De la información
Autor | Jorge Enrique Chavarro Cadena/Maria Fernanda Chavarro Moreno |
Páginas | 69-81 |
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)
• *Decreto-Ley 3466 de 2 de diciembre de 1982: Arts. 23, 26, 27 y 32.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)
• SENTENCIA T-987 DE 23 DE NOVIEMBRE DE 2012. CORTE CONSTITUCIONAL. M.
P. DR. LUIS ERNESTO VARGAS SILVA. Derechos del consumidor frente a los servicios
públicos. Lista negra de prestadores de servicios de transporte aéreo.
TÍTULO V
DE LA INFORMACIÓN
CAPÍTULO ÚNICO
DE LA INFORMACIÓN
ARTÍCULO 23. INFORMACIÓN MÍNIMA Y RESPONSABILIDAD. Los
proveedores y productores deberán suministrar a los consumidores
precisa e idónea sobre los productos que ofrezcan y, sin perjuicio de lo
señalado para los productos defectuosos, serán responsables de todo
En todos los casos la información mínima debe estar en castellano.
PARÁGRAFO. Salvo aquellas transacciones y productos que estén
sujetos a mediciones o calibraciones obligatorias dispuestas por una
o cantidad, se consideran admisibles las mermas en relación con el peso
o volumen informado en productos que por su naturaleza puedan sufrir
dichas variaciones.
el valor asegurado contractualmente, de manera unilateral, tendrá que
treinta (30) días siguientes.
COMENTARIO: CUALIDADES DE LA INFORMACIÓN Y DE LAS PROPAGANDAS16.
¿Qué clase de información se deben brindar a los consumidores?
Los productores y proveedores o expendedores tienen la obligación de poner a disposición de
los consumidores toda la información que sea esencial respecto de los términos y condiciones
¿Qué es información esencial?
Se denomina información esencial aquella que por su “relevancia” debe ser puesta en
conocimiento del consumidor, para efectos de que éste adopte una decisión de consumo.
16 Tomado del Portal de la Superintendencia de Industria y Comercio. Inicio. Protección al Consumidor. ¿Tiene un problema
como consumidor? Información engañosa. Internet: (http://www.sic.gov.co/es/web/guest/informacion-enganosa1#propa).
Art. 23
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