La indagación y la investigación - Libro II - Técnicas de Indagación e Investigación de la Prueba y Sistema Probatorio - Código de Procedimiento Penal - Ley 906 de 31 de Agosto de 2004 - Códigos Penal y de Procedimiento Penal - 5ta. Edición - Libros y Revistas - VLEX 905370827

La indagación y la investigación

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena/Cindy Lorena Chavarro Moreno
Páginas563-611
Libro II - Técnicas de indagación e investigación de la prueba
y sistema probatorio 563
LIBRO II
TÉCNICAS DE INDAGACIÓN E
INVESTIGACIÓN DE LA PRUEBA
Y SISTEMA PROBATORIO
TÍTULO I
LA INDAGACIÓN Y LA INVESTIGACIÓN
CAPÍTULO I
ÓRGANOS DE INDAGACIÓN E INVESTIGACIÓN
ARTÍCULO 200. ÓRGANOS.     
). Corresponde a la Fiscalía
General de la Nación realizar la indagación e investigación de los hechos
que revistan características de un delito que lleguen a su conocimiento
por medio de denuncia, querella, petición especial o por cualquier otro
medio idóneo.
En desarrollo de la función prevista en el inciso anterior a la Fiscalía
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los términos previstos en este código.
Por policía judicial se entiende la función que cumplen las entidades
del Estado para apoyar la investigación penal y, en el ejercicio de las
mismas, dependen funcionalmente del Fiscal General de la Nación y
sus delegados.
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colaboración que soliciten las unidades de policía judicial, en los términos
establecidos dentro de la indagación e investigación para la elaboración
de los actos urgentes y cumplimiento a las actividades contempladas en
los programas metodológicos, respectivamente; so pena de las sanciones
a que haya lugar.
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislación.com).
Código de Procedimiento Penal: Arts. 117, 201 al 204.
Art. 200
Código de Procedimiento Penal564
*Resolución Fiscalía General de la Nación No. 694 de 14 de abril de 2021: Por medio
de la cual se implementa la organización interna de la Dirección del Cuerpo Técnico de
Investigación (CTI) y se dictan otras disposiciones.
DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislación.com).
CONCEPTO 94991 DE 8 DE NOVIEMBRE DE 2012. MINISTERIO DE SALUD Y
PROTECCIÓN SOCIAL. Prestación de servicios de medicina legal por parte de una ESE.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislación.com).
CARLOS BERNAL PULIDO. Margen de libre apreciación de la Fiscalía General de la
Nación para la investigación de conductas punibles.
EXPEDIENTE 40367 DE 24 DE ABRIL DE 2013. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M.
P. DRA. MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ MUÑOZ. No es viable formular imputación
para luego solicitar la preclusión sin mediar recaudo de elemento de juicio diferente al
existente para la imputación.
EXPEDIENTE 28908 DE 8 DE FEBRERO DE 2008. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
M. P. DR. YESID RAMÍREZ BASTIDAS.        
investigación.
ARTÍCULO 201. ÓRGANOS DE POLICÍA JUDICIAL PERMANENTE.
Ejercen permanentemente las funciones de policía judicial los servidores
investidos de esa función, pertenecientes al Cuerpo Técnico de
Investigación de la Fiscalía General de la Nación, a la Policía Nacional
y al (*)Departamento Administrativo de Seguridad, por intermedio de sus
dependencias especializadas.
PARÁGRAFO. En los lugares del territorio nacional donde no hubiere
miembros de policía judicial de la Policía Nacional, estas funciones las
podrá ejercer la Policía Nacional.
(*)NOTA DE VIGENCIA: Tenga en cuenta que el Departamento Administrativo de Seguridad
fue suprimido por disposición del artículo 1 del Decreto-Ley 4057 de 31 de octubre de 2011.
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislación.com).
Código de Procedimiento Penal: Arts. 8, 117 200, 202 al 208, 211 y 212.
• *Decreto-Ley 4057 de 31 de octubre de 2011: Por el cual se suprime el Departamento
Administrativo de Seguridad (DAS), se reasignan unas funciones y se dictan otras
disposiciones.
*Resolución Fiscalía General de la Nación No. 694 de 14 de abril de 2021: Por medio
de la cual se implementa la organización interna de la Dirección del Cuerpo Técnico de
Investigación (CTI) y se dictan otras disposiciones.
ARTÍCULO 202. ÓRGANOS QUE EJERCEN FUNCIONES
PERMANENTES DE POLICÍA JUDICIAL DE MANERA ESPECIAL
DENTRO DE SU COMPETENCIA. Ejercen permanentemente funciones
especializadas de policía judicial dentro del proceso penal y en el ámbito
de su competencia, los siguientes organismos:
Art. 201
Libro II - Técnicas de indagación e investigación de la prueba
y sistema probatorio 565
1. La Procuraduría General de la Nación.
3. Las autoridades de tránsito.
4. Las entidades públicas que ejerzan funciones de vigilancia y control.
5. Los directores nacional y regional del INPEC, los directores de los
establecimientos de reclusión y el personal de custodia y vigilancia,
conforme con lo señalado en el Código Penitenciario y Carcelario.
6. Los alcaldes.
7. Los inspectores de policía.
PARÁGRAFO. Los directores de estas entidades, en coordinación con
el Fiscal General de la Nación, determinarán los servidores públicos de
su dependencia que integrarán las unidades correspondientes.
Decreto Único Reglamentario 1068 de 26 de mayo de 2015:
ARTÍCULO 2.7.5.9. FUNCIÓN DE POLICÍA JUDICIAL. De conformidad con las facultades
otorgadas en la Ley 643 de 2001, Coljuegos ejercerá las funciones previstas en el numeral
cuatro del artículo 202 de la Ley 906 de 2004.
PARÁGRAFO. En desarrollo de estas funciones, Coljuegos, dentro del ámbito de su
competencia, realizará las actividades tendientes a brindar el apoyo necesario a las
autoridades de investigación en la recolección del material probatorio y su aseguramiento
          
