Incumplimiento al acuerdo de reorganización: consideraciones - Núm. 2020, Enero 2020 - Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría - Noticias - VLEX 850935414

Incumplimiento al acuerdo de reorganización: consideraciones

AutorDavid Beltrán

Ante las preguntas de algunos empresarios, creemos pertinente hacer referencia al régimen de incumplimientos de acuerdos de reorganización, y mencionar algunos aspectos relevantes de interés para aquellas personas que crean estar incursas en un incumplimiento.

  1. ¿Todo incumplimiento genera la terminación del acuerdo de reorganización?

    No. En ciertas ocasiones las empresas en reorganización pueden experimentar retrasos en sus pagos que pueden ser solucionados directamente con el acreedor, o en sede de la audiencia de incumplimiento, sin que se declare formalmente la ocurrencia del incumplimiento.

  2. ¿Qué alternativas legales hay ante un posible incumplimiento?

    En primer lugar, es necesario analizar si un retraso en el pago de los créditos del acuerdo implica, per se, un incumplimiento al acuerdo. Así, es pertinente verificar si en las cláusulas del acuerdo, o según la ley, existen o no salvaguardas o periodos de cura que le permitan al empresario ponerse al día en sus pagos. Por ejemplo, el Decreto 560 de 2020 otorgó un alivio a los deudores por cuenta de la pandemia. De esta manera, las cuotas de los acuerdos de reorganización en ejecución correspondientes a los meses de abril, mayo y junio de 2020 de los deudores afectados por las causas que motivaron declaratoria de la emergencia económica, social y ecológica no se entenderían vencidas sino a partir del mes de julio de 2020.

    En segundo lugar, siempre es posible acudir al acreedor cuyo crédito que pueda estar incumplido y, sin que ello implique una modificación al acuerdo frente a otros acreedores, buscar un acuerdo para pagar el crédito de manera que no sea necesario acudir al mecanismo de incumplimiento.

    Finalmente, también es posible considerar buscar una modificación al acuerdo, de modo que se puedan flexibilizar algunos plazos de pago.

  3. ¿Es posible modificar el acuerdo de reorganización incumplido?

    Es posible realizar la modificación del acuerdo de reorganización hasta antes de que haya sido declarado formalmente incumplido en audiencia.

    Según el artículo 46 de la Ley...

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