Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 141 de 2017 Cámara, 235 de 2017 Senado - 27 de Octubre de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 695784561

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 141 de 2017 Cámara, 235 de 2017 Senado

por la cual se hace el reconocimiento a la cultura, tradición e identidad llanera y se insta a las autoridades locales administrativas a desarrollar un plan especial de salvaguarda al patrimonio cultural llanero. I. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS

El presente Proyecto de ley es de iniciativa parlamentaria, su autora la Senadora Nohora Stella Tovar Rey lo radicó ante la Secretaría General del Senado de la República el día 19 de abril de 2017, se le asignó el número 235 de 2017, fue publicado en la Gaceta del Congreso número 260 de 2017.

Fue remitido a la Comisión Sexta, el pasado 26 de abril fue designado como Ponente, el Senador Jorge Prieto Riveros según designación que hiciera el Presidente de la Comisión Sexta, honorable Senador Ángel Custodio Cabrera Báez.

El día 14 de junio de 2017 el Proyecto de ley número 235 de 2017 fue aprobado en primer debate sin modificación tal como consta en el texto definitivo de la Comisión Sexta del Senado.

Siendo aprobado en segundo debate en Plenaria del Senado el proyecto en mención, el día 4 de septiembre del año en curso.

El día 29 de septiembre fui designado por la Comisión Sexta de la Cámara de Representantes, como ponente para primer debate en esta comisión para el Proyecto de ley número 235 de 2017 Senado y 141 de 2017 Cámara.

OBJETO DE LA INICIATIVA L EGISLATIVA

El proyecto tiene como finalidad hacer el reconocimiento a la cultura, tradición e identidad llanera y se insta a las autoridades locales administrativas a desarrollar un plan especial de salvaguarda al patrimonio cultural llanero.

II. CONTENIDO DE LA INICIATIVA

Artículo 1°. Objeto. Lograr el reconocimiento nacional de la riqueza y diversidad de los llanos orientales comprendida por el conjunto de expresiones y manifestaciones culturales materiales e inmateriales y de la identidad llanera, logrando con tal medida la salvaguarda de las tradiciones y al mismo conjunto de comunidades y pueblos que integran el territorio llanero.

Artículo 2°. Reconózcase en el ámbito nacional al conjunto de expresiones y manifestaciones culturales materiales e inmateriales de los llanos orientales, así como a la identidad llanera como elementos integrantes de la riqueza y patrimonio cultural de la Nación.

Artículo 3°. Adóptense por parte de las autoridades locales administrativas las medidas necesarias para garantizar la salvaguarda del patrimonio cultural, comprendido como el conjunto de expresiones y manifestaciones culturales materiales e inmateriales en el territorio llanero.

Artículo 4°. A partir de la entrada en vigencia de la presente ley será deber de las autoridades locales administrativas:

a) La salvaguarda de las expresiones y manifestaciones culturales de los llanos orientales y la identidad llanera;

b) El respeto del patrimonio cultural de las comunidades, grupos e individuos que se trate;

c) La sensibilización mediante su gestión, en el plano local y nacional la importancia del patrimonio cultural material e inmaterial y de su reconocimiento recíproco.

Artículo 5°. La presente ley rige a partir de su sanción.

III. CONVENIENCIA DEL PROYECTO

1. LLANOS ORIENTALES PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL DE LA NACIÓN

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

De conformidad con la necesidad del Estado colombiano de contribuir al diálogo entre las diversas culturas del país y de promover el respeto hacia otros modos de vida expresadas en la Nación conformada por sus manifestaciones artísticas, folclóricas, artesanales, expresiones, habilidades y conocimientos propios adquiridos por el trasfondo histórico desarrollado en un ámbito geográfico con características únicas, garantes de la continuidad de esta generacional cultura, surge esta ley por la cual se busca la declaración de la región llanera, su cultura, paisaje y folclor como patrimonio cultural y paisajístico de la nación, en el intento de preservar la cultura llanera como conjunto de rasgos distintivos, espirituales, materiales, intelectuales y emocionales que caracterizan a los grupos humanos y que comprende, más allá de las artes y las letras, modos de vida, derechos humanos, sistemas de valores, tradiciones y creencias[1][1], rasgos, conocimientos, tradiciones y habilidades con tan importante connotación cultural y demográfica, ya que se encuentran no solo en el territorio colombiano sino que a su vez también conforma el 16% del territorio continental venezolano.

Brindar salvaguarda a la tradición y cultura llanera mediante las mismas garantías otorgadas a los planes especiales de protección brindados a las manifestaciones culturales que integran las Listas Representativas de Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación, se convierte en el objeto de desarrollo de la presente ley, estos beneficios repercutirán en la incentivación de nuevos mercados económicos y en el fortalecimiento de mercados ya existentes.

2. HISTORIA

Parte de la historia moderna latinoamericana nace a la luz de manos de un temple y valor sin igual de un grupo de hombres pioneros y únicos que armados tan solo de este mismo valor y una visión de aventura y grandeza, conquistaron y domaron tan bravío territorio, conocido hoy como la Región Llanera; la lucha independentista del norte del continente sudamericano comienza su consolidación con el ofrecimiento de la raza llanera con cuna en Casanare y Arauca a la lucha con los españoles. Raza y población que por sus costumbres y acoplo a sus actividades cotidianas que doscientos años después aún perduran en el ideario y actividad diaria del llanero, gozaban de tan grande bravura que fueron el anhelo esperado por la causa patriota, para que junto a Santander y Bolívar pudieran emprender tan heroica y noble tarea de librar del yugo opresor a los pueblos americanos. Por lo que todo desconocimiento de la nobleza y heroísmo de la raza llanera como de su generacional cultura y folclor sería un desconocimiento mismo a la labor patriota de los guerreros llaneros en la Independencia, y por tanto, de nuestros padres de la patria.

El hombre llanero es hombre de la sabana, comparable a la figura del vaquero el norte del continente americano o la del gaucho al Cono Sur, siempre se ha identificado con el caballo, pues uno y otro están ligados y forman una sola naturaleza. Por tradición ha manejado ganados cerriles, se ha dedicado al cultivo de la sementera como medio de subsistencia, cosecha yuca y topocho que junto con la carne son la base de su dieta alimenticia.

Es un hombre alegre y coplero, canta a la sabana, al sol, al río, al Llano. Su familia es su motivación al trabajo; transmite a los más jóvenes las lecciones que fueron aprendidas por sus padres, sabidurías sobre su forma de vida y, por lo tanto, su sustento, tradiciones que generación tras generación van aprendiendo desde pequeños y conformando así una manifestación cultural única en el país y sabana del norte de Sudamérica (Llanos Colombo-Venezolanos) manifestación que hace parte de la cultura, memoria y creatividad del pueblo llanero.

IV. IMPORTANCIA DEL PROYECTO

El turismo, la inversión económica y empresarial y el desarrollo agropecuario e industrial en la región serían las principales consecuencias directas que se lograrían con este reconocimiento a la región Llanera, sentando un precedente en política pública y cultural a nivel nacional como internacional al tratarse de una región geográfica y cultural binacional Colombo-Venezolana cobijando con esta medida la totalidad de territorio llanero como el diverso conjunto de expresiones inmateriales del universo cultural de la Orinoquía colombo-venezolana, asociado a las actividades tradicionales del llanero.

Resaltar y reconocer a tan rica cultura y sociedad en el ámbito nacional y de la región latinoamericana se hace un deber del Estado colombiano como lo...

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