidador y Administrador de Cuentas de los Cargos por Uso de las redes del SIN (LAC), al
Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC), a los agentes del sector eléctrico

Artículo 2°. Liquidación de la Contribución. La contribución, de que trata el artículo 104
de la Ley 1450 de 2011, será liquidada mensualmente por el ASIC, de conformidad con la
siguiente expresión:
VCPm = ETSTNM x PRONE
Donde:
VCPm: Valor de la contribución PRONE en el mes m, expresado en pesos.
ETSTNm: Energía Transportada en el Sistema de Transmisión Nacional, en el mes m, expre-
sada en kWh, que corresponderá a las importaciones mensuales de energía del STN, medidas
horariamente en las fronteras conectadas al STN.
PRONE: -
tricas, PRONE, cuyo valor es 1 $/kWh.
Artículo 3°. Incorporación, Facturación y Recaudo de la Contribución. El valor mensual
de la contribución, VCPm, calculado según se establece en el artículo 2° de la presente resolu-
ción, se deberá incorporar mensualmente al valor correspondiente a los cargos regulados que se
reconocen por el uso del Sistema de Transmisión Nacional, según el siguiente procedimiento:
a) El ASIC informará al LAC, el VCPm dentro de los primeros cuatro (4) días calendario
del mes siguiente al del mes para el cual se realiza el cálculo de los Cargos por Uso del STN;
b) Una vez el LAC disponga del valor VCPm: i) lo adicionará al resultante de sumar el Ingreso
Mensual de los TN, que se obtiene según lo previsto en el numeral 1.4 del anexo general de la
destino al FAER, liquidada conforme la Resolución CREG 068 de 2003 o en aquellas que las

ingreso mensual que se le debe incrementar por concepto de la contribución, en proporción al
ingreso mensual que recibe, antes de descontar el Valor Mensual a Compensar, VCMj,m
en el numeral 1.4 del anexo general de la Resolución CREG 011 de 2009;
c) El LAC descontará y facturará conjuntamente con la liquidación del ingreso del STN que
realiza a cada uno de los Transmisores Nacionales, la contribución de que trata esta resolución
observando el procedimiento y términos establecidos en la Resolución CREG 008 de 2003 o en

Parágrafo 1°. Para el pago de la contribución se considerarán todos los Transmisores Na-
cionales que hacen parte del STN.
Parágrafo 2°. Se excluye del pago de la contribución, los activos que se construyan, según
lo dispuesto por la Resolución CREG 092 de 2002 y que operen a una tensión inferior a 220 kV.
Parágrafo 3°. El monto recaudado por el ASIC, por concepto de la contribución, se girará a
la cuenta que designe el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, según lo establecido en el

Artículo 4°. Vigencias y derogatorias. La presente resolución regirá a partir de su publicación
en el , y deroga la Resolución CREG 003 de 2008 y demás disposiciones que le
sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 21 de julio de 2011.
El Presidente,
Tomás González Estrada,
Viceministro de Minas y Energía, delegado
del Ministro de Minas y Energía.
El Director Ejecutivo (e),
Juan Ignacio Caicedo Ayerbe.
(C. F.).
RESOLUCIÓN NÚMERO 098 DE 2011
(julio 21)
por la cual se incluye una Unidad Constructiva en la base de activos de Interconexión Eléctrica
   
Sistema de Transmisión Nacional.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucio-
nales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de
los Decretos 1524 y 2253 de 1994.
CONSIDERANDO QUE:
De acuerdo con lo previsto en el artículo 23, literal d), y 41 de la Ley 143 de 1994, es fun-
 
redes eléctricas.
Mediante la Resolución CREG 011 de 2009 se estableció la metodología y fórmulas tari-
farias para la remuneración de la actividad de transmisión de energía eléctrica en el Sistema de
Transmisión Nacional.
    
de Uso del STN, que “las bahías de transformador con tensión mayor o igual a 220kV, que
      
interruptor y medio, se remunerarán a través de cargos por uso de la actividad de transmisión,
una vez empiecen a aplicarse a dicho OR los costos y cargos aprobados con la metodología de
”.

le informó a la Comisión, mediante comunicación con Radicado CREG E2010-006688 del 30
de julio de 2010, que la unidad constructiva bahía de transformador, ubicada en la Subestación


y cargos del operador DISPAC.
En comunicación con Radicado CREG E-2010-008411 del 20 de septiembre de 2010, Interco-

  
la remuneración continua de dichos activos.
Mediante Resolución CREG 083 de 2010 esta Comisión aprueba el Costo Anual por el uso
de los Activos del Nivel de Tensión 4 y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1

base de activos que se utilizó para el cálculo, la bahía de transformador ubicada en la Subestación

recurso de reposición el cual fue resuelto mediante la Resolución CREG 141 de 2010.
En Comunicación CREG-S-2010-005270, esta Comisión le informó al LAC la representación
de la bahía de transformación de la Subestación La Virginia 230 kV por parte de Interconexión
Eléctrica S. A. E.S.P. y le solicitó incluir dicho activo a partir del 1° de diciembre de 2010 en el
inventario del STN del transmisor para asegurar su remuneración.
La base de activos de Interconexión Eléctrica S. A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Na-

resultado de la decisión tomada en la Resolución CREG 078 de 2011, por la cual se resolvió el
recurso de reposición interpuesto por Interconexión Eléctrica S. A. E.S.P.
Habiendo sido aprobada la base de activos de la Empresa Interconexión Eléctrica S. A.
E.S.P., la Comisión de Regulación de Energía y Gas, considera pertinente, iniciar la actuación

ubicada en la Subestación La Virginia 230 kV dentro de la base de activos de la respectiva empresa.
Mediante auto del 7 de julio de 2011, la Comisión dio inicio a la actuación administrativa
tendiente a incluir una unidad constructiva en la base de activos de Interconexión Eléctrica S. A.
E.S.P., y ordenó la apertura del respectivo expediente que fue distinguido con el número 2011-0056.
Con la Comunicación CREG S-2011-003274 la CREG remitió al TN un resumen de la
 
intervenir en la actuación administrativa. La publicación fue realizada por el TN en el diario La
República, con fecha de publicación 13 de julio de 2011, según copia remitida a la Comisión a


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