autoridades en los casos que se considere pertinente. (Art. 9 Decreto 1278 de 2014)
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislación.com).
Código de Procedimiento Penal: Arts. 117 y 201 al 205.
• *Ley 769 de 6 de julio de 2002: Arts. 148 y 149.
• *Ley 633 de 29 de diciembre de 2000: Arts. 53 y 312.
*Decreto-Ley 4173 de 3 de noviembre de 2011: Art. 4 num. 8.
• *Decreto-Ley 4062 de 31 de octubre de 2011: Arts. 4, 10, 17, 23 y 27.
*Decreto Único Reglamentario 1068 de 26 de mayo de 2015: Art. 2.7.5.9.
*Resolución Organizacional Contraloría General de la República No. OGZ-793 de 13
de diciembre de 2021: Por la cual se desarrollan las facultades legales para el ejercicio
de las funciones especiales de Policía Judicial por parte de la Dirección de Información,
Análisis y Reacción Inmediata de la Contraloría General de la República.
*Resolución Fiscalía General de la Nación No. 694 de 14 de abril de 2021: Por medio
de la cual se implementa la organización interna de la Dirección del Cuerpo Técnico de
Investigación (CTI) y se dictan otras disposiciones.
*Resolución Superintendencia de Puertos y Transporte No. 27264 de 5 de julio de
2016: Por la cual se asigna funciones de Policía Judicial a algunos servidores públicos de
la Superintendencia de Puertos y Transporte.
*Resolución Fiscalía General de la Nación No. 0879 de 14 de mayo de 2002: Por medio
de la cual se desarrolla el artículo 312, numeral tercero del Código de Procedimiento Penal,
que otorga funciones especiales de Policía Judicial, entre otras.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislación.com).
EXPEDIENTE 45098 DE 20 DE JUNIO DE 2018. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P.
DR. LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA. Participación del Procurador en el recurso
de casación.
Art. 202

